No. |
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma los
artículos 3, 6, 27 y 111 de la Ley
General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo X.
7 de diciembre de 2010. |
Dip.
María Dolores Del Río
Sánchez
(PAN)* |
Comisión de
Salud |
Establecer como materia de salubridad general
la atención del consumo de drogas en general.
Considerar como servicios básicos de salud, la
prevención y atención de la farmacodependencia
y la drogadicción. Promover la prevención de
adicciones. |
2 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones del Código Penal
Federal.
Publicación en GP:
Anexo VI.
2 de diciembre de 2010. |
Dip.
César Daniel González
Madruga
(PAN)* |
Comisión de
Justicia |
Incrementar los rangos, tanto de la penalidad
como de las sanciones, al que introduzca al
territorio nacional o trafique con recursos
forestales, flora o fauna silvestre viva o
muerta, sus productos o derivados, que porten,
padezcan o hayan padecido, según corresponda
alguna enfermedad contagiosa; al que
ilícitamente, desmonte o destruya la
vegetación natural, corte, arranque, derribe o
tale algún o algunos árboles, o cambie el uso
del suelo forestal; a quien ilícitamente
transporte, comercie, acopie, almacene o
transforme madera en rollo, astillas, carbón
vegetal, así como cualquier otro recurso
forestal maderable o dañe algún ejemplar de
las especies de flora o fauna silvestres,
terrestres o acuáticas. |
3 |
Que reforma el artículo
12 de la Ley de Desarrollo Sustentable
de la Caña de Azúcar.
Publicación en GP:
Anexo VI.
2 de diciembre de 2010. |
Dip.
Alfredo Villegas
Arreola
(PRI)* |
Comisión de
Agricultura y
Ganadería |
Suprimir a los representantes de la Cámara
Azucarera como integrantes de la Junta
Directiva del Comité Nacional para el
Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar y
en su lugar quedan los representantes de las
organizaciones nacionales de los industriales. |
4 |
Que reforma los
artículos 42 y 77 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP:
Anexo VI.
2 de diciembre de 2010. |
Dip.
Heriberto Ambrosio
Cipriano
(PRI)* |
Comisión de
Presupuesto y
Cuenta Pública |
Establecer que el Ejecutivo Federal remitirá
al Congreso de la Unión las Reglas de
Operación de los programas de inversión que
deberán sujetarse a ellas, para que la Cámara
de Diputados, a través de sus comisiones
analice su contenido o en su caso realicen las
modificaciones correspondientes.
|
5 |
Que reforma el artículo
17 de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP:
Anexo VI.
2 de diciembre
de 2010. |
Dip.
Jorge Antonio Kahwagi
Macari
(NA)* |
Establecer que por la pérdida de dinamismo del
mercado interno las iniciativas de ley de
ingresos y de presupuesto de egresos podrán
prever un déficit presupuestario. |
6 |
Para declarar al
año 2012 como “Año de la Cultura Maya”.
Publicación en GP:
Anexo II.
30 de noviembre de 2010. |
Dip.
Martín Enrique
Castillo Ruz
(PRI)* |
Comisión de Gobernación |
Declarar al año 2012 como “Año de la Cultura
Maya”. |
7 |
Que reforma el artículo
177 de la Ley General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo VI.
2 de diciembre de 2010. |
Dip.
Malco Ramírez Martínez
(PRI)* |
Comisión de Salud |
Facultar a la Secretaría de Salud para
promover el establecimiento del Banco Nacional
de prótesis, órtesis y ayudas funcionales. |
8 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley General
de Salud.
Publicación en GP:
Anexo VI.
2 de diciembre de 2010. |
Corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto
de la Secretaría de Salud, a los gobiernos de
los estados y el Distrito Federal, garantizar
el número de médicos especialistas de acuerdo
a la demanda de la población afiliada al
sistema. |
9 |
Que reforma el artículo
337 de la Ley Federal del Trabajo.
Publicación en GP:
Anexo VI.
2 de diciembre de 2010. |
Comisión de Trabajo y Previsión Social |
Establecer, dentro de las obligaciones del
patrón, la inscripción del trabajador
doméstico en el Instituto Mexicano del Seguro
Social. |
10 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley para el
Desarrollo de la Competitividad de la Micro,
Pequeña y Mediana Empresa y de la
Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Publicación en GP:
Anexo VI.
