DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO
DE
ASUNTOS ABORDADOS

1. COMUNICACIÓN

a) De la Mesa Directiva.

2. DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA CON DISPENSA DE TRÁMITE

a) Con proyecto de ley.

b) Con proyecto de decreto.

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión Núm. 17, de Octubre 28, 2008.

 

                2. DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA CON DISPENSA DE TRÁMITE

                       b) Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TURNO O TRÁMITE

1

Comisión de Energía

 

Publicación en GP:

Anexo III.

28 de octubre de 2008.

Que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Senadores el 8 de abril de 2008.

Iniciativa presentada por el Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera, a nombre senadores y diputados del Grupo Parlamentario del PRI, el 23 de julio de 2008.

Iniciativa suscrita por Senadores de los Grupos Parlamentarios del PRD, Convergencia y PT, el 27 de agosto de 2008.

Proyecto de decreto presentado el 23 de octubre de 2008. Aprobado por 113 votos y 6 en contra. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 28 de octubre de 2008.

 

Propuesta:

Otorgar autonomía técnica, operativa, de gestión y de decisión a la Comisión Reguladora de Energía (CRE). Facultarla para promover y regular las ventas de gas, combustóleo y petroquímicos básicos; para promover y regular el transporte y distribución de gas, refinados, petroquímicos básicos y bioenergéticos por medio de ductos; expedir modelos de convenios y contratos para las actividades reguladas; proponer actualizaciones en el marco jurídico de la materia; así como ordenar medidas de seguridad y sanciones en las actividades del ramo. Establecer que el tendido de ductos y construcciones para transporte y almacenamiento serán de utilidad pública. Asimismo, que las personas que reciban supervisión o algún servicios de la CRE deberán cubrir los derechos correspondientes.

 

Intervenciones:

Para fijar su posición:

 

Dip. Javier González Garza (PRD)

Dip. Aida Marina Arvizu Rivas (Alternativa)

Dip. Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva (Convergencia)

Dip. Humberto Dávila Esquivel (Nueva Alianza)

Dip. Ricardo Cantú Garza (PT)

Dip. José Antonio Arévalo González (PVEM)

Dip. José Ascención Orihuela Bárcenas (PRI)

Dip. Jorge Rubén Nordhausen González (PAN)

 

a) En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 417 votos, 63 en contra y 2 abstenciones.

c) Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

2

Comisión de Energía

 

Publicación en GP:

Anexo V.

28 de octubre de 2008.

Que reforma y adiciona el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Senadores el 8 de abril de 2008.

Iniciativa presentada por el Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera, a nombre senadores y diputados del Grupo Parlamentario del PRI, el 23 de julio de 2008.

Iniciativa suscrita por Senadores de los Grupos Parlamentarios del PRD, Convergencia y PT, el 27 de agosto de 2008.

Proyecto de decreto presentado el 23 de octubre de 2008. Aprobado por 113 votos y 6 en contra. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 28 de octubre de 2008.

 

Propuesta:

Facultar a la Secretaría de Energía para establecer y conducir la política energética del país, supervisando su cumplimiento con prioridad en la seguridad y diversificación energética, el ahorro de energía y la protección del medio ambiente, incluyendo la supervisión de las actividades de las entidades paraestatales sectorizadas en la Secretaría. Requerir información sobre sus actividades y ordenar visitas de inspección a las instalaciones de los órganos desconcentrados, organismos descentralizados y a toda persona física o moral que requiera de las actividades. La programación de exploración, explotación y transformación de los hidrocarburos y la generación de la energía eléctrica y nuclear, y la vigilancia de la participación de los particulares en las actividades del sector sea en los términos de las disposiciones aplicables. Para ejercer los derechos de la Nación en la materia de hidrocarburos y minerales radioactivos, así como respecto del aprovechamiento de los bienes y recursos naturales que se requieran para generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación del servicio público. En materia de seguridad industrial del sector, para regular y/o expedir las Normas Oficiales Mexicanas que considere pertinentes. Para establecer el Consejo Nacional de Energía a efecto de llevar a cabo la planeación energética a mediano y largo plazo. Asimismo, precisar la forma de integración, organización, funcionamiento y tareas encomendadas del Consejo antes citado.

 

Intervenciones:

 

Para hablar sobre el artículo 33 reservado: Dip. Alfredo Adolfo Ríos Camarena (PRI)

 

Para hablar sobre el artículo 33 fracción II reservado: Dip. José Antonio Almazán González (PRD)

a) En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados, en votación nominal por 401 votos, 64 en contra y 1 abstención.

c) En votación económica se desechó la propuesta del Dip. Ríos Camarena.

d) En votación económica se desechó la propuesta del Dip. Almazán González.

e) Aprobado el artículo 33 fracción II en los términos del dictamen, en votación nominal por 313 votos, 113 en contra y 5 abstenciones.

f) Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

3

Comisión de Energía

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de octubre de 2008.

Que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Senadores el 8 de abril de 2008.

Iniciativa presentada por el Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera, a nombre senadores y diputados del Grupo Parlamentario del PRI, el 23 de julio de 2008.

Iniciativa suscrita por Senadores de los Grupos Parlamentarios del PRD, Convergencia y PT, el 27 de agosto de 2008.

Iniciativa presentada por el Sen. Arturo Escobar y Vega (PVEM) el 2 de octubre de 2008.

Iniciativa presentada por el Sen. Tomás Torres Mercado (PRD) el 14 de octubre de 2008.

Proyecto de decreto presentado el 23 de octubre de 2008. Aprobado por 108 votos y 9 en contra. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 28 de octubre de 2008.

 

Propuesta:

Conservar la exclusividad de Petróleos Mexicanos (Pemex) en lo relativo a la asignación para exploración y explotación de hidrocarburos. Establecer que los particulares podrán participar solamente mediante contratos de obras y prestación de servicios, pagados siempre en efectivo, prohibiendo la producción compartida y los contratos de riesgo. Que la Secretaría de Energía, la Comisión Nacional de Hidrocarburos y la Comisión Reguladora de Energía deberán reguilar la industria petrolera y sus actividades. Integrar los criterios de seguridad energética, sustentabilidad, protección ambiental y diversificación de mercados a la Estrategia Nacional de Energía. Disposiciones para favorecer la explotación de yacimientos transfronterizos, la protección ambiental y la regulación aplicable a los combustibles. Asimismo, obligaciones y reglas para las actividades de Pemex, organismos subsidiarios y permisionarios.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión para proponer modificaciones en los considerandos: Dip. David Maldonado González (PAN)

 

Para hablar sobre el artículo 14 Bis reservado: Dip. Pedro Landero López (PRD)

a) En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura.

b) En votación económica se aceptó la propuesta del Dip. Maldonado González.

c) Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, en votación nominal por 391 votos, 69 en contra y 2 abstenciones.

d) En votación económica se desechó la propuesta del Dip. Landero López.

e) Aprobado el artículo 14 Bis en los términos del dictamen, en votación nominal por 325 votos, 128 en contra y 5 abstenciones.

f) Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

 

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