Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 19, del 19 de Octubre de 2010.

 

                8. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA CON DISPENSA DE SEGUNDA

                           b) Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TURNO O TRÁMITE

1

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía

 

Publicación en GP:

Anexo A.

19 de octubre de 2010

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, relativo al régimen fiscal de Petróleos Mexicanos.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 09 de septiembre de 2010. Dictamen de Primera Lectura presentado el 20 de octubre de 2010.

 

Propuesta:

Establecer que Pemex Exploración y Producción estará obligada al pago de los derechos sobre extracción de hidrocarburos, especial sobre hidrocarburos y adicional sobre hidrocarburos por la extracción de petróleo crudo y gas natural, por la “producción incremental” en los campos marginales incluidos en el inventario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, estableciendo que la suma de la producción base anual de petróleo crudo equivalente de todos los campos que formen parte del mencionado inventario deberá ser inferior al 5% de la producción anual total de petróleo crudo equivalente de Petróleos Mexicanos, lo que permitirá contar con un mecanismo que asegure que la introducción de campos marginales al régimen fiscal del Paleocanal de Chicontepec y aguas profundas se realice de manera gradual, situación que a su vez dará incentivos a la paraestatal para que establezca una prioridad entre los distintos proyectos que sean susceptibles de beneficiarse del tratamiento que otorga dicho régimen fiscal.

 

Intervenciones:

 

Para fijar su posición:

Dip. Gerardo del Mazo Morales (NA)

Dip. Mario Alberto Di Costanzo Armenta (PT)

Dip. Alberto Cinta Martínez (PVEM)

Dip. Pedro Jiménez León (Convergencia)

Dip. Armando Ríos Piter (PRD)

Dip. Raúl Gerardo Cuadra García (PAN)

Dip. David Penchyna Grub (PRI)

 

Para hablar en contra:

Dip. Laura Itzel Castillo Juárez (PT)

Dip. Mario Alberto Di Costanzo Armenta (PT)

Dip. Gerardo Fernández Noroña (PT)

 

Para presentar modificaciones:

 

Dip. Guillermo Ruíz de Teresa (PRI)

Adición al Artículo 254

Dip. Ramón Jiménez López (PRD)

Artículos 257 Bis, fracción IV y 285 Bis, fracción III

Dip. Laura Itzel Castillo Juárez (PT)

Artículo 258 Quáter, fracción III

Dip. Laura Itzel Castillo Juárez (PT)

Adiciona un párrafo sexto al Artículo 258 Quáter y de un párrafo tercero al Segundo Transitorio

Dip. Teresa Guadalupe Reyes Sahagún (PT)

Adiciona un Artículo Quinto Transitorio

 

a) En votación económica se autorizó incluirlo en el Orden del Día.

b) En votación económica se dispensó las lecturas.

c) Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, en votación nominal por 403 votos en pro, 32 en contra y 6 abstenciones.

d) En votación económica, se desechó la propuesta del Dip. Ruíz de Teresa.

e) En votación económica, se desechó la propuesta del Dip. Jiménez López.

f) En sendas votaciones económicas, se desecharon las propuestas de la Dip. Castillo Juárez.

g) En votación nominal, se desechó por 80 en pro, 356 en contra y 3 abstenciones la propuesta de la Dip. Reyes Sahagún.

h) Aprobados en votación nominal por 343 votos en pro, 74 en contra y 1 abstención los Artículos 257 Bis, fracción IV; 258 Quáter, fracción III; 285 Bis, fracción III y el Segundo Transitorio reservado, en los términos del dictamen.

i)   Pasó a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

2

Comisión de Hacienda y Crédito Público

 

Publicación en GP:

Anexo B.

19 de octubre de 2010.

Que  reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 09 de septiembre de 2010. Dictamen de Primera Lectura presentado el 20 de octubre de 2010.

 

Propuesta:

