No. de Reg: 686/1PO3/02

1 Proyecto de Decreto:

     Con proyecto de decreto que adiciona una fracción VI Bis al artículo 105 del Código Fiscal de la Federación.

2 Nombre de quien presenta: Dip. Petra Santos Ortíz
3 Grupo Parlamentario o Partido Político: Partido de la Revolución Democrática.
4 Fecha de presentación ante el Pleno: Octubre 08 de 2002.
5 Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: Octubre 09 de 2002. 
6 Turno a Comisión: Hacienda y Crédito Público.
7 Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados:

Pendiente.

8 Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: Pendiente.
9 Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: Pendiente.

     Sinopsis:

     La iniciativa tiene por objeto:

    Que no se tendrá por configurado el delito de contrabando ni procederá el decomiso del vehículo de procedencia extranjera, cuando éstos sean tripulados por el cónyuge, ascendientes, descendientes y parientes consanguíneos en primer grado del propietario del vehículo, si este último comprueba fehacientemente que su calidad migratoria le permite tripular el vehículo sin necesidad de previo permiso o autorización dentro de la región fronteriza,  en el entendido de que si el vehículo se encuentra fuera de la región fronteriza sí se constituye el delito.

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