DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO DE ASUNTOS ABORDADOS

1. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

a) Del Gobierno de Nuevo León.

2. MOVIMIENTO DE C. DIPUTADO

a) De reincorporación.

3. COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES Y GRUPOS DE AMISTAD

4. OFICIO

a) De la Coordinación Ejecutiva de Petróleos Mexicanos.

5. PROPOSICIONES DE ACUERDO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

a) De la Junta de Coordinación Política.

6. MINUTAS

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

7. MINUTA CON DISPENSA DE TRÁMITES

a) Con proyecto de decreto.

8. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

a) Con Proyecto de Decreto.

9. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA CON DISPENSA DE TRÁMITES

a) Con Proyecto de Decreto.

10. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) Con proyecto de decreto.

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión 25, de Abril 29, 2008.

 

                6. MINUTAS

                           a) Con proyecto de ley.

No.

MINUTA

CONTENIDO

TURNO O TRÁMITE

1

Que expide la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Sen. Tomás Vázquez Vigil (PRI) el 26 de abril de 2005. (LIX)

Dictamen de Primera Lectura  presentado el 9 de marzo de 2006. (LIX)

Dictamen a Discusión presentado el 16 de marzo de 2006. Aprobado por 82 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida el 22 de marzo de 2006.

Dictamen de primera lectura con dispensa de trámites presentado el 26 de abril de 2006. Aprobado por 312 votos. Se turnó al Ejecutivo Federal para los efectos del inciso a) del artículo 72 constitucional.

Oficio de la Secretaría de Gobernación por el que remite observaciones del Ejecutivo Federal, recibidas en el Senado de la República el 5 de septiembre de 2006

Dictamen de Primera Lectura  presentado el 1 de abril de 2008.

Dictamen a Discusión presentado el 29 de abril de 2008.  Aprobado por 107 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Propuesta:

Establecer la obligación y los mecanismos mediante los cuales la Secretaría de Educación Publica, el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, los Gobiernos Estatales, Municipales y del Distrito Federal estimularán la edición, distribución comercialización del libro o publicaciones periódicas; apoyaran  el establecimiento y desarrollo de librerías, bibliotecas, espacios públicos o privados para la lectura y difusión del libro. Crear el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura como un órgano consultivo de la Secretaría de Educación Pública, como espacio de concertación y asesoría entre todas las instancias vinculadas al libro o a la lectura y establecer que toda persona que edite o importe libros esté obligada a fijar un precio único de venta para los libros que edite o importe.

Comisión de Cultura

 

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