Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 35, del 8 de Diciembre de 2010.

 

                2. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma los artículos 3, 6, 27 y 111 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo X.

7 de diciembre de 2010.

Dip.

María Dolores Del Río Sánchez

(PAN)*

Comisión de Salud

Establecer como materia de salubridad general la atención del consumo de drogas en general.  Considerar como servicios básicos de salud, la prevención y atención de la farmacodependencia y la drogadicción.  Promover la prevención de adicciones.

2

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

2 de diciembre de 2010.

Dip.

César Daniel González Madruga

(PAN)*

Comisión de Justicia

Incrementar los rangos, tanto de la penalidad como de las sanciones, al que introduzca al territorio nacional o trafique con recursos forestales, flora o fauna silvestre viva o muerta, sus productos o derivados, que porten, padezcan o hayan padecido, según corresponda alguna enfermedad contagiosa; al que ilícitamente, desmonte o destruya la vegetación natural, corte, arranque, derribe o tale algún o algunos árboles, o cambie el uso del suelo forestal; a quien ilícitamente transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal maderable o dañe algún ejemplar de las especies de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas.

3

Que reforma el artículo 12 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

2 de diciembre de 2010.

Dip.

Alfredo Villegas Arreola

(PRI)*

Comisión de Agricultura y Ganadería

Suprimir a los representantes de la Cámara Azucarera como integrantes de la Junta Directiva del Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar y en su lugar quedan los representantes de las organizaciones nacionales de los industriales.

4

Que reforma los artículos 42 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

2 de diciembre de 2010.

Dip.

Heriberto Ambrosio Cipriano

(PRI)*

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer que el Ejecutivo Federal remitirá al Congreso de la Unión las Reglas de Operación de los programas de inversión que deberán sujetarse a ellas, para que la Cámara de Diputados, a través de sus comisiones analice su contenido o en su caso realicen las modificaciones correspondientes. 

5

Que reforma el artículo 17 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

2 de diciembre de 2010.

Dip.

Jorge Antonio Kahwagi Macari

(NA)*

Establecer que por la pérdida de dinamismo del mercado interno las iniciativas de ley de ingresos y de presupuesto de egresos podrán prever un déficit presupuestario.

6

Para declarar al año 2012 como “Año de la Cultura Maya”.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

30 de noviembre de 2010.

Dip.

Martín Enrique Castillo Ruz

(PRI)*

Comisión de Gobernación

Declarar al año 2012 como “Año de la Cultura Maya”.

7

Que reforma el artículo 177 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

2 de diciembre de 2010.

Dip.

Malco Ramírez Martínez

(PRI)*

Comisión de Salud

Facultar a la Secretaría de Salud para promover el establecimiento del Banco Nacional de prótesis, órtesis y ayudas funcionales.

8

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

2 de diciembre de 2010.

Corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, a los gobiernos de los estados y el Distrito Federal, garantizar el número de médicos especialistas de acuerdo a la demanda de la población afiliada al sistema.

9

Que reforma el artículo 337 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

2 de diciembre de 2010.

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Establecer, dentro de las obligaciones del patrón, la inscripción del trabajador doméstico en el Instituto Mexicano del Seguro Social.

10

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

2 de diciembre de 2010.

Comisiones Unidas de Economía y de Hacienda y Crédito Público

Incluir las definiciones de “madre soltera” y de “persona con discapacidad”.  Establecer que las Micro, Pequeña y Mediana Empresa promoverán y fomentarán la capacitación laboral de las madres solteras y de las personas con discapacidad.  Deducir en cien por ciento el salario que pague el patrón a las madres solteras contratadas y los cursos o las capacitaciones que los patrones paguen a los trabajadores.

11

Que expide la Ley Federal para Prevenir, Atender y Eliminar la Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

2 de diciembre de 2010

Suscrita por los diputados Alejandro Carabias Icaza y Eduardo Ledesma Romo

(PVEM)*

Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Justicia, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de prevenir y eliminar la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, así como la protección, atención y asistencia a las víctimas de estas conductas con la finalidad de garantizarles el respeto al libre desarrollo de la personalidad y sus derechos fundamentales.  Crear un Programa Integral para prevenir, atender y eliminar la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, con el objeto de fomentar el respeto a los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes, proporcionar orientación jurídica a las víctimas de explotación sexual, garantizar asistencia material, médica y psicológica, a los menores de edad víctimas del delito. Crear una Comisión Intersecretarial para Prevenir, Atender y Erradicar la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes, con el objeto de formular y someter a consideración del Presidente de la República las políticas y estrategia nacional para prevenir, atender y eliminar la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes y coordinar su implantación en los respectivos ámbitos de competencia de las dependencias y entidades federales, elaborar el Programa Integral y evaluar su ejecución, expedir su Reglamento Interno.

