No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma el artículo 100 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
Yadhira Ivette Tamayo Herrera
(PAN) |
Comisión de
Puntos Constitucionales |
Modificar el sistema de nombramientos de los
miembros del Consejo de la Judicatura
Federal, de manera que 3 sean designados por
el Senado de la República y 4 por el Poder
Judicial de la Federación.
|
2 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley General de
Educación.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
Alberto Amaro Corona
(PRD) |
Comisión de
Educación Pública y Servicios Educativos
|
Establecer entre los fines de la educación,
la promoción de una cultura de hábitos
alimenticios saludables. Que los medios de
comunicación masiva, como parte de su
responsabilidad social, deberán contribuir
al logro de dichos fines. Que se considerará
infracción a la ley, la venta y
comercialización de alimentos con exceso de
grasa y de alto contenido calórico, en
escuelas públicas y particulares de nivel
básico. |
3 |
Que reforma el
artículo 2 de la
Ley Orgánica de la
Lotería Nacional para la Asistencia Pública.
Publicación en G P: Anexo I. Abril 10, 2007. |
Dip.
Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui
(PRI) |
Comisión de
Gobernación |
Precisar que la Lotería Nacional podrá, de
manera conjunta con organizaciones civiles
y fideicomisos asistenciales, organizar,
celebrar y comercializar la lotería para
personas discapacitadas. Establecer que el
objeto de dicha asistencia social,
comprenderá la generación de empleos y el
subsidio de fines sociales, en beneficio de
las mismas. |
4 |
Que reforma los artículos 72, 73 y 74 de la
Ley General de Salud.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
Mónica Arriola
(Nueva Alianza) |
Comisión de
Salud |
Incluir la cuestión emocional, dentro de la
prevención y control de enfermedades y
accidentes. Establecer como obligación de la
Secretaría de Salud, las instituciones de
salud y los gobiernos estatales, en
coordinación con las autoridades
competentes, la de fomentar y apoyar la
realización de programas para la prevención
y atención de alteraciones y enfermedades
emocionales dando especial énfasis a la
población adolescente. Asimismo, incluir en
la atención de enfermedades emocionales y
mentales a la depresión crónica o transtorno
emocional similar. |
5 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones del Código Penal Federal.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez
(Alternativa) |
Comisiones Unidas de
Justicia
y de Salud
con opinión de las Comisiones de
Equidad y Género y
Especial Sobre No
Discriminación, Nuevas Sujetos, Nuevos
Derechos |
Despenalizar el aborto realizado con el
consentimiento de la mujer embarazada.
Asimismo, establecer que los servidores
públicos federales que brinden los servicios
médicos y de procuración de justicia en los
casos de interrupción legal del embarazo,
estarán sujetos a los supuestos establecidos
en las leyes locales en la materia y serán
considerados como excluyentes de
responsabilidad. |
6 |
Que reforma el artículo 14 de la Ley
General de Derechos Lingüísticos de los
Pueblos Indígenas.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
María Gloria Guadalupe Valenzuela García
(PAN) |
Comisión de
Asuntos Indígenas |
Incorporar la figura del intérprete y del
traductor, su capacitación y certificación
como uno de los objetivos y atribuciones del
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.
Asimismo, establecer la obligación del
Instituto de enviar a la Cámara de
Diputados, un informe anual referente al
establecimiento de la normatividad y la
formulación de programas para la
certificación y acreditación de técnicos y
profesionales bilingües. |
7 |
Que reforma los artículos 31 y 37 de la
Ley Orgánica de la Administración Publica
Federal.
Publicación en GP: Anexo I. Abril 12, 2007 |
Dip.
Pedro Montalvo Gómez
(PRI) |
Comisión de
Gobernación |
Establecer dentro del despacho de las
secretarías de la Función Publica, y de
Hacienda y Crédito Público la realización de
estudios y programas en materia de
descentralización hacia las entidades
federativas, para dictaminar de esta forma
la determinación de estructuras y puestos
que dupliquen el servicio público. |
8 |
Que reforma los artículos 68 y 69 de la
Ley General de Salud.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
Mónica Arriola
(
Nueva Alianza) |
Comisión de
Salud |
Incluir dentro de la planificación familiar
a cargo del Estado, la distribución de
medicamentos y métodos anticonceptivos a la
población adolescente. Asimismo, establecer
como obligación de la Secretaría de Salud,
la de proveer los medios técnicos necesarios
para hacer llegar los métodos
anticonceptivos necesarios. |
9 |
Que reforma el artículo 9 de la Ley
General de las Personas con Discapacidad.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
Jorge Quintero Bello
(PAN) |
Comisión de
Atención a Grupos Vulnerables |
Establecer que no se considerarán
discriminatorias las distinciones basadas en
capacidades o conocimientos especializados
para desempeñar una actividad determinada.