2 de diciembre de 2010. |
Comisiones Unidas de Economía y de
Hacienda y Crédito Público |
Incluir las definiciones de “madre soltera” y
de “persona con discapacidad”. Establecer que
las Micro, Pequeña y Mediana Empresa
promoverán y fomentarán la capacitación
laboral de las madres solteras y de las
personas con discapacidad. Deducir en cien
por ciento el salario que pague el patrón a
las madres solteras contratadas y los cursos o
las capacitaciones que los patrones paguen a
los trabajadores. |
11 |
Que expide la Ley
Federal para Prevenir, Atender y Eliminar la
Explotación Sexual de Niños, Niñas y
Adolescentes.
Publicación en GP:
Anexo VI.
2 de diciembre de 2010 |
Suscrita por los
diputados Alejandro Carabias Icaza y Eduardo
Ledesma Romo
(PVEM)* |
Comisiones Unidas de Atención a Grupos
Vulnerables y de Justicia, con
opinión de la Comisión de Presupuesto y
Cuenta Pública |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto
de prevenir y eliminar la explotación sexual
de niños, niñas y adolescentes, así como la
protección, atención y asistencia a las
víctimas de estas conductas con la finalidad
de garantizarles el respeto al libre
desarrollo de la personalidad y sus derechos
fundamentales. Crear un Programa Integral
para prevenir, atender y eliminar la
explotación sexual de niños, niñas y
adolescentes, con el objeto de fomentar el
respeto a los derechos humanos de los niños,
niñas y adolescentes, proporcionar orientación
jurídica a las víctimas de explotación sexual,
garantizar asistencia material, médica y
psicológica, a los menores de edad víctimas
del delito. Crear una Comisión
Intersecretarial para Prevenir, Atender y
Erradicar la Explotación Sexual Comercial de
Niños, Niñas y Adolescentes, con el objeto de
formular y someter a consideración del
Presidente de la República las políticas y
estrategia nacional para prevenir, atender y
eliminar la explotación sexual de niños, niñas
y adolescentes y coordinar su implantación en
los respectivos ámbitos de competencia de las
dependencias y entidades federales, elaborar
el Programa Integral y evaluar su ejecución,
expedir su Reglamento Interno. |
12 |
Que adiciona un artículo
46 Bis a la Ley General de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Publicación en GP:
Anexo VI.
2 de diciembre de 2010. |
Dip.
Eduardo Ledesma Romo
(PVEM)* |
Comisión de Equidad de Género |
Facultar a la Secretaría de Trabajo y
Previsión Social para impulsar acciones que
aseguren la igualdad de acceso de mujeres y de
hombres en materia de trabajo y previsión
social, diseñar, con una visión transversal,
la política integral con perspectiva de género
orientada a la prevención, atención, sanción y
erradicación del hostigamiento y acoso sexual
contra las mujeres, formular acciones y
programas orientados a fomentar la cultura del
respeto a los derechos humanos de las mujeres
en el ámbito laboral, promover políticas de
prevención y atención de la violencia contra
las mujeres, diseñar y difundir materiales que
promuevan la prevención y atención de la
violencia contra las mujeres en los centros de
trabajo, promover campañas nacionales de
concientización para mujeres y hombres sobre
su participación equitativa en la atención de
las personas dependientes de ellos, crear
programas de capacitación para el personal de
las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, respecto de la
violencia contra las mujeres, entre otras. |
13 |
Que reforma el artículo
66 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VI.
2 de noviembre de 2010. |
Dip.
Eduardo Ledesma Romo
(PVEM)* |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Ampliar hasta el 30 de junio el segundo
periodo ordinario de sesiones del Congreso de
la Unión. |
14 |
Que reforma el artículo
65 de la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente.
Publicación en GP:
Anexo II.
11 de noviembre de 2010. |
Dip.
Alejandro Del Mazo
Maza
(PVEM)* |
Comisión de Medio Ambiente y Recursos
Naturales |
Establecer que la Secretaría de Medio
Ambiente, Recursos Naturales deberá presentar
el programa de manejo del área natural
protegida para que pueda ser publicada la
declaratoria respectiva en el Diario Oficial. |
15 |
Que reforma el artículo
34 de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP:
Anexo X.
7 de diciembre de 2010. |
Dip.
