No. |
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Teófilo Manuel García Corpus
(PRI) * |
Comisión de
Puntos Constitucionales
Por
acuerdo de la Mesa Directiva del 29/abr/10
(GP: 13/may/10) se modificó el turno a la
Comisión de Puntos Constitucionales,
con opinión de la Comisión de Asuntos
Indígenas. |
Prever
que los partidos políticos deberán postular en
cada una de las fórmulas, un candidato
indígena para diputado, en los distritos
electorales donde se asiente 40% o más de
población indígena; asimismo, deberán postular
en las 16 primeras fórmulas de sus listas a un
candidato indígena para senador. Constituir 4
listas regionales y una nacional para la
representación indígena en la elección de
diputados de representación proporcional. |
2 |
Que adiciona un artículo
222 Bis a la Ley del Impuesto Sobre la
Renta.
Publicación en GP:
Anexo II.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Ana Estela Durán Rico
(PRI) * |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público |
Establecer
que el contribuyente que contrate a personas
adultas mayores de 60 años y mujeres que
constituyan la única fuente de ingresos de una
familia, podrá deducir de sus ingresos, un
monto equivalente al 30% del impuesto sobre la
renta por concepto del sueldo devengado para
los trabajadores antes descritos. |
3 |
Que reforma el artículo
39 de la Ley Orgánica del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Francisco Alberto Jiménez Merino
(PRI) *
A
nombre propio y de diputados de su Grupo
Parlamentario |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias |
Crear la
Comisión Ordinaria de Planeación de la Cámara
de Diputados, que se encargará de revisar,
analizará, discutir y emitir el dictamen del
Plan Nacional de Desarrollo; de igual forma,
dará seguimiento a los programas que se
implementen por parte de la Administración
Pública Federal. |
4 |
Que reforma el artículo
46 de la Ley de Caminos, Puentes y
Autotransporte Federal.
Publicación en GP:
Anexo II.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Sofía Castro Ríos
(PRI) * |
Comisión de Transportes |
Estatuir
que el servicio de autotransporte federal de
pasajeros se prestará en autobús integral,
autobús convencional o en vehículos
utilitarios de hasta 15 pasajeros. |
5 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre
(PRI) * |
Comisión de
Puntos Constitucionales
Por
acuerdo de la Mesa Directiva del 13/jul/10
(GP: 20/jul/10) se modificó el turno a la
Comisión de Puntos Constitucionales,
con opinión de la Comisión del Distrito
Federal. |
Facultar al
Congreso para expedir leyes que establezcan
las bases de coordinación entre los órganos
político-administrativos de las demarcaciones
territoriales del Distrito Federal, en materia
de seguridad pública; así como para la
organización y funcionamiento, el ingreso,
selección, promoción y reconocimiento de los
integrantes de las instituciones de seguridad
pública en el ámbito federal. Cambiar
“Asamblea de Representantes” por “Asamblea
Legislativa”. Elevar a rango constitucional
el Estatuto del Distrito Federal. Facultar a
la Asamblea Legislativa para aprobar los
montos de endeudamiento que requiera el
Gobierno del Distrito Federal, nombrar al
sustituto del Jefe de Gobierno en caso de
remoción, legislar en materia de deuda pública
y responsabilidad de servidores públicos
locales. Facultar al Jefe de Gobierno para
proponer las ternas a la Asamblea Legislativa
para ocupar los cargos de Procurador General
de Justicia y de Secretario de Seguridad
Pública, así como para conceder indultos a los
reos sentenciados por delitos del orden común. |
6 |
Que reforma el artículo
80 de la Ley General de Desarrollo
Social.
Publicación en GP:
Anexo II.
25 de marzo de 2010. |
Dip.
Carlos Oznerol Pacheco Castro
(PRI) * |
Comisión de
Desarrollo Social |
Determinar
que el Consejo Nacional de Evaluación de la
Política de Desarrollo Social presentará sus
observaciones acerca de la evaluación del
cumplimiento del objetivo social de los
programas a la Comisión Nacional de Desarrollo
Social, la cual tendrá un plazo de 30 días a
partir del siguiente al de su recepción para
emitir opinión sobre las mismas, opinión que
será considerada por el Consejo, para elaborar
las adecuaciones pertinentes y remitirlas de
nueva cuenta a la Comisión. |
7 |
Que reforma el artículo
39 de la Ley Orgánica del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación
en GP:
Anexo II.
