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Que reforma y adiciona la Ley del
Instituto Mexicano de la Juventud.
Publicación en GP:
Anexo I.
21 de octubre de 2010. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Sen. Renán
Cleominio Zoreda Novelo, a nombre del Sen.
Adolfo Toledo Infanzón, el 12 de mayo de
2010. (LIX Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura presentado el 14
de octubre de 2010. (LXI Legislatura)
Dictamen a discusión presentado en la Cámara
de Senadores el 19 de octubre de 2010.
Proyecto de decreto aprobado por 76 votos. Se
turnó a la Cámara de Diputados para los
efectos del inciso a) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Establecer que el Director del Instituto
Mexicano de la Juventud, remita a las Mesas
Directivas de ambas Cámaras del H. Congreso de
la Unión, al inicio de los Periodos Ordinarios
de Sesiones de cada año legislativo, los
estudios e investigaciones relativos a la
problemática y características juveniles
previstas en la Ley; así como difundir los
proyectos de desarrollo de la juventud, el
seguimiento a las acciones de los programas y
sus correspondientes propuestas. |
Comisión de Juventud y Deporte |
2 |
Que reforma y adiciona
la Ley General de Cultura Física y
Deporte.
Publicación en GP:
Anexo I.
21 de octubre de 2010. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Sen. Alfonso
Elías Serrano, el 11 de marzo de 2008. (LX
Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura presentado el 14
de octubre de 2010. (LXI Legislatura)
Dictamen a discusión presentado en la Cámara
de Senadores el 19 de octubre de 2010.
Proyecto de decreto aprobado por 89 votos. Se
turnó a la Cámara de Diputados para los
efectos del inciso a) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Establecer que las Asociaciones Deportivas
Nacionales observarán en todo momento los
principios de democracia, representatividad,
equidad, legalidad, transparencia y rendición
de cuentas. Que las Federaciones Mexicanas que
soliciten el registro como Asociaciones
Deportivas Nacionales, siendo los estatutos
uno de los requisitos, que éstos contengan al
menos: órganos de dirección, de
administración, de auditoría, de evaluación de
resultados y de justicia deportiva, así como
sus respectivas atribuciones; tipo y número de
asambleas que se realizarán durante el año,
indicando las materias que en ellas podrán
tratarse, y el quórum para sesionar;
procedimiento y quórum para reforma de
estatutos y adopción de acuerdos; el
reconocimiento de las facultades de la CODEME
en materia de procesos electorales y
evaluación de resultados de las Asociaciones
Deportivas Nacionales; normas sobre
administración patrimonial y forma de fijar
cuotas de los asociados; mecanismos de apoyo
para sus deportistas afiliados, dirigidos a
todos aquellos trámites que se requieran para
su participación en competiciones nacionales e
internacionales, y el reconocimiento de
evaluar y supervisar la correcta aplicación y
ejercicio de los recursos públicos, así como
los resultados de los programas operados con
los mencionados recursos, conforme lo disponen
la Ley de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria y la Ley de Fiscalización y
Rendición de Cuentas de la Federación.
Establece como obligación de las Asociaciones
Deportivas Nacionales, el rendir a la CONADE y
a la CODEME un informe anual sobre las
actividades realizadas y los resultados
nacionales e internacionales alcanzados, y
acompañar al mismo el programa de trabajo para
el siguiente ejercicio; dicho informe será
evaluado por la Confederación Deportiva
Mexicana, A.C. (CODEME). |