12

Que adiciona un artículo 46 Bis a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

2 de diciembre de 2010.

Dip.

Eduardo Ledesma Romo

(PVEM)*

Comisión de Equidad de Género

Facultar a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social para impulsar acciones que aseguren la igualdad de acceso de mujeres y de hombres en materia de trabajo y previsión social, diseñar, con una visión transversal, la política integral con perspectiva de género orientada a la prevención, atención, sanción y erradicación del hostigamiento y acoso sexual contra las mujeres, formular acciones y programas orientados a fomentar la cultura del respeto a los derechos humanos de las mujeres en el ámbito laboral, promover políticas de prevención y atención de la violencia contra las mujeres, diseñar y difundir materiales que promuevan la prevención y atención de la violencia contra las mujeres en los centros de trabajo, promover campañas nacionales de concientización para mujeres y hombres sobre su participación equitativa en la atención de las personas dependientes de ellos, crear programas de capacitación para el personal de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, respecto de la violencia contra las mujeres, entre otras.

13

Que reforma el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

2 de noviembre de 2010.

Dip.

Eduardo Ledesma Romo

(PVEM)*

Comisión de Puntos Constitucionales

Ampliar hasta el 30 de junio el segundo periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión.

14

Que reforma el artículo 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

11 de noviembre de 2010.

Dip.

Alejandro Del Mazo Maza

(PVEM)*

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Establecer que la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales deberá presentar el programa de manejo del área natural protegida para que pueda ser publicada la declaratoria respectiva en el Diario Oficial.

15

Que reforma el artículo 34 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Publicación en GP:

Anexo X.

7 de diciembre de 2010.

Dip.

Jorge Humberto López-Portillo Basave

(PRI)*

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer que los programas y proyectos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, derivado de las modificaciones hechas por la Cámara de Diputados, por su naturaleza extraordinaria de inclusión al Presupuesto de Egresos de la Federación, contarán con la excepción del presente procedimiento, en los términos siguientes: 15 días hábiles posteriores a la publicación del Presupuesto de Egresos, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público otorgará un registro temporal en la cartera de inversión, a efecto de que inicie la calendarización y, en su caso, ejecución del gasto federalizado; asimismo la evaluación costo beneficio se presentará directamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en un plazo no mayor al 30 de abril del año correspondiente, y la Secretaría resolverá en un plazo no mayor a los 60 días naturales; si no emite respuesta, está se entenderá resuelta en sentido afirmativo. La Comisión Intersecretarial del Gasto Financiamiento deberá ordenar la ejecución de los programas y proyectos antes del primer semestre de año.

16

Que reforma los artículos 26, 29 y 52 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

7 de diciembre de 2010.

Dip.

Esthela Damián Peralta

y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD *

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Establecer que los recursos asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el desempeño de las actividades legislativas los Grupos Parlamentarios deberán informar trimestralmente de su ejercicio a la Junta de Coordinación Política y ésta, a su vez, lo publicará en la Gaceta Parlamentaria.  Facultar al Secretario de Servicios Administrativos y Financieros para requerir la comprobación fiscal de los gastos por concepto de boletos de avión o de servicios de transporte terrestre, conforme a las normas que expida la Cámara de Diputados.

17

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

7 de diciembre de 2010.

Dip.

Jorge Humberto López-Portillo Basave

(PRI)*

Comisión de Gobernación

Facultar al Consejo General del IFE, a propuesta de la Comisión de Quejas y Denuncias, para suspender inmediatamente cualquier propaganda gubernamental en radio.  Establecer que no serán considerados como propaganda el informe anual de labores o gestión de los servidores públicos, siempre que la contratación de los promocionales sea por conducto del Congreso de la Unión a través de sus respectivas Cámaras; que el informe contenga el desempeño de la actividad legislativa; que el tiempo no exceda de los 15 días anteriores y 7 posteriores a la fecha en que se rinda el informe; que la difusión se limite una vez al año, sin que se realice dentro del periodo de precampaña o campaña electoral; y que los informes no incluyan nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción y que la cobertura en radio y televisión no sea a nivel nacional sino local.

18

Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

7 de diciembre de 2010.

Dip.

