1 |
Que adiciona los
artículos Tercero y Cuarto Transitorios al
Decreto por el que se reforma el artículo 74
de la Ley Federal del Trabajo,
publicado en el Diario Oficial de la
Federación, el día 17 de enero de 2006.
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de noviembre de 2009. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. Ricardo
Sánchez Gálvez (PAN) el 27 de octubre el
2009.
Dictamen a discusión presentado el 5 de
noviembre de 2009. Proyecto de decreto
aprobado por 324 votos, 7 en contra y 12
abstenciones. Se turnó a la Cámara de
Senadores para los efectos del inciso a) del
artículo 72 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Minuta recibida en la Cámara de Senadores el
10 de noviembre de 2009.
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de
trámites presentado en la Cámara de
Senadores, el 10 de noviembre de 2009.
Proyecto de decreto aprobado por 74 votos.
Se turnó a la Cámara de Diputados para los
efectos del inciso d) del artículo 72 de
la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Resolutivos:
PRIMERO.-
Se desecha la Minuta con proyecto de decreto
por el que se adicionan los artículos
Tercero y Cuarto Transitorios al Decreto por
el que se reforma el artículo 74 de la Ley
Federal del Trabajo, por las razones
vertidas en las correspondientes
consideraciones.
SEGUNDO.-
Devuélvase el expediente a la Cámara de
Diputados, de conformidad con lo previsto en
el Artículo 72, inciso d), de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. |
Comisión de Trabajo y Previsión Social |
2 |
Que adicionan un
Segundo y Tercer párrafos, recorriéndose los
subsecuentes en su orden, al Artículo 16 de
la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo I.
13 de noviembre de 2009. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Antonio García Torres
(PRI) el 5 de abril de 2006.
Dictamen a discusión presentado en la Cámara
de Senadores el 18 de abril de 2006.
Proyecto de decreto aprobado por 77 votos a
favor, 4 en contra y 2 abstenciones. Se
turnó a la Cámara de Diputados para los
efectos del inciso a) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Minuta recibida en la Cámara de Diputados el
19 de abril de 2006.
Dictamen de Primera Lectura presentado el 18
de septiembre de 2007.
Dictamen a discusión presentado el 20 de
septiembre de 2007. Proyecto de decreto
aprobado por 332 votos. Se turnó a la Cámara
de Senadores para los efectos del inciso e)
del artículo 72 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Minuta recibida en la Cámara de Senadores el
25 de septiembre de 2007.
Dictamen de Primera Lectura presentado en la
Cámara de Senadores el 5 de noviembre de
2009.
Dictamen a discusión presentado en la Cámara
de Senadores, el 10 de noviembre de 2009.
Proyecto de decreto aprobado por 91 votos y
1 abstención. Se turnó a la Cámara de
Diputados para los efectos del inciso d)
del artículo 72 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Resolutivos:
PRIMERO.-
Se da por concluido el procedimiento
legislativo de la Minuta Proyecto de Decreto
por el que se adicionan un segundo y tercer
párrafos, recorriéndose los subsecuentes en
su orden, al artículo 16 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
SEGUNDO.-
Archívese el proyecto de decreto mencionado
en el presente dictamen como concluido y
notifíquese a la Cámara de Diputados. |
Comisión de Puntos Constitucionales |
3 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de las Leyes
para la Protección de los Derechos de las
Niñas, Niños y Adolescentes y
General de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia.
Publicación en GP:
Anexo I.
13 de noviembre de 2009. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por la Sen. María Elena Orantes,
el 6 de febrero de 2007.
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Javier Orozco Gómez (PVEM)
a nombre propio y de diversos senadores de
su Grupo Parlamentario, el 27 de febrero de
2007.
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Sen. Alejandro Moreno
Cárdenas, el 27 de febrero de 2007.
Dictamen de Primera Lectura presentado en la
Cámara de Senadores el 5 de noviembre de
2009.
Dictamen a discusión presentado en la Cámara