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Dip.
José Narro Céspedes
(PRD)
Publicación en GP:
Anexo III.
24 de febrero de 2011.
y
Anexo VI.
1 de marzo de 2011. |
Por el que se proponen
diversas acciones en apoyo a la Presidencia
Municipal de Ensenada, Baja California,
respecto de la operación de la empresa
“Regasificadora Energía-Costa Azul, S. de R.
L. de C. V.”, propiedad de Sempra Energy.
a) En
votación económica se consideró
urgente resolución. (24 febrero 2011)
b) Votación
nominal
259 votos en pro, 95 en contra y 5
abstenciones.
c) Aprobada
en votación económica
d) Comuníquese.
Intervenciones:
(24 febrero 2011)
Para hablar en pro:
Dip. Alberto Emiliano Cinta Martínez (PVEM)
Dip. Juan Enrique Ibarra Pedroza (PT)
Para hablar en contra:
Dip. Francisco Javier Orduño Valdez (PAN) |
PRIMERO.-
Que la Cámara de Diputados del Congreso de
la Unión, envíe un escrito expresando su
respaldo formal e institucional al
presidente municipal de Ensenada, Baja
California, para llevar a cabo, hasta sus
últimas consecuencias, el resolutivo quinto
de la Comisión Permanente del Congreso de la
Unión, en su sesión de fecha 26 de enero de
2011, relativo al punto de acuerdo
presentado por el senador Jorge Legorreta
Ordorica, del Partido Verde Ecologista de
México, en el que señala las diversas
irregularidades en que ha incurrido desde su
construcción la planta regasificadora
Energía-Costa Azul, S. de R.L. de C.V.,
propiedad de Sempra Energy.
SEGUNDO.-
Que se turne a la Comisión de Medio Ambiente
y Recursos Naturales para que una
subcomisión de la misma, se traslade a
Ensenada, Baja California, para reunirse con
las autoridades y conocer en detalle la
situación relacionada con las autorizaciones
para la operación de la empresa
regasificadora Energía-Costa Azul, S. de R.L.
de C.V., propiedad de Sempra Energy.
TERCERO.-
Que la representación de legisladores
referida en el resolutivo anterior, con el
apoyo de la autoridad municipal, y en su
caso estatal y federal, verifique
documentalmente el cumplimiento de toda la
legislación, reglamentación y normas
oficiales mexicanas, estatales y municipales
aplicables en la construcción y operación de
la planta regasificadora de la empresa
Sempra Energy en el municipio de Ensenada,
Baja California; e investigue en qué forma,
bajo qué criterios, en cuanto tiempo y por
quienes fueron otorgados los permisos,
licencias y documentos necesarios, a fin de
detectar si hubo irregularidades,
incumplimientos u omisiones al respecto; e
informen a esta soberanía el resultado de su
investigación y consultas.
CUARTO.-
Se turne el presente punto de acuerdo al
Senado de la República, considerando que la
Comisión Permanente, de la cual emanó el
resolutivo quinto previamente citado, está
integrada también por legisladores
integrantes del Senado.
QUINTO.-
Se comunique el presente punto de acuerdo al
gobernador del estado de Baja California y
se le exhorte a que, en cumplimiento del
pacto federal establecido en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos,
las dependencias a su cargo expresen un
comportamiento republicano de pleno respeto
a la autonomía municipal, basada en el
ejercicio de las atribuciones y facultades
que le son otorgadas por las leyes.
SEXTO.-
Se exhorta al Ejecutivo gire instrucciones
al secretario de la Defensa Nacional para
que las fuerzas armadas de la zona militar
que resguardan a Ensenada, se abstengan de
intervenir en problemas de carácter legal y
en defensa de una empresa que está
incumpliendo las leyes mexicanas y
contaminando las aguas marinas de la región;
y cuya participación pudiera desembocar en
perjuicio de un gran número de ensenadenses.
SÉPTIMO.-
Se comunique el presente punto de acuerdo al
congreso del estado de Baja California, para
los fines y efectos que el mismo considere
como más pertinentes. |