DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO DE ASUNTOS ABORDADOS

1. OFICIOS

a) De la Secretaría de Gobernación.

b) De la Cámara de Senadores.

c) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

2. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

3. COMUNICACIÓN RELATIVA A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

4. MOVIMIENTOS DE CC. DIPUTADOS

a) De separación de Grupo Parlamentario.

b) De incorporación a Grupo Parlamentario.

5. PROPOSICIONES DE ACUERDO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

a) De la Junta de Coordinación Política.

6. INICIATIVAS

7. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

a) Con proyecto de decreto.

b) De permiso Constitucional. De Cónsul Honorario.

c) De permiso constitucional. Para prestar servicios.

8. DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA CON DISPENSA DE TRÁMITES

a) Con proyecto de decreto.

9. PROPOSICIONES

10. PROTESTAS DE LEY

11. EXCITATIVAS

a) Para dictaminar iniciativas.

b) Para dictaminar minutas.

c) Para dictaminar proposición.

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión 10, de Marzo 03, 2009.

 

                6. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO O TRÁMITE

SINOPSIS

1

Que reforma la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP:

Anexo I. 

03 de marzo de 2009.

Sens.

Rubén Fernando Velázquez López, José Luis Máximo García Zalvidea y Silvano Aureoles Conejo

(PRD) *

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Social

Incluir en el régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social el seguro por “Pérdida involuntaria del empleo” al que tendrán derecho los trabajadores que hayan sido cesados sin que el patrón compruebe causa justificada, o por renuncia del trabajador por falta de cumplimiento de obligaciones del patrón y que hayan cotizado cuando menos ciento cuatro semanas en el Instituto, de las cuales al menos cincuenta y dos deberán haber sido continuas, otorgando una renta por desempleo de hasta seis meses y hasta por tres salarios mínimos mensuales. Asimismo, indicar los lineamientos relativos a seguir por parte del trabajador, el patrón y el gobierno federal, para el efecto.

2

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

17 de febrero de 2008.

Dip.

Javier Martín Zambrano Elizondo

(PAN)*

Comisión de Economía

Establecer los medios necesarios para que se realicen los trámites que corresponden a las facultades asignadas al Instituto Mexicano de la Propiedad a través de Internet.

3

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, de la Ley General de Población y de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

3 de marzo de 2009.

Dip.

Ana María Ramírez Cerda

(PVEM) *

Comisiones Unidas de Equidad y Género, de Población , Fronteras y Asuntos Migratorios y de Salud

Incluir el concepto de “derechos reproductivos” dentro de la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, así como implementar diversas acciones que permitan ejercitar dichos derechos. Asimismo, incorporar la perspectiva de género dentro de los programas y servicios que en materia de planificación familiar lleven a cabo las secretarías de Gobernación y de Salud.

4

Que reforma el artículo 10 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

3 de marzo de 2009.

Diputados del Grupo Parlamentario Nueva Alianza *

Comisión de Seguridad Pública

Establecer nuevos casos en virtud de los cuales, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá, a petición del Ministerio Público Federal (MPF), realizar auditorías a personas físicas o morales. Asimismo, que el MPF deberá en cualquier caso fundamentar su petición, basándose en la aportación de elementos que reciba de las autoridades competentes o de las personas que aporten pruebas convincentes.

5

Que reforma los artículos 72 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

3 de marzo de 2009.

Dip.

Jorge Emilio González Martínez

(PVEM) *

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que el Presidente de la República podrá formular observaciones al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación en un plazo de 20 días útiles contados a partir de la fecha en que le sea remitido por la Cámara de Diputados, vencido el plazo se reputará como aprobado. Asimismo, definir el procedimiento que habrá de seguirse cuando el Poder Ejecutivo indique modificaciones o adiciones.

6

Que reforma los artículos 21 y 22 de la Ley de Planeación.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

17 de febrero de 2008.

Dip.

