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Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio |
Sesión
38,
del 15 de Diciembre de 2011. |
6.
DICTÁMENES A
DISCUSIÓN
a)
Con proyecto de decreto.
No. |
ORIGEN |
DICTAMEN |
TRÁMITE |
1 |
Comisión de Transportes
Publicación en GP:
Anexo I
15 de diciembre de 2011. |
Que reforma la
Fracción IV del artículo 6 de la Ley
Reglamentaria del Servicio Ferroviario.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Dip.
Alejandro del Mazo Maza (PVEM) el 15 de
junio de 2011. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 8
de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Precisar que la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes tendrá la
atribución de verificar que las vías
férreas, el derecho de vía, los
servicios públicos de transporte
ferroviario y sus servicios auxiliares
cumplan con las disposiciones
aplicables. |
a) Sometido a discusión el 13 de
diciembre de 2011.
b) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 257 votos en
pro y 5 en contra.
c) Pasa a la Cámara de
Senadores para efectos
constitucionales. |
2 |
Comisión de Recursos Hidráulicos
Publicación en GP:
Anexo I
15 de diciembre de 2011. |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley de Aguas Nacionales.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Senador Eduardo T. Nava
Bolaños (PAN) el 12 de noviembre de
2009. (LXI Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 27 de abril de 2011. (LXI
Legislatura)
Dictamen a Discusión presentado el 28 de
abril de 2011. Proyecto de decreto
aprobado por 78 votos. Pasa a la Cámara
de Diputados para los efectos del
Apartado A) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)
Minuta recibida el 6 de septiembre de
2011. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 13
de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Permitir la eliminación de los permisos
provisionales para la explotación, uso o
aprovechamiento de aguas nacionales que
otorga la Comisión Nacional del Agua o
el Organismo de Cuenca que corresponda,
en tanto se expide el título respectivo.
Precisar y ajustar el término “permiso”,
previsto por la fracción XL del artículo
3 de la Ley de Aguas Nacionales.
Establecer la disminución de los rangos
mínimos de sanción de las multas
previstas en el artículo 120 de Ley de
Aguas Nacionales.
Autorizar la reclasificación de las
infracciones establecidas en el artículo
119 de la Ley, y sancionadas por el
artículo 120.
Intervención:
Para hablar en pro:
Dip. José María Valencia Barajas (PRD) |
a) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 308 votos en
pro y 1 abstención.
b)
Devuélvase a la
Cámara de Senadores
para los
efectos del Apartado E) del
artículo 72 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos. |
3 |
Comisión de Gobernación
Publicación en GP:
Anexo I
15 de diciembre de 2011. |
Que reforma,
adiciona y deroga diversas disposiciones
de la Ley del Diario Oficial de la
Federación y Gacetas Gubernamentales.
Proceso Legislativo:
Iniciativa enviada por el Ejecutivo
Federal el 9 de diciembre de 2010. (LXI
Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 13
de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Establecer que será materia de
publicación en el Diario Oficial de la
Federación, las fe-de erratas que la
autoridad estime necesarias. Asegurar la
adecuada distribución y divulgación del
DOF, en condiciones de accesibilidad y
simplificación en su consulta.
Establecer que el DOF se editará en
forma impresa y electrónica y
distribuido en todo el territorio
nacional. Ambas ediciones tendrán
carácter oficial y podrá ordenarse más
de una edición por día. Los Gobernadores
de los Estados y el Jefe de Gobierno del
Distrito Federal, los demás poderes
estatales, órganos
político-administrativos del Distrito
Federal y ayuntamientos contarán con
acceso universal y gratuito al DOF.
Garantizar la autenticidad, integridad e
inalterabilidad del DOF que se publique
en su dirección electrónica, a través de
la firma electrónica avanzada; así como
custodiar y conservar la edición
electrónica del Diario Oficial.
Intervenciones:
Por la Comisión:
Dip. Javier Corral Jurado
Para hablar en pro:
Dip. Nazario Norberto Sánchez (PRD) |
a) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 341 votos en
pro, 3 en contra y 3 abstenciones.
b) Pasa a la Cámara de
Senadores para efectos
constitucionales. |
4 |
Comisión de Gobernación
Publicación en GP:
Anexo I
15 de diciembre de 2011. |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley del Diario Oficial de la Federación
y Gacetas Gubernamentales en materia de
Fe de Erratas.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip.
