No. de Reg: 408/1CP2/02

1 Proyecto de Decreto:      Con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero y deroga el párrafo segundo del artículo 4º transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002.
2 Nombre de quien presenta: Diputado: Arturo Bonifacio de la Garza Tijerina.
Sin intervención en tribuna
3 Grupo Parlamentario o Partido Político: Partido Revolucionario Institucional.
4 Fecha de presentación ante el Pleno: Febrero 13 de 2002.
5 Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: Febrero 13 de 2002 .
6 Turno a Comisión: Hacienda y Crédito Público.
7 Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: Pendiente.
8 Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: Pendiente.
9 Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: Pendiente.
 
     Sinopsis:

     En los casos en que se requiera importar granos, frijol, lácteos, huevo, pollo entero, trozos y pastas de ave, y carnes de bovinos indispensables para el abasto nacional, que rebase las cuotas mínimas libres de arancel acordadas por las partes en los tratados de libre comercio, la Secretaría de Economía, conjuntamente con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, determinarán la cuota adicional, que no podrá ser mayor a una cantidad igual a la mínima, sujeta al arancel que establezca el Ejecutivo Federal, en consulta con organizaciones de productores y consumidores y el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural.

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