Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 Sesión 31, del 28 de Abril de 2010.

 

                4. MINUTA

                           a) Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

MINUTA

TURNO

1

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional

 

Publicación en GP:

Anexo I.

28 de abril de 2010.

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 23 de abril de 2009.

Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite aprobado el 27 de abril de 2010 por 105 votos, 1 en contra y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Propuesta:

Implementar un procedimiento para declarar la existencia de una afectación a la seguridad interior. Dicho procedimiento iniciará con una solicitud de declaratoria de la autoridad competente al Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Seguridad Nacional, quién integrará el expediente. El expediente será sometido para su análisis y evaluación al Pleno del Consejo quien analizará y evaluará la magnitud de la afectación a la seguridad interior; y podrá consultar y requerir información, asimismo, el Secretario Ejecutivo solicitará opinión a la Comisión Bicamaral del H. Congreso de la Unión. Como resultado del análisis y evaluación, el Secretario Ejecutivo elaborará un acta circunstanciada de las deliberaciones y acuerdos del Consejo. Hecho lo anterior, el Presidente de la República emitirá la declaratoria de existencia de una afectación a la seguridad interior, la que se publicará en el Diario Oficial de la Federación. Del mismo modo, cuando desaparezca la situación que motivo la declaratoria de seguridad interior, el Ejecutivo Federal hará del conocimiento de la sociedad la conclusión de la misma, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Comisiones Unidas de Gobernación, de Justicia y de Defensa Nacional

 

Por acuerdo de la Mesa Directiva del 13/jul/10 (GP: 20/jul/10) se modificó el turno a las Comisiones Unidas de Gobernación, de Justicia, de Defensa Nacional y de Seguridad Pública.

 

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