Gregorio Hurtado Leija (PAN), a nombre
del Dip. Roberto Gil Zuarth (PAN), el 23
de septiembre de 2009. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 13
de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Establecer que será materia de
publicación en el Diario Oficial de la
Federación, a la fe de erratas de las
publicaciones del Diario Oficial de la
Federación. Adicionar un Capítulo
Tercero denominado “De la Fe de
Erratas”. Explicitar el término de la fe
de erratas. Establecer que la fe de
erratas será procedente por errores de
impresión durante la elaboración y/o
publicación del Diario Oficial de la
Federación, y por errores en el
contenido de los documentos originales
que hayan sido enviados para publicación
al Diario Oficial de la Federación.
Incluir el procedimiento mediante el
cual se llevará a cabo la publicación de
la fe de erratas.
Intervenciones:
Por la Comisión:
Dip. Javier Corral Jurado
Para hablar en contra:
Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)
Para hablar en pro:
Dip. Ariel Gómez León (PRD)
Dip. Liev Vladimir Ramos Cárdenas (PAN) |
a) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 342 votos en
pro, 3 en contra y 3 abstenciones.
b) Pasa a la Cámara de
Senadores para efectos
constitucionales. |
5 |
Comisión de Justicia
Publicación en GP:
Anexo I
15 de diciembre de 2011. |
Que adiciona una
fracción XXII al artículo 387 del Código
Penal Federal.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. Arturo
Zamora Jiménez (PRI) el 3 de diciembre
de 2009. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 13
de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Castigar con prisión de 3 días o hasta
12 años según sea el valor de lo
defraudado al que para cometer el delito
de fraude, utilice indebidamente
cualquier tipo de identificación o clave
de identificación personal bancaria o
cualquier otro documento identificatorio
que pertenezca a otro. (Delito de robo
de identidad)
Intervenciones:
Para hablar en pro:
Dip. Víctor Humberto Benítez Treviño
(PRI)
Dip. Pedro Vázquez González (PT)
Dip. Camilo Ramírez Puente (PAN) |
a) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 363 votos en
pro y 2 abstenciones.
b) Pasa a la Cámara de
Senadores para efectos
constitucionales. |
6 |
Comisión de Justicia
Publicación en GP:
Anexo I
15 de diciembre de 2011. |
Que adiciona una
fracción XIX al artículo 194 del Código
Federal de Procedimientos Penales, el
artículo 23 y un artículo 53 Bis a la
Ley Federal sobre Monumentos y Zonas
Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Dip. Juan
Pablo Jiménez Concha (PRI) el 7 de julio
de 2010. (LXI Legislatura)
Iniciativa presentada por el Dip.
Armando Jesús Báez Pinal (PRI) el 30 de
noviembre de 2010. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 13
de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Obligar a las
asociaciones religiosas y los
particulares que tengan bajo su custodia
monumentos históricos a solicitar al
Instituto Nacional de Antropología e
Historia la inscripción de los bienes
muebles en el Registro, sancionando a
quien incumpla esta disposición con
prisión de seis meses a cinco años y
multa de quinientos a cuatro mil días de
Salario Mínimo General Vigente del
Distrito Federal.
Intervenciones:
Por la Comisión:
Dip. Víctor Humberto Benítez Treviño
Para hablar en pro:
Dip. Juan Pablo Jiménez Concha (PRI)
Dip. Pedro Vázquez González (PT)
Dip. Gregorio Hurtado Leija (PAN)
Para presentar propuesta de
modificación:
Dip. Pedro Vázquez González (PT) |
Fracción XIX al artículo 194 del
Código Federal de Procedimientos
Penales. |
Para hablar en pro de la modificación
propuesta:
Dip. José Gerardo Rodolfo Fernández
Noroña (PT) |
a) Aprobados
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 356 votos en
pro y 1 abstenciones los artículos no
reservados.
b) En votación económica
se admitió a discusión la
propuesta del Dip. Vázquez González.
c) En votación económica
se desechó la propuesta del Dip. Vázquez
González.
d) Aprobada
la Fracción XIX al artículo 194 del
Código Federal de Procedimientos Penales
en los términos del dictamen en
votación nominal por 320 votos en
pro, 17 en contra y 4 abstenciones.