Jorge Humberto
López-Portillo Basave
(PRI)* |
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública |
Establecer que los programas y proyectos
aprobados en el Presupuesto de Egresos de la
Federación, derivado de las modificaciones
hechas por la Cámara de Diputados, por su
naturaleza extraordinaria de inclusión al
Presupuesto de Egresos de la Federación,
contarán con la excepción del presente
procedimiento, en los términos siguientes: 15
días hábiles posteriores a la publicación del
Presupuesto de Egresos, la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público otorgará un
registro temporal en la cartera de inversión,
a efecto de que inicie la calendarización y,
en su caso, ejecución del gasto federalizado;
asimismo la evaluación costo beneficio se
presentará directamente a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público en un plazo no
mayor al 30 de abril del año correspondiente,
y la Secretaría resolverá en un plazo no mayor
a los 60 días naturales; si no emite
respuesta, está se entenderá resuelta en
sentido afirmativo. La Comisión
Intersecretarial del Gasto Financiamiento
deberá ordenar la ejecución de los programas y
proyectos antes del primer semestre de año. |
16 |
Que reforma los
artículos 26, 29 y 52 de la Ley Orgánica
del Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
7 de diciembre de 2010. |
Dip.
Esthela Damián Peralta
y de diputados
integrantes del Grupo Parlamentario del PRD * |
Comisión de
Régimen,
Reglamentos y Prácticas Parlamentarias |
Establecer que los recursos asignados en el
Presupuesto de Egresos de la Federación para
el desempeño de las actividades legislativas
los Grupos Parlamentarios deberán informar
trimestralmente de su ejercicio a la Junta de
Coordinación Política y ésta, a su vez, lo
publicará en la Gaceta Parlamentaria.
Facultar al Secretario de Servicios
Administrativos y Financieros para requerir la
comprobación fiscal de los gastos por concepto
de boletos de avión o de servicios de
transporte terrestre, conforme a las normas
que expida la Cámara de Diputados. |
17 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones del Código
Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales.
Publicación en GP:
Anexo II.
7 de diciembre de 2010. |
Dip.
Jorge Humberto
López-Portillo Basave
(PRI)* |
Comisión de Gobernación |
Facultar al Consejo General del IFE, a
propuesta de la Comisión de Quejas y
Denuncias, para suspender inmediatamente
cualquier propaganda gubernamental en radio.
Establecer que no serán considerados como
propaganda el informe anual de labores o
gestión de los servidores públicos, siempre
que la contratación de los promocionales sea
por conducto del Congreso de la Unión a través
de sus respectivas Cámaras; que el informe
contenga el desempeño de la actividad
legislativa; que el tiempo no exceda de los 15
días anteriores y 7 posteriores a la fecha en
que se rinda el informe; que la difusión se
limite una vez al año, sin que se realice
dentro del periodo de precampaña o campaña
electoral; y que los informes no incluyan
nombres, imágenes, voces o símbolos que
impliquen promoción y que la cobertura en
radio y televisión no sea a nivel nacional
sino local. |
18 |
Que reforma el artículo
27 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
7 de diciembre de 2010. |
Dip.
José del Pilar Córdova
Hernández
(PRI)* |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Prohibir el ingreso de residuos nucleares y
desechos tóxicos de ningún tipo al territorio
nacional. |
19 |
Que reforma el artículo
66 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo I.
8 de diciembre de 2010. |
Dip.
Rosalina Mazari Espín
(PRI)* |
Ampliar hasta el 15 de julio el segundo
periodo ordinario de sesiones del Congreso de
la Unión. |
20 |
Que reforma los
artículos 41, 90 y 93 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VI.
2 de diciembre de 2010. |
Dip.
José Ricardo López
Pescador
(PRI) |
Establecer que los órganos creados por la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, sin adscripción a ningún Poder de
la Unión, se deberán sujetar a los
procedimientos de control y fiscalización que
se aplica a los actos administrativos de los
poderes del Estado. Facultar a las Cámaras
para citar a los particulares que presten un
servicio público mediante una concesión o
cualquier forma de contrato, cuando se analice
un asunto relacionado con el servicio que
prestan o para requerirles información o
documentación. |
21 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley Federal
para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
Publicación en GP:
Anexo VI.
2 de diciembre de 2010. |
Dip.
Mirna Lucrecia Camacho
Pedrero
(PAN) |
Comisión de Derechos Humanos |
Establecer que no se considerará como
0conducta discriminatoria el trato
diferenciado que en su caso reciba una persona
discapacitada. Modificar el término “menores”
por el de “niñez”. Promover y difundir los
derechos humanos de la infancia y fomentar los
principios de igualdad y no discriminación.
Promover campañas de sensibilización en los
medios de comunicación para prevenir y
eliminar toda forma de discriminación y
violencia contra las niñas y los niños.
