SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión 16, de Marzo 24, 2009.

 

                6. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN *

TURNO O TRÁMITE

SINOPSIS

1

Que reforma el párrafo primero y adiciona los incisos e), f) y g) a la fracción III del artículo 6 de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos y reforma el artículo Tercero Transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1° de septiembre de 2008, que reforma, adiciona y deroga diversas modificaciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo I. 24 de marzo de 2009.

Congreso del estado de Nuevo León

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Incluir dentro de los requisitos para ser beneficiario de los apoyos a que se refiere el ordenamiento de los ex trabajadores migratorios mexicanos, entregar  la credencial del trabajador emigrante expedida por la Secretaría de Gobernación, la tarjeta que acredite mención honorífica y la mica café grande tamaño postal. Aumentar de 2 a 4 meses el plazo para presentar dichos requisitos, el cual corre a partir del quinto día hábil de la publicación de la convocatoria.

2

Que  adiciona artículos a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, reforma la Ley de Instituciones de Crédito, la Ley de Uniones de Crédito, la Ley de Crédito y Ahorro Popular, la Ley del Impuesto al Valor Agregado y la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

 

Publicación en GP:

Anexo I. 24 de marzo de 2009.

Sens.

María de los Ángeles Moreno Uriegas, Carlos Lozano de la Torre y José Calzada Rovirosa

(PRI)

Crear el contrato de microcrédito productivo, por medio del cual una persona moral, denominada acreditante, otorga al acreditado, en una sola exhibición, una suma de dinero, destinado a la realización de una actividad económica, cuya fuente de pago la constituya el producto de la actividad comercial, industrial, agrícola, ganadera, pesquera, silvícola o de servicios, incluidos en este último concepto los servicios profesionales prestados por el acreditado, así como los otorgados a personas que lleven a cabo actividades empresariales, sean titulares de microempresas o formen parte de grupos de personas físicas solidarios o mancomunados.

3

Que reforma los artículos 10 y 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo I. 24 de marzo de 2009.

Sen.

Manuel Velasco Coello

(PVEM)

Disminuir del 28 al 20% la tasa que se aplica para calcular el cobro del Impuesto sobre la Renta a las personas morales. Asimismo, la reducción proporcional de las tasas a las que están sujetas las personas físicas asalariadas, de manera que la mayor tasa a pagar sea del 20%.

4

Que adiciona una fracción IX al artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo I. 24 de marzo de 2009.

Sens.

Francisco Herrera León, Carlos Lozano de la Torre, Ramiro Hernández García, Adolfo JesúsToledo Infanzón y Jesús María Ramón Valdés

(PRI)

Establecer que se podrán deducir las colegiaturas pagadas por el contribuyente a aquellas instituciones del sistema educativo nacional, no importando el tipo ni la modalidad de educación de que se trate, siempre que las mismas cuenten con reconocimiento de validez oficial, ya sea para sí mismo, sus ascendientes o descendientes hasta el segundo grado o para aquellos sobre quienes ejerzan la tutela.

5

Que reforma el artículo Cuarto Transitorio de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2007.

 

Publicación en GP:

Anexo I. 24 de marzo de 2009.

Sens.

Marko Antonio Cortés Mendoza, Humberto Aguilar Coronado, Eduardo Nava Bolaños y Ricardo Torres Origel

(PAN)

Establecer que el pago del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos para el ejercicio fiscal de 2009, pueda llevarse a cabo sin el pago de multas, recargos o actualizaciones  hasta el 31 de diciembre del presente año.

* Sin intervención en Tribuna.

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