e) Pasa a la Cámara de
Senadores para efectos
constitucionales. |
7 |
Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito
Público y de Presupuesto y Cuenta
Pública
Publicación en GP:
Anexo III
15 de diciembre de 2011. |
De Decreto,
mediante el cual el Ejecutivo Federal,
por conducto de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, integrará un
Fondo Especial de diez mil millones de
pesos, para atender los daños
ocasionados por las contingencias
climáticas en los estados de Sonora,
Baja California, Baja California Sur,
Aguascalientes, Tamaulipas, Coahuila,
Chihuahua, Sinaloa, Durango, Nuevo León,
Zacatecas, San Luis Potosí, Querétaro,
Guanajuato, Tlaxcala, Puebla, México,
Hidalgo, Tabasco, y Veracruz.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Dip. Cruz
López Aguilar (PRI) y por integrantes de
la Comisión de Agricultura y Ganadería
el 8 de noviembre de 2011. (LXI
Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 15
de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
Decreto:
ARTÍCULO PRIMERO.
El Ejecutivo federal por conducto de la
Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, integrará un Fondo Especial
para atender contingencias climáticas,
por un monto de diez mil millones de
pesos.
ARTÍCULO SEGUNDO.
El Fondo Especial tendrá por objeto
atender los daños causados por la sequía
en los estados de Sonora, Baja
California, Baja California Sur,
Aguascalientes, Tamaulipas, Coahuila,
Chihuahua, Sinaloa, Durango, Nuevo León,
Zacatecas, San Luis Potosí, Querétaro y
Guanajuato; por las heladas registradas
en los estados de Tlaxcala, Puebla,
México, Hidalgo y Veracruz, y por las
inundaciones ocurridas en el estado de
Tabasco.
ARTÍCULO TERCERO.
Para la integración del Fondo, se
considerarán, entre otros, los
excedentes que resulten de los ingresos
autorizados en la Ley de Ingresos 2011,
los subejercicios del Presupuesto de
Egresos de la Federación para 2011, así
como las economías que el Ejecutivo
Federal hubiera obtenido en el ejercicio
del gasto 2011.
ARTÍCULO CUARTO.
Los recursos se aplicarán de manera
proporcional a las entidades federativas
señaladas, tomando en consideración los
daños y pérdidas ocasionados, de
conformidad con los lineamientos que
sobre el particular expida el Ejecutivo
Federal a través de los programas
institucionales vigentes y convenidos
con los Gobiernos Estatales.
Dichos lineamientos deberán ser
sencillos, permitir el acceso ágil a los
recursos por parte de los estados
afectados y no podrán establecer la
obligatoriedad de aportaciones
estatales.
En caso de que los programas
institucionales no sean suficientes o no
exista convenio previo con el Gobierno
del Estado, los recursos se aplicarán a
través de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público mediante los
lineamientos que expida sobre el
particular el Ejecutivo Federal.
Intervenciones:
Para
fijar postura de
su
Grupo Parlamentario:
Dip. María Guadalupe García Almanza (MC)
Dip. Alfonso Primitivo Ríos Vázquez (PT)
Dip. Héctor Elías Barraza Chávez (PRD)
Dip. Alfredo Javier Rodríguez Dávila
(PAN)
Dip. Cruz López Aguilar (PRI) |
a)
En votación económica se autorizó
su discusión.
b) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 284 votos en
pro, 62 en contra y 5 abstenciones.
c) Pasa a la Cámara de
Senadores para efectos
constitucionales. |
8 |
Comisión de Defensa Nacional
Publicación en GP:
Anexo II.
15 de diciembre de 2011. |
Que adiciona un
último párrafo al artículo 33; un
segundo párrafo al artículo 40,
recorriéndose el subsecuente; y se
reforma la fracción VI del artículo 142
de la Ley del Instituto de Seguridad
Social para las Fuerzas Armadas
Mexicanas.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip.
Adriana Fuentes Cortés (PAN) a nombre
propio y de los diputados Josefina
Eugenia Vázquez Mota y Carlos Alberto
Pérez Cuevas (PAN), el 23 de noviembre
de 2010. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 15
de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Proporcionar un haber adicional del 25%
a las prestaciones que les correspondan
a los integrantes de las fuerzas
armadas, incapacitados en acción de
armas o a consecuencia de lesiones
recibidas en ella. Incrementar en un
25% el haber de grado que le hubiera
correspondido a los militares fallecidos
en acciones de armas o a consecuencia de
lesiones recibidas en ellas. Otorgar el
servicio médico a los padres del militar
que fallece, previos requisitos para
continuar otorgando dichos servicios
después de la muerte del militar.