Javier Martín Zambrano Elizondo

(PAN)

 

A nombre propio y suscrita por integrantes de la Comisión Especial de Prospectiva para la Definición del Futuro de México

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer que el Plan Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales deberán contener consideraciones y proyecciones de largo plazo con una visión y propuesta prospectiva de nación.

7

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

17 de febrero de 2008.

Dip.

Héctor Manuel Ramos Covarrubias

(PAN)

Incluir al vino dentro de las bebidas que pagan el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS). Se define lo que se entenderá por “vino” en esta Ley y se homologa su tratamiento fiscal con el de la cerveza

8

Que expide la Ley Federal para el Consumo Popular.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

12 de febrero de 2009.

Dip.

José Antonio Almazán González

(PRD)

Comisión de Economía con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Reglamentar el párrafo tercero del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como establecer los artículos, materias o productos que serán considerados como necesarios para la economía nacional o el consumo popular. Crear la “Comisión Federal para el Consumo Popular y Economía Nacional” y la “Organización Nacional de Consumidores”, definiendo sus facultades, atribuciones y forma de integración. Asimismo, estipular las sanciones que habrán de imponerse por diversas conductas consideradas como perjudiciales para la economía popular.

9

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, de la Ley Orgánica de la Armada de México y de la Ley de Ascensos de la Armada de México.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de febrero de 2009.

Dip.

Fernando Enrique Mayans Canabal

(PRD)

Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Marina

Establecer que las instituciones militares para su organización, funcionamiento, otorgamiento de ascensos y actuación de sus elementos, deberán sujetarse a  los principios de equidad e igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como a la legalidad, eficiencia, profesionalismo, imparcialidad, honradez, transparencia, respeto y protección de los derechos humanos.

10

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Organizaciones Ganaderas.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

26 de febrero de 2009.

Dip.

José Rubén Escajeda Jiménez

(PRI)

 

A nombre propio y del Dip. César Duarte Jáquez (PRI)

Comisión de Agricultura y Ganadería

Modificar diversas disposiciones, a efecto de reconocer la figura de pequeño productor ganadero o productor social, definiéndolo y estableciendo los supuestos para la conformación de  organizaciones o agrupaciones en el ramo. Asimismo, crear la Confederación Nacional de Organizaciones de Pequeños Ganaderos, la cual deberá ser reconocida por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, así como definir sus atribuciones.

11

Que reforma los artículos 386 y 387 del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

10 de febrero de 2009.

Dip.

Gerardo Octavio Vargas Landeros

(PRI) *

Comisión de Justicia

Tipificar como delito de fraude, al que simulando una empresa, ofrezca un empleo a través de la circulación de anuncios publicitarios o de la invitación de terceras personas y que por medio de engaños o promesas de crecimiento profesional y capacitaciones, prometa la firma de un contrato laboral a cambio de cantidades monetarias como condición para obtener el empleo, así como la contratación para actividades de diversa naturaleza a la originalmente ofrecida. Asimismo, que se considerará como agravante la violación a lo antes mencionado.

12

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de febrero de 2009.

Dip.

Neftalí Garzón Contreras

(PRD)

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Gobernación

Establecer que no podrá negarse el registro a los sindicatos en la Secretaría de Trabajo y Previsión Social en los casos de competencia federal y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje en los de competencia local. Asimismo que la mesa directiva de éstos deberá integrarse mediante voto universal, directo y secreto. Cuando un sindicato pretenda la celebración de un contrato colectivo, deberá promover su solicitud por conducto de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, en los casos de competencia federal, y por las juntas locales, en los casos de competencia local.

13

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

10 de febrero de 2009.

Dip.

Gerardo Octavio Vargas Landeros

(PRI) *

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Facultar al secretario general de cada una de las cámaras del Congreso de la Unión, para preparar los elementos necesarios para convocar a aquellos integrantes de la legislatura que no hayan ocupado con anterioridad el cargo de legislador federal, y a los demás que así lo deseen, incluyendo a su personal, para tomar un curso de capacitación sobre el funcionamiento de la Cámara respectiva, su marco jurídico, facultades y prácticas del Congreso, proceso y técnica legislativa, a fin de que obtengan los conocimientos mínimos necesarios para el buen desempeño de su encargo.

