Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 28, del 15 de Noviembre de 2010.

 

                3. DECLARATORIA DE ZONAS DE ATENCIÓN PRIORITARIA

No.

DECLARATORIA

1

La Presidencia de la Mesa Directiva hizo la siguiente declaración:

 

PRIMERO.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley General de Desarrollo Social hace la declaratoria de las zonas de atención prioritaria para el año 2011.

1) Zonas de atención prioritaria rurales. Anexos A y B.

A, mil 251 municipios con muy alta y alta marginación; 365 y 886 respectivamente, que se encuentran en 26 estados y registran una población de 17 millones de habitantes.

B, 32 regiones que incluyen 365 municipios de muy alta marginación y 455 de alta marginación que registran un total de 9.1 millones de habitantes.

2) Zonas de atención prioritaria urbanas. Anexo C, 2 mil 106 localidades urbanas cuya población registra índice de pobreza y marginación.

SEGUNDO.- Publíquese la presente Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación, junto con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011.

 

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