28 de abril
de 2010. |
Dip.
Olivia Guillén Padilla
(PRI) * |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias |
Crear la
Comisión Ordinaria de “Narcotráfico y Consumo
de Drogas” de la Cámara de Diputados. |
8 |
Que reforma el artículo
115 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Francisco Alejandro Moreno Merino
(PRI) * |
Comisión de
Puntos Constitucionales |
Obligar a
los Municipios deberán controlar los efectos
ambientales y a la salud de los servicios
públicos de limpia, recolección, traslado,
tratamiento y disposición final de residuos. |
9 |
Que reforma el artículo
8 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Jorge Arana Arana
(PRI) * |
Fijar el
término de tres meses, para que la autoridad
conteste por escrito al peticionario toda
petición que se presente, tomando en
consideración la naturaleza y características
de la misma y en función al caso concreto en
estudio. |
10 |
Que reforma los
artículos 12 y 17 de la Ley del
Instituto Nacional de las Mujeres.
Publicación en GP:
Anexo II.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Sofía Castro Ríos
(PRI) * |
Comisión de
Equidad y Genero |
Considerar
que los invitados permanentes de la Junta de
Gobierno del Instituto Nacional de las Mujeres
tendrán derecho a voto. Incluir como
invitado permanente de la Junta de Gobierno
del Instituto a la presidencia del Comité del
Centro de Estudios para el Adelanto de las
Mujeres y la Equidad de Género de la Cámara de
Diputados. Establecer que será la Cámara
de Senadores y no el Presidente de la
República, quién nombre a la presidenta del
Instituto de una terna propuesta. |
11 |
Que reforma el Artículo
Cuarto Transitorio del Decreto por el
que se reforman y adicionan diversas
disposiciones de la Ley Federal de
Telecomunicaciones, publicado el 9 de
febrero de 2009.
Publicación
en GP:
Anexo II.
28 de abril
de 2010. |
Dip.
Heliodoro Carlos Díaz Escárraga
(PRI) * |
Comisión de
Comunicaciones |
Establecer
que el plazo para el registro y control de
usuarios de telefonía móvil, expirará el 22 de
abril de 2011. |
12 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley General
de Salud.
Publicación
en GP:
Anexo II.
28 de abril
de 2010. |
Dip.
Olivia Guillén Padilla
(PRI) * |
Comisión de
Salud |
Ordenar
que será materia de salubridad general el
programa de detección y tratamiento de
síntomas depresivos en el periodo postparto.
Considerar los síntomas emocionales en la
mujer derivados del parto como servicios
básicos de salud. |
13 |
Que reforma el artículo
109 de la Ley del Impuesto
Sobre la Renta.
Publicación
en GP:
Anexo II.
21 de abril
de 2010. |
Dip. Antonio Benítez Lucho
(PRI) |
Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito
Público y de Seguridad Social |
Eliminar el
monto máximo de salarios mínimos para exentar
del pago del Impuesto Sobre la Renta, en lo
relativo a pensiones. |
14 |
Que reforma los
artículos 29, 31, 35 y 226 de la Ley del
Impuesto Sobre la Renta.
Publicación en GP:
Anexo III.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Eduardo Alonso Bailey Elizondo
(PRI) * |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público |
Deducir por
parte de los contribuyentes los créditos
otorgados por las instituciones nacionales de
crédito y las auxiliares de crédito, para la
creación de micro, pequeñas y mediana
industrias. Reportar semestralmente el monto
de los créditos a las Secretarías de Hacienda
y Crédito Público, y de Economía. Considerar
por parte de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público como un estímulo fiscal a las
instituciones de crédito y las auxiliares de
crédito consistente en el 1% sobre los montos
de los créditos o apoyos directos otorgados. |
15 |
Que reforma los
artículos 57, 58 y 65 de la Ley General
del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente.
