No. |
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma el
artículo 2 de la Ley del Impuesto al
Valor Agregado.
Publicación en GP:
Anexo II.
5 de octubre de 2010. |
Dip.
Sergio Lobato García
(PRI) * |
Comisión de
Hacienda y
Crédito Público |
Incluir para los efectos de la Ley como
región fronteriza a los municipios de
Caborca y de Cananea, en Sonora; así como el
municipio de Tapachula de Córdova y Ordóñez
del estado de Chiapas, incluyendo el total
de sus comunidades y zonas geográficas y la
zona que abarca Puerto Chiapas. |
2 |
Que reforma los
artículos 228 y 347 del Código Federal
de Instituciones y Procedimientos
Electorales.
Publicación en GP:
Anexo II.
7 de octubre de 2010. |
Dip.
Nancy González Ulloa
(PAN) * |
Comisión de
Gobernación |
Establecer que en materia de campañas
electorales, en ningún caso se incluirán
nombres, imágenes, voces o símbolos que
impliquen promoción personalizada de
cualquier servidor público, que el informe
anual de labores o gestión de los servidores
públicos sólo se permitirá cuando el
servidor de que se trate tenga la obligación
de hacerlo por mandato de ley. |
3 |
Que reforma los
artículos 2, 12 y 29 de la Ley General
de Cultura Física y Deporte.
Publicación en GP:
Anexo II.
12 de octubre de 2010. |
Dip.
Juan Carlos Natale López
(PVEM) * |
Comisión de
Juventud y
Deporte |
Establecer que la Federación, los estados y
municipios a través del Sistema Nacional de
Cultura Física y Deporte (Sinade) y la
Comisión Nacional de Cultura Física y
Deporte fomenten el deporte y la cultura
física en todas sus modalidades entre la
población, principalmente entre los jóvenes
como medio para la preservación de la salud,
prevención de enfermedades y en el combate a
las adicciones. |
4 |
Que adiciona un
artículo 23 Bis a la Ley de los
Derechos de las Personas Adultas Mayores.
Publicación en GP:
Anexo II.
12 de octubre de 2010. |
Dip.
María Guadalupe García Almanza
(CONV) * |
Comisión de
Atención a
Grupos Vulnerables |
Garantizar por parte del Ejecutivo Federal,
el derecho permanente para obtener
descuentos del 100% para adultos mayores en
el pago del servicio de energía eléctrica,
que vivan en pobreza extrema, que carezcan
de una pensión, que habiten en zonas de alta
marginación y zonas rurales y urbanas, y del
50% para aquellos que se encuentren en
pobreza de patrimonio, aún cuando perciban
una pensión motivo de su jubilación de zonas
rurales y urbanas y que no cuenten con los
recursos económicos suficientes, previa
acreditación de la edad mediante
identificación oficial, credencial de
jubilado o pensionado o cualquier documento
o evidencia que lo acredite como persona
adulta mayor. |
5 |
Que reforma el
artículo 60 Bis 1 de la Ley General de
Vida Silvestre.
Publicación en GP:
Anexo II.
12 de octubre de 2010. |
Dip.
Diego Guerrero Rubio
(PVEM) * |
Comisión de
Medio Ambiente
y Recursos Naturales |
Prohibir el aprovechamiento extractivo con
fines de subsistencia o comercial, de las
especies de tiburón blanco (Carcharodon
carcharias ) tiburón ballena (Rhincodon
typus), tiburón peregrino (Cetorhinus
maximus ) y tiburón sierra (Pristiophorus
schroederi). Sólo se podrá autorizar la
captura para actividades de restauración,
repoblamiento y de reintroducción de dichas
especies en su hábitat natural. |
6 |
Que reforma el
artículo 23 de la Ley General de
Turismo.
Publicación en GP:
Anexo II.
12 de octubre de 2010. |
Dip.