Intervenciones:
Por la Comisión:
Dip. Luis Carlos Campos Villegas
Para hablar en contra:
Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)
Para hablar en pro:
Dip. Adriana Fuentes Cortés (PAN) |
a)
En votación económica se autorizó
su discusión.
b) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 339 votos en
pro, 3 en contra y 2 abstenciones.
c) Pasa a la Cámara de
Senadores para efectos
constitucionales. |
9 |
Comisión de Gobernación
Publicación en GP:
Anexo II.
15 de diciembre de 2011. |
Que reforma la
fracción IV del artículo 35 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública
Federal.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Dip. Javier
Bernardo Usabiaga Arroyo (PAN) el 27 de
septiembre de 2011. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 15
de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Incluir en las facultades de la
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
vigilar el cumplimiento y aplicar la
normatividad en materia de inocuidad, de
información relativa a la clasificación
de calidad de los productos agrícolas,
pecuarios, pesqueros, acuícolas y
agroalimentarios, así como de sus
procesos; fomentar los programas y
elaborar normas oficiales de sanidad
vegetal y de inocuidad; así como
atender, coordinar, supervisar y evaluar
las campañas de inocuidad de productos
agrícolas, pecuarios, pesqueros,
acuícolas y agroalimentarios.
Intervenciones:
Para hablar en pro:
Dip. Gastón Luken Garza (PAN)
Para presentar modificación:
Dip. Luis Enrique Mercado Sánchez (PAN) |
a)
En votación económica se autorizó
su discusión.
b) En votación económica
se aceptó la modificación
propuesta por el Dip. Mercado Sánchez.
c) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 303 votos en
pro, 26 en contra y 7 abstenciones, con
la modificación aceptada.
d) Pasa a la Cámara de
Senadores para efectos
constitucionales. |
10 |
Comisión de Economía
Publicación en GP:
Anexo II.
15 de diciembre de 2011. |
Que reforma,
adiciona y deroga diversas disposiciones
del Código de Comercio, en materia de
juicios orales mercantiles.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Rogelio Humberto
Rueda Sánchez (PRI) el 14 de abril de
2011. (LXI Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 17 de Noviembre de 2011. (LXI
Legislatura)
Dictamen a Discusión presentado el 22 de
Noviembre de 2011. Proyecto de decreto
aprobado por unanimidad de 67 votos.
Pasa a la Cámara de Diputados para los
efectos del Apartado A) del artículo 72
de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos (LXI
Legislatura)
Minuta recibida el 29 de noviembre de
2011.
(LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 15
de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Establecer que el monto para considerar
inapelable una resolución, será aquél
cuya suerte principal sea menor a
$300,000.00 pesos, cantidad que se
ajustará anualmente, ampliando la
cuantía a 500 mil pesos para los juicios
cuya suerte principal sea inferior a
esta cantidad.
Adecuación de las actualizaciones
previstas en el artículo 1253, la
Secretaría de Economía actualizará cada
año y publicarlo en el Diario Oficial de
la Federación, a más tardar el 30 de
diciembre de cada año.
La apelación no procede en juicios
mercantiles cuando por su monto se
ventilen en los juzgados de paz o de
cuantía menor, o cuando el monto sea
inferior a quinientos mil pesos por
concepto de suerte principal, debiendo
actualizarse dicha cantidad en los
términos previstos en el artículo 1339.
En el juicio oral mercantil se
sustanciarán todas las contiendas cuya
suerte principal sea inferior a 300 mil
pesos, sin que sean de tomarse en
consideración intereses y demás
accesorios reclamados a la fecha de
interposición de la demanda. En contra
de las resoluciones pronunciadas en
estos juicios no procederá recurso
ordinario alguno.
La nulidad de una actuación deberá
reclamarse en la audiencia subsecuente,
bajo pena de quedar validada de pleno
derecho. La producida en la audiencia de
juicio deberá reclamarse durante ésta
hasta antes de que el juez pronuncie la
sentencia definitiva. La del
emplazamiento, por su parte, podrá
reclamarse en cualquier momento.
Será obligación del juzgador observar
las reglas generales del Código de
Comercio en los casos de la
interposición de excepciones procesales.
Las cuestiones relativas a la
incompetencia deberán resolverse por un
órgano distinto al juez.
Las peticiones de las partes deberán
formularse preferentemente de manera
oral durante las audiencias, sin vedar
el derecho de presentarlas por escrito.