Garantizar la igualdad de oportunidades para
las personas mayores de 60 años. Promover la
creación de centros de gerontología para su
atención, misma que deberá de cubrir las
necesidades de prevención y atención de la
salud diferenciada. Garantizar el acceso a la
información a personas con discapacidad visual
y auditiva. Promover campañas de información
en los medios de comunicación para
sensibilizar a la sociedad, a fin de prevenir
y eliminar toda forma de discriminación y
violencia contra las personas con
discapacidad. Promover en todos los niveles
del Sistema Educativo Nacional, programas de
educación especial. |
22 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley del
Banco de México, de la Ley de
Instituciones de Crédito y de la
Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de
Valores.
Publicación en GP:
Anexo II.
30 de noviembre de 2010. |
Dip.
Esthela Damián Peralta
A nombre propio y de diputados integrantes del
Grupo Parlamentario del PRD |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Facultar al Banco de México para recabar
información de los intermediarios bancarios, a
efecto de determinar el margen financiero
existente entre las operaciones activas y
pasivas que se realicen en territorio
nacional, para lo cual se emitirán normas para
la recepción de los datos informativos de las
operaciones causantes de pasivo a corto,
mediano y largo plazo, segmentados por
importe, distinguiendo personas morales de
personas físicas, así como respecto de los
financiamientos al consumo, hipotecarios y al
sector agropecuario. Establecer que en el mes
de marzo de cada año el Banco rendirá un
informe respecto de la evolución de los
márgenes financieros de la banca en territorio
nacional, por cada institución de crédito.
Facultar a las autoridades financieras para
evitar prácticas y acuerdos monopólicos que se
traduzcan en condiciones usurarias en agravio
del público usuario. Prohibir a las
instituciones de crédito establecer
condiciones en las que los márgenes
diferenciales entre las operaciones activas de
financiamiento se aparten de las tasas pasivas
promedio que se ofrezcan al público. Sancionar
a quien pretenda cobrar intereses o accesorios
financieros usurarios. |
23 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley Federal
de Protección al Consumidor.
Publicación en GP:
Anexo V.
7 de septiembre de 2010. |
Dip.
Oscar González Yáñez
(PT)* |
Comisión de Economía |
Vigilar por parte de la Procuraduría Federal
de Protección al consumidor, en caso de que se
presenten contingencias derivadas de fenómenos
provocados por la naturaleza, que los precios
y tarifas establecidos ante la autoridad
competente, no se incrementen, con el fin de
especular o lesionar la economía del
consumidor. Crear el Capítulo XII bis,
denominado “De las medidas de control de
precios en el caso de Contingencias o
Situaciones de Desastre Natural”. Establecer
que la Procuraduría Federal del Consumidor, a
través de sus delegaciones estatales, podrá
congelar y controlar los precios de todos los
productos comercializados en casos de desastre
natural o contingencia; la declaratoria para
este congelamiento causará efecto a partir del
momento en que se haya dado la declaratoria de
zona de desastre por parte de la Secretaría de
Gobernación. |
24 |
Que reforma el artículo
110 del Código Federal de Instituciones
y Procedimientos Electorales.
Publicación en GP:
Anexo II.
7 de diciembre de 2010. |
Dip.
Sergio Mancilla Zayas
(PRI) |
Comisión de Gobernación |
Establecer que, previamente al inicio de sus
funciones, el consejero presidente y los
consejeros electorales rendirán la protesta de
ley en sesión que celebre el Consejo General.
Establecer que la elección del Consejero
Presidente y de los consejeros electorales del
Consejo General del Instituto Federal
Electoral deberá estar hecha a más tardar 15
días previos a la conclusión del periodo en el
encargo de él o de los consejeros salientes;
asimismo el consejero electoral elegido por la
Cámara de Diputados entrará en funciones el
día siguiente al de la fecha en que concluya
su periodo el consejero electoral saliente;
cuando no se concluya la elección del
consejero presidente o la de los consejeros
electorales correspondientes, continuarán en
su cargo los consejeros salientes, hasta en
tanto la Cámara de Diputados hace la
designación correspondiente. |
25 |
Que reforma el artículo
6° de la Ley de la Comisión Nacional de
los Derechos Humanos.
Publicación en GP:
Anexo VI.
2 de diciembre de 2010. |
Dip.
Teresa Guadalupe Reyes
Sahagún
(PT) |
Comisión de Derechos Humanos |
Facultar a la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos para supervisar el respeto a
los derechos humanos en el Sistema Informativo
Televisivo, Radiofónico y Periodístico del
país. |
26 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo 11.