Asimismo, las acciones legislativas o de
políticas públicas positivas o
compensatorias, que sin afectar derechos de
terceros, establezcan tratos diferenciados
con el objeto de promover la igualdad de
oportunidades en el entorno laboral para las
personas con discapacidad. Establecer que
las autoridades competentes, promoverán que
las oportunidades de empleo para dichas
personas, se sujetarán a la normatividad
laboral aplicable a los trabajadores en
general. Así como formular y ejecutar un
programa dentro del Servicio Nacional de
Empleo de la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social para incorporar a estas
personas al sistema de colocación. |
10 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
David Mendoza Arellano
(PRD) |
Comisión de
Puntos Constitucionales
|
Crear la figura del jefe de gobierno
interior y de la administración pública
federal, con facultad para iniciar leyes o
decretos. Establecer que su nombramiento y
el de los Secretarios de despacho propuestos
y nombrados por el presidente, será
ratificado por la Cámara de Diputados por
mayoría absoluta. Así como los requisitos
para acceder a dicho cargo y sus facultades,
además de la obligación de dar cuenta al
Congreso inmediatamente que se abra el
periodo de sesiones ordinarias y la
prohibición a aceptar y desempeñar empleo o
encargo, de la federación, de los estados,
del distrito federal o de particulares,
salvo los cargos no remunerados en
asociaciones científicas, docentes,
literarias o de beneficencia. Que podrá ser
removido por el voto de las 2 terceras
partes del total de los legisladores
presentes al momento de la votación, cuando
hayan desempeñado sus funciones durante al
menos 6 meses por causas graves que afecten
las relaciones con los Poderes de la Unión o
el orden público. Facultar al Senado para
ratificar por mayoría absoluta, el
nombramiento que el Ejecutivo federal haga
del procurador general de la República, así
como para iniciar el procedimiento de su
remoción con el voto de las 2 terceras
partes de los legisladores y para ratificar
por mayoría absoluta a los agentes
diplomáticos y empleados superiores de
Hacienda. |
11 |
Que reforma el artículo 7o. de la Ley
Federal de Juegos y Sorteos.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007
|
Dip.
Alfonso Izquierdo Bustamante
(PRI) |
Comisión de
Gobernación
|
Establecer que en la realización de juegos
con apuestas y sorteos que se lleven a cabo
en los estados o en el distrito federal, la
Secretaría de Gobernación deberá contar con
la opinión del titular del poder u órgano
Ejecutivo de la entidad federativa, así como
de la autoridad municipal o delegacional que
corresponda. |
12 |
Que reforma los artículos 7 y 8 de la
Ley para la Protección de los Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
Jesús De León Tello (PAN) |
Comisión de
Atención a Grupos Vulnerables |
Promover por parte del gobierno federal, la
adopción de un programa nacional para la
atención de los derechos de los niñas, niños
y adolescentes, dando preferencia a los que
se encuentren en situación de riesgo o
vulnerabilidad social, para quienes se
establecerán acciones compensatorias.
Establecer que las instituciones
gubernamentales competentes pongan en marcha
programas cuya permanencia quede asegurada
la incorporación de la infancia y
adolescencia en situación de riesgo o
vulnerabilidad social, los cuales podrán ser
financiados a través del Fondo de
Aportaciones Múltiples para la Asistencia
Social. |
13 |
Que reforma los artículos 65 y 66 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
Mónica Fernández Balboa
(PRD) |
Comisión de
Puntos Constitucionales
|
Modificar el inicio del segundo periodo
ordinario de sesiones del Congreso de la
Unión al 15 de enero de cada año, asimismo,
que éste no se podrá prorrogar más allá del
31 de julio del mismo año. |
14 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley Federal del
Trabajo.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
Mayra Gisela Peñuelas Acuña
(PRI) |
Comisión de
Trabajo y Previsión Social |
Incorporar las figuras de las obreras y
jornaleras y jornaleros agrícolas dentro de
las normas laborales. Establecer que éstos
tendrán derecho a todas las prestaciones
derivadas de su relación laboral, durante un
lapso que no podrá ser inferior al de la
duración de la estación. Como obligación del
patrón, llevar un registro de los
trabajadores estacionales para cada ciclo
agrícola, a fin de computar su antigüedad;
entregar una constancia de conclusión de
estación, con su antigüedad acumulada.
