1 |
Comisión de Desarrollo Rural
Publicación
en GP:
Anexo V.
16 de marzo de 2010. |
Que reforma el artículo
37 y adiciona los artículos 33, 43 y 44 de la
Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por
el Dip. Ramón Barajas López (PRI) el 30 de
abril de 2009.
Dictamen de Primera
Lectura presentado el 2 de marzo de 2009.
Propuesta:
Establecer que la Comisión Intersecretarial
para el Desarrollo Rural Sustentable, con la
participación del Consejo Mexicano, al
integrar la Política Nacional de Investigación
para el Desarrollo Rural Sustentable, deberá
contemplar el uso de las tecnologías de
información y comunicación tanto para su
formulación como la difusión de avances con
los diversos actores de la sociedad rural.
Establecer que el Sistema Nacional de
Capacitación y Asistencia Técnica Integral
deberá contemplar el uso de las tecnologías de
información y comunicación para el
cumplimiento de sus propósitos. Incorporar
dentro de la conformación del Sistema Nacional
de Capacitación y Asistencia Técnica Rural
Integral, a las instituciones públicas de
educación que desarrollan actividades en la
materia y a los organismos de educación
técnica y de capacitación de la Secretaría de
Educación Pública. |
a) En
votación económica se dispensó la
lectura.
b)
Aprobado en lo general y en lo
particular, en votación nominal por 388
votos y 3 abstenciones.
c) Pasa
a la Cámara de Senadores para sus efectos
constitucionales. |
2 |
Que adiciona el artículo
24 Bis a la Ley de Desarrollo Rural
Sustentable.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada
por el Dip. Martín Oscar González Morán (PAN)
el 25 de noviembre de 2008.
Dictamen de Primera
Lectura presentado el 2 de marzo de 2009.
Propuesta:
Establecer que se podrán integrar a los
consejos nacional, estatal, distrital y
municipal para el desarrollo rural
sustentable, comités consultivos alimentarios.
Precisar sus facultades y forma de
integración.
Intervenciones: |
Dip. José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña
(PT) |
Dip. Emilio Serrano Jiménez (PRD) |
|
a) En
votación económica se dispensó la
lectura.
b)
Aprobado en lo general y en lo
particular, en votación nominal por 372
votos y 1 abstención.
c) Pasa
a la Cámara de Senadores para sus efectos
constitucionales. |
3 |
Que reforma el artículo
84 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por
el Dip. Ramón Barajas López (PRI) el 30 de
abril de 2009.
Dictamen de Primera
Lectura presentado el 2 de marzo de 2009.
Propuesta:
Incluir la participación de los productores
beneficiarios, para promover el desarrollo de
la electrificación y los caminos rurales y
obras de conservación de suelos y agua,
elementos básicos para el mejoramiento de las
condiciones de vida de los habitantes del
medio rural y de la infraestructura productiva
del campo. Establecer que la infraestructura
de comunicación, deberá ser la adecuada a las
condiciones geográficas y climatológicas de la
zona así como con la calidad requerida para
ser usada por transporte de personas,
productos, insumos y maquinaria necesarias
para las tareas agrícolas, ganaderas y
pecuarias incidiendo en la producción y en las
condiciones de bienestar de la población
rural. |
a) En
votación económica se dispensó la
lectura.
b)
Aprobado en lo general y en lo
particular, en votación nominal por 357
votos y 3 abstenciones.
c) Pasa
a la Cámara de Senadores para sus efectos
constitucionales. |
4 |
Comisión de Educación
Pública y Servicios Educativos
Publicación
en GP:
Anexo V.
16 de marzo de 2010. |
Que reforma y adiciona
los artículos 21 y 33 de la Ley General de
Educación.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada
por el Sen. Gabino Cué Monteagudo
(Convergencia) y suscrita por el Sen.
Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez
(PAN) el 8 de febrero de 2007.
Iniciativa presentada
por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón (PRI) el 6
de septiembre de 2007.
Iniciativa presentada
por el Sen. Andrés Galván Rivas (PAN) el 29 de
octubre de 2007.
Dictamen de Primera
Lectura con dispensa de trámites presentado el
21 de abril de 2008. Aprobado por 70 votos. Se
turnó a la Cámara de Diputados para los
efectos del inciso a) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Minuta recibida el 22 de
abril de 2008.
Dictamen de Primera
Lectura presentado el 9 de marzo de 2009.
Propuesta:
Establecer que en las escuelas de educación
básica donde se atiende mayoritariamente a
población indígena, los materiales educativos
que se proporcionen sean en la lengua indígena
que corresponda. Que los docentes que brindan
sus servicios en educación indígena
certifiquen su bilingüismo en la lengua que
corresponda y el español, así como que
aquellos que no cuenten con licenciatura como
nivel mínimo de formación, se deberán
incorporar a los programas de capacitación que
diseñe la autoridad educativa. |
a) En
votación económica se dispensó la
lectura.
b)
Aprobado en lo general y en lo
particular, en votación nominal por 355
votos.
c) Se
devuelve a la Cámara de Senadores para
los efectos del inciso e) del artículo 72
constitucional. |
5 |
Comisión de Población,
Fronteras y Asuntos Migratorios
Publicación
en GP:
Anexo V.
16 de marzo de 2010. |
Que adiciona un segundo
y tercer párrafos al artículo 67 y una
fracción VI al artículo 113 de la Ley General
de Población.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita en
la Cámara de Senadores por los Sen. Rubén
Fernando Velázquez López, José Luis García
Zalvidea, Rosalinda López Hernández, Antonio
Mejía Haro, Lázaro Mazón Alonso y Salomón Jara
Cruz (PRD), el 18 de noviembre de 2008.
Iniciativa presentada en
la Cámara de Senadores por el Sen Manuel
Velasco Coello (PVEM) el 11 de diciembre de
2008.
Iniciativa presentada en
la Cámara de Senadores por el Sen. Carlos
Jiménez Macías (PRI) el 31 de marzo de 2009.
Dictamen de Primera
Lectura presentado el 6 de octubre de 2009.
Dictamen a discusión
presentado el 8 de octubre de 2009. Proyecto
de decreto aprobado por 77 votos. Se turnó a
la Cámara de Diputados para los efectos del
inciso a) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Minuta recibida el 13 de
octubre de 2009.
Dictamen de Primera
Lectura presentado el 9 de marzo de 2009.
Propuesta:
Establecer que no se podrá negar o restringir
a los extranjeros que lo requieran, cualquiera
que sea su situación migratoria, la atención
de quejas en materia de derechos humanos y la
procuración de justicia en todos los niveles.
Asimismo, los extranjeros tendrán derecho a
ser auxiliados en el caso de desastres, así
como a recibir la atención médica que
requieran en enfermedades o accidentes que
pongan en riesgo su vida.
Intervención:
Para proponer la adición de un Artículo
Tercero Transitorio: Dip. Marcos Pérez
Esquer (PAN) |
a) En
votación económica se le dispensó la
lectura.
b)
Aprobado
en lo general y en lo particular los artículos
no reservados, en votación nominal por
359 votos y 1 abstención.
c)
En
votación económica se aceptó la propuesta
del Dip. Pérez Esquer.
d)
Aprobada
la adición de un Artículo Tercero Transitorio,
en votación nominal por 335 votos y 3
abstenciones.
e) Se
devuelve a la Cámara de Senadores para
los efectos del inciso e) del artículo 72
constitucional. |