Implementar medidas que incidan en la apertura de empresas, rápida resolución en materia de permisos y concesiones, crecimiento en el empleo, mejora en la actividad registral, obtención de crédito, protección de inversiones, pago de impuestos, comercio transfronterizo, cumplimiento de contratos, entre otras.  Suprimir el pago de los siguientes derechos:  Los relativos al otorgamiento de permisos emitidos por la SEGOB, para visitar el territorio insular de jurisdicción federal; por la expedición del permiso individual para pesca deportivo-recreativa; los relacionados con la filmación, videograbación y tomas fotográficas con fines comerciales; por la inspección previa al inicio de operaciones de estaciones de radiodifusión sonora y de televisión; por la expedición, revalidación y modificación de la constancia de peritos en telecomunicaciones, por la expedición de la constancia del registro de radioclubes y su revalidación; por la actualización técnica y nombramiento de Delegado Honorario de la Capitanía de Puerto en la marina turística; diversos derechos a favor de la marina mercante mexicana; por el ejercicio profesional en términos de los tratados internacionales suscritos por el Ejecutivo Federal; por la expedición de constancias de certificados de estudios y de duplicados de estudios parciales de educación militar; para obtener el permiso sanitario de importación de dispositivos médicos para uso personal; el derecho relativo al servicio a cargo de la SHCP, de estudio y trámite de solicitudes de personas físicas y morales mexicanas; para invertir en empresas mexicanas utilizando el sistema de intercambio de deuda pública por capital; por la reposición de la constancia de nacionalidad mexicana y cartas de naturalización; diversos derechos a cargo de PEMEX; el derecho de sanidad agropecuaria por el certificado fitosanitario o zoosanitario de liberación al medio ambiente de organismos manipulados mediante la aplicación de ingeniería genética; por la evaluación y resolución de la solicitud de ampliación de términos y plazos establecidos en la autorización de impacto ambiental; por la expedición de la autorización de Agente Naviero Consignatario de Buques en pesca comercial y recreo; los relativos a los servicios de laboratorio que proporciona la Secretaría de Salud; diversos derechos relacionados con servicios registrales.  Reducir el pago del derecho por la acreditación de la capacidad técnica para ejercer la actividad de agente de seguros o fianzas.  Establecer en materia de servicios migratorios la modalidad de “Visitante Persona de Negocios”.  Prever una cuota fija para el pago del derecho a cargo de las Sociedades de Inversión por concepto de la inspección y vigilancia que proporciona la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.  Suprimir el cobro de las cuotas por concepto de inspección y vigilancia respecto del Fondo de la Vivienda Militar.    Modificar la denominación “Sanidad Fitozoosanitaria” en lugar de “Sanidad Fitopecuaria”, así como el término “transferencia” por “sustitución” cuando se trate de concesiones de pesca de carácter comercial.  Exentar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que no cubra diversos derechos por servicios relativos a certificaciones de las ayudas a la navegación aérea; entre otros.    Ampliar las facultades de la Comisión Nacional del Agua, para determinar el volumen de agua en los casos que se haya alterado o desajustado el funcionamiento del aparato de medición, que no se lleven los registros de los aparatos de medición o se lleven incorrectamente, entre otros.

 

Intervenciones:

Para hablar en contra:

Dip. Mario Alberto Di Costanzo Armenta (PT)

Dip. Jaime Fernanado Cárdenas Gracia (PT)

 

Para presentar modificaciones:

 

Dip. Avelino Méndez Rangel (PRD)

Artículo 86-C, fracción III

 

 

*El Dip. Jorge Humberto López-Portillo Basave (PRI) declinó su propuesta de modificación al Artículo 263.

a) En votación económica se autorizó incluirlo en el Orden del Día.

b) En votación económica se dispensó las lecturas.

c) Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, en votación nominal por 433 votos a favor, 7 en contra y 9 abstenciones.

d) En votación económica, se desechó la propuesta del Dip. Méndez Rangel.

e) Aprobado en votación nominal por 351 votos en pro, 91 en contra y 1 abstención el Artículo 86-C, fracción III reservado, en los términos del dictamen.

f) Pasó a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

3

Comisión de Hacienda y Crédito Público

 

Publicación en GP:

Anexo C.

19 de octubre de 2010.

Que reforma el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. (Tabaco)

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por el Sen. Ernesto Saro Boardman (PAN) el 29 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 20 de octubre de 2010.

 

Propuesta:

Pagar, adicionalmente a las cuotas establecidas en este artículo, una cuota de $0.35 por cigarro enajenado o importado.

 

Intervenciones:

 

Para hablar en contra:

Dip. Mario Alberto Di Costanzo Armenta (PT)* (en dos ocasiones)

Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)

Dip. José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (PT)

 

Para hablar en pro:

Dip. Esthela Damián Peralta (PRD)

Dip. Vidal Llerenas Morales (PRD)

Dip. Alberto Emiliano Cinta Martínez (PVEM)

 

Para responder alusiones personales:

Dip. Vidal Llerenas Morales (PRD)

Dip. Armando Ríos Piter (PRD)

 

* Propuso modificación.

 

a) En votación económica se autorizó incluirlo en el Orden del Día.

b) En votación económica se dispensó las lecturas.

c) En votación económica se desechó la propuesta del Dip. Di Costanzo.

d) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 430 votos en pro, 11 en contra y 13 abstenciones.

e) Pasó a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4

Comisión de Hacienda y Crédito Público

 

Publicación en GP:

Anexo D.

19 de octubre de 2010

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. (Bebidas energéticas)

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, el 14 de octubre de 2010.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 20 de octubre de 2010.

 

Propuesta:

Gravar con el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, las bebidas energizantes 25% e incluir su definición.

 

Intervenciones:

Para hablar en contra:

Dip. Mario Alberto Di Costanzo Armenta (PT)

Dip. Jaime Fernanado Cárdenas Gracia (PT)

 

Para hablar en pro:

Dip. Adriana Sarur Torre (PVEM)

Dip. Enoé Uranga Muñoz (PRD)

Dip. Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez (PRD)

 

Para responder alusiones personales:

Dip. María Esther Scherman Leaño (PRI)

 

a) En votación económica se autorizó incluirlo en el Orden del Día.

b) En votación económica se dispenso las lecturas.

c) Se dio cuenta con fe de erratas por la Comisión.

d) Aprobado en lo general y en lo particular en votación nominal por 436 votos en pro, 10 en contra y 1 abstención.

e) Pasó a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5

Comisión de Hacienda y Crédito Público

 

Publicación en GP:

Anexo E.