Asimismo, que las autoridades que operen
programas federales de apoyo a estos
trabajadores estarán obligadas a dar aviso a
la autoridad laboral de cualquier violación
a sus derechos laborales. |
15 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley General que
Establece las Bases de Coordinación del
Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
Martha Angélica Tagle Martínez
(Convergencia) |
Comisiones Unidas de
Seguridad Pública
y de
Equidad y Género |
Establecer dentro de los fines de la
seguridad pública, la prevención y atención
de la violencia de género en todas sus
formas y manifestaciones para garantizar a
las mujeres el acceso a una vida libre de
violencia, creando el Sistema Nacional de
Prevención, Atención, Sanción y Erradicación
de la Violencia contra las Mujeres. Prever
que la conducta de los miembros de las
instituciones policiales se regirá por los
principios de equidad y con perspectiva de
género. Así como que los 3 niveles de
gobierno integrarán los instrumentos de
información de este Sistema. Que la
coordinación comprenderá el fomento de la
prevención de la violencia de género y
discriminación y el impulso al conocimiento
de los derechos humanos de las mujeres.
Establecer la integración del Consejo
Nacional como la instancia superior de
coordinación del Sistema Nacional de
Seguridad Pública. Facultar al Consejo para
diseñar políticas integrales con perspectiva
de género orientada a la prevención, sanción
y erradicación de los delitos violentos
contra las mujeres. |
16 |
Que adiciona un artículo 20 Bis a la
Ley Federal de Defensoría Pública.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
Lizbeth Evelia Medina Rodríguez
(PAN) |
Comisión de
Justicia |
Establecer como obligación del Estado,
garantizar el derecho a la defensa en
materia penal en favor de las personas de
pueblos y comunidades indígenas. Establecer
que el Instituto Federal de Defensoría
Pública, actuará en coordinación con
traductores e intérpretes que tengan
conocimiento de la lengua y cultura a la que
pertenezcan dichas personas. Facultar al
Instituto para celebrar convenios de
colaboración con las instituciones que
puedan coadyuvar en el ejercicio de este
derecho, así como a promover la formación de
defensores públicos bilingües indígenas. |
17 |
Que reforma el artículo 1o. de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
David Sánchez Camacho
(PRD) |
Comisión de
Puntos
Constitucionales
con opinión de la
Comisión Especial
Sobre No Discriminación, Nuevos Sujetos,
Nuevos Derechos |
Prohibir la discriminación motivada por
preferencias sexuales. |
18 |
Que reforma los artículos 26 y 73 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
Edmundo Ramírez Martínez
(PRI) |
Comisión de
Puntos Constitucionales |
Establecer que el Plan Nacional de
Desarrollo (PND) será propuesto por el Poder
Ejecutivo y ratificado por el Congreso de la
Unión, mediante votación calificada.
Facultar al Congreso de la Unión para, en su
caso, modificarlo. |
19 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y
de la Ley Orgánica del Congreso General de
los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
Héctor Manuel Ramos Covarrubias
(PAN) |
Comisiones Unidas
de Puntos Constitucionales y de
Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias |
Modificar el inicio del segundo periodo de
sesiones ordinarias al 1º de marzo de cada
año, asimismo, que este no podrá prolongarse
más allá del 30 de junio. |
20 |
Que reforma el artículo 133 de la Ley
Federal del Trabajo.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
Guadalupe Socorro Flores Salazar
(PRD) |
Comisión de
Trabajo y Previsión Social |
Prohibir a los patrones negarse a aceptar
trabajadores por razón de estado civil,
embarazo o responsabilidades familiares y,
en general, aduciendo cualquier distinción
discriminatoría. |
21 |
Que reforma el artículo 80 de la Ley
Agraria.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
Salvador Barajas del Toro
(PRI) |
Comisión de
Reforma Agraria |
Incorporar a la concubina, concubinario e
hijos de éstos respecto del derecho de
preferencia sobre otros compradores en el
caso de la enajenación de derechos
parcelarios. Establecer que la renuncia de
este derecho, deberá ser por escrito ante
dos testigos y ratificado ante fedatario
público o ante el Registrador del Registro
Agrario Nacional. |
22 |
Que reforma el artículo 73 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en G P: Anexo IV. Abril 17, 2007 |
Dip.