14

Que reforma el artículo 26 y adiciona un artículo 26 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de febrero de 2009.

Dip.

Blanca Luna Becerril

(Nueva Alianza) *

Comisión de  Atención a Grupos Vulnerables

Facultar a la Cámara de Senadores o en sus recesos a la Comisión Permanente para objetar por mayoría de votos, las designaciones para  presidente del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación que haga el titular del Poder Ejecutivo. Asimismo, establecer el plazo que tendrá la instancia legislativa para tener como objetado ó no un nombramiento, así como  los requisitos mínimos que deberá reunir el aspirante a dicho cargo.

15

Que expide la Ley de Depósito Legal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de febrero de 2009.

Diputados integrantes de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos *

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Crear una Ley general para toda la república, en materia de depósito legal. Incluir a diversas publicaciones como sujetas a depósito y  ampliar la esfera de los depositantes. Establecer las facultades y atribuciones que tendrán las bibliotecas depositarias, así como el procedimiento para realizar la entrega de los materiales por parte de los depositantes y definir las sanciones por incumplimiento a sus disposiciones.

16

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de febrero de 2009.

Dip.

Alliet Mariana Bautista Bravo

(PRD)

Comisión de Salud

Regular la organización, registro, control y vigilancia de guarderías y/o estancias infantiles privadas, a efecto de que para la prestación de dichos servicios se deberá contar con autorización sanitaria  emitida por la Secretaría de Salud y sujetarse a las Normas Oficiales Mexicanas que para tal efecto expida. Asimismo, incluir a los servicios antes descritos como parte de la materia de salubridad general y contemplar un nuevo  caso en virtud del cual procederá la clausura temporal o definitiva, parcial o total de los establecimientos destinados a dicha actividad.

17

Que  reforma el artículo 4-A de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de febrero de 2009.

Dip.

Francisco Javier Calzada Vázquez

(PRD)

 

A nombre propio y de  diputados de diversos grupos parlamentarios

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Modificar lo porcentajes de participación de la recaudación derivada de la aplicación de las cuotas previstas en el artículo 2o-A, fracción II de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios a 80% para las entidades federativas, 20% a un fondo de compensación y 20% del convenio de colaboración para reintegrar a la Federación las cantidades restantes del total recaudado por la aplicación de las cuotas.

18

Que reforma el artículo 352 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

24 de febrero de 2009.

Dip.

Neftalí Garzón Contreras

(PRD)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Establecer que a las relaciones de trabajo de la industria familiar serán aplicables las disposiciones en materia laboral,  salvo las relativas al reparto de utilidades.

19

Que reforma el artículo 6 de la Ley Federal de Correduría Pública.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

24 de febrero de 2009.

Dip.

Patricia Castillo Romero

(Convergencia) *

Comisión de Economía

Eliminar la facultad que tienen los corredores públicos para fungir como perito valuador.

20

Que reforma los artículos 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 4 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

10 de febrero de 2009.

Dip.

Alejandro Landero Gutiérrez

(PAN)

 

A nombre propio y de los Dips. Obdulio Ávila Mayo, Carlos Alberto Torres Torres, Ma. Elena de las N. Noriega Blanco Vigil, Alberto Vázquez Martínez y Héctor Manuel Ramos Covarrubias

(PAN)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Modificar la fecha de término del segundo periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión, el cual deberá durar hasta el 30 de junio en vez del 30 de abril.

21

Que reforma el artículo 106 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

24 de febrero de 2009.

Dips.

Alan Notholt Guerrero

(PVEM)

 

A nombre propio y del Dip. Manuel Portilla Diéguez (PVEM)

Comisión del Distrito Federal

Establecer que los jefes delegacionales durante el desempeño de su función, deberán residir en la demarcación territorial de la delegación para la cual fueron electos. Asimismo, considerar la infracción a esta disposición como una de las causa graves en virtud de la cual se podrá remover del cargo a los funcionarios antes mencionados.