Publicación en GP:
Anexo III.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Jeny de los Reyes Aguilar
(PRI) * |
Comisión de
Medio Ambiente y Recursos Naturales |
Establecer
el plazo de hasta 90 días naturales siguientes
a la publicación de la declaratoria de un área
natural para la designación del Director de la
misma. Establecer que el Director deberá
iniciar el procedimiento de consulta tendiente
a la formulación del programa de manejo dentro
de los 30 días naturales siguientes a su
nombramiento, estableciendo los mecanismos de
concertación con los actores sociales
interesados en la conservación y
aprovechamiento del área natural protegida. |
16 |
Que reforma el artículo
31 de la Ley del Servicio Público de
Energía Eléctrica.
Publicación
en GP:
Anexo III.
28 de abril
de 2010. |
Dip.
José Alberto González Morales
(PRI) |
Comisión de
Energía |
Fijar una
tarifa preferencial de pago de energía
eléctrica para los planteles e infraestructura
del sector educativo público nacional, la cual
deberá ser considerada por debajo de la
clasificación mínima publicada actualmente en
el Diario Oficial de la Federación. |
17 |
Que reforma los
artículos 19 de la Ley General de
Desarrollo Social y 5 de la Ley
de los Derechos de las Personas Adultas
Mayores.
Publicación en GP:
Anexo III.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Melchor Sánchez de la Fuente
(PRI) *
A
nombre propio y de diputados de su Grupo
Parlamentario |
Comisiones Unidas de Desarrollo Social
y de
Atención a Grupos Vulnerables |
Determinar
que son prioritarios y de interés público los
programas y acciones públicas para asegurar la
alimentación y nutrición de los adultos
mayores. Incluir en el objeto de la Ley de
los Derechos de las Personas Adultas Mayores,
la promoción y difusión de programas
destinados a promocionar y concientizar a la
sociedad sobre los principios básicos de una
alimentación adecuada y necesaria para el
bienestar de los adultos mayores. |
18 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley General
de Salud.
Publicación en GP:
Anexo III.
28 de abril de 2010. |
Dip.
María Cristina Díaz Salazar
(PRI) * |
Comisión de
Salud |
Establecer
que para la investigación en seres humanos
sobre el empleo de medicamentos que no cuenten
con evidencia científica de su eficacia, se
deberá contar con el consentimiento informado
del sujeto en quien se realizará la
investigación. Si la investigación se efectúa
en instituciones autorizadas por la Secretaría
de Salud como terceros, el dictamen técnico
que dichas instituciones emitan deberá avalar
la seguridad y validez científica del
protocolo de la investigación. Facultar a la
Secretaría de Salud para revocar la
autorización para realizar investigaciones
para la salud. Prever que solo podrán fungir
como terceros autorizados, las instituciones
donde se realice investigación para la salud,
pertenecientes a una dependencia o entidad de
la administración pública, o una institución
social o privada. En el caso de importación
definitiva de muestras amparadas bajo un
protocolo de investigación en humanos, así
como de medicamentos con fines de
investigación científica, únicamente se
requerirá presentar ante la autoridad aduanera
la autorización al protocolo correspondiente,
indicando el uso y volumen necesarios para
llevarla a cabo. |
19 |
Que reforma los
artículos 25 y 47-A de la Ley de
Coordinación Fiscal.
Publicación en GP:
Anexo III.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Esteban Albarrán Mendoza
(PRI) * |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público |
Crear el
Fondo Especial para el Desarrollo Estructural
del Sur Sureste, que comprende los estados de
Campeche, Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Puebla,
Tabasco, Veracruz, Quintana Roo y Yucatán, con
una vigencia de 15 años a partir de su
creación y con el objeto de que los recursos
se destinarán a proyectos y obras de impacto
social y mejoramiento de las condiciones
materiales de los habitantes de la región. |
20 |
Que reforma el artículo
278 del
Código Federal de Procedimientos Civiles.
Publicación en GP:
Anexo III.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Guadalupe Pérez Domínguez
(PRI) * |
Comisión de
Justicia |
Estatuir
que para solicitar copia certificada de
documentos que obren en autos en cualquier
asunto judicial, podrá realizarse por
comparecencia o por escrito, requiriéndose
decreto judicial; asimismo, se establecen las
formalidades para solicitar copia de una parte
del documento o de la totalidad del mismo.