Demetrio Román Isidoro
(PAN) |
Comisión de
Puntos Constitucionales |
Facultar al Congreso para establecer
contribuciones especiales sobre energía
eléctrica, con excepción de servicio de
alumbrado público, que se confiere a los
municipios. |
23 |
Que reforma diversas disposiciones de la
Ley General de Población.
Publicación en GP: Anexo V. Abril 17, 2007 |
Dip.
Tomás Gloria Requena
(PRI) |
Comisión de
Población, Fronteras y Asuntos Migratorios |
Establecer que el extranjero que se interne
ilegalmente será expulsado conforme a las
medidas que dicte la Secretaria de
Gobernación. Que en caso de aseguramiento,
contará con el pleno goce y ejercicio de las
garantías individuales que le otorga la
Constitución y los derechos humanos conforme
a los convenios internacionales ratificados
por México. |
24 |
Que reforma el artículo 994 de la Ley
Federal del Trabajo.
Publicación en GP: Anexo V. Abril 17, 2007 |
Dip.
Mario Salazar Madera
(PAN)
A
nombre propio y de los Dips. Miguel Ángel
Monraz Ibarra y Omar Antonio Borboa Becerra
(PAN) |
Comisión de
Trabajo y Previsión Social |
Aumentar la multa de 15 a 155 salarios
mínimos general al rango de 500 y 1000 veces
este salario a los patrones que limiten los
derechos que les otorgan las leyes a los
trabajadores. |
25 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley de Ahorro y
Crédito Popular y de la Ley
que Crea el Fideicomiso que Administrará el
Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades
y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de
Apoyo a sus Ahorradores.
Publicación en GP: Anexo V. Abril 17, 2007 |
Dip.
José Rosas Aispuro Torres
(PRI)
A
nombre propio y de diversos diputados de los
Grupos Parlamentarios del PRI, PAN, PVEM y
Nueva Alianza |
Comisiones Unidas
de Hacienda y Crédito Público y de
Fomento Cooperativo y Economía Social,
con opinión de las Comisiones de
Participación Ciudadana y de
Presupuesto y
Cuenta Pública |
Establecer un procedimiento para el inicio
de operaciones de las Entidades de Ahorro y
Crédito Popular, y obligaciones de
transparencia para las federaciones en
materia de cuotas. Penalizar el que algún
funcionario de una entidad otorgue un
crédito a una sola persona que por el monto
pueda poner en riesgo la estabilidad y
solvencia de la entidad en perjuicio del
patrimonio de los ahorradores, y establecer
el delito específico de administración
fraudulenta. Eliminar la fecha de
constitución de la sociedad, las tasas de
interés pactadas, las fechas de las
auditorías contables y la fecha de
presentación de la demanda de concurso
mercantil como barreras de entrada a las
sociedades cuyos ahorradores requieren apoyo
por parte del Fideicomiso. Que, cuando
proceda la disolución y liquidación de una
sociedad, ésta podrá utilizar sus activos
para disminuir sus pasivos con los
ahorradores. |
26 |
Que adiciona un
artículo 94 Bis al
Reglamento para el
Gobierno Interior del Congreso General de
los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo V. Abril 17, 2007 |
Dip.
Humberto López Lena Cruz
(Convergencia) |
Comisión de
Régimen
Reglamentos y Prácticas Parlamentarias |
Establecer limitaciones para la asignación
de viáticos y pasajes aéreos en comisiones
internacionales, en los casos en que se
tengan que designar delegaciones para
asistir a algún compromiso internacional en
representación de alguna de las cámaras del
Congreso de la Unión. Ésta corresponderá al
Presidente de la Comisión que tenga relación
con el tema a tratar, previo opinión de la
Junta de Coordinación Política, debiéndole
informar a ésta última para que lleve a cabo
los trámites administrativos conducentes, a
más tardar 15 días previos a la realización
del evento. Al finalizar la comisión
respectiva, los legisladores deberán rendir
un informe dentro de los 30 días siguientes
a su regreso a la Presidencia de la comisión
que los designó. En caso de omisión a lo
anterior, se sancionará con amonestación
privada por parte de la Mesa Directiva, y en
caso de reincidencia el legislador quedará
impedido para formar parte en alguna otra
comisión internacional durante el siguiente
año legislativo. |