No. de Reg: 676/1PO3/02 |
1 | Proyecto de Decreto: |
Con proyecto de decreto mediante el cual se crea la Ley de Seguridad y Asistencia Social para el Campo. |
2 | Nombre de quien presenta: | Dip. Rosalía Peredo Aguilar |
3 | Grupo Parlamentario o Partido Político: | Partido del Trabajo. |
4 | Fecha de presentación ante el Pleno: | Octubre 01 de 2002. |
5 | Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: | Octubre 02 de 2002. |
6 | Turno a Comisión: | Desarrollo Rural , Seguridad Social |
7 | Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: |
Pendiente. |
8 | Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: | Pendiente. |
9 | Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: | Pendiente. |
Sinopsis: La iniciativa propone la expedición de una nueva Ley que garantice a los trabajadores de la propiedad social y pequeña propiedad en el campo, servicios de salud, seguridad y asistencia social, de conformidad con lo siguiente: Se establece como obligación del Estado, garantizar la protección integral del trabajador del campo y de su familia, mediante un régimen de seguridad social y un régimen de asistencia social; Se estipula que el régimen de seguridad social deberá ofrecer protección al trabajador del campo, en los casos de enfermedad y accidente de origen común o relacionado con su trabajo desarrollado maternidad, invalidez y vejez; Se prevé que el régimen de asistencia social incluirá la protección a los ancianos; a las personas no aptas para trabajar, pero que pertenezcan a este sector de la población; así como a aquellas personas cuyas necesidades esenciales no estén aseguradas por otras instituciones del sector, o que por sus condiciones de vida o de salud, requieran protección y no puedan solucionar sus dificultades sin ayuda institucional; Se establece el derecho que tiene el trabajador del campo a percibir una pensión a cargo del erario público, previas las condiciones y requisitos que esta Ley determine para tal efecto; Se crea el Instituto Mexicano de Seguridad y Asistencia Social para los Trabajadores del Campo, como un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, encargado de la prestación de los servicios públicos de seguridad y asistencia social. |