Que conceden nueve
permisos a ciudadanos mexicanos, para aceptar
y usar condecoraciones otorgadas por gobiernos
extranjeros.
Proceso:
Oficios de la Secretaría
de Gobernación, recibidos el 04 de agosto de
2010.
Dictamen de Primera
Lectura presentado el 11 de agosto de 2010.
Decreto:
ARTÍCULO PRIMERO.-
Se concede permiso al C. Rigoberto López
Martínez, para aceptar y usar la Medalla
Almirante Luis Brión, que le otorga el
Gobierno de la República Bolivariana de
Venezuela.
ARTÍCULO SEGUNDO.-
Se concede permiso al C. Rigoberto López
Martínez, para aceptar y usar la Medalla
Servicio Distinguido de las Fuerzas Armadas
Revolucionarias, que le otorga el Gobierno de
la República de Cuba.
ARTÍCULO TERCERO.-
Se concede permiso al C. Rigoberto López
Martínez, para aceptar y usar la Medalla
Premio de Honor, que le otorga el Gobierno de
la República de Corea del Sur.
ARTÍCULO CUARTO.-
Se concede permiso al C. Rigoberto López
Martínez, para aceptar y usar la Medalla
Libertador General Bernardo O´Higgins, que le
otorga el Gobierno de la República de Chile.
ARTÍCULO QUINTO.-
Se concede permiso al C. Rigoberto López
Martínez, para aceptar y usar la Medalla
Armada Argentina, que le otorga el Gobierno de
la República de Argentina.
ARTÍCULO SEXTO.-
Se concede permiso al C. Rigoberto López
Martínez, para aceptar y usar la Medalla
Premio Marinha Do Brasil, que le otorga el
Gobierno de la República Federativa del
Brasil.
ARTÍCULO SÉPTIMO.-
Se concede permiso al C. Francisco Javier
Trujillo Arriaga, para aceptar y usar la
Condecoración de la Orden de Isabel la
Católica, en grado de Encomienda con Insignia,
que le otorga el Gobierno del Reino de España.
ARTÍCULO OCTAVO.-
Se concede permiso al C. Rigoberto López
Martínez, para aceptar y usar la Medalla Naval
de Honor al Mérito, que le otorga el Gobierno
de la República del Perú.
ARTÍCULO NOVENO.-
Se concede permiso al C. Rigoberto López
Martínez, para aceptar y usar la Medalla
Capitán General Gerardo Barrios, que le otorga
el Gobierno de la República de El Salvador. |