Por medio de la reconvención se podrá
reclamar prestaciones de cuantía mayor a
la del juicio oral, por lo que en ese
caso, cesará de inmediato el juicio
oral, para que se continúe en la vía
ordinaria. Asimismo, se propone ampliar
el plazo de respuesta a nueve días para
dar respuesta a una reconvención.
Contestada la demanda o la reconvención
o transcurridos los plazos para ello, se
señalará hora para la celebración de la
audiencia preliminar. Las audiencias se
desarrollarán oralmente.
En la audiencia sólo se concederá el uso
de la palabra, por una vez, a cada una
de las partes para formular sus
alegatos; las partes tendrán la
obligación de presentar sus propios
testigos.
Incluir a los corredores públicos dentro
de las instituciones que deberá
consultar el juzgador.
Intervenciones:
Por la Comisión:
Dip. Jorge Alberto Juraidini Rumilla
Para hablar en contra:
Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT) |
a)
En votación económica se autorizó
su discusión.
b) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 307 votos en
pro, 15 en contra y 8 abstenciones.
c) Pasa al Ejecutivo para
efectos constitucionales. |
11 |
Comisión de
Puntos
Constitucionales
Publicación en GP:
Anexo III.
15 de diciembre de 2011. |
Que reforma el
artículo 24 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. José
Ricardo López Pescador (PRI) el 18 de
marzo de 2010. (LXI Legislatura)
Declaratoria de
Publicidad emitida el 15 de diciembre de
2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Incluir el derecho a la libertad de
conciencia y de religión, concibiéndolo
como la libertad de tener o adoptar, o
no tener ni adoptar, la religión o las
creencias de su elección, así como la
libertad de manifestar su religión o
creencias, individual o colectivamente,
tanto en público como en privado,
mediante el culto, la celebración de
ritos, las prácticas, la difusión y la
enseñanza; siempre que no constituyan un
delito o una falta sancionado por la
ley. Prever que el Estado respetará la
libertad de los padres o tutores legales
para garantizar que los hijos reciban la
educación religiosa y moral que esté de
acuerdo con sus convicciones.
Intervenciones:
Para fundamentar moción suspensiva:
Dip. Feliciano Rosendo Marín Díaz (PRD)
Para impugnar la moción suspensiva
presentada:
Dip. Carlos Alberto Pérez Cuevas (PAN)
Para presentar modificaciones a
nombre de la Comisión:
Dip. Carlos Alberto Pérez Cuevas (PAN)
Para referirse al tema:
Dip. Felipe Solís Acero (PRI) *
Dip. Jorge Venustiano González Ilescas
(PRI)
Dip. Nazario Norberto Sánchez (PRD)
Dip. Ramón Jiménez López (PRD)
Dip. Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (MC)
Dip. Emilio Serrano Jiménez (PRD)
Dip. Avelino Méndez Rangel (PRD)
Para responder alusiones
personales:
Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)
Dip. José Gerardo Rodolfo Fernández
Noroña (PT)
Para hablar en pro de la moción
suspensiva:
Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)
Dip. Nazario Norberto Sánchez (PRD)
Dip. Feliciano Rosendo Marín Díaz (PRD)
* Propuso hacer un agregado a las
propuestas realizadas por el Dip. Pérez
Cuevas.
Nota:
La secretaría de la Mesa Directiva dio
lectura a propuesta de moción suspensiva
del Dip. Feliciano Rosendo Marín Díaz (PRD)
Para
fijar postura de
su
Grupo Parlamentario:
Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)
Dip. Teresa del Carmen Incháustegui
Romero (PRD)
Dip. Javier Corral Jurado (PAN)
Dip. Felipe Solís Acero (PRI)
Para hablar en contra:
Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)
Dip. Agustín Guerrero Castillo (PRD)
Dip. José Gerardo Rodolfo Fernández
Noroña (PT)
Para hablar en pro: Dip. Gustavo
González Hernández (PAN)
Para presentar modificaciones:
Dip. Enoé Margarita Uranga Muñoz
(PRD) |
Primer y Tercer párrafo |
Dip. Jaime Fernando Cárdenas
Gracia (PT) |
Primer y Tercer párrafo |
Para hablar en contra de la
modificación al primer párrafo propuesta
por la Dip. Uranga Muñoz:
Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)
Para hablar en pro de la modificación
al primer párrafo propuesta por la Dip.
Uranga Muñoz:
Dip. Felipe Solís Acero (PRI)
Para hablar en pro de las
modificaciones propuestas por el Dip.