Laura Arizmendi Campos
(CONV) * |
Comisión de
Turismo |
Establecer como criterio para la formulación
del ordenamiento turístico del territorio,
que la Secretaría de Turismo promoverá el
diseño y ejecución de acciones de
coordinación entre dependencias y entidades
de los diversos órdenes de gobierno para la
promoción y establecimiento de plantas “desaladoras”. |
7 |
Que reforma los
artículos 74 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
y 3 de la Ley de la Comisión
Reguladora de Energía.
Publicación en GP:
Anexo II.
12 de octubre de 2010. |
Dip.
Pedro Jiménez León
(CONV) * |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Energía |
Facultar a la Cámara de Diputados para
establecer las tarifas del servicio público
de energía eléctrica, así como los precios
máximos de las gasolinas y el diesel,
escuchando la opinión de la Secretaría de
Hacienda y Crédito, de la Comisión
Reguladora de Energía y de las instituciones
de educación superior que determine la
propia Cámara. |
8 |
Que reforma los
artículos 247 del Código Penal Federal
y 194 del Código Federal de
Procedimientos Penales.
Publicación en GP:
Anexo II.
7 de octubre de 2010. |
Dip.
Mario Alberto Di Costanzo Armenta
(PT) |
Comisión de
Justicia |
Imponer la sanción de cuatro a ocho años de
prisión y de cien a trescientos días multa,
a quién sea interrogado por algún
legislador, en el marco de lo dispuesto por
los artículos 69 y 93 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos,
faltare a la verdad o proporcione datos
inexactos en sus respuestas o informes
presentados, así como calificar dicho delito
como grave. |
9 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la la Ley
General de Pesca y Acuacultura Sustentables
y de la Ley de Aguas
Nacionales.
Publicación en GP:
Anexo II.
7 de octubre de 2010. |
Dip.
Héctor Eduardo Velasco Monroy
(PRI)
Suscrita por diputados integrantes del Grupo
Parlamentario del PRI |
Comisiones Unidas de Pesca y de
Recursos Hidráulicos |
Definir el concepto de “acuacultura rural”.
Establecer que cuando se use agua para la
acuacultura, no se desvíe el cauce del
cuerpo de agua y no se afecte la calidad de
la misma, y que cuando se trate de
acuacultura rural, la Comisión Nacional del
Agua dará facilidades para el desarrollo de
la acuacultura y el otorgamiento de las
concesiones de agua necesarias. |
10 |
Que reforma el
artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
5 de octubre de 2010. |
Dip.
Juan Carlos Natale López
(PVEM) |
Comisión de
Puntos
Constitucionales |
Adicionar que el Ejecutivo de la Unión no
podrá hacer observaciones a las resoluciones
del Congreso o de alguna de las Cámaras,
además de cuando ejerzan funciones de cuerpo
electoral o de jurado, o cuando la Cámara de
Diputados declare que debe acusarse a uno de
los altos funcionarios de la federación por
delitos oficiales o expida el decreto de
Presupuesto de Egresos. |
11 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley de
Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y
107 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; del
Código Federal
de Procedimientos Civiles
y de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
6 de octubre de 2010. |
Dip.
Eduardo Mendoza Arellano
(PRD) |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Justicia |
Establecer en materia de amparo que cuando
en el acto que se reclame, se involucren
derechos colectivos o acciones colectivas
(reparación del daño), las resoluciones que
emitan los tribunales federales concediendo
el amparo y protección de la justicia
federal, serán necesariamente de aplicación
general, contemplando a cualquier núcleo de
población al que le afecte la ley, el
decreto, el reglamento o el acto de
autoridad reclamados, aun y cuando no se
hubiere promovido en lo particular el juicio
de amparo; que las autoridades que conozcan
del juicio de amparo, deberán suplir la
deficiencia de los conceptos de violación de
la demanda, así como la de los agravios
formulados cuando estando demostrado el
acto, la autoridad responsable niegue el
acto reclamado en cualquiera de sus informes
previo o justificado. |
12 |
Que reforma el
artículo 73 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
7 de octubre de 2010. |
Dip.
Justino Eugenio Arriaga Rojas
(PAN) |
Comisión de
Puntos
Constitucionales,
con opinión de la Comisión de Justicia |
Facultar a las autoridades federales para
conocer de delitos que atenten contra los
derechos humanos y la liberad de expresión. |
13 |
Que reforma el
artículo 225 de la Ley General de
Salud.