Prever que la parte interesada podrá hacer uso
de cualquier instrumento científico o
tecnológico que permita copiar o reproducir el
contenido de las resoluciones o documentos que
obren en el expediente, para lo cual bastará
que solicite verbalmente al tribunal el empleo
del instrumento respectivo, sin que se
requiera acuerdo alguno. Para obtener
copia o testimonio de cualquier documento que
se encuentre en archivos o protocolos que no
están a disposición del público, se requiere
de decreto judicial. |
21 |
Que reforma el artículo
79 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación
en GP:
Anexo III.
28 de abril
de 2010. |
Dip.
José Francisco Rábago Castillo
(PRI) * |
Comisión de
Puntos Constitucionales |
Prohibir la
reelección
para un segundo periodo del titular de la
Auditoría Superior de la Federación. |
22 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Omar Fayad Meneses
(PRI) |
Facultar a
la Comisión Permanente para designar a los
ministros y aprobar o denegar las licencias de
éstos. Facultar a la Suprema Corte de
Justicia para nombrar a los ministros y
someter la terna a consideración del Senado,
la cual la integrará tomando en consideración
las propuestas de candidatos que surjan de
entre los miembros de la propia judicatura, de
las facultades, escuelas e institutos de
derecho, así como de las asociaciones, barras
y colegios de abogados del país. Si el Senado
rechazara en su totalidad la terna, la Suprema
Corte someterá una nueva. |
23 |
Que reforma el artículo
34 de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
Publicación
en GP:
Anexo III.
28 de abril
de 2010. |
Dip.
Rolando Rodrigo Zapata Bello
(PRI) * |
Comisión de
Presupuesto y Cuenta Pública |
Facultar a
las entidades federativas para registrar y
programar los recursos destinados a programas
y proyectos de inversión en la cartera de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público. |
24 |
Que adiciona diversas
disposiciones a la
Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III.
28 de abril de 2010. |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias |
Adicionar
un Título Sexto denominado “De la Rendición de
Cuentas”, en el que se establecen los
mecanismos para la rendición de cuentas sobre
el desempeño legislativo de los integrantes
del Congreso de la Unión. Establecer que los
legisladores del Congreso, deberán presentar
anualmente ante sus representados un informe
acerca de sus actividades parlamentarias
conforme a los lineamientos que para el caso
se prevén. |
25 |
Que reforma el artículo
7 de la Ley General de Población.
Publicación
en GP:
Anexo VI.
27 de abril
de 2010. |
Dip.
Jorge Venustiano González Ilescas
(PRI) |
Comisión de Población, Fronteras y Asuntos
Migratorios |
Facultar a
la Secretaría de Gobernación para que en
coordinación entre el Ejecutivo estatal, así
como con los presidentes municipales del país,
pueda crear Grupos de Protección a los
Migrantes y Transmigrantes que se encuentren
dentro del territorio nacional. |
26 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley de
Vivienda.
Publicación en GP:
Anexo III.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Rafael Pacchiano Alamán
(PVEM) |
Comisión de
Vivienda |
Promover la
captación, el control, el uso, reúso y
reciclaje del agua pluvial o del agua
suministrada en las viviendas, a través de la
adaptación de los sistemas y tecnologías de
tratamiento disponibles. Facultar a la
Comisión Nacional de Vivienda para que en
coordinación con las autoridades estatales y
municipales competentes, promueva y participe
a través de sus delegaciones, en la
verificación de todas las viviendas nuevas o
en proceso de reforma, para que cumplan con
sistemas de control, aprovechamiento,
captación de aguas pluviales y de reúso de
agua de uso doméstico; así como para expedir
el Reglamento de la Ley. |
27 |
Que reforma el artículo
73 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, y que expide
la Ley General para la Práctica de
Auditorías Sociales.