7 de diciembre de 2010. |
Dip.
Ramón Jiménez Fuentes
(PRD)
Suscrita por diputados integrantes del Grupo
Parlamentario del PRD |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Crear la sexta circunscripción electoral
plurinominal para el ejercicio de los derechos
electorales de los mexicanos en el extranjero,
quienes sufragarán sobre las listas que
presenten los partidos políticos nacionales.
Establecer los requisitos para ser candidato a
diputado de la sexta circunscripción electoral
plurinominal. Establecer que los 32 senadores
serán elegidos mediante el sistema de listas
votadas en una circunscripción plurinominal
nacional, compuesta por 28 fórmulas de
candidatos y 4 fórmulas de candidatos para la
circunscripción plurinominal para ciudadanos
residentes en el extranjero. Los partidos
nacionales que alcancen por lo menos el 2% de
la votación emitida en la sexta
circunscripción tendrán derecho a que se les
asignen senadores según el principio de
representación proporcional. Las resoluciones
del Instituto Federal Electoral acerca de las
elecciones de los ciudadanos mexicanos
residentes en el extranjero, sólo podrán
impugnarse, ante la Sala Superior del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación,
únicamente cuando por los agravios se pueda
modificar el resultado de la elección. Los
fallos de la sala serán definitivos e
inatacables. |
27 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la
Ley Federal contra la
Delincuencia Organizada, del Código Federal de
Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica de
la Procuraduría General de la República
y de la Ley General del Sistema de
Seguridad Pública.
Publicación en GP:
Anexo X.
7 de diciembre de 2010. |
Dip.
Víctor Humberto
Benítez Treviño
(PRI) |
Comisiones Unidas de Justicia y de
Seguridad Pública |
Crear y administrar, a cargo de la
Procuraduría General de la República, el
Programa Nacional de Protección a Testigos y
Colaboradores contra la Delincuencia
Organizada, cuyos principios, criterios,
procedimientos y normas de operación
garantizarán la seguridad física, patrimonial,
psicológica y familiar, los documentos de
identidad, datos personales de los testigos
protegidos. Crear y definir las figuras de
testigo: ofendido, incidental y colaborador.
La admisión, sujeción temporal o definitiva de
una persona al Programa dependerá del nivel de
riesgo o amenaza en su integridad; tratándose
de la sujeción temporal, será por el tiempo
que dure el proceso o de acuerdo con la
naturaleza del riesgo. Deberá practicarse una
valoración especializada a cualquier persona
que desee ingresar al Programa, salvo en casos
urgentes, en los que el nivel y la inmediatez
de la amenaza lo justifiquen, los testigos
deberán recibir protección provisional. |
28 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley de
Desarrollo Rural Sustentable.
Publicación en GP:
Anexo VI.
2 de diciembre de 2010. |
Dip.
Rolando Zubia Rivera
(PRI) |
Comisión de Desarrollo Rural |
Fomentar e impulsar a las cadenas productivas,
incrementar la rentabilidad agropecuaria y
acuícola, impulsando al sector con mayores
mecanismos financieros para los pequeños y
medianos productores, así como incrementar la
capacidad de almacenamiento y disminuir los
costos de transportación agropecuaria.
Fortalecer las acciones que permitan el pleno
conocimiento de los recursos naturales
disponibles; combatir la pérdida de especies;
construir inventarios de plantas y animales;
evitar la sobreexplotación; impulsar la
tecnificación de la pesca marítima y del patio
rural; adoptar tecnologías para aprovechar las
energías alternativas y mejor aprovechamiento
de los combustibles en el hogar rural y
urbano. Establecer que el Sistema Nacional de
Investigación y Transformación de Tecnología,
con el apoyo de las instituciones vinculadas
al sector agropecuario, establecerán las
prioridades de investigación, desarrollo
tecnológico, validación y/o transferencia de
tecnología. |
29 |
Que reforma el artículo
39 de la Ley Orgánica del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
19 de octubre de 2010. |
Dip.
Martín Rico Jiménez
(PAN) |
Comisión de Régimen, Reglamentos y
Prácticas Parlamentarias |
Crear la Comisión Ordinaria de Ordenamiento
Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda de
la Cámara de Diputados. |
30 |
Que reforma el artículo
39 de la Ley Orgánica del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VI.
2 de diciembre de 2010. |
Dip.
Enrique Torres Delgado
(PAN) |
Crear la Comisión Ordinaria de Desarrollo
Urbano y Ordenación Territorial de la Cámara
de Diputados. |