DIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO

No. de Reg:     201/1O2/01

1 Proyecto de Decreto:      Con proyecto de decreto por el que se adiciona el primer párrafo del artículo 3° y sus fracciones III y IV, así como la fracción I del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para hacer obligatoria la educación preescolar.
2 Nombre de quien presenta: Dip. Celita Trinidad Alamilla Padrón.
3 Grupo Parlamentario o Partido Político:

Partido Acción Nacional.

4 Fecha de presentación ante el Pleno: Septiembre 25, 2001.
5 Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: Septiembre 26, 2001.
6 Turno a Comisión: Puntos Constitucionales; Educación Pública y Servicios Educativos.
7 Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: Diciembre 29, 2001.
8 Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: Diciembre 30, 2001.
9 Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: Diciembre 30, 2001.
 
Sinopsis:

     Establecer en el texto constitucional la obligatoriedad de la educación preescolar, señalando que: para poder ingresar al nivel de educación primaria será prerrequisito haber cursado un año de educación preescolar, la cual deberá iniciarse a los 5 años cumplidos del educando.

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