Publicación en GP:
Anexo III.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Jaime Fernando Cárdenas Gracia
(PT) |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de la Función
Pública,
con opinión de la Comisión de Presupuesto y
Cuenta Pública |
Facultar al
Congreso para expedir las leyes generales que
establezcan los procesos de plebiscito,
referéndum, iniciativa legislativa ciudadana,
revocación del mandato, presupuesto
participativo, acciones ciudadanas de
inconstitucionalidad, acciones para la
protección de intereses colectivos y difusos,
auditoría social y, demás medios e
instrumentos de democracia participativa y
deliberativa. Crear un ordenamiento jurídico,
con los objetivos de estimular la capacidad
crítica de los ciudadanos y sus organizaciones
para demandar una administración pública
eficiente, contribuir a garantizar la equidad,
la eficiencia, eficacia, efectividad y
transparencia en la gestión del Estado e
involucrar a los ciudadanos en la toma de
decisiones y evaluación para la solución de
los problemas nacionales y su incidencia en la
aplicación de políticas públicas. |
28 |
Que reforma el artículo
47 de la Ley de Coordinación Fiscal.
Publicación en GP:
Anexo III.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Alfredo Francisco Lugo Oñate
(PRI) |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público |
Incluir a
los cuerpos de bomberos como beneficiarios de
los recursos aportados al Fondo de
Aportaciones para el Fortalecimiento de las
Entidades Federativas. Establecer que de las
aportaciones federales destinadas a este rubro
deberá destinarse por lo menos 5% a los
cuerpos de bomberos de los estados, de los
municipios y del Distrito Federal para
modernización y equipamiento. |
29 |
Que reforma los
artículos 3 y 4 de la Ley del Instituto
Mexicano de la Juventud y 6 de la
Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.
Publicación
en GP:
Anexo V.
27 de abril
de 2010. |
Dip.
Kenia López Rabadán
(PAN) |
Comisiones Unidas de
Juventud y Deporte
y de
Equidad y Genero |
Fijar
como objeto del Instituto Mexicano de la
Juventud diseñar y coordinar políticas, planes
y programas para los jóvenes que promuevan el
acceso a las manifestaciones culturales, al
desarrollo de sus habilidades artísticas y a
la gestión cultural. |
30 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley Federal
de Juegos y Sorteos, del Código
Penal Federal y del Código Federal de
Procedimientos Penales.
Publicación en GP:
Anexo III.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Lizbeth García Coronado
(PRD)
* |
Comisiones Unidas de
Gobernación
y de Justicia |
Considerar
como juegos prohibidos todos aquellos que no
se contemplan en el artículo 2o. de la Ley
Federal de Juegos y Sorteos (ajedrez, damas,
dominó, dados, boliche, bolos, billar; pelota
en todas sus formas y denominaciones; carreras
de personas, de vehículos de animales, y en
general toda clase de deportes y sorteos).
Sancionar a quienes practiquen juegos
prohibidos, así como a los empresarios,
gerentes, administradores, encargados y
agentes de loterías que no cuenten con
autorización legal. Eximir de sanción a los
que hagan rifas sólo entre amigos y parientes. |
31 |
Que reforma los
artículos 57 y 58 del Código de Justicia
Militar.
Publicación
en GP:
Anexo III.
28 de abril
de 2010. |
Dip.
Juan Enrique Ibarra Pedroza
(PT) |
Comisión de
Defensa Nacional |
Derogar las
disposiciones referentes a los delitos del
fuero común o federal, para que dejen de ser
considerados como delitos contra la disciplina
militar. |
32 |
Que reforma el artículo
74 de la Ley de Caminos, Puentes y
Autotransporte Federal.
Publicación en GP:
Anexo III.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Jaime Sánchez Vélez
(PRI) |
Comisión de Transportes |
Excluir de
infracción alguna al transporte de carga hasta
de mediana capacidad, únicamente para las
unidades cuyo funcionamiento mecánico sea
aceptable, pero su fisonomía exterior tuviese
algún faltante donde se transporte animales y
productos relacionados con el campo; para
estos casos, será suficiente la llamada de
atención como medida preventiva, haciendo la
observación al conductor de una posible
sanción ante el aviso reincidente, previo
registro establecido. |
33 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley para la
Protección de los Derechos de las Niñas, Niños
y Adolescentes.