José del Pilar Córdova Hernández

(PRI)*

Comisión de Puntos Constitucionales

Prohibir el ingreso de residuos nucleares y desechos tóxicos de ningún tipo al territorio nacional.

19

Que reforma el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

8 de diciembre de 2010.

Dip.

Rosalina Mazari Espín

(PRI)*

Ampliar hasta el 15 de julio el segundo periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión.

20

Que reforma los artículos 41, 90 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

2 de diciembre de 2010.

Dip.

José Ricardo López Pescador

(PRI)

Establecer que los órganos creados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sin adscripción a ningún Poder de la Unión, se deberán sujetar a los procedimientos de control y fiscalización que se aplica a los actos administrativos de los poderes del Estado. Facultar a las Cámaras para citar a los particulares que presten un servicio público mediante una concesión o cualquier forma de contrato, cuando se analice un asunto relacionado con el servicio que prestan o para requerirles información o documentación.

21

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

2 de diciembre de 2010.

Dip.

Mirna Lucrecia Camacho Pedrero

(PAN)

Comisión de Derechos Humanos

Establecer que no se considerará como 0conducta discriminatoria el trato diferenciado que en su caso reciba una persona discapacitada.  Modificar el término “menores” por el de “niñez”.  Promover y difundir los derechos humanos de la infancia y fomentar los principios de igualdad y no discriminación.  Promover campañas de sensibilización en los medios de comunicación para prevenir y eliminar toda forma de discriminación y violencia contra las niñas y los niños.  Garantizar la igualdad de oportunidades para las personas mayores de 60 años.  Promover la creación de centros de gerontología para su atención, misma que deberá de cubrir las necesidades de prevención y atención de la salud diferenciada. Garantizar el acceso a la información a personas con discapacidad visual y auditiva. Promover campañas de información en los medios de comunicación para sensibilizar a la sociedad, a fin de prevenir y eliminar toda forma de discriminación y violencia contra las personas con discapacidad.  Promover en todos los niveles del Sistema Educativo Nacional, programas de educación especial.

22

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Banco de México, de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

30 de noviembre de 2010.

Dip.

Esthela Damián Peralta

 

A nombre propio y de diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Facultar al Banco de México para recabar información de los intermediarios bancarios, a efecto de determinar el margen financiero existente entre las operaciones activas y pasivas que se realicen en territorio nacional, para lo cual se emitirán normas para la recepción de los datos informativos de las operaciones causantes de pasivo a corto, mediano y largo plazo, segmentados por importe, distinguiendo personas morales de personas físicas, así como respecto de los financiamientos al consumo, hipotecarios y al sector agropecuario.  Establecer que en el mes de marzo de cada año el Banco rendirá un informe respecto de la evolución de los márgenes financieros de la banca en territorio nacional, por cada institución de crédito. Facultar a las autoridades financieras para evitar prácticas y acuerdos monopólicos que se traduzcan en condiciones usurarias en agravio del público usuario. Prohibir a las instituciones de crédito establecer condiciones en las que los márgenes diferenciales entre las operaciones activas de financiamiento se aparten de las tasas pasivas promedio que se ofrezcan al público. Sancionar a quien pretenda cobrar intereses o accesorios financieros usurarios.

23

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

7 de septiembre de 2010.

Dip.

Oscar González Yáñez

(PT)*

Comisión de Economía

Vigilar por parte de la Procuraduría Federal de Protección al consumidor, en caso de que se presenten contingencias derivadas de fenómenos provocados por la naturaleza, que los precios y tarifas establecidos ante la autoridad competente, no se incrementen, con el fin de especular o lesionar la economía del consumidor.  Crear el Capítulo XII bis, denominado “De las medidas de control de precios en el caso de Contingencias o Situaciones de Desastre Natural”.  Establecer que la Procuraduría Federal del Consumidor, a través de sus delegaciones estatales, podrá congelar y controlar los precios de todos los productos comercializados en casos de desastre natural o contingencia; la declaratoria para este congelamiento causará efecto a partir del momento en que se haya dado la declaratoria de zona de desastre por parte de la Secretaría de Gobernación.

24

Que reforma el artículo 110 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

7 de diciembre de 2010.

Dip.

Sergio Mancilla Zayas

(PRI)

Comisión de Gobernación

Establecer que, previamente al inicio de sus funciones, el consejero presidente y los consejeros electorales rendirán la protesta de ley en sesión que celebre el Consejo General. Establecer que la elección del Consejero Presidente y de los consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral deberá estar hecha a más tardar 15 días previos a la conclusión del periodo en el encargo de él o de los consejeros salientes; asimismo el consejero electoral elegido por la Cámara de Diputados entrará en funciones el día siguiente al de la fecha en que concluya su periodo el consejero electoral saliente; cuando no se concluya la elección del consejero presidente o la de los consejeros electorales correspondientes, continuarán en su cargo los consejeros salientes, hasta en tanto la Cámara de Diputados hace la designación correspondiente.

