No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que deroga
diversas disposiciones de la
Ley del Impuesto
sobre la Renta.
Publicación en GP: Septiembre 3, 2007 |
Sen.
Arturo Escobar y Vega
(PVEM)
Nota:
Sin intervención
en tribuna |
Comisión de
Hacienda y
Crédito Público |
Eliminar la exención del pago del impuesto
sobre la renta a los derivados de la
enajenación de acciones en la Bolsa Mexicana
de Valores en cualquiera de sus modalidades. |
2 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de las leyes del
Impuesto sobre la Renta y
Federal del Trabajo.
Publicación en GP: Septiembre 3, 2007 |
Sen.
Francisco Agundis Arias
(PVEM)
Nota:
Sin intervención
en tribuna |
Comisiones Unidas
de
Hacienda y Crédito
Público
y de Trabajo y
Previsión Social
|
Definir y regular la modalidad del trabajo
de aprendizaje. Otorgar un estímulo fiscal a
las empresas contribuyentes del Impuesto
sobre la Renta, consistente en la deducción
en 120% del salario otorgado al personal
contratado en esa modalidad. El estímulo
fiscal y los requisitos que se deberán
cumplir serán los que considere la Ley de
Ingresos de la Federación en la materia, y
para su aplicación se estará a las reglas
que se establecen en la Ley Federal del
Trabajo respecto a dicha modalidad. |
3 |
Que reforma el
artículo 222 de la
Ley del Impuesto
sobre la Renta.
Publicación en GP: Septiembre 3, 2007 |
Sen.
Ramón Galindo Noriega
(PAN)
Nota:
Sin intervención
en tribuna |
Comisión de
Hacienda y
Crédito Público |
Establecer que el patrón que contrate a
personas adultas mayores que no padezcan
discapacidad motriz, podrá deducir de sus
ingresos, un monto equivalente al 20% del
impuesto sobre la renta de estos
trabajadores retenido, siempre y cuando el
patrón esté cumpliendo, respecto de dichos
trabajadores, con la obligación de
proporcionarles seguridad social. |
4 |
Que reforma diversas disposiciones de las
Leyes Agraria, Orgánica de los
Tribunales Agrarios y Federal
de Derechos.
Publicación en GP: Septiembre 3, 2007 |
Sen.
Fernando Eutimio Ortega Bernés
(PRI)
Nota:
Sin intervención
en tribuna |
Comisiones Unidas
de Reforma Agraria, de Justicia
y de
Hacienda y Crédito Público
|
Precisar la gratuidad de los servicios que
otorgan los tribunales agrarios en el país,
de tal forma que las copias certificadas que
se expidan para la substanciación de juicios
agrarios, no causarán contribución alguna. |
5 |
Que reforma el artículo 3° de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II, Septiembre 3,
2007 |
Dip.
Neftalí Garzón Contreras
(PRD) |
Comisión de
Puntos
Constitucionales |
Establecer que la asignación presupuestal en
educación pública que programe el Estado
anualmente, no podrá ser menor a 8% del
Producto Interno Bruto del país, destinando
de este monto al menos el 1% a la
investigación científica y al desarrollo
tecnológico en las instituciones públicas de
educación superior. |
6 |
Que reforma los artículos 27 y 73 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II, Septiembre 3,
2007 |
Dip.
Rosa Elva Soriano Sánchez
(PRD) |
Comisión de
Puntos Constitucionales, con
opinión de la Comisión de
Medio Ambiente y Recursos Naturales |
Modificar la parte que dice "aprovechamiento
de los elementos naturales susceptibles de
apropiación" por "aprovechamiento de los
recursos naturales", asimismo el de
"bosques" por el de "recursos forestales" a
efecto de ampliar los beneficios y acciones
encaminadas al desarrollo integral y
sustentable del país. Ampliar el ámbito de
reglamentación que tiene como facultad del
Congreso de la Unión, en materia ambiental,
precisando que ésta será con el fin de la
conservación, protección, aprovechamiento y
restauración del ambiente y los recursos
naturales, así como el desarrollo forestal
sustentable. |
7 |
Que reforma el artículo 3o. de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II, Septiembre 3,
2007 |
Dip.
Alma Lilia Luna Munguía
(PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales
|
Establecer que la educación que imparta el
Estado deberá contribuir, además, a la
preservación del medio ambiente y del
cuidado del agua. |
8 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley General de
Educación.
Publicación en GP: Anexo II, Septiembre 3,
2007 |
Dip.
Daniel Dehesa Mora (PRD) |
Comisión de
Educación
Pública y Servicios Educativos |
Establecer un sistema de orientación
educativa que coadyuve al conocimiento
integral de las opciones, áreas de
conocimiento e instituciones de educación y
fortalezca una base de apoyo individual y
social sobre la vocación y el proyecto de
vida de los individuos. |
9 |
Que reforma el artículo 89 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II, Septiembre 3,
2007 |
Dip.
Efraín Morales Sánchez
(PRD) |
Comisión de
Puntos
Constitucionales |
Facultar a las dependencias de la
Administración Pública Federal para expedir
reglamentos y regulaciones técnicas
necesarias, en sus respectivos ámbitos de
competencia. |
10 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley del Impuesto
Especial sobre Producción y Servicios,
y de la Ley de Coordinación Fiscal.
