No. |
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma el artículo 67 y adiciona el
artículo 42 del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal.
Publicación en GP: Noviembre 6, 2007. |
Asamblea Legislativa del Distrito
Federal
Nota:
Sin intervención en tribuna. |
Comisión del Distrito Federal |
Facultar a la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal, o en sus recesos, a la
Diputación Permanente para autorizar al
jefe de Gobierno del Distrito Federal
ausentarse del territorio nacional
cuando su ausencia fuere mayor a diez
días naturales. Asimismo, establecer que
a su regreso, aún y cuando el viaje haya
sido menor a los diez días antes
citados, deberá presentar un informe a
la Asamblea Legislativa en el que se
incluya las actividades realizadas, así
como las metas alcanzadas durante la
visita |
2 |
Que reforma el último párrafo del
Artículo Segundo Transitorio y deroga el
Artículo Tercero Transitorio del
Decreto por el que se expide la Ley de
los Impuestos Generales de Importación y
Exportación, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 18 de
junio de 2007.
Publicación en GP: Anexo II. Noviembre
6, 2007. |
Dips.
Martha Angélica Romo Jiménez, Francisco
Domínguez Servién y Jorge Quintero Bello
(PAN)
Nota:
Sin intervención en tribuna. |
Comisión de Economía |
Incluir dentro de las reglas a las que
se sujetará la distribución del total de
las fracciones arancelarias asignadas a
Liconsa, S.A. de C.V., el estimado para
los programas de ordeña por contrato y
de industrialización de excedentes.
Asimismo, establecer que tanto el
estimado antes mencionado así como el
precio de compra de leche a productores
nacionales se determinarán de acuerdo a
las condiciones del mercado, sin estar
sujetas a disposición alguna que
establezca elementos para determinar el
precio de adquisición de leche. |
3 |
Que reforma diversas disposiciones de la
Ley de Coordinación Fiscal.
Publicación en GP: Anexo II. Noviembre
6, 2007. |
Dip.
Martha Angélica Tagle Martínez
(Convergencia)
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Hacienda y Crédito
Público con opinión de la Comisión
de Fortalecimiento al Federalismo |
Incluir a los municipios dentro del
Sistema Nacional de Coordinación Fiscal
así como del Fondo de Aportaciones para
el Fortalecimiento de las Entidades
Federativas, cuyas participaciones les
serán entregadas por conducto de sus
ayuntamientos. Asimismo, establecer que
las aportaciones y sus accesorios que
les corresponda a las entidades
federativas y a los municipios con cargo
a los Fondos de Aportaciones Federales
no serán ajustables o recortables. |
4 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones del Código Federal
de Procedimientos Penales.
Publicación en GP: Anexo I. Octubre 18,
2007. |
Dip.
María Gloria Guadalupe Valenzuela García
(PAN) |
Comisión de Justicia |
Establecer que cuando alguna de la
partes en un juicio presente alguna
discapacidad auditiva o visual, el juez
ordenará la asistencia necesaria en
materia de estenografía proyectada, en
términos de la Educación Especial
prevista en la Ley General de las
Personas con Discapacidad. |
5 |
Que reforma diversas disposiciones de la
Ley de Aguas Nacionales.
Publicación en GP: Anexo I. Octubre 18,
2007. |
Dip.
Pedro Montalvo Gómez
(PRI) |
Comisión de Recursos Hidráulicos |
Incluir dentro de las obligaciones de
los concesionarios y asignatarios de
aguas nacionales sujetarse a las
disposiciones generales y normas en
materia de seguridad hidráulica, de
equilibrio ecológico y protección del
ambiente, y participar en las campañas
anuales de forestación y reforestación
del 1 de julio al 15 de agosto. |
6 |
Que reforma el artículo 3o. de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo I. Octubre 31,
2007. |
Dips.
Gloria Lavara Mejía y Francisco Elizondo
Garrido
(PVEM)
Nota:
Sin intervención en tribuna. |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Establecer que la enseñanza de la
educación física será obligatoria en los
niveles básica, media y media superior
de educación pública y privada.
Asimismo, como obligación del Estado el
garantizar el apoyo a los deportistas de
alto rendimiento, sin discriminación, en
los deportes de alta competencia. |
7 |
Que reforma los artículos 95, 96 y 97 de
la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Publicación en GP: Anexo II. Noviembre
6, 2007. |
Dip.
Gerardo Aranda Orozco
(PAN)
Y suscrita por integrantes de diversos
grupos parlamentarios
Nota:
Sin intervención en tribuna |
Comisión de Hacienda y Crédito
Público |
Considerar a todas las Organizaciones de
la Sociedad Civil incluidas en la Ley
Federal de Fomento a las Actividades
Realizadas por Organizaciones de la
Sociedad Civil como instituciones
autorizadas para recibir donativos
deducibles. Asimismo, establecer que las
donatarias autorizadas a recibir
aportaciones deducibles de impuestos que
pierdan esta condición deberán
distribuir entre las organizaciones que
la conserven la totalidad de su
patrimonio. |