PRIMER PERÍODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES DEL SEGUNDO RECESO DEL
SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión 1, de Junio 19, 2008.

 

                9. MINUTAS

                           a) Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

MINUTA*

TURNO O TRÁMITE

1

Que reforma los artículos 69 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

20 de junio de 2008.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Abundio Peregrino García (PT), a nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PT, el 14 de septiembre de 2006.

Iniciativa presentada por el Dip. Jesús Ramírez Stabros (PRI), a nombre propio y de los Dips. Víctor Samuel Palma César y Luis Enrique Benítez Ojeda (PRI) el 14 de diciembre de 2006.

Iniciativa presentada por el Dip. Mario Enrique del Toro (PRD) el 29 de marzo de 2007.

Iniciativa presentada por la Dip. Ruth Zavaleta Salgado (PRD) el 26 de abril de 2007.

Iniciativa presentada por el Dip. Héctor Larios Córdova (PAN) el 30 de mayo de 2007.

Iniciativa presentada por el Dip. Manuel Cárdenas Fonseca (Nueva Alianza) el 30 de mayo de 2007.

Iniciativa presentada por el Dip. José Jesús Reyna García (PRI) el 15 de marzo de 2007.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 30 de abril de 2008 y puesto a discusión. Aprobado por 307 votos, 39 en contra y 31 abstenciones. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores el 7 de mayo de 2008.

Iniciativa presentada por la Sen. Minerva Hernández Ramos (PRD) el 10 de enero de 2007.

Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 19 de junio de 2008. Aprobado por 107 votos y 3 abstenciones. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Propuesta:

Eliminar la obligación del Presidente de la República de asistir a la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso de la Unión, debiendo únicamente presentar un informe por escrito, en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país.

Asimismo, incluir a los titulares de las entidades paraestatales y de los órganos autónomos dentro de los que se encuentran obligados a comparecer y/o informar a las cámaras del Congreso de la Unión, toda aquella información o documentación requerida para el análisis del Informe de Gobierno, así como toda aquella solicitada, bajo protesta de decir verdad, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas por escrito, las cuales deberán ser respondidas en un término no mayor a 15 días naturales a partir de su recepción.

Comisión de Puntos Constitucionales

2

Que reforma los artículos 71, 72 y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

20 de junio de 2008.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (PRD) el 5 de abril de 2001. (LVIII)

Iniciativa presentada por el Dip. Félix Castellanos Hernández (PT), el 19 de abril de 2001. (LVIII)

Iniciativa del Congreso del estado de Chihuahua presentada el 30 de mayo de 2001. (LVIII)

Iniciativa presentada por el Dip. Eduardo Rivera Pérez (PAN) el 20 de marzo de 2002. (LVIII)

Dictamen a Discusión presentado el 15 de abril de 2003. Aprobado por 389 votos, 2 en contra y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LVIII)

Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 23 de abril de 2003. (LVIII)

Dictamen a Discusión de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 19 de junio de 2008. Aprobado por 105 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Propuesta:

Ampliar de 10 a 30 días naturales el plazo para que el Ejecutivo Federal pueda remitir sus observaciones a un proyecto de Ley o decreto aprobado por las cámaras del Congreso de la Unión. Establecer que las observaciones del Ejecutivo deberán ser devueltas a la Cámara que se lo hubiese remitido. Que una vez vencido este plazo el Ejecutivo dispondrá de 10 días naturales para promulgar y publicar la ley o decreto. Transcurrido este segundo plazo, la ley o decreto será considerado promulgado y el Presidente de la cámara de origen ordenará dentro de los diez días naturales siguientes su publicación en el Diario Oficial de la Federación, sin que se requiera refrendo. Que los plazos a que se refiere este inciso no se interrumpirán si el Congreso cierra o suspende sus sesiones, en cuyo caso la devolución deberá hacerse a la Comisión Permanente.

3

Que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

20 de junio de 2008.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por los Sens. Santiago Creel Miranda y Marco Humberto Aguilar Coronado (PAN) el 6  de junio de 2008.

Dictamen a Discusión de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 19 de junio de 2008. Aprobado por 105 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Propuesta:

Establecer que el día de la apertura de cada periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión, el Presidente de la República podrá presentar hasta dos iniciativas para trámite legislativo preferente, las cuales deberán ser discutidas y votadas por ambas cámaras a más tardar el último día de sesiones ordinarias del periodo que corresponda. Que si transcurrido el plazo antes señalado no se hubiere presentado el dictamen correspondiente, el Presidente deberá inmediatamente someter a la consideración del Pleno dichas iniciativas. Asimismo, exceptuar de ese carácter las presentadas en materia electoral y de partidos.

4

Que formaliza la situación jurídica de los inmuebles puestos a disposición de las Cámaras del Congreso de la Unión.

 

Publicación en GP:

20 de junio de 2008.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Sen. José González Morfín (PAN), a nombre propio y de los Senadores Coordinadores de los Grupos Parlamentarios, el 28 de mayo de 2008.

Dictamen a Discusión de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 19 de junio de 2008. Aprobado por 105 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Propuesta:

Establecer que la Cámara de Senadores cederá los derechos de propiedad y dominio a título gratuito a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con todos los derechos y obligaciones que le corresponden, respecto del inmueble en el que se ubica el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados, localizado en la zona conocida como Ex-estación de San Lázaro, Delegación Venustiano Carranza, en la ciudad de México, Distrito Federal. Que la Cámara de Diputados cederá a su colegisladora, en los mismos términos, el predio localizado en la zona conocida como Mercado de Artesanías, en esta ciudad de México, Distrito Federal. Asimismo, que dichas Cámaras deberán inscribirlos en el Registro Público de la Propiedad Federal e incorporarlos al Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal.

Comisión de Gobernación

Nota: en votación económica se autorizó incluirlos en el Orden del Día.

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