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Legislaturas de los Estados |
17
Oficios de los congresos de los estados de
Aguascalientes, Baja California, Baja
California Sur, Campeche, Chihuahua,
Coahuila, Durango, Guanajuato, Morelos,
Nuevo León, Puebla, Querétaro, San Luis
Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y
Zacatecas, por los que comunican su
aprobación al proyecto de decreto por el que
se adiciona una fracción XXIX-N al artículo
73 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos. |
a)
La Secretaría
realizó el escrutinio y cómputo respectivos,
de conformidad con el artículo 135
constitucional, dando fe de la aprobación de
17 Congresos Estatales.
b)
Se declaró
aprobado el decreto por el que se reforma el
artículo 73 fracción XXIX-N de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
c)
Se turnó al
Ejecutivo Federal para sus efectos
constitucionales. |
2
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17
Oficios de los congresos de los estados de
Aguascalientes, Chiapas, Chihuahua,
Coahuila, Colima, Guanajuato, Estado de
México, Morelos, Nayarit, Nuevo León,
Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa,
Sonora, Tamaulipas y Zacatecas, por los
que comunican su aprobación al proyecto de
decreto por el que se adiciona un segundo
párrafo con siete fracciones al artículo 6°
de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. |
a)
La Secretaría
realizó el escrutinio y cómputo respectivos,
de conformidad con el artículo 135
constitucional, dando fe de la aprobación de
17 Congresos Estatales.
b)
Se declaró
aprobado el decreto por el que se reforma el
artículo 6° segundo párrafo con siete
fracciones de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
c)
Se turnó al
Ejecutivo Federal para sus efectos
constitucionales. |