Cárdenas Gracia:
Dip. José Gerardo Rodolfo Fernández
Noroña (PT) |
a)
En votación económica se autorizó
su discusión.
b) Se presentó moción suspensiva
con fundamento en los artículos 114,
numeral 1, fracción IX y 122 del
Reglamento de la Cámara de Diputados.
c) En votación económica
se tomó en consideración la moción
suspensiva.
d) En votación nominal se
desechó la moción suspensiva por
98 votos en pro, 163 en contra y 10
abstenciones.
e) En votación económica
se aceptaron las modificaciones
propuestas por los Dips. Pérez Cuevas y
Solís Acero.
f) En votación económica
se admitieron a discusión las
propuestas de la Dip. Uranga Muñoz.
g) En sendas votaciones
económicas se aceptaron las
propuestas de la Dip. Uranga Muñoz.
h) En votación económica
se admitieron a discusión las
propuestas del Dip. Cárdenas Gracia.
i) En votación económica
se desechó la propuesta del Dip.
Cárdenas Gracia al primer párrafo.
j) Se consideró superada la
propuesta de modificación al Tercer
párrafo del Dip. Cárdenas Gracia por ser
igual al de la Dip. Uranga Muñoz.
k) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 199 votos en
pro, 58 en contra y 3 abstenciones, con
las modificaciones aceptadas.
l) Pasa a la Cámara de
Senadores para efectos
constitucionales. |
12 |
Comisión de
Gobernación
Publicación en GP:
Anexo IX
15 de diciembre de 2011. |
Que reforma los
artículos 20, 218, 225, y se adiciona el
artículo 219 del Código Federal de
Instituciones y Procedimientos
Electorales.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip.
Alejandra Noemí Reynoso Sánchez (PAN), a
nombre del Grupo Parlamentario del PAN
el 8 de septiembre de 2009. (LXI
Legislatura)
Iniciativa presentada por la Enoé
Margarita Uranga Muñoz (PRD), a nombre
propio y de la Dip. Mary Telma Guajardo
Villarreal (PRD) el 20 de enero de 2010.
(LXI Legislatura)
Iniciativa presentada por la Dip. Elvia
Hernández García (PRI) el 23 de marzo de
2010. (LXI Legislatura)
Iniciativa suscrita por la Dip. Janet
Graciela González Tostado (PRI) el 15 de
diciembre de 2010. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 15
de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Obligar a los partidos políticos a
cubrir el principio de equidad y género
en la elección de sus legisladores.
Intervenciones:
Por la Comisión:
Dip. Javier Corral Jurado
Para
fijar postura de
su
Grupo Parlamentario:
Dip. Lorena Corona Valdés (PVEM)
Dip. Mary Telma Guajardo Villarreal (PRD)
Dip. Laura Itzel Castillo Juárez (PT)
Dip. María Antonieta Pérez Reyes (PAN)
Dip. Elvia Hernández García (PRI)
Para hablar en pro:
Dip. Janet Graciela González Tostado
(PRI)
Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)
Dip. Enoé Margarita Uranga Muñoz (PRD)
Para presentar modificación a la
fracción I del artículo 219:
Dip. Teresa del Carmen Incháustegui
Romero (PRD) |
a)
En votación económica se autorizó
su discusión.
b) Aprobados
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 285 votos en
pro y 3 abstenciones los artículos no
reservados.
c) En votación económica
se desechó la propuesta de la Dip.
Incháustegui Romero.
d) Aprobado
la fracción I del artículo 219 en
votación nominal por 244 votos en
pro y 43 en contra en los términos del
dictamen.
e) Pasa a la Cámara de
Senadores para efectos
constitucionales. |
13 |
Comisiones Unidas de Seguridad Social y
de Trabajo y Previsión Social
Publicación en GP:
Anexo XI
15 de diciembre de 2011. |
Que reforma
diversas disposiciones de la Ley del
Seguro Social y de la Ley del Instituto
de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Dip. Alberto
Emiliano Cinta Martínez (PVEM) el 7 de
abril de 2011. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 15
de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Otorgar a los pensionados el derecho a
obtener préstamos con cargo a su
pensión, otorgados por las entidades
financieras a que se refiere la Ley Para
la Transparencia y Ordenamiento de los
Servicios Financieros. |
a)
En votación económica se autorizó
su discusión.
b) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 272 votos en
pro, 4 en contra y 3 abstenciones.
c) Pasa a la Cámara de
Senadores para efectos
constitucionales. |
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