No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma el artículo 7 de la Ley
Orgánica del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP del Senado:
Agosto 15,
2007
Publicación en GP:
Agosto 17, 2007. |
Dip.
Héctor Larios Córdova
(PAN)
A
nombre propio y del Dip. Cristián Castaño
Contreras (PAN) |
Comisión de Régimen, Reglamentos y
Prácticas Parlamentarias de la Cámara de
Diputados |
Modificar el formato de la sesión de
apertura del primer periodo de sesiones
ordinarias de cada año legislativo del
Congreso General en relación con la
presentación del informe presidencial
incorporando una ronda de preguntas por
parte de los Grupos Parlamentarios que en su
conjunto representen el 75% o más de la
conformación del Congreso, con la
correspondiente respuesta a cada una de
ellas, por parte del Presidente de la
República. |
2 |
Por el que la
Comisión Permanente del Honorable Congreso
de la Unión convoca a las Cámaras del
Congreso de la Unión a celebrar un periodo
de sesiones extraordinarias.
Publicación en GP del Senado:
Agosto 15,
2007 |
Primera Comisión |
Convocar a un Periodo de Sesiones
Extraordinarias con el objeto de que las
Cámaras del Congreso de la Unión se ocupen
de la reforma al artículo 7º y demás
concordantes de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos, relativas al formato del informe
presidencial o de gobierno. Dicho periodo
iniciaría el martes 28 de agosto de 2007, a
las 10:00 horas, y la correspondiente
clausura se verificará una vez que el
Congreso de la Unión determine que se ha
agotado el objeto que motivó la
convocatoria. |
3 |
Que reforma el artículo 94 de la Ley
de Protección y Defensa al Usuario de los
Servicios Financieros.
Publicación en GP del Senado: Agosto 15,
2007 |
Sen.
Mario López Valdez
(PRI) |
Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito
Público y de Estudios Legislativos,
Primera de la Cámara de Senadores |
Establecer sanciones a los despachos que
utilicen prácticas ilegales, difamatorias,
intimidatorias o abusivas para el cobro de
una cuenta a un deudor. |
4 |
Que reforma la fracción IV del artículo 74
de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP del Senado:
Agosto 15,
2007
Publicación en GP:
Agosto 17, 2007. |
Dip.
Hugo Eduardo Martínez Padilla
(PRD)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Puntos Constitucionales
de la Cámara de Diputados |
Establecer que será la Cámara de Diputados
quien apruebe la Cuenta Pública, previa
revisión y dictaminación, con el objeto de
conocer los resultados de la gestión
financiera, comprobar si se ha ajustado a
los criterios señalados por el Presupuesto y
el cumplimiento de los objetivos contenidos
en los planes y programas. |
5 |
Que reforma y adiciona la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP del Senado:
Agosto 15,
2007 |
Sen.
Alejandro González Yánez
(PT)
A
nombre propio y de los Dips. Aida Marina
Arvizu Rivas y Santiago Gustavo Pedro Cortés
(Alternativa), Alejandro Chanona Burguete
(Convergencia) |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Estudios
Legislativos de la Cámara de Senadores |
Incluir dentro de los mecanismos de
participación ciudadana las figuras de
plebiscito, referéndum, iniciativa popular,
afirmativa ficta, revocación de mandato
(para los servidores públicos electos
popularmente) y presupuesto participativo,
como un derecho ciudadano en materia de
democracia directa. Dichos mecanismos serán
instrumentados por la Autoridad Federal
Electoral. |
6 |
Que adiciona una fracción XIV al artículo
403 del Código Penal Federal.
Publicación en GP del Senado:
Agosto 15,
2007
Publicación en GP:
Agosto 17, 2007. |
Dip.
