Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 26, del 9 de Noviembre de 2010.

 

                8. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

                           b) Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisión de Vivienda

 

Publicación en GP:

Anexo III

9 de noviembre de 2010.

Que reforma y adiciona los artículos 19, 29 y 34 de la Ley de Vivienda y 16 de la Ley General de Protección Civil.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa del Sen. Carlos Lozano de la Torre (PRI) en la Cámara de Senadores el 19 de abril de 2007.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 14 de octubre de 2008.

Dictamen a Discusión presentado el 16 de octubre de 2008. Aprobado por 97 votos. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida el 21 de octubre de 2008. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 21 de octubre de 2010.

 

Propuesta:

Incluir dentro de las obligaciones de la Comisión Nacional de Vivienda el impulsar y promover, en coordinación con las demás autoridades competentes, que la Política Nacional de Vivienda considere lo establecido en el Programa Nacional de Protección Civil y el Atlas Nacional de Riesgos. Asimismo, que el Consejo Nacional de Vivienda deberá proponer medidas para planear y ordenar la actividad habitacional, bajo lineamientos orientados a la prevención de desastres naturales y antropogénicos, en los términos del Programa antes citado.

 

Intervención:

Para presentar modificación:

 

Dip. Laura Itzel Castillo Juárez (PT)

Adición al artículo 19, fracción XXIV de la Ley de Vivienda.

 

a) En votación económica se dispensó la lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, en votación nominal por 314 votos y 1 abstención.

c) En votación económica, se aceptó a discusión la  modificación.

d) En votación económica se acepta la  modificación presentada.

e) Aprobado en lo general y en lo particular, con la modificación aceptada, en votación nominal por 278 votos, 22 en contra y 7 abstenciones.

f) Pasa a la Cámara de Senadores para efectos del apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2

Comisión de Economía

 

Publicación en GP:

Anexo III.

9 de noviembre de 2010.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Correduría Pública.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa del Sen. Federico Doring Casar (PAN) (PRD) el 25 de noviembre de 2008. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 22 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 28 de abril de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos y 10 en contra. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida el 7 de septiembre de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 21 de octubre de 2010.

 

Propuesta:

Sustituir la denominación de Secretaría de Comercio y Fomento Industrial por la de Secretaría de Economía; precisar la actual atribución de la Secretaría de Economía para asegurar la eficacia del servicio que prestan los corredores públicos como fedatarios públicos. Establecer que el archivo de las pólizas y actas de los actos en que intervengan los corredores públicos diariamente además de asentarse en un el libro especial, se integrarán y trasmitirán en archivos electrónicos bajo las mismas características de orden y contenido.

 

Intervención:

Para presentar modificación:

 

Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)

Artículo 19, fracción V, párrafos II y III.

 

a) En votación económica se dispensó la lectura.

b)Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, en votación nominal por 313 votos y 4 abstenciones.

c) En votación económica, se desechó la propuesta del Dip. Cárdenas Gracia.

d)Aprobado en votación nominal por 301 votos, 14 en contra y 1 abstención, el artículo 19, fracción V, párrafos II y III reservado, en los términos del dictamen.

e) Pasa a la Cámara de Senadores para efectos del apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3

Comisión de Economía

 

Publicación en GP:

Anexo III.

9 de noviembre de 2010.

Que adiciona un párrafo tercero al artículo 2 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por los Dips. Manuel López Villareal y Guillermo Enrique Marcos Tamborrel Suárez (PAN) el 9 de febrero de 2006. (LIX)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 22 de marzo de 2006. (LIX)

Proyecto de decreto presentado el 23 de marzo de 2006. Aprobado por 322 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Senadores, para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX)

Minuta presentada en el Senado de la República el 28 de marzo de 2006. (LIX)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 30 de septiembre de 2008.

Proyecto de decreto presentado el 14 de octubre de 2008. Aprobado por 79 votos. Se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida el 30 de octubre de 2008. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 21 de octubre de 2010.

 

Propuesta:

Establecer que el Presupuesto de Egresos de la Federación que se destina para apoyar a la micro, pequeña y mediana empresa no podrá ser inferior, en términos reales, al presupuesto autorizado en el ejercicio fiscal anterior.

 

Intervenciones:

Por la Comisión:

Dip. Ildefonso Guajardo Villarreal

 

Para hablar en contra:

Dip. Marío Alberto Di Costanzo Armenta (PT)

 

 

 

 

 

a) En votación económica se dispensó la lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 242 votos, 16 en contra y 57 abstenciones.

 c) Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

 

 

 

 

 

 

 

 

4

Comisión de Seguridad Social

 

Publicación en GP:

Anexo III.

9 de noviembre de 2010.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa de la Dip. Enoé Margarita Uranga Muñoz (PRD) y suscrita por el Dip. Rubén Ignacio Moreira Valdez (PRI), el 9 de marzo de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 21 de octubre de 2010.

 

Propuesta:

Establecer como beneficiarios o familiares derechohabientes de los seguros, prestaciones y servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, respectivamente, a aquellas personas que hayan suscrito una unión civil con un asegurado, asegurada, pensionado o pensionada, con el objeto de garantizar el ejercicio de esos derechos. Democratizar el lenguaje y con ello contribuir a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Con respecto a los matrimonios entre personas del mismo sexo, se les otorgan los mismos derechos y obligaciones que los celebrados entre hombre y mujer, asimismo a sus parejas cubriendo los requisitos de ley.

 

Intervenciones:

Por la Comisión:

Dip. Enoé Uranga Muñoz

 

Para referirse al dictamen:

Dip. Jaime Fernanado Cárdenas Gracia (PT)

Dip. Claudia Edith Anaya Mota (PRD)

Dip. Ana Elia Paredes Arciga (PAN)

Dip. Malco Ramírez Martínez (PRI)

Dip. Gabriela Cuevas Barron (PAN)

 

Para hablar en pro:

Dip. Enoé Uranga Muñoz (PRD)

 

Para presentar modificación:

 

Dip. Gabriela Cuevas Barrón (PAN)

Artículos 5-A, 65, 66, 84, 130, 132, 133 Y 137 De La Ley Del Seguro Social; Y 6, 41,70,131,135,136 De La Ley Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado Y Adición De Un Artículo Transitorio.

 

a) En votación económica se dispensó la lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, en votación nominal por 232 votos, 58 en contra y 17 abstenciones.

c) En votación económica, se desechó la propuesta de la Dip. Cuevas Barrón. 

d) Aprobado en votación nominal por 211 votos, 62 en contra y 13 abstenciones, los artículos reservados, en los términos del dictamen.

e) Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

 

Publicación en GP:

Anexo III.

9 de noviembre de 2010.

Que reforma los artículos 9o. y 14, fracción VIII de la Ley General de Educación.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa del Dip. Reyes S. Tamez Guerra (NA) el 8 de diciembre de 2009. (LXI Legislatura)

Iniciativa suscrita por los Dips. María de Lourdes Reynoso Femat y Alejandro Bahena Flores (PAN) el 2 de marzo de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 21 de octubre de 2010.

 

Propuesta:

Establecer que la educación que imparta el estado deberá promover el desarrollo tecnológico y la innovación e impulsará su divulgación. Asimismo, fomentará acciones dirigidas a maestros y alumnos, considerando la participación de los padres de familia.

 

Intervenciones:

Para hablar en pro:

Dip. Ma. de Lourdes Reynoso Femat (PAN)

Dip. Reyes Tamez Guerra (NA)

 

a) En votación económica se dispensó la lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 278 votos y 3 abstenciones.

 c) Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

 

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