Publicación en GP:
Anexo II.
7 de octubre de 2010. |
Dip.
Guillermo Cueva Sada
(PVEM)
A nombre propio y del Dip. Carlos Alberto
Ezeta Salcedo
(PVEM) |
Comisión de
Salud |
Prever que los medicamentos, deberán incluir
escrito de forma legible en sistema Braille,
la denominación distintiva, denominación
genérica, dosis y fecha de caducidad. para
su uso y comercialización. |
14 |
Que reforma, adiciona
y deroga diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
7 de octubre de 2010. |
Dip.
Jaime Fernando Cárdenas Gracia
(PT) |
Comisión de
Puntos
Constitucionales |
Modificar la forma en que se eligen los
Ministros de la Suprema Corte de Justicia y
los Magistrados Electorales que integran las
salas Superior y Regionales, con el objeto
de establecer que, serán elegidos por
elección directa de los ciudadanos a
propuesta de las universidades y de las
organizaciones no gubernamentales. El
Instituto Federal Electoral organizará el
proceso electoral respectivo. Todos los
aspirantes a candidatos, aplicarán un examen
general de conocimientos ante el IFE y los
cinco que obtengan la calificación más alta
serán los candidatos a elegir por la
ciudadanía, respectivamente. Los candidatos
tendrán derecho a tiempos del Estado en los
medios de comunicación electrónica para
exponer sus propuestas y programa de
trabajo. En el proceso de elección se
prohíbe la realización de campañas, así como
cualquier tipo de financiamiento público o
privado. La elección deberá coincidir con
los procesos federales electorales.
Establecer que cuando la falta de un
Ministro excediere de un mes o faltare por
defunción o por cualquier causa de
separación definitiva, la Cámara de
Diputados mediante convocatoria y previa
consulta ciudadana, nombrará por el voto de
las dos terceras partes de los presentes,
dentro del improrrogable plazo de treinta
días, a un Ministro interino que durará en
su encargo el tiempo restante. En el
inmediato próximo proceso federal electoral
que se lleve a cabo, se elegirá al Ministro
sustituto que concluirá el plazo del
encargo. |
15 |
Que expide la
Ley General del Banco Nacional de Datos
sobre Menores Robados, Extraviados o
Desaparecidos, y reforma y adiciona
diversas disposiciones del Código
Penal Federal y de la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Publicación en GP:
Anexo II.
7 de octubre de 2010. |
Dip.
María de la Paz Quiñones Cornejo |
Comisión de
Justicia,
con
opinión de la Comisión de Presupuesto y
Cuenta Pública |
Modificar la definición de delito de tráfico
de menores. Sancionar a quien prive de la
libertad trasladando a un menor dentro del
territorio nacional, con el fin de evadir a
la justicia federal. Facultar a los jueces
federales penales para conocer del delito de
tráfico de menores. Crear un ordenamiento
jurídico, que tenga por objeto la protección
de todo menor, que sufriendo el robo,
extravío o secuestro de su persona, quede
resguardado todo dato personal, que ayude a
su identificación en el Banco Nacional de
datos sobre niños robados, extraviados o
secuestrados, previo al levantamiento de la
denuncia correspondiente. Establecer el
procedimiento de inscripción al Banco
Nacional de Datos sobre Menores Robados,
Extraviados o Desaparecidos. |
16 |
Que reforma el
artículo 31 de la Ley del Servicio
Público de Energía Eléctrica.
Publicación en GP:
Anexo II.
12 de octubre de 2010. |
Dip.
José Luis Marcos León Perea
(PRI)
A nombre de diputados sonorenses priístas |
Comisión de
Energía |
Prever como principio básico para la
determinación de tarifas, el fomento a la
competitividad del país y sus regiones.
Establecer los criterios específicos que
deberán seguir las secretarías de Hacienda y
Crédito Público, de Energía y de Economía,
para la fijación de las tarifas domésticas
en localidades con clima cálido extremo.