César Horacio Duarte Jáquez
(PRI)
A
nombre propio y de los Dips. Alfredo Ríos
Camarena y Luis Enrique Ojeda Benítez (PRI)
, Juan Nicasio Guerra Ochoa y Mónica
Fernández Balboa (PRD) y Alejandro Chanona
Burguete (Convergencia) |
Comisión de Justicia de la Cámara de
Diputados |
Incluir como delito electoral, sancionado
con multa de 10 a 100 días multa y prisión
de 6 meses a 3 años, para quien Sin ser
funcionario partidista, dirigente de partido
político nacional o candidato, contrate o
difunda promocionales en radio, televisión,
medios impresos, cine, Internet o
espectaculares, que de manera explícita o
implícita orienten el sentido del voto. |
7 |
Que reforma la fracción IV del artículo 74
de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP del Senado:
Agosto 15,
2007
Publicación en GP:
Agosto 17, 2007. |
Dip.
Hugo Eduardo Martínez Padilla
(PRD)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Puntos Constitucionales
de la Cámara de Diputados |
Adelantar la fecha de presentación de la
cuenta publica del año anterior, a más
tardar el último día hábil del mes de
febrero |
8 |
Que adiciona un párrafo al artículo 16 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP del Senado:
Agosto 15,
2007
Publicación en GP:
Agosto 17, 2007. |
Dip.
Yadhira Yvette Tamayo Herera
(PAN) |
Comisión de Puntos Constitucionales
de la Cámara de Diputados |
Establecer a nivel constitucional la figura
del arraigo decretado por la autoridad
judicial a petición del ministerio público,
y sólo a la persona contra quien se prepare
el ejercicio de la acción penal con motivo
de la probable comisión de un delito grave,
siempre que exista riesgo fundado de que se
sustraiga a la acción de la justicia o sea
necesario para la protección de la víctima u
ofendido. Que éste no podrá exceder de 30
días. En el caso de delincuencia organizada,
el arraigo será en el lugar que el juez
acuerde y sin que exceda de 60 días. |
9 |
Que reforma la fracción XXVI del artículo 37
de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
Publicación en GP del Senado: Agosto 15,
2007 |
Sen.
Renán Cleominio Zoreda Novelo
(PRI) |
Comisiones Unidas de Gobernación y de
Estudios Legislativos de la Cámara de
Senadores |
Ampliar la obligación de la Secretaría de la
Función Pública respecto a la promoción de
estrategias para establecer políticas de
gobierno electrónico, en el sentido de
instrumentar y evaluar las acciones,
programas, estrategias y políticas para que
el gobierno electrónico incida en el acceso
a la sociedad global de la información. Para
lo antes señalado, la Secretaría deberá
establecer vínculos, a través del Consejo
Nacional para el Desarrollo de Tecnologías
de la Información, Telecomunicaciones y
Gobierno Electrónico, con las entidades y
dependencias de la Administración Pública
Federal, entidades federativas y municipios,
centros de educación e investigación
nacionales para plantear instrumentos
normativos que den seguridad al entorno
operativo y generar oportunidades de
desarrollo en la relación del gobierno con
los ciudadanos, en el apoyo empresarial y de
negocios, en la vinculación
intergubernamental entre dependencias,
entidades y entre distintos niveles de
gobierno y en la relación intragubernamental
que eleve la eficiencia, eficacia y calidad
del gobierno. |
10 |
Que reforma los artículos 110 y 111 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP del Senado: Agosto 15,
2007
Publicación en GP:
Agosto 17, 2007. |
Dip.
Hugo Eduardo Martínez Padilla
(PRD)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Puntos Constitucionales
de la Cámara de Diputados |
Considerar como sujeto de juicio político y
de declaración de procedencia al titular del
Órgano Superior de Fiscalización. |
11 |
Que reforma el artículo 259 Bis del
Código Penal Federal.
Publicación en GP del Senado: Agosto 15,
2007
Publicación en GP:
Agosto 17, 2007. |
Diputadas integrantes del Grupo
Parlamentario del PRI
Nota:
Sin intervención
en tribuna |
Comisión de Justicia de la Cámara de
Diputados |
Incluir dentro de las sanciones previstas
para la comisión del delito de hostigamiento
sexual, la reparación del daño causado a la
víctima cuando se afecte su estado de salud,
con base en lo que determine el diagnóstico
de afectación emitido por un médico
especialista. Para lo anterior, el médico
deberá tomar en cuenta la lesión psicológica
de la víctima, además de la temporalidad
reiterada del hostigamiento. Asimismo, el
hostigador será canalizado inmediatamente a
un programa de readaptación laboral
certificado por el Instituto Nacional de las
Mujeres, mismo que será requisito
indispensable para su reincorporación al
trabajo. |
12 |
Que reforma los artículos 115, 116 y 122 de
la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP del Senado: Agosto 15,
2007
Publicación en GP:
Agosto 17, 2007. |
Dip.
