Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Sen.
Tomás Vázquez Vigil (PRI) el 26 de abril
de 2005. (LIX)
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 9 de marzo de 2006. (LIX)
Dictamen a Discusión presentado el 16 de
marzo de 2006. Aprobado por 82 votos. Se
turnó a la Cámara de Diputados para los
efectos del inciso a) del artículo 72 de
la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Minuta recibida el 22 de marzo de 2006.
Dictamen de primera lectura con dispensa
de trámites presentado el 26 de abril de
2006. Aprobado por 312 votos. Se turnó
al Ejecutivo Federal para los efectos
del inciso a) del artículo 72
constitucional.
Oficio de la Secretaría de Gobernación
por el que remite observaciones del
Ejecutivo Federal, recibidas en el
Senado de la República el 5 de
septiembre de 2006
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 1 de abril de 2008.
Dictamen a Discusión presentado el 29 de
abril de 2008. Aprobado por 107 votos.
Se turnó a la Cámara de Diputados para
los efectos del
inciso a) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Propuesta:
Establecer la obligación y los
mecanismos mediante los cuales la
Secretaría de Educación Publica, el
Consejo Nacional para la Cultura y las
Artes, los Gobiernos Estatales,
Municipales y del Distrito Federal
estimularán la edición, distribución
comercialización del libro o
publicaciones periódicas; apoyaran el
establecimiento y desarrollo de
librerías, bibliotecas, espacios
públicos o privados para la lectura y
difusión del libro. Crear el Consejo
Nacional de Fomento para el Libro y la
Lectura como un órgano consultivo de la
Secretaría de Educación Pública, como
espacio de concertación y asesoría entre
todas las instancias vinculadas al libro
o a la lectura y establecer que toda
persona que edite o importe libros esté
obligada a fijar un precio único de
venta para los libros que edite o
importe. |