Publicación en GP: Anexo V, Septiembre 3,
2007 |
Dip.
Cristián Martín Lujano Nicolás
(PAN)
Nota:
Sin intervención
en tribuna |
Comisión de
Hacienda y
Crédito Público |
Establecer criterios para establecer los
montos y tasas en la enajenación de
gasolinas o diesel por parte de las agencias
de venta de Petróleos Mexicanos; así como
aplicar una tasa del 5.5% sobre los ingresos
percibidos por la venta final al público en
territorio nacional de gasolinas o diesel.
La recaudación obtenida por este concepto
será parte del fondo de compensación para
las entidades federativas que sean afectadas
por el cambio en la fórmula de
participaciones. Prever lo relativo a su
distribución entre los estados y municipios.
Facultar a la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público para emitir reglas de
carácter general en los cuales se
establezcan los elementos para determinar
los precios de referencia, los ajustes por
calidad, los costos netos de transporte, el
margen comercial y el costo de manejo a los
expendios autorizados. |
11 |
Que reforma los artículos 8, 42, 48 y 53 de
la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector
Público.
Publicación en GP: Septiembre 3, 2007 |
Dip.
Isidro Pedraza Chávez
(PRD) |
Comisión de la
Función
Pública |
Precisar que será la Secretaría de Economía
quien dicte las reglas que deban observar
las dependencias y entidades, derivadas de
programas que tengan por objeto promover la
participación de las empresas nacionales,
especialmente de las micro, pequeñas y
medianas, teniendo atención preferencial a
las de tipo rural. |
12 |
Que reforma el
artículo 2° de la Ley General de
Cultura Física y Deporte.
Publicación en GP: Anexo II, Septiembre 3,
2007 |
Dip.
Fernando Enrique Mayans Canabal (PRD) |
Comisión de
Juventud y
Deporte |
Integrar dentro de las finalidades de la
cultura física y deporte, garantizar la
igualdad de oportunidades dentro de los
programas de desarrollo en está materia, a
todas las personas sin distinción de origen
étnico y condiciones de salud. |
13 |
Que reforma los artículos 4° y 27 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y diversas
disposiciones de la Ley de Aguas
Nacionales.
Publicación en GP: Anexo II, Septiembre 3,
2007 |
Dip.
Fernando Enrique Mayans Canabal (PRD) |
Comisiones Unidas
de Puntos Constitucionales y de
Recursos
Hidráulicos |
Establecer que toda persona tiene el derecho
a acceder y disponer de agua suficiente,
salubre, aceptable y accesible. Para la
mejor gestión de los recursos hídricos y,
particularmente, para su conservación, el
Estado deberá garantizar la participación
informada y responsable de la sociedad, así
como la impartición de la educación
ambiental y diseño de la cultura en materia
de agua. |
14 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley del Servicio
Público de Energía Eléctrica.
Publicación en GP: Anexo II, Septiembre 3,
2007 |
Dip.
José Antonio Almazán González
(PRD) |
Comisión de
Energía |
Establecer que no se considera servicio
público el autoabastecimiento de energía
eléctrica para satisfacer intereses
particulares, individualmente considerados,
ni la cogeneración derivada de criterios de
eficiencia energética. Que la Secretaría de
Energía deberá dictar, conforme a la
política nacional de energéticos, las
disposiciones relativas al servicio público
de energía eléctrica, que deberán ser
cumplidas y observadas por la Comisión
Federal de Electricidad (CFE), Luz y Fuerza
del Centro (LyFC), y por todas las personas
físicas o morales que concurran al proceso
productivo. Asimismo, que la CFE estará
regida por sus respectivas juntas de
Gobierno, integradas por los secretarios de
Hacienda y Crédito Público, de Desarrollo
Social, de Economía y de Energía, siendo
éste último quien las presida. También
formarán parte de sus respectivas juntas de
Gobierno, el director general de Petróleos
Mexicanos y 3 representantes de cada uno de
los sindicatos titulares de los contratos
colectivos de trabajo que rijan las
relaciones laborales en la CFE y en LyFC. |
15 |
Que reforma el artículo 41 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II, Septiembre 3,
2007 |
Dip.
Joel Guerrero Juárez
(PRI) |
Comisión de
Puntos
Constitucionales |
Establecer que las actividades de los
partidos políticos se financiarán con
recursos públicos y cuotas de sus militantes
bajo el principio de igualdad en las
aportaciones. Desaparecer al Instituto
Federal Electoral, de tal forma que se
crearán dos organismos públicos autónomos
descentralizados denominados Instituto
Federal para la Organización de las
Elecciones y el Consejo Federal de Dirección
de Procesos Electorales. Ambos serán dotados
de personalidad jurídica y patrimonios
propios, en cuya integración participan el
poder legislativo, ciudadanos,
organizaciones civiles, universidades así
como investigadores y profesionistas de
posgrado de la ciencia política. En el
ejercicio de esa función estatal serán
principios rectores la certeza, legalidad,
independencia, imparcialidad y objetividad. |