Publicación en GP:
Anexo IV.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Mary Telma Guajardo Villarreal
(PRD)
A
nombre propio, del Dip. José de Jesús Zambrano
Grijalva y otros diputados del PRD |
Comisión de
Atención a Grupos Vulnerables |
Implantar
un Programa Nacional para la Protección de la
Niñez en Extrema Vulnerabilidad a cargo del
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral
de la Familia, con el objeto de que todas las
autoridades federales, estatales, municipales
y del Distrito Federal competentes, en
coordinación con la sociedad organizada e
interesada en el tema, establezcan políticas y
acciones necesarias para diagnosticar,
prevenir, atender y erradicar la vulneración
de los derechos de la niñez en extrema
vulnerabilidad. Adicionar un Capítulo
Decimocuarto denominado “Del Derecho a la
Protección de la Niñez en la Calle”, con el
objeto de que la federación, estados,
municipios y el Distrito Federal en forma
conjunta instrumenten todas las garantías
necesarias para evitar, prevenir y resolver la
grave violación a los derechos fundamentales
de este grupo vulnerable. |
34 |
Que reforma, adiciona y
deroga diversas disposiciones de la Ley
General de Salud y de la Ley del
Seguro Social.
Publicación
en GP:
Anexo IV.
28 de abril
de 2010. |
Dip.
Antonio Benítez Lucho
(PRI) |
Comisiones Unidas de Salud y de
Seguridad Social |
Derogar el
artículo Transitorio Décimo Sexto de la Ley
General de Salud, concerniente al programa
IMSS-Oportunidades. Suprimir el texto de los
artículos 214, 215 y 216 de la Ley del Seguro
Social, relativos a los servicios de
solidaridad social. Establecer el Programa
Vacunación Universal. |
35 |
Que reforma el artículo
115 de la Ley General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo IV.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Miguel Martínez Peñaloza
(PAN) * |
Comisión de
Salud |
Establecer
que la Secretaría de Salud vigilará y
garantizará, en coordinación con la Secretaría
de Educación Pública y los gobiernos de las
entidades federativas y municipios, en el
ámbito de sus respectivas competencias, que
los alimentos y bebidas que se brinden o
expendan en las escuelas de nivel preescolar,
primaria y secundaria posean el valor
nutricional que coadyuve a una dieta para el
óptimo desempeño intelectual, el sano
desarrollo y la lucha contra la obesidad de
los educandos. |
36 |
Que reforma el artículo
3 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
28 de abril de 2010. |
Dip.
José Luis Velasco Lino
(PRI) |
Comisión de
Puntos Constitucionales |
Considerar
que todo individuo tendrá derecho al acceso al
conocimiento y a los productos científicos y
tecnológicos en igualdad de condiciones y
oportunidades. El Estado apoyará, promoverá y
financiará la investigación científica y el
desarrollo, adaptación e innovación
tecnológica. La base principal del desarrollo
científico y tecnológico serán las
universidades, institutos y centros de
investigación y educación superior del sector. |
37 |
Que reforma el artículo
21 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y de la
Ley General del Sistema Nacional de
Seguridad Pública, los artículos 2 y
12.
Publicación
en GP:
Anexo IV.
28 de abril
de 2010. |
Dip.
Leticia Quezada Contreras
(PRD)
* |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Seguridad Pública |
Prohibir a
nivel constitucional y en la ley secundaria
que cualquier elemento de las secretarías de
la Defensa Nacional y de Marina participen en
actividades de seguridad pública. |
38 |
Que reforma los
artículos 1, 2-A y 3 de la Ley
del Impuesto al Valor Agregado.
Publicación
en GP:
Anexo IV.
28 de abril
de 2010. |
Dip.
Olivia Guillén Padilla
(PRI) |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público |
Imponer la
obligación de pagar el Impuesto al Valor
Agregado a quienes otorguen servicios.
Establecer incentivos fiscales a los
organismos municipales o estatales operadores
de los servicios de agua para uso domestico. |
39 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley General
de Turismo.