Actualizar el nombre de las secretarías de
Energía, Minas e Industria Paraestatal y de
Comercio y Fomento Industrial, por el de
Energía y de Economía, respectivamente. |
17 |
Que reforma los
artículos 6 y 73 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
7 de octubre de 2010. |
Dip.
Marcos Pérez Esquer
(PAN) |
Comisión de
Puntos
Constitucionales |
Facultar al Congreso de la Unión para
expedir la ley que garantice el derecho de
acceso a la información en la Federación,
estados, municipios, Distrito Federal y sus
demarcaciones territoriales, así como
cualquier persona física o moral, pública o
privada que reciba recursos públicos. |
18 |
Que reforma los
artículos 73 y 115 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
7 de octubre de 2010. |
Dip.
Víctor Manuel Báez Ceja
(PRD) |
Comisión de
Puntos
Constitucionales |
Facultar a los municipios para establecer
las contribuciones por la prestación del
servicio de alumbrado público, conforme a
las bases que expidan los Congresos Locales. |
19 |
Que reforma los
artículos 11 y 28 de la Ley para la
Protección de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes.
Publicación en GP:
Anexo II.
12 de octubre de 2010. |
Dip.
Susana Hurtado Vallejo
(PRI) |
Comisión de
Atención a
Grupos Vulnerables |
Establecer como obligación de madres, padres
y de todas las personas que tengan a su
cuidado niñas, niños y adolescentes,
coordinarse con las autoridades educativas y
sanitarias, y con las asociaciones de padres
de familia de los centros de educación
pública, para evitar el consumo de alimentos
“chatarra” en las escuelas, a efecto de
prevenir el sobrepeso y la obesidad, así
como la desnutrición. |
20 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública
Federal y de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP:
Anexo II.
30 de septiembre de 2010. |
Dip.
Fernando Morales Martínez
(PRI) |
Comisiones Unidas de Gobernación y
de Presupuesto y Cuenta Pública |
Facultar a la Secretaría de Gobernación para
impulsar dentro del Sistema Nacional de
Protección Civil, la gestión integral del
riesgo como una política pública transversal
que conjunte acciones y estrategias que de
manera concertada entre gobierno y sociedad,
establezcan un control y estudio sobre los
riesgos de desastre y se trabaje en su
reducción en las etapas de previsión,
identificación de riesgos, prevención,
mitigación, preparación, atención de la
emergencia, recuperación y reconstrucción
por parte de todos los sectores. Incluir la
definición de Gestión Integral del Riesgo.
Prever que para la programación de los
recursos destinados a programas y proyectos
de inversión, las dependencias y entidades
deberán presentar un análisis integral de
riesgos, que involucren obra pública y
nuevos desarrollos habitacionales o
industriales. Incluir en el proyecto de
Presupuesto de Egresos, la política de gasto
del Ejecutivo Federal en la que deberá
contemplarse la gestión integral del
riesgo. Incluir un capítulo denominado “De
la Gestión Integral del Riesgo como una
Política de Gasto Público”. |
21 |
Que reforma el
artículo 73 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
12 de octubre de 2010. |
Dip.
Ovidio Cortazar Ramos
(PAN) |
Comisión de
Puntos
Constitucionales |
Facultar al Congreso de la Unión, para
expedir leyes en materia de constitución,
organización, funcionamiento y extinción de
las casas de empeño. |
22 |
Que reforma, adiciona
y deroga diversas disposiciones de la
Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte
Federal.
Publicación en GP:
Anexo II.
12 de octubre de 2010. |
Dip.
Jesús Gerardo Cortez Mendoza
(PAN) |
Comisión de
Transportes |
Establecer que todos los vehículos que
transiten en vías, caminos y puentes
federales deberán contar con un seguro que
garantice a terceros los daños que pudieren
ocasionarse en sus bienes y personas por la
conducción del vehículo. La contratación del
seguro será responsabilidad del propietario
del vehículo. Facultar a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público para el
establecimiento de las reglas de operación
del seguro y del fondo de contingencia para
cubrir lesiones o muerte que se ocasionen a
víctimas. |