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SEGUNDO
PERÍODO
DE SESIONES
ORDINARIAS
DEL SEGUNDO
AÑO DE
EJERCICIO |
Sesión 22,
de Abril
17, 2008. |
7.
DICTÁMENES A DISCUSIÓN
a)
Con Proyecto de Decreto.
No. |
ORIGEN |
DICTAMEN |
TURNO O TRÁMITE |
1 |
Comisión de la Función Pública
Publicación en GP:
Anexo III.
Abril 17, 2008. |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip.
Eduardo Sánchez Hernández (PRI) a nombre
propio y del Dip. Carlos Alberto Torres
Torres (PAN) el 6 de septiembre de 2007.
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 8 de abril de 2008.
Propuesta:
Establecer la definición de ofertas
subsecuentes de descuentos, así como los
lineamientos y procedimientos para esta
modalidad. Asimismo, que se podrá
contratar en el extranjero cuando los
bienes o servicios hubieren de ser
utilizados o prestados en el país,
cuando se acredite que ni su
procedimiento ni los contratos se pueden
realizar dentro del territorio nacional,
siempre y cuando cuenten con el 50% de
contenido nacional y/o se derive o se
prevea dentro de la cobertura de
tratados internacionales. Asimismo, que
las licitaciones podrán llevarse a cabo
a través de medios electrónicos y
generados mediante tecnologías que
resguarden su confidencialidad.
Intervenciones:
Por la Comisión: |
Dip. Benjamín Ernesto González
Roaro (PAN) * |
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Para fijar posición: |
Dip. Eduardo Sánchez Hernández (PRI) |
* Propuso modificaciones a
nombre de la Comisión. |
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a) En
votación económica se dispensó la
Segunda Lectura.
b) En
votación económica se
admitieron las modificaciones
propuestas por el Dip. González Roaro.
c) Aprobado
en lo general y en lo particular con las
modificaciones admitidas, en votación
nominal, por 286 votos.
d) Pasa
al
Senado de la República
para sus efectos constitucionales |
2 |
Comisiones Unidas de Educación Pública y
Servicios Educativos y de Atención a
Grupos Vulnerables
Publicación en GP:
Anexo III.
Abril 17, 2008. |
Que reforma y adiciona los artículos 7 y
42 de la Ley General de Educación, y 32
de la Ley para la Protección de los
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Sen. María
Lucero Saldaña Pérez (PRI) en el Senado
de la República el 11 de diciembre de
2003.
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 23 de marzo de 2006.
Dictamen a Discusión presentado el 28 de
marzo de 2006. Aprobado por 93 votos. Se
turnó a la Cámara de Diputados para
efectos del inciso a) del artículo 72 de
la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Minuta recibida el 30 de marzo de 2006.
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 8 de abril de 2008.
Propuesta:
Establecer como obligación del Estado, y
a su vez, como derecho de las niñas,
niños y adolescentes, la impartición en
todos los niveles y grados de educación
básica, educación en sexualidad y
afectividad integral, objetiva,
orientadora, científica, gradual y
formativa, que desarrolle su autoestima
y el respeto a su cuerpo y a la
sexualidad responsable.
Intervenciones:
Por la Comisión: |
Dip. María Esperanza Morelos
Borja (PAN) |
|
Para fijar posición: |
Dip. Silvia Luna Rodríguez
(Nueva Alianza) |
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a) En
votación económica se dispensó la
Segunda Lectura.
b) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal, por 236 votos, 39
en contra y 7 abstenciones .
c) Pasa
al Senado de la República para los
efectos del inciso e) del artículo 72 de
la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. |
3 |
Comisión de
Atención a Grupos Vulnerables
Publicación en GP:
Anexo III.
Abril 17, 2008. |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley General de las
Personas con Discapacidad.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por los Sen.
Guillermo Tamborrel Suárez (PAN) y
Ernesto Saro Boardman (PAN) en el Senado
de la República el 26 de abril de 2007.
Dictamen de Primera Lectura presentado
en el Senado de la República el 11 de
diciembre de 2007.
Dictamen a discusión presentado en el
Senado de la República el 13 de
diciembre de 2007. Aprobado por 107
votos. Se turnó a la Cámara de Diputados
para los efectos del inciso a) del
artículo 72 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Minuta recibida el 1 de febrero de 2008.