Publicación en GP:
Anexo IV.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Armando Ríos Piter
(PRD) |
Comisión de
Turismo |
Incluir un
Capítulo IV denominado “Del Turismo
Alternativo”, con el objeto de regular al
turismo alternativo y sus diferentes
modalidades. Definir al Turismo alternativo y
sus modalidades de ecoturismo o turismo
ecológico, turismo de aventura, turismo rural
y turismo cultural. Crear un fideicomiso para
el fomento y desarrollo del turismo
alternativo, el cual funcionará y ejercerá sus
recursos de manera bipartita, federación y
estados, en coordinación con el Consejo
Consultivo de Turismo y sus homólogos
estatales, conforme al programa sectorial de
turismo, acciones y convenios que sobre la
materia formulen. |
40 |
Que reforma los
artículos 35, 40 y 73 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Arturo Santana Alfaro
(PRD) |
Comisión de
Puntos Constitucionales |
Establecer
como prerrogativa del ciudadano, ejercer los
mecanismos de participación ciudadana en los
asuntos que la ley respectiva lo determine.
Facultar al Congreso para legislar en materia
de participación ciudadana. |
41 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y de la Ley Federal
del Trabajo.
Publicación en GP:
Anexo IV.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Roberto Rebollo Vivero
(PRI) |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Trabajo y
Previsión Social |
Facultar al
Congreso de la Unión para expedir leyes en
materia de salarios mínimos generales y
profesionales para el año fiscal que
corresponda, en el ámbito Federal, estatal,
municipal y del Distrito Federal, con la
participación del titular del Poder Ejecutivo
Federal y de la Comisión Nacional de los
Salarios Mínimos. Facultar exclusivamente a
la Cámara de Diputados para aprobar los
salarios mínimos generales y profesionales en
forma anual y revisar sus incrementos en forma
trimestral o extraordinario, cuando suban los
precios de la canasta básica, a propuesta de
la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, de
conformidad con la ley que regulará el
ejercicio de estas atribuciones. Facultar a
la Comisión Permanente para determinar los
aumentos de los salarios mínimos generales y
profesionales, a propuesta de la Comisión
Nacional de Salarios Mínimos. Establecer que
los salaros mínimos se fijarán tomando en
consideración el precio de los productos de la
canasta básica, y cuidando el desarrollo
sustentable de los trabajadores y de la
economía nacional. |
42 |
Que reforma el artículo
123 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Mary Telma Guajardo Villarreal
(PRD)
A
nombre propio y de la Dip. Bélgica Nabil
Carmona Cabrera (PRD) |
Comisión de
Puntos Constitucionales |
Promover
que las mujeres gocen de una igualdad real en
el respeto de sus derechos laborales.
Modificar el plazo que gozarán las mujeres
durante el periodo previo y posterior al parto
a 16 días, respectivamente. Establecer
que no podrá ejercerse ninguna forma de
discriminación hacia las mujeres expresada
como violencia física, sicológica, sexual,
moral, verbal, económica o cualquier otra que
atente contra su dignidad. Estipular que
la ley reglamentaria protegerá a las
trabajadoras y trabajadores con
responsabilidades familiares, asegurando la
igualdad de trato y oportunidades. Crear
Comisiones Mixtas para el Respeto de los
Derechos de las Mujeres en cada centro de
trabajo. |
43 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley General de las Personas con
Discapacidad. **
Publicación en GP:
Anexo IV.
28 de abril de 2010. |
Dip.
