No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
De
Ley de los Impuestos Generales de
Importación y Exportación.
Publicación en GP: Marzo 29, 2007. |
Ejecutivo Federal |
Comisión de
Economía |
Identificar a los impuestos generales de
importación y de exportación mediante un
código numérico de ocho dígitos llamado
"fracción arancelaria", asociado a la
descripción de la mercancía; a la unidad de
medida de dicha mercancía para efectos
estadísticos, y a la alícuota o tasa
arancelaria que se causa por su importación o
su exportación, según se trate. Establecer las
Reglas Generales y las Reglas Complementarias
para la aplicación de la tarifa arancelaria,
referidas al modo correcto de clasificar, la
jerarquía para la aplicación de las partidas y
subpartidas, la metodología de la
codificación, las unidades de medida
utilizables, las abreviaturas relativas a
países y organismos internacionales, la
aplicación de las ventajas arancelarias
otorgadas bajo los distintos Acuerdos de
Complementación Económica, y Tratados de Libre
Comercio, así como la definición de bienes que
por su naturaleza no se consideran mercancías
y, por tanto, resultan no gravables. Dicha ley
abrogaría la Ley de los Impuestos Generales de
Importación y de Exportación publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 18 de enero
de 2002. |
2 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley
que establece las Normas Mínimas sobre
Readaptación Social de Sentenciados.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29, 2007. |
Dip.
Jorge Emilio González Martínez
(PVEM)
Nota:
sin intervención en
tribuna. |
Comisión de
Justicia |
Contemplar a la cultura física y el deporte
como medio para la readaptación social del
delincuente. Establecer los requisitos máximos
que la autoridad administrativa requeriría a
las visitas de los internos para su ingreso.
Determinar el número de días y de personas
permitidas para las visitas familiares e
íntimas, las zonas o lugares en donde se
realizarán este tipo de visitas, los
requisitos para los visitantes. Asimismo, la
finalidad y el requisito para que a los
internos se les concedan visitas íntimas. |
3 |
Que
reforma los artículos 162 y 264 del
Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales.
Publicación en GP: Anexo I, Marzo 27, 2007. |
Dip.
Leonardo Magallón Arceo
(PAN) |
Comisión de
Gobernación |
Establecer sanción a las autoridades y
funcionarios que no cumplan en tiempo y forma
con la obligación de remitir la información
relativa a la actualización del Catálogo
General de Electores y el Padrón Electoral, a
la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de
Electores y al Instituto Federal Electoral (IFE).
Que dicha sanción la establecerá el superior
jerárquico de la autoridad infractora y
comunicará al IFE las medidas que haya
adoptado en el caso. |
4 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones del Apartado B
del artículo 20 de la
Constitución
Política
de los Estados Unidos Mexicanos,
y adiciona un inciso C, a la fracción II del
artículo 5 de la
Ley Orgánica
de la Procuraduría General de la República.
Publicación en GP: Anexo III. Marzo 29, 2007. |
Dip.
Sergio Eduardo De la Torre Jaramillo
(Alternativa)
Nota:
sin intervención en
tribuna. |
Comisiones Unidas de
Puntos Constitucionales y de
Justicia |
Establecer como derechos de la víctima,
ofendido y de los testigos en su favor, ser
protegido por el Estado contra todo acto de
intimidación y represalia, o bien cuando
existan datos suficientes que demuestren que
éstos pudieran ser afectados por los probables
responsables del delito o por terceros
implicados; a no ser discriminados, ser
auxiliados por intérpretes traductores cuando
pertenezcan a un grupo étnico o pueblos
indígenas, a ser restituidos en sus derechos;
y a que los servidores públicos encargados de
la procuración e impartición de la justicia
les garanticen el ejercicio de los mismos. |
5 |
Que reforma el
artículo 1411 del
Código de Comercio.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29 , 2007. |
Dip.
Gilberto Ojeda Camacho
(PRI) |
Comisión de
Economía |
Establecer que en el caso de remate en juicios
mercantiles se anunciará la venta de los
bienes muebles o inmuebles, a través de los
periódicos de mayor circulación en el lugar en
que se tramita dicho juicio, rematándose en
seguida en pública almoneda y al mejor postor. |
6 |
Que reforma el
artículo 10 de la
Ley Federal
de Juegos y Sorteos.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29, 2007. |
Dip.
