No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O
TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma los artículos 94, 97, 100,
101 y 107 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II. Marzo 4,
2008. |
Dip.
Narcizo Alberto Amador Leal
(PRI)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Crear los juzgados de distrito de
instrucción y los tribunales colegiados
de primera instancia, siendo los
primeros los encargados de conocer los
hechos, recibir las pruebas que las
partes interesadas ofrezcan y oír los
alegatos, debiendo integrar y remitir el
expediente correspondiente al tribunal
colegiado de primera instancia
competente, a quien le corresponderá
pronunciar la sentencia respectiva, ya
sea en vía civil o penal. |
2 |
Que reforma los artículos 61 y 64 de la
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo III. Abril 1,
2008 |
Establecer que los diputados y senadores
deberán difundir las actividades
legislativas, su desempeño como
representantes populares y sus opiniones
sobre la situación económica, política y
social imperante, mediante el acceso a
los medios de comunicación escritos o
electrónicos comerciales, el uso de
tiempos oficiales y a través de los
medios con que opere directamente el
Congreso de la Unión. Asimismo, el
procedimiento a seguir en periodo
ordinario de sesiones y durante los
recesos. |
3 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones del Código de
Comercio, de la Ley de la
Propiedad Industrial y de la
Ley Federal del Derecho de Autor.
Publicación en GP: Anexo II. Abril 8,
2008. |
Dip.
María Eugenia Campos Galván
(PAN)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Economía con opinión
de la Comisión de Cultura |
Actualizar la denominación de la
Secretaría que opera el Registro Público
de Comercio. Crear el Registro Único de
Garantías Mobiliarias y establecer un
procedimiento registral diferente al del
Registro Público de Comercio, de manera
que las inscripciones y consultas se den
de forma centralizada y electrónica.
Asimismo, que las inscripciones de
garantías mobiliarias realizadas en los
registros que se derivan de las leyes de
la Propiedad Industrial y Federal del
Derecho de Autor deberán ser notificadas
al Registro Público de Comercio para su
inscripción ante el Registro Único de
Garantías Mobiliarias. |
4 |
Que adiciona el artículo 41 Bis a la
Ley de Caminos, Puentes y
Autotransporte Federal.
Publicación en GP: Anexo II. Abril 8,
2008. |
Dips. Rafael Franco Melgarejo
(PRD), Agustín Mollinedo Hernández (PAN)
y Gustavo Fernando Caballero Camargo
(PRI)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Transportes |
Eximir de la obligación de obtener el
permiso federal para el tránsito de
vehículos de los transportistas
autorizados por las autoridades
estatales y municipales para el uso de
caminos de jurisdicción federal que no
excedan de 30 kilómetros y transiten
sobre tramos carreteros tipo "C" (red
secundaria) y "D" (red alimentadora),
así como en los tramos carreteros tipo
"B" (red primaria que presta un servicio
de comunicación interestatal) que no
sean de peaje y sólo donde la mancha
urbana ya los ha absorbido. |
5 |
Que reforma los artículos 39 y 90 de la
Ley Orgánica del Congreso General
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II. Marzo 26,
2008. |
Dip.
María Beatriz Pagés Llergo Rebollar
(PRI)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Régimen, Reglamentos y
Prácticas Parlamentarias |
Crear la comisión ordinaria de
Protección Civil en las cámaras del
Congreso de la Unión. |
6 |
Que reforma el artículo 57 del
Código Civil Federal.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 26,
2008. |
Dip.
Jorge Godoy Cárdenas
(Convergencia) |
Comisión de Justicia |
Establecer que para el registro de las
niñas o niños en poblaciones donde no
haya juez del registro civil, la persona
que ejerza la autoridad delegacional o
municipal deberá expedir una constancia
provisional que deberá ser presentada
ante el juez del registro que
corresponda, dentro de los siguientes 6
meses, contados a partir de la fecha de
expedición, con el fin de que se asiente
en el acta correspondiente. Asimismo,
que dichas constancias surtirán todos
los efectos de las actas de nacimiento
durante el plazo antes mencionado. |
7 |
Que expide la
Ley para Garantizar
el Derecho de Réplica.
Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25,
2008. |
Dip.
José Antonio Díaz García
(PAN)
A nombre propio y de las Dips. Dora
Alicia Martínez Valero y Rocío del
Carmen Morgan Franco (PAN) |
Comisión de Gobernación con
opinión de la Comisión de Presupuesto
y Cuenta Pública |
Reconocer de manera precisa el derecho
al respeto del honor, la vida privada e
imagen de las personas, mediante el
establecimiento de procedimientos y
autoridades competentes para garantizar
el ejercicio del derecho de réplica en
los medios de comunicación, entendido
este como la persona que difunde o pone
a disposición de una pluralidad de
sujetos receptores por cualquier medio
de transmisión o soporte, mensajes
sonoros, escritos, visuales,
audiovisuales o digitales. Asimismo,
prever las sanciones que corresponderían
por infringir las disposiciones de esta
ley, cuya aplicación y vigilancia
estarían a cargo de la Secretaría de
Gobernación. |
8 |
Que expide la Ley del Instituto
Nacional de Trasplantes; y
reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley de los
Institutos Nacionales de Salud y
de la Ley General de Salud.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 26,
2008. |
Dip.
Lorena Martínez Rodríguez
(PRI) |
Comisión de Salud
con opinión de la Comisión de
Presupuesto y Cuenta Pública |
Crear el Instituto Nacional de
Transplantes sustituyendo al actual
Centro Nacional de Transplantes, como un
organismo descentralizado facultado para
elaborar y expedir normas oficiales
mexicanas, lineamientos y circulares en
materia de donación, trasplantes y
asignación de órganos, tejidos y células
y para los establecimientos en que se
realicen los actos relativos. Que su
director general durará en el encargo 4
años y podrá ser ratificado por otro
periodo igual. |
9 |
Que reforma los artículos 13 y 25 de la
Ley Federal de Radio y Televisión.
Publicación en GP: Anexo II. Marzo 4,
2008. |
Dip.
Anuario Luis Herrera Solís
(PT) |
Comisión de Radio, Televisión y
Cinematografía |
Establecer que las estaciones
comunitarias de radio y televisión no
necesitarán concesión para su
funcionamiento, solo requerirán el
permiso correspondiente. Que para el
efecto de financiar la creación,
mantenimiento y operación de las
estaciones de radio comunitarias, éstas
podrán recibir patrocinios, subsidios y
donativos, conservando su carácter de
laicidad, apartidismo y no perseguir
fines de lucro. |
10 |
Que reforma el artículo 518 de la
Ley Federal del Trabajo.
Publicación en GP: Anexo II. Marzo 4,
2008. |
Dip.
José Inés Palafox Núñez
(PAN) |
Comisión de Trabajo y Previsión
Social |
Aumentar de 2 a 4 meses el plazo para
que prescriban las acciones procesales
correspondientes, para los trabajadores
que sean separados del trabajo. |
11 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley Federal de
Protección al Consumidor.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 26,
2008. |
Dip.
José Edmundo Ramírez Martínez
(PRI) |
Comisión de Economía |
Incorporar como proveedor a quienes
prestan servicios en los centros
cambiarios y casas de cambio, así como
definir el concepto de las remesas.
Asimismo, establecer los lineamientos
aplicables a las relaciones entre
proveedores y consumidores al servicio
que prestan en los centros cambiarios y
casas de cambio. |
12 |
Que reforma el artículo 324 de la
Ley General de Salud.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 26,
2008. |
Dip.
