DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO DE ASUNTOS ABORDADOS

1. OFICIOS

a) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

b) De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal.

c) De las Legislaturas de los Estados.

2. COMUNICACIÓN

a) De C. Legislador.

3. ACUERDO DE LOS ÓRGANOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN

a) De los Grupos Parlamentarios.

4. MOVIMIENTOS EN COMISIONES

5. PERMISO CONSTITUCIONAL

a) Para aceptar y usar condecoración.

6. EXCITATIVAS

a) Para dictaminar minutas.

b) Para emitir opinión.

7. INICIATIVAS

8. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) De permiso constitucional. Para aceptar y usar condecoraciones.

b) De permiso constitucional. Para prestar servicios.

c) Con puntos de acuerdo.

9. PROPOSICIONES

10. PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN

11. AGENDA POLÍTICA

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

COMISIÓN PERMANENTE DEL SEGUNDO RECESO DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO

 

 Sesión Núm. 12, de Julio 17, 2007

 

                7. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO O TRÁMITE

SINOPSIS

1

Que adiciona una fracción al artículo 7º  de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP del Senado: Julio 17, 2007

 

Sen.

Luis Alberto Coppola Joffroy

(PAN)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisiones Unidas de Educación y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores

Establecer dentro de los fines de la educación, la diversidad cultural, social y ambiental del país, de tal modo que la Secretaría de Educación Publica en coordinación con la Secretaría de Turismo, llevarán a cabo el desarrollo de temas turísticos, teniendo como principios la identificación del individuo con nuestra cultura, el aprecio a la naturaleza desde el punto de vista  turístico mediante el fomento del viaje recreativo.

2

Que  reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

 

Publicación en GP del Senado: Julio 17, 2007

 

Publicación en G. P

Julio 20, 2007.

 

Sen.

Carlos Lozano De la Torre

(PRI)

 

A nombre propio y  de legisladores de los Grupos Parlamentarios del PRI, PRD, Convergencia, PT y PVEM

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía de la Cámara de Diputados

Disminuir del 79% al 70% la tasa del pago anual del derecho ordinario sobre hidrocarburos que PEMEX está obligado a pagar. Aumentar del 76.6% al 86.5% la tasa que se aplicará a la recaudación federal participable obtenida por tal derecho, asimismo del 3.17% al 3.58% de la recaudación que se destinará a los municipios colindantes con la frontera o litorales por los que se realice materialmente la salida del país de los hidrocarburos. Del .05% al 1% la tasa del pago anual del derecho de investigación científica y tecnológica en materia de energía; y de la recaudación anual de este derecho, que el 75% se destine al Instituto Mexicano del Petróleo, dando prioridad a la investigación en la exploración en aguas profundas y a la refinación de petróleo con menos de 15 grados API gravity para el aprovechamiento máximo de los yacimientos de hidrocarburos. Asimismo, que el 25% restante se destine al financiamiento de proyectos de investigación y desarrollo de fuentes de energía alternas a los hidrocarburos.  Tratándose de pozos que no hayan sido explotados durante tres o más años, en los que se considere conveniente renovar su explotación, PEMEX estará obligado al pago anual de un derecho único sobre hidrocarburos, aplicando una tasa anual de 20% sobre el valor del petróleo crudo y gas natural extraídos en el mismo período.

3

Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP del Senado: Julio 17, 2007

 

Publicación en G. P

Julio 20, 2007.

Dip.

Claudia Lilia Cruz Santiago

(PRD)

 

A nombre de los integrantes del PRD

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Garantizar la igualdad entre hombres y mujeres para acceder a las oportunidades, promociones, ascensos y estímulos dentro del ámbito en que se desarrollen, ya sea en los sectores público o privado, estableciendo el principio de democracia paritaria a través de la proporcionalidad representativa entre éstos. Asimismo, que la renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo, el nombramiento de los ministros de la Suprema Corte de Justicia, magistrados, jueces,  funcionarios y empleados de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito, se lleve a cabo observando dicho principio.

4

Que reforma y adiciona la Ley General de Cultura Física y Deporte.

 

Publicación en GP del Senado: Julio 17, 2007

Sen.

Javier Orozco Gómez

(PVEM)

 

A nombre de los integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte

Comisiones Unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos, Segunda de la Cámara de Senadores

Crear una Comisión Especial para la Prevención de la Violencia en la Celebración de Espectáculos Deportivos que promueva la participación de representantes de las comisiones nacionales de deporte profesional,  de las ligas profesionales y personalidades de reconocido prestigio tanto en el ámbito deportivo como en el de seguridad pública. Lo anterior, para el correcto manejo y control de los brotes de violencia presentados en eventos deportivos, a fin de garantizar la integridad y seguridad de los asistentes y participantes. De tal forma que el  Título Cuarto,  actualmente denominado “De los Riesgos y la Responsabilidad Civil”, se modificará  bajo el nuevo título "De la Prevención de la Violencia en la Celebración de Espectáculos Deportivos".

5

Que reforma el numeral 2 del artículo 132 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP del Senado: Julio 17, 2007

Sen.

 Alejandro González Yáñez

(PT)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisiones Unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores

Modificar la integración de la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión del Congreso de la Unión a fin de que se integre con  1 diputado y  1 senador representante de cada uno de los Grupos Parlamentarios de cada Cámara, electos por el pleno de cada Cámara, a propuesta de las respectivas juntas de coordinación política.

 

6

Que reforma los artículos 56, 74, 357, 358, 359, 371, fracción IX; 540, adiciona la fracción V; 541, fracciones V y VI; 542, fracción III y 545 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP del Senado: Julio 17, 2007

 

Publicación en G. P

Julio 20, 2007.

Dip.

José Antonio Almazán González

(PRD)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados

Establecer que el patrón y el sindicato no podrán convenir que los trabajadores realicen  labores conexas  a su labor principal, respetándose los servicios que este deba prestar. Asimismo, que los días de descanso obligatorios o no laborables sean, de manera prioritaria, los acordados en el contrato individual de trabajo o en el contrato colectivo de trabajo. Prohibir  la injerencia tanto patronal, gubernamental, judicial y legislativa en la vida interna de los sindicatos, de modo que los trabajadores de manera democrática y autónoma elijan a sus dirigentes. Incluir dentro las funciones de los inspectores del trabajo el proporcionar a los sindicatos, trabajadores y patrones, la información técnica con la que cuenten, incluyendo el acceso a las actas levantadas. Así también, establecer que en caso de que se encuentren  defectos en las instalaciones de trabajo que constituyan una violación de las normas de trabajo o un peligro para la seguridad o salud de los trabajadores, los inspectores, con la participación de los sindicatos, pueden ordenar las modificaciones en la instalación o empresa dentro de un plazo determinado.

 

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