Daniela Nadal Riquelme
(PRI)
A
nombre propio y de las Dips. Yolanda de la
Torre Valdez y Nely Edith Miranda Herrera
(PRI) |
Comisión de
Atención a Grupos Vulnerables |
Definir el
concepto
de ajustes razonables, comunicación,
discriminación por motivos de discapacidad,
diseño universal y de educación inclusiva y
especial. Modificar el nombre del “Consejo
Nacional para las Personas con Discapacidad”
por el de “Consejo Nacional para el Desarrollo
y la Inclusión de las Personas con
Discapacidad”. Facultar a la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos para
promover, proteger y supervisar la aplicación
de la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad y su Protocolo
Facultativo. Prever que los derechos que
establece esta ley serán reconocidos a todas
las personas sin discriminación jurídica o
económica, apariencia física, características
genéticas, diversidad sexual, embarazo,
identidad o filiación política, lengua,
situación migratoria. Establecer los
principios de igualdad de oportunidades, el
respeto a la evolución de las facultades de
los niños y las niñas con discapacidad, el
derecho a preservar su identidad, el respeto
por la diferencia, la transversalidad, la
transparencia y la continuidad. Atribuir al
Titular del Poder Ejecutivo Federal,
garantizar la consulta y participación de las
personas con discapacidad y las
organizaciones, en la elaboración y aplicación
de legislación, políticas y programas,
incluyendo la colaboración de personas físicas
o morales, públicas, privadas o sociales, así
como la participación de las personas con
discapacidad y las organizaciones en la
elaboración de los informes que el propio
Ejecutivo debe presentar a la Organización de
las Naciones Unidas y otros organismos
internacionales, relacionados con la materia y
los derechos humanos. Garantizar por parte de
la Secretaría de Salud a la población con
discapacidad su derecho a gozar del más alto
nivel posible de salud, rehabilitación y
habilitación sin discriminación por motivos de
discapacidad, considerando criterios de
calidad, especialización, género, gratuidad o
precio asequible. Incorporar de forma
gratuita al Seguro Popular a la población con
discapacidad. Prohibir cualquier tipo de
discriminación contra las personas con
discapacidad en el otorgamiento de seguros de
salud o de vida, siendo responsabilidad de la
Comisión Nacional de Seguros y Fianzas
garantizar y vigilar la debida protección y
sancionar el incumplimiento de este derecho.
Modificar el Capítulo II “Del Trabajo y la
Capacitación”, por el de “Trabajo y Empleo”.
Garantizar por parte de la Secretaría de
Trabajo y Previsión Social el derecho al
trabajo y empleo de las personas con
discapacidad. Incorporar en el Sistema
Nacional de Ciencia y Tecnología lineamientos
que permitan la investigación y el desarrollo
de bienes, servicios, equipo e instalaciones
de diseño universal. Establecer que los
estudiantes y profesionistas podrán cumplir
con el requisito del servicio social,
prestando apoyo a estudiantes o personas con
discapacidad. Reconocer el sistema braille,
los modos, medios y formatos de comunicación
accesibles que elijan las personas con
discapacidad en sus relaciones oficiales.
Establecer que será responsabilidad de la
Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la
Comisión Nacional para la Defensa de los
Usuarios de Servicios Financieros y demás
autoridades competentes del sistema financiero
mexicano, garantizar que las personas con
discapacidad tengan acceso en igualdad de
circunstancias y condiciones a los servicios
que ofrecen las instituciones bancarias y
demás entidades parte del sistema financiero
mexicano. La Secretaría de Comunicaciones y
Transportes garantizará el derecho de las
personas con discapacidad, sin discriminación
de ningún tipo, al acceso al transporte, los
sistemas y las tecnologías de la información y
las comunicaciones, que contribuyan a su
independencia y desarrollo integral; la
Secretaría de Desarrollo Social, garantizará
un mayor índice de desarrollo humano para
ellas y sus familias, incluyendo alimentación,
vestido y vivienda adecuados y a la mejora
continua de sus condiciones de vida, sin
discriminación por motivos de discapacidad; el
Instituto Nacional de Estadística y Geografía,
garantizará que el Censo Nacional de Población
incluya lineamientos para la recopilación de
información y estadística de la población con
discapacidad; el Consejo Nacional para la
Cultura y las Artes, garantizar el
reconocimiento y el apoyo de su identidad
cultural y lingüística específica, incluidas
la lengua de señas mexicana y la cultura de
los sordos, entre otras; la Secretaría de
Turismo garantizará el derecho para acceder y
disfrutar de los programas y servicios
turísticos, recreativos y de esparcimiento,
adaptación y accesibilidad de las
instalaciones de servicios que comprenden la
infraestructura para el turismo nacional.
Establecer los lineamientos generales del
Programa Nacional para el Desarrollo e
Inclusión de las Personas con Discapacidad,
sus órganos de administración y actualizar su
integración. Modificar el Capítulo II “Del
Consejo Consultivo para las Personas con
Discapacidad” por el “De la Asamblea
Consultiva” y establecer sus funciones,
órganos de vigilancia y las prevenciones
generales. |