1 |
Que
expide la Ley de
Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Publicación en GP:
Anexo I.
28 de octubre de 2010 |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Sen. Rosario
Green Macías (PRI) en el Senado de la
República el 8 de marzo de 2007.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
segunda presentado el 13 de diciembre de 2007.
Aprobado por 107 votos. Se turnó a la Cámara
de Diputados, para los efectos del inciso a)
del artículo 72 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Minuta recibida el 1 de febrero de 2008. (LX
Legislatura)
Dictamen de Primer Lectura presentado el 8 de
abril de 2010.
Dictamen a discusión presentado el 13 de abril
de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 345
votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de
Senadores para los efectos del inciso e) del
artículo 72 de la Constitución de los Estados
Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)
Minuta recibida en la Cámara de Senadores el
15 de abril de 2010.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
trámites presentado el 29 de abril de 2010.
Proyecto de decreto aprobado por 69 votos, 18
en contra y 2 abstenciones. Se turnó al
Ejecutivo Federal para los efectos del inciso
a) del artículo 72 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Oficio del Ejecutivo Federal presentado en la
Cámara de Senadores el 01 de septiembre de
2010.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
segunda presentado en la Cámara de Senadores
el 26 de octubre de 2010. Aprobado por 99
votos y 3 abstenciones. Se turnó a la Cámara
de Diputados, para los efectos del inciso
e) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Propuesta:
Dotar al Poder Ejecutivo federal de los
instrumentos necesarios para la programación,
promoción, concertación, fomento,
coordinación, ejecución, cuantificación,
evaluación y fiscalización de acciones y
programas de cooperación internacional para el
desarrollo entre los Estados Unidos Mexicanos
y los gobiernos de otros países, así como con
organismos internacionales, para la
transferencia, recepción e intercambio de
recursos, bienes, conocimientos y experiencias
educativas, culturales, técnicas, científicas,
económicas y financieras. Las acciones de
cooperación internacional para el desarrollo
que lleve a cabo el Estado mexicano, tanto en
su carácter de donante como de receptor,
deberán tener como propósito esencial promover
el desarrollo humano sustentable, mediante
acciones que contribuyan a la erradicación de
la pobreza, el desempleo, la desigualdad y la
exclusión social; el aumento permanente de los
niveles educativo, técnico, científico y
cultural; la disminución de las asimetrías
entre los países desarrollados y países en
vías de desarrollo; la búsqueda de la
protección del medio ambiente y la lucha
contra el cambio climático, así como el
fortalecimiento de la seguridad pública, con
base en los principios de solidaridad
internacional, defensa y promoción de los
derechos humanos, fortalecimiento del estado
de derecho, equidad de género, promoción del
desarrollo sustentable, transparencia y
rendición de cuentas y los criterios de
apropiación, alineación, armonización, gestión
orientada a resultados y mutua
responsabilidad. |
Comisión de Relaciones Exteriores |