25

Que reforma el artículo 6° de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

2 de diciembre de 2010.

Dip.

Teresa Guadalupe Reyes Sahagún

(PT)

Comisión de Derechos Humanos

Facultar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para supervisar el respeto a los derechos humanos en el Sistema Informativo Televisivo, Radiofónico y Periodístico del país.

26

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo 11.

7 de diciembre de 2010.

Dip.

Ramón Jiménez Fuentes

(PRD)

 

Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD

Comisión de Puntos Constitucionales

Crear la sexta circunscripción electoral plurinominal para el ejercicio de los derechos electorales de los mexicanos en el extranjero, quienes sufragarán sobre las listas que presenten los partidos políticos nacionales.  Establecer los requisitos para ser candidato a diputado de la sexta circunscripción electoral plurinominal.  Establecer que los 32 senadores serán elegidos mediante el sistema de listas votadas en una circunscripción plurinominal nacional, compuesta por 28 fórmulas de candidatos y 4 fórmulas de candidatos para la circunscripción plurinominal para ciudadanos residentes en el extranjero.  Los partidos nacionales que alcancen por lo menos el 2% de la votación emitida en la sexta circunscripción tendrán derecho a que se les asignen senadores según el principio de representación proporcional. Las resoluciones del Instituto Federal Electoral acerca de las elecciones de los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero, sólo podrán impugnarse, ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, únicamente cuando por los agravios se pueda modificar el resultado de la elección. Los fallos de la sala serán definitivos e inatacables.

27

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y de la Ley General del Sistema de Seguridad Pública.

 

Publicación en GP:

Anexo X.

7 de diciembre de 2010.

Dip.

Víctor Humberto Benítez Treviño

(PRI)

Comisiones Unidas de Justicia y de Seguridad Pública

Crear y administrar, a cargo de la Procuraduría General de la República, el Programa Nacional de Protección a Testigos y Colaboradores contra la Delincuencia Organizada, cuyos principios, criterios, procedimientos y normas de operación garantizarán la seguridad física, patrimonial, psicológica y familiar,  los documentos de identidad, datos personales de los testigos protegidos. Crear y definir las figuras de testigo: ofendido, incidental y colaborador. La admisión, sujeción temporal o definitiva de una persona al Programa dependerá del nivel de riesgo o amenaza en su integridad; tratándose de la sujeción temporal, será por el tiempo que dure el proceso o de acuerdo con la naturaleza del riesgo. Deberá practicarse una valoración especializada a cualquier persona que desee ingresar al Programa, salvo en casos urgentes, en los que el nivel y la inmediatez de la amenaza lo justifiquen, los testigos deberán recibir protección provisional.

28

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

2 de diciembre de 2010.

Dip.

Rolando Zubia Rivera

(PRI)

Comisión de Desarrollo Rural

Fomentar e impulsar a las cadenas productivas, incrementar la rentabilidad agropecuaria y acuícola, impulsando al sector con mayores mecanismos financieros para los pequeños y medianos productores, así como incrementar la capacidad de almacenamiento y disminuir los costos de transportación agropecuaria. Fortalecer las acciones que permitan el pleno conocimiento de los recursos naturales disponibles; combatir la pérdida de especies; construir inventarios de plantas y animales; evitar la sobreexplotación; impulsar la tecnificación de la pesca marítima y del patio rural; adoptar tecnologías para aprovechar las energías alternativas y mejor aprovechamiento de los combustibles en el hogar rural y urbano. Establecer que el Sistema Nacional de Investigación y Transformación de Tecnología, con el apoyo de las instituciones vinculadas al sector agropecuario, establecerán las prioridades de investigación, desarrollo tecnológico, validación y/o transferencia de tecnología.

29

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de octubre de 2010.

Dip.

Martín Rico Jiménez

(PAN)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Crear la Comisión Ordinaria de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda de la Cámara de Diputados.

30

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

2 de diciembre de 2010.

Dip.

Enrique Torres Delgado

(PAN)

Crear la Comisión Ordinaria de Desarrollo Urbano y Ordenación Territorial de la Cámara de Diputados.

* Sin intervención en Tribuna.

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