Propuesta:
Sustituir el principio de equiparación
de oportunidades, por el de igualdad y
la no discriminación de las personas con
discapacidad. Asimismo, incluir el
derecho de las personas con discapacidad
a recibir información sobre técnicas de
ayuda a la movilidad, dispositivos
técnicos y tecnologías de apoyo, así
como cualquier forma de asistencia y de
servicios e instalaciones de apoyo. Para
tal efecto, se deberán establecer los
instrumentos y diseñar las políticas
públicas necesarias a fin de orientarlos
en el ejercicio de este derecho. |
a) En
votación económica se dispensó la
Segunda Lectura.
b) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal, por 276 votos.
c) Pasa
al
Ejecutivo Federal
para sus efectos constitucionales. |
4 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de las leyes de Asistencia
Social, de Desarrollo Rural Sustentable,
de Fomento para la Lectura del Libro,
del Impuesto Sobre la Renta, del
Instituto de Seguridad y Servicios
Sociales de los Trabajadores del Estado,
del Instituto de Seguridad Social para
las Fuerzas Armadas Mexicanas, Federal
de Derechos, General de Asentamientos
Humanos, General de Cultura Física y
Deporte, y General de Salud.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip. María
Esperanza Morelos Borja (PAN) a nombre
propio y del Dip. Jorge Quintero Bello
(PAN) el 20 de noviembre 2007.
Propuesta:
Incorporar a las personas con
discapacidad dentro de los servicios
básicos de salud y el Programa Especial
Concurrente para el Desarrollo Rural.
Asimismo, establecer como función del
Consejo Nacional de Fomento de la
Lectura y del Libro, implementar
acciones que favorezcan el acceso a las
personas con discapacidad a las
bibliotecas y a las técnicas de audición
de texto, así como la exención del pago
de derechos de extracción de elementos
naturales y escénicos y por el acceso a
museos, monumentos y zonas
arqueológicas. A su vez, incluir dentro
de los gastos de inversión deducible en
un 100%, adaptaciones que se realicen a
instalaciones que impliquen adiciones o
mejoras al activo fijo, siempre que
dichas adaptaciones tengan como
finalidad facilitar a las personas con
discapacidad, el acceso y uso de las
instalaciones del contribuyente; así
como a las personas con discapacidad
dentro de la atención que deberá
proporcionar el Instituto de Seguridad y
Servicios Sociales de los Trabajadores
del Estado, con carácter obligatorio. |
a) En
votación económica se dispensó la
Segunda Lectura.
b) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal, por 267 votos.
c) Pasa
al
Senado de la República
para sus efectos constitucionales. |
5 |
Comisión de Hacienda y Crédito Público
Publicación en GP:
Anexo III.
Abril 17, 2008. |
Por el que se autoriza al Poder
Ejecutivo Federal para aceptar las
enmiendas que se especifican del
Convenio Constitutivo de la Corporación
Interamericana de Inversiones.
Proceso Legislativo:
Iniciativa del Ejecutivo Federal
presentada el 6 de diciembre de 2007.
Propuesta:
Autorizar al Poder Ejecutivo Federal
para aceptar la enmienda por la que se
suprime la Sección 2 (c) (i) del
artículo II y se modifica la Sección 2
(c) del citado artículo II del Convenio
Constitutivo de la Corporación
Interamericana de Inversiones, a efecto
de permitir la entrada de 5 nuevos
miembros (Bélgica, Finlandia, Noruega,
Portugal y Suecia) y aumentar la
participación de Japón y España en el
capital social de la corporación. Así
como para aceptar la enmienda al
artículo II, Sección 1 (b) del Convenio
Constitutivo de la Corporación
Interamericana de Inversiones, a efecto
de flexibilizar los criterios de
elegibilidad para recibir financiamiento
de la corporación, permitiéndole otorgar
crédito a empresas ubicadas en los
países prestatarios del Banco
Interamericano de Desarrollo,
independientemente de la nacionalidad de
los accionistas mayoritarios, siempre y
cuando se genere de manera
significativa, valor agregado local. |
a) En
votación económica se dispensó la
Segunda Lectura.
b) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal, por 265 votos y 3
abstenciones.
c) Pasa
al
Senado de la República
para sus efectos constitucionales. |
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