Hugo Eduardo Martínez Padilla
(PRD)
Nota:
Sin intervención
en tribuna |
Comisión de Puntos Constitucionales
de la Cámara de Diputados
|
Establecer que el control y registro de los
recursos públicos federales que les sean
transferidos o asignados a los Poderes de
la Unión y a la hacienda municipal,
deberán llevarse a cabo conforme a los
criterios que establezca la Entidad Superior
de la Federación y la ley reglamentaria. |
13 |
Que reforma los artículos 5 y 9 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP del Senado: Agosto 15,
2007 |
Sen.
Carlos Lozano de la Torre
(PRI)
Nota:
Sin intervención
en tribuna |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Estudios
Legislativos, Segunda de la Cámara de
Senadores |
Establecer la colegiación obligatoria para
las profesiones que requieran título para su
ejercicio, de manera que los egresados de
las universidades e institutos de enseñanza
superior, reconocidos legalmente, deberán
afiliarse a un Colegio Profesional relativo
a su actividad. |
14 |
Que reforma
diversas disposiciones del
Código Fiscal de
la Federación.
Publicación en GP del Senado: Agosto 15,
2007
Publicación en GP:
Agosto 17, 2007. |
Sens. Minerva Hernández Ramos (PRD), Gustavo
Enrique Madero Muñoz (PAN) y José Eduardo
Calzada Rovirosa (PRI),
Integrantes de la Mesa Directiva de la
Comisión de Hacienda y Crédito Público de la
Cámara de Senadores.
Nota:
Sin intervención
en tribuna |
Comisión de Hacienda y Crédito Público
de la Cámara de Diputados |
Eliminar el límite para modificar el
dictamen o el número de declaraciones
complementarias que podrá presentar el
contribuyente, siempre y cuando no se haya
iniciado el ejercicio de facultades de
comprobación por parte de las autoridades
fiscales o ya se haya obtenido resolución
favorable. Establecer que la revisión a los
contribuyentes que hayan presentado dictamen
fiscal, deberá realizarse con base en el
dictamen previamente presentado, salvo que
la autoridad tenga evidencia de delitos
fiscales graves cometidos por dicho
contribuyente. Que el contribuyente podrá
optar por dictaminar sus pagos provisionales
mensuales o definitivos dentro del mes
siguiente al de su presentación, los cuales
deberán ser ratificados en el dictamen del
ejercicio. Asimismo, el contenido de los
dictámenes de estados financieros formulados
por los contadores públicos certificados
registrados, así como las sanciones a que se
hará acreedor cuando no dé cumplimiento a lo
antes señalado. |
15 |
Que reforma diversas disposiciones de la
Ley Federal de Responsabilidad
Patrimonial del Estado y de la
Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo.
Publicación en GP del Senado: Agosto 15,
2007 |
Comisiones Unidas de Justicia y de
Estudios Legislativos de la Cámara de
Senadores |
Establecer que
el particular deberá presentar su recurso de
reclamación por responsabilidad patrimonial
del Estado ante
la dependencia o
entidad presuntamente responsable u
organismo constitucional autónomo, o bien,
ante la Secretaría de la Función Pública. La
resolución que dicten dichas autoridades
será recurrible vía recurso de revisión ante
ellas mismas o se otorgará la opción al
particular de acudir a juicio contencioso
administrativo ante el Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa. El
procedimiento de responsabilidad patrimonial
en vía jurisdiccional deberá ajustarse a lo
dispuesto por la Ley Federal de
Procedimiento Contencioso Administrativo.
Que el plazo para que opere la prescripción
para reclamar indemnización se interrumpirá
desde el momento en que se inicie el
procedimiento o recurso de reclamación en
vía administrativa. Asimismo, los elementos
que deben contener las sentencias que emita
el Tribunal en los juicios relacionados con
la Ley Federal de Responsabilidad
Patrimonial del Estado. |