José
Manuel Del Río Virgen
(Convergencia) |
Comisión de
Gobernación |
Establecer que las autoridades locales y la
Secretaría de Gobernación coadyuvarán en la
autorización, supervisión, vigilancia, control
y desarrollo de los eventos de carreras de
caballos y peleas de gallos con cruce de
apuestas, quedando facultados para nombrar
inspectores, los cuales deberán verificar el
cumplimiento de las obligaciones fiscales,
federales, estatales y municipales. En el caso
de detectarse en ese momento alguna
irregularidad se deberá suspender el evento. |
7 |
Que reforma el
artículo 8 de la
Constitución
Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29, 2007. |
Dip.
Jesús Arredondo Velázquez
(PAN) |
Comisión de
Puntos
Constitucionales |
Establecer que el acuerdo escrito de la
autoridad con motivo de una solicitud de
información, deberá ser congruente con la
misma. Asimismo, precisar que la autoridad
tendrá la obligación de hacerlo conocer en los
plazos que dispongan las leyes de cada
materia, y en caso de no preverse se tendrá un
plazo de 3 meses. |
8 |
Que adiciona un
artículo 324-Bis a la
Ley General
de Salud.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29, 2007. |
Dip.
Victorio Montalvo Rojas
(PRD) |
Comisiones Unidas de
Salud, y de
Justicia |
Establecer que en caso de donación de órganos
y/o tejidos, no se requerirá el consentimiento
del o la cónyuge, el concubinario, la
concubina, los descendientes, los
ascendientes, los hermanos, el adoptado o el
adoptante, cuando el donante hubiere fallecido
a consecuencia del enfrentamiento con
elementos policiales o al intentar evadirse de
manera violenta de su captura por la comisión
de un delito grave. En el caso de los
cadáveres que se desconozca su identidad serán
considerados como donadores de órganos y
tejidos. En ambos casos deberán intervenir las
autoridades sanitarias y las ordenadas por las
judiciales o por el Ministerio Público para su
extracción. |
9 |
Que reforma el
artículo 19 de la
Ley Federal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29, 2007. |
Dip.
Andrés Carballo Bustamante
(PRI) |
Comisión de
Presupuesto y Cuenta Pública con opinión
de la Comisión de
Fortalecimiento al
Federalismo |
Disminuir del 10% al 8% los ingresos
excedentes de la Ley de Ingresos que tienen
relación con PEMEX por razones de exploración,
explotación, conducción e infraestructura y
que no tengan un destino específico, el monto
que se invertirá en programas y proyectos de
inversión en infraestructura y equipamiento de
las entidades federativas, y el 2% restante a
todos y cada uno de los municipios
relacionados con PEMEX por las mismas
cuestiones para ser aplicados en la
reestructuración del equilibrio ecológico y el
amortiguamiento del daño social. |
10 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley General
de Salud.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29 , 2007. |
Dip.
Alberto Amaro Corona
(PRD) |
Comisión de
Salud |
Establecer que la actividad física comprende
la promoción de la salud y que tiene por
objeto, fomentar, orientar, capacitar y
proporcionar a la población el desarrollo de
actitudes y conductas que le permitan
reconocer sus beneficios y los daños
ocasionados por el sedentarismo y la obesidad.
Facultar a la Secretaría de Salud para que, en
coordinación con otras autoridades federales,
estatales y de salud, para formule,
proporcione, desarrolle y ejecute programas
para incentivar la actividad física. |
11 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Constitución
Política
de los Estados Unidos Mexicanos,
de la
Ley Federal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
y de la
Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal.
Publicación en GP: Anexo I, Marzo 29, 2007. |
Dip.
César Horacio Duarte Jáquez
(PRI)
A
nombre propio y del Dip. Alfredo Ríos Camarena
(PRI) |
Comisiones Unidas de
Puntos Constitucionales, de
Presupuesto y Cuenta Pública y de
Gobernación |
Establecer que los delegados de las
secretarías de Estado de la Administración
Pública Federal, deberán cumplir con los
mismos requisitos que para ser Secretario de
Despacho además de contar con 6 años de
experiencia como mínimo en la rama
correspondiente, debiendo ser ratificados por
la Cámara de Diputados del Congreso de la
Unión, pudiendo ser citados a comparecer por
cualquier de las cámaras que lo integran. |
12 |
Que reforma el
artículo 15 de la
Ley
del Impuesto al Valor Agregado.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29, 2007 |
Dip.