Lorena Martínez Rodríguez
(PRI) |
Comisión de Salud |
Modificar el mecanismo para considerar
como tácito el otorgamiento del donante,
incorporando a su pareja permanente y
descendientes en línea recta para
otorgar la negativa expresa de la
donación de su cuerpo o componentes
para transplantes. Asimismo, que en
ausencia de las personas acreditadas se
deberá solicitar autorización para
practicar la extracción al juez de lo
civil con competencia territorial en el
lugar de la extracción, quien deberá
expedirla dentro de las 6 horas de
producido el deceso, debiendo levantar
el acta respectiva de todo lo actuado y
dar vista al Ministerio Público. |
13 |
Que reforma el segundo párrafo de la
fracción IV del artículo 74 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 28,
2008. |
Dip.
Raúl Cervantes Andrade
(PRI)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Establecer que el Ejecutivo Federal
podrá hacer observaciones respecto al
Presupuesto de Egresos de la Federación
aprobado por la Cámara de Diputados del
Congreso de la Unión, quien deberá
resolver lo conducente antes del 15 o
del 31 de diciembre, cuando el Ejecutivo
Federal inicie su encargo el 1° de
diciembre. Que en caso de que dicha
Cámara no logre confirmar su aprobación
por las dos terceras partes del número
total de votos presentes, deberá
prevalecer la propuesta original del
proyecto enviado por el Ejecutivo
Federal. |
14 |
Que reforma y adiciona la fracción I del
artículo 15 de la Ley del Seguro
Social.
Publicación en GP: Anexo II. Marzo 4,
2008. |
Dip.
Eduardo Ortiz Hernández
(PAN)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Seguridad Social |
Establecer que será obligatorio para el
patrón dar de baja ante el Instituto
Mexicano del Seguro Social a su
trabajador, cuando este haya manifestado
su consentimiento de dar por terminada
la relación laboral o cuando deje de
asistir a sus labores por un término
mayor de 15 días sin causa justificada o
sin dar aviso al patrón. Asimismo, que
se entenderá por alta, la fecha en que
se inicia una relación de trabajo, y por
baja, la fecha en que el trabajador o el
patrón rescindan la relación de trabajo
por cualquier causa justificada. |
15 |
Que reforma el artículo 222 de la
Ley General de Salud.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 6,
2008. |
Dip.
Fernando Enrique Mayans Canabal
(PRD) |
Comisión de Salud |
Incorporar las características de
calidad como uno de los requisitos
exigidos para el otorgamiento de las
autorizaciones otorgadas por la
Secretaría de Salud a medicamentos.
Asimismo, establecer que para ser
titular del registro sanitario de un
medicamento, se requiere contar con
licencia sanitaria de fábrica o
laboratorio de medicamentos o productos
biológicos para uso humano, en
territorio nacional. |
16 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones del Código Penal
Federal y del Código
Federal de Procedimientos Penales.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 19,
2008. |
Dip.
Christian Martín Lujano Nicolás
(PAN) |
Comisión de Justicia |
Reducir de 4 a 3 metros cúbicos el
volumen por el cual se incurre en el
ilícito de transportación, comercio,
acopio, almacenamiento o transformación
de madera en rollo, astillas, carbón
vegetal, así como cualquier otro recurso
forestal maderable, o tierra procedente
de suelos forestales. Asimismo, que las
sanciones correspondientes serán
aplicables, aún cuando la cantidad sea
de 2 metros cúbicos, si se trata de
conductas reiteradas que alcancen en su
conjunto esta cantidad, considerándose
como delito grave. |
17 |
Que reforma el artículo 79 de la
Ley General de Desarrollo Social.
Publicación en GP: Anexo I. Marzo 6,
2008. |
Dip.
Othón Cuevas Córdova
(PRD) |
Comisión de Desarrollo Social |
Establecer que los resultados de las
evaluaciones de la Política de
Desarrollo Social deberán ser entregados
a las comisiones legislativas del
Congreso de la Unión y a las
dependencias de la Administración
Pública Federal que se relacionen y
operen los programas sujetos a reglas de
operación, para ser tomadas en
consideración en la discusión del
Presupuesto de Egresos de la Federación
de cada año. |