No. de Reg: 677/1PO3/02

1 Proyecto de Decreto:

     Con proyecto de decreto para que se reformen los artículos 38, 43 y 83 de la Ley General de Salud.

2 Nombre de quien presenta: Diputado: José Soto Martínez.
3 Grupo Parlamentario o Partido Político: Partido Revolucionario Institucional.
4 Fecha de presentación ante el Pleno: Octubre 01 de 2002.
5 Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: Octubre 02 de 2002.
6 Turno a Comisión: Salud.
7 Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados:

Pendiente.

8 Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: Pendiente.
9 Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: Pendiente.

     Sinopsis:

     Otorgar reconocimiento legal a la medicina tradicional indígena, a través de las siguientes medidas:

     1. Permitir que la medicina tradicional, no esté sujeta a los ordenamientos legales civiles y mercantiles, así como a los sistemas tarifarios y de seguros individuales o colectivos, a efecto de que, como servicio de salud privado, se rija por los usos y costumbres de las comunidades respectivas.

     2. Exentar a los servicios de medicina tradicional de los esquemas de tarifas establecidos por la Secretaría de Economía.

     3. Exentar al ejercicio de la  medicina tradicional de la obligación de exhibir el título, diploma, certificado o cédula profesional para la prestación del servicio correspondiente.

Cuadro Comparativo