19 de octubre

de 2010

Que adiciona el artículo 226 Bis de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. (Estímulos fiscales al teatro)

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por la Sen. María de Lourdes Rojo e Incháustegui (PRD) el 21 de septiembre de 2010.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 20 de octubre de 2010.

 

Propuesta:

Otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes del impuesto sobre la renta, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente al monto que aporten a proyectos de inversión en la producción teatral nacional, contra el impuesto sobre la renta o el impuesto al activo que tengan a su cargo en el ejercicio en el que se determine el crédito. Este crédito fiscal no será acumulable para efectos del impuesto sobre la renta. En ningún caso, el estímulo podrá exceder del 10% del impuesto sobre la renta a su cargo en el ejercicio inmediato anterior al de su aplicación.  Establecer que el monto total del estímulo a distribuir entre los aspirantes del beneficio, no excederá de 50 millones de pesos por cada ejercicio fiscal ni de 2 millones de pesos por cada contribuyente y proyecto de inversión en la producción cinematográfica nacional.  Crear un Comité Interinstitucional que estará formado por un representante del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, uno de la Compañía Nacional de Teatro y uno de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien presidirá el Comité y tendrá voto de calidad.

 

Intervenciones:

Para hablar en contra:

Dip. Mario Alberto Di Costanzo Armenta (PT)

Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)

Dip. José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (PT)

 

Para hablar en pro:

Dip. Leticia Quezada Contreras (PRD)

Dip. Kenia López Rabadán (PAN)

Dip. Armando Jesús Báez Pinal (PRI)

 

a) En votación económica se autorizó incluirlo en el Orden del Día.

b) En votación económica se dispensó las lecturas.

c) Aprobado en lo general y en lo particular en votación nominal por 446 votos en pro, 1 en contra y 5 abstenciones.

d) Pasó a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

6

Comisión de Hacienda y Crédito Público

 

Publicación en GP:

Anexo F.

19 de octubre

de 2010

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. (Primer empleo)

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por los Sens. Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI), Alfonso Elías Serrano (PRI), Renán Cleominio Zoreda Novelo (PRI), Adolfo Jesús Toledo Infanzón (PRI), Heladio Ramírez López (PRI), Margarita Villaescusa Rojo (PRI), Norma Esparza Herrera (PRI), Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez (PAN), con el aval de su Grupo Parlamentario, el 30 de septiembre de 2010.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 20 de octubre de 2010.

 

Propuesta:

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de incentivar la creación de nuevos empleos de carácter permanente en territorio nacional. Plantea brindar una deducción adicional en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) a todo patrón que cree un puesto de nueva creación, entendido como todo aquel que incremente el número de trabajadores asegurados en su empresa a partir de que entre en vigor la ley y que sea ocupado por un trabajador de primer empleo, definido como todo el que no tenga registro previo de aseguramiento en el régimen obligatorio del IMSS. El monto de la deducción adicional permitida equivale al 40% del resultado de disminuirle al salario base el monto que resulte de multiplicar dicho salario por la tasa correspondiente del ISR, y dividirla entre esa misma tasa. Para el caso del ISR dicha deducción no podrá ser mayor a la utilidad fiscal determinada o de  la base que en su caso corresponda. Los puestos de nueva creación deberán permanecer existentes por un periodo de por lo menos 36 meses contados a partir del momento en que sean creados, plazo durante el cual el puesto deberá ser ocupado por un trabajador de primer empleo. Transcurrido dicho periodo, los puestos de nueva creación dejarán de tener los beneficios fiscales que esta ley otorga.  En los artículos transitorios, se establece que la ley tendrá una vigencia de 3 años contados a partir de la entrada en vigor de la misma y que el monto máximo de la deducción adicional a que se refiere la ley se disminuirá en un 25% a partir del segundo año de vigencia de la misma.

 

Intervenciones:

Para hablar en contra:

Dip. Mario Alberto Di Costanzo Armenta (PT)

 

Para hablar en pro:

Dip. Juan Carlos Natale López (PVEM)

Dip. Héctor Hernández Rodríguez (PRD)

Dip. Armando Ríos Piter (PRD)

Dip. Gerardo de los Cobos Silva (PAN)

Dip. Jesús Alberto Cano Vélez (PRI)

 

Para razonar el sentido de su voto:

Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)

 

*El Dip. Di Costanzo Armenta desde su curul propuso una modificación.

a) En votación económica se autorizó incluirlo en el Orden del Día.

b) En votación económica se dispensó las lecturas.

c) En votación económica, se desechó la propuesta del Dip. Di Costanzo Armenta.

d) Aprobado en lo general y en lo particular en votación nominal por 453 votos en pro y 5 abstenciones.

e) Pasó a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales

 

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