22

Que reforma los artículos 36 y 36 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

24 de febrero de 2009.

Dip.

Javier Martín Zambrano Elizondo

(PAN)

Comisión de la Función Pública

Establecer como criterio de evaluación para las proposiciones de adjudicación de licitaciones públicas, la contribución y protección al medio ambiente.

23

Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

17 de febrero de 2009.

Dip.

José Gildardo Guerrero Torres

(PAN)

Comisión de Puntos Constitucionales

Facultar al Congreso de la Unión para establecer contribuciones especiales sobre bebidas alcohólicas.

24

Que reforma el artículo 63 de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

3 de marzo de 2009.

Dip.

Yerico Abramo Masso

(PRI)

Comisión de Comunicaciones

Exentar del pago del servicio de mensajería SMS (Short Message Service Servicio de Mensajes Cortos) en telefonía móvil a las personas con discapacidad auditiva.

25

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

3 de marzo de 2009.

Dip.

Éctor Jaime Ramírez Barba

(PAN)

Comisión de Salud

Regular la producción y distribución de originales o muestras médicas para obsequio. Asimismo, establecer una pena de 5 a 10 años de prisión y multa equivalente hasta por 50 mil días de salario mínimo general vigente, al que venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte, para fines comerciales las muestras médicas.

26

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

3 de marzo de 2009.

Dip.

Luis Alejandro Rodríguez

(PVEM)

Comisión de Salud

Incluir los conceptos de leche, leche para consumo humano y fórmula láctea o producto lácteo combinado, así como establecer la forma y las características que se deberán observar para la publicidad de dichos productos.

27

Que reforma el artículo 28 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

3 de marzo de 2009.

Dip.

Obdulio Ávila Mayo

(PAN)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Modificar la hora en que habrán de iniciar las sesiones ordinarias de las cámaras del Congreso de la Unión.

28

Que reforma los artículos 76 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

3 de marzo de 2009.

Dip.

Marco Antonio Peyrot Solís

(PAN)

Comisión de Puntos Constitucionales

Incluir dentro de las facultades exclusivas de la Cámara de Senadores, autorizar la salida del territorio nacional de unidades pertenecientes a las Fuerzas Armadas Mexicanas para realizar acciones bélicas, para permitir el paso de unidades militares extranjeras por el territorio nacional y la estancia de buques de guerra pertenecientes a otros países en aguas nacionales por más de un mes. Asimismo, dentro de las facultades del Presidente de la República, el autorizar la salida del territorio de dichas unidades para realizar operaciones de instrucción, entrenamiento, misiones humanitarias y visitas oficiales, informando al Senado al regreso de las mismas acerca de las actividades realizadas.

29

Que reforma los artículos 40 y 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

3 de marzo de 2009.

Dip.

Mariano González Zarur

(PRI)**

 

A nombre propio y de los integrantes del Comité de Competitividad

Comisión de Régimen, Reglamentos y Practicas Parlamentarias

Crear la Comisión de Competitividad la cual estará integrada por un máximo de 8 diputados y tendrá la facultad de emitir opinión vinculatoria en su materia, a las comisiones ordinarias, a efecto de que la consideren en sus dictámenes o resoluciones.

30

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Educación y de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

3 de marzo de 2009.

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Incluir a representantes del sector empresarial dentro de los integrantes del Consejo Escolar de Participación Social y dentro del Consejo Nacional Consultivo de Educación Normal.

31

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

3 de marzo de 2009.

Comisión de Salud

Incluir dentro de las facultades de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, promover la producción, importación, comercialización y expendio de medicamentos genéricos de uso humano. La Secretaría de Salud publicará un catálogo de medicamentos genéricos que deberá ser actualizado permanentemente que contendrá la descripción de los medicamentos genéricos, tanto nacionales como importados, cuyo consumo esté autorizado en el país

* Sin intervención en Tribuna.

** En una sola intervención.

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