Claudia Lilia Cruz Santiago
(PRD) |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público |
Incluir entre los servicios profesionales
causantes del Impuesto al Valor Agregado,
aquellos prestados por enfermeras y parteras
profesionales cuando su presentación requiera
título médico a nivel técnico y sean personas
físicas. |
13 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos,
de la
Ley Federal del Trabajo
y de la Ley
de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29, 2007. |
Dip.
Juan
Francisco Rivera Bedoya
(PRI)
Suscrita por diputados integrantes de diversos
Grupos Parlamentarios |
Comisiones Unidas de
Puntos Constitucionales, de Trabajo
y Previsión Social y de
Seguridad Social |
Otorgar a las madres adoptivas trabajadoras
los mismos derechos de maternidad otorgados a
las madres trabajadoras, corriendo éste a
partir de que le sea entregado en adopción el
menor. Si el adoptado fuere mayor de 6 meses,
el descanso será de tan solo 20 días hábiles a
partir de la fecha en que el adoptado le sea
entregado, y de 10 días hábiles más si este
fuera un menor con discapacidad. Al padre se
le podrá conceder este derecho en caso de
muerte o incapacidad de la madre para la
lactancia del menor. |
14 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la
Constitución Política de los Estados Unidos.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29, 2007 |
Dip.
Mario Enrique del Toro
(PRD)
|
Comisión de
Puntos Constitucionales
|
Contemplar que el Presidente de la República
podrá comparecer ante el Congreso de la Unión
el día 1° de los meses de septiembre,
diciembre, marzo y junio, y cuando él mismo lo
solicite voluntariamente, para discutir y
evaluar los temas de trascendencia nacional.
Asimismo, que el Congreso de la Unión acordará
con antelación a las sesiones, las reglas para
el desarrollo de estas comparecencias. |
15 |
Que reforma el
artículo 25 de la
Constitución
Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29, 2007 |
Dip.
Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante
(PRI)
|
Comisión de
Puntos Constitucionales |
Precisar que en la rectoría del desarrollo
nacional el Estado deberá garantizar su
sustentabilidad, incorporando también que ésta
permita y garantice el pleno ejercicio de los
derechos humanos y sociales de quienes protege
la Constitución. |
16 |
Que reforma el
artículo 127 de la
Constitución
Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29, 2007 |
Dip.
Fernando Enrique Mayans Canabal
(PRD) |
Comisión de
Puntos Constitucionales |
Establecer que la remuneración que reciben los
servidores públicos de los 3 Poderes de la
Unión sea solo durante el desempeño de su
función, empleo, cargo o comisión y no cuando
se retire. Asimismo, que el Presidente de la
República no podrá recibir dicha remuneración
por retiro, precisando los requisitos del
supuesto de excepción y del otorgamiento de
pensión a sus familiares en caso de
fallecimiento. Así como que la recepción de
esta remuneración será de forma mensual y
permanente. Que su monto será del equivalente
a 500 días de salario mínimo y se determinará
por la Cámara de Diputados en el Presupuesto
de Egresos. |
17 |
Que reforma el
artículo 3° de la
Constitución
Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29, 2007 |
Dip.
Carlos Ernesto Zatarain González
(PRI) |
Comisión de
Puntos Constitucionales |
Establecer la obligación de las instituciones
de educación media superior y superior de
llevar a cabo acciones para el incremento de
sus recursos y la ampliación de sus fuentes de
financiamiento. |
18 |
Que reforma el
artículo 22 de la
Constitución
Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29, 2007 |
Dip.
César Octavio Camacho Quiroz
(PRI)
|
Comisiones Unidas de
Puntos
Constitucionales
y de
Justicia |
Establecer la figura de la extinción de
dominio o la pérdida del derecho patrimonial
de personas físicas o morales a favor del
Estado. Así como que la autoridad judicial
será quien resolverá la aplicación de dicha
figura, respecto de los bienes que se
consideren como instrumento, objeto o producto
de actividades delictivas y que sean
abandonados. Asimismo, que los derechos de los
poseedores o propietarios de buena fe, no
serán afectados y la resolución judicial para
determinar tal extinción se dictará, previo
procedimiento que acredite la vinculación de
los bienes a actividades delictivas. Precisar
que los bienes extinguidos, se depositarán en
un fideicomiso que tenga a su cargo el
cumplimiento de la justicia restaurativa. |
19 |
Que reforma el
artículo 21 de la
Constitución
Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29, 2007 |
Dip.
Gerardo Octavio Vargas Landeros
(PRI) |
Comisión de
Puntos Constitucionales |
Incorporar la mención de que el ejercicio de
la acción penal y la persecución de delitos
ante autoridad judicial, corresponde al
Ministerio Público. Facultar al Ejecutivo
Federal, con aprobación del Senado, para
reconocer la jurisdicción de la Corte Penal
Internacional, y para que de manera conjunta
con autoridades estatales, locales y
municipales establezca programas, políticas y
financiamiento para fortalecer la seguridad
pública. Que las resoluciones del Ministerio
Público sobre el no ejercicio y el
desistimiento de la acción penal, podrán ser
impugnadas por vía jurisdiccional. Establecer
que la seguridad pública estará a cargo del
Estado y tendrá como fines, salvaguardar la
integridad y los derechos de las personas. Que
las autoridades deberán participar en la
investigación de delitos cuando lo solicite el
Ministerio Público. Asimismo, la competencia
de la autoridad administrativa para aplicar
sanciones por infracciones a los reglamentos
gubernativos y de policía, traducidos en multa
y arresto hasta por 36 horas. |
20 |
Que reforma el
artículo 46 de la
Ley Orgánica
del Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29, 2007 |
Dip.
Carlos Armando Biebrich Torres
(PRI) |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias |
Señalar que la Mesa de Decanos, cumplidas sus
responsabilidades de instalación de la Cámara,
se constituirá en Comité Legislativo, que
funcionará como órgano de consulta y opinión
sobre temas legislativos que le requiera la
Junta de Coordinación Política. Que su
integración será con los miembros de dicha
mesa y con el diputado más joven de cada una
de las fracciones parlamentarias.
|
21 |
Que reforma,
adiciona y deroga diversas disposiciones de la
Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos,
del Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales, de la
Ley
Orgánica
del Poder Judicial de la Federación,
y de la
Ley General
de los Sistemas de Medios de Impugnación en
Materia Electoral.
Publicación en GP: Anexo III, Marzo 29, 2007. |
Dip.
Sergio Eduardo De la Torre Jaramillo
(Alternativa) |
Comisiones Unidas de
Puntos Constitucionales, de Justicia
y de Gobernación con opinión de la
Comisión Especial de
Reforma del Estado |
Centralizar las funciones relativas a la
organización, vigilancia y resguardo de las
elecciones de índole federal, estatales y
municipales en el Instituto Federal Electoral,
en coordinación, apoyo y colaboración de las
autoridades federales, estatales y
municipales, en sus respectivos ámbitos de
competencia; en el Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la
resolución de las impugnaciones de actos o
resoluciones definitivos y firmes de las
autoridades competentes de la federación, para
organizar y calificar los comicios de las
elecciones de los estados y de los municipios
o resolver las controversias que surjan
durante los mismos; y en la Sala Superior del
TEPJF la resolución de los juicios de revisión
constitucional electoral. |
22 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley
del Registro Público Vehicular
y de la
Ley General
que Establece las Bases de Coordinación del
Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 29, 2007. |
Dip.
Silvia Oliva Fragoso
(PRD) |
Comisión de
Seguridad Pública |
Establecer que cualquier persona podrá
consultar la información contenida en el
Registro Nacional de Vehículos Robados y
Recuperados, ya sea por escrito o por medios
electrónicos, conforme a los formatos
establecidos por el secretariado ejecutivo.
Asimismo, reglamentar dicho Registro, para que
a través del secretariado ejecutivo del
Sistema Nacional de Seguridad Pública se
realice los convenios necesarios para
concentrar y coordinar la información relativa
de vehículos robados y recuperados en la
federación, los estados, el Distrito Federal y
los municipios, mediante una base de datos
nacional a la cual tengan acceso las
autoridades competentes en la materia y de
esta forma poder expedir a petición de la
parte interesada un certificado de no registro
de robo. |