No. de Reg: 672/1PO3/02 |
1 | Proyecto de Decreto: |
Con proyecto de decreto que reforma las fracciones I, II y III del artículo 25 y los incisos a) y b) del artículo 37 de la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos. |
2 | Nombre de quien presenta: | Dip. Rufino Rodríguez Cabrera. |
3 | Grupo Parlamentario o Partido Político: | Partido de la Revolución Democrática. |
4 | Fecha de presentación ante el Pleno: | Septiembre 26 de 2002. |
5 | Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: | Septiembre 27 de 2002. |
6 | Turno a Comisión: | Defensa Nacional |
7 | Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: |
Pendiente. |
8 | Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: | Pendiente. |
9 | Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: | Pendiente. |
Sinopsis: La iniciativa propone promover modificaciones legales en materia de arrestos que no ameriten proceso o consignación ante el Consejo de Honor, señalando que: El General de División en las tropas a su mando podrá arrestar a los generales de brigada y brigadieres y a los jefes en sus alojamientos; a los oficiales podrá arrestarlos en sus cuarteles y a los individuos de tropa en las guardias de prevención. En todos los casos los arrestos no podrán exceder de 36 horas; Los generales de brigada, brigadieres y coroneles tendrán facultad de imponer arrestos a sus subalternos en las condiciones que los generales de división; Los jefes de menor categoría a la de coronel y oficiales, tendrán facultad de imponer arrestos al personal de las tropas de su mando, pero será el jefe de la corporación quien fije el tiempo que deba durar el correctivo, mismo que no excederá en ningún caso el término establecido en el artículo 21 constitucional; Para las clases y soldados se impondrá como castigo correccional el cambio de cuerpo o el arresto en un periodo que no excederá de 36 horas establecido por el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Para los oficiales se impondrá como castigo correccional el cambio de cuerpo o de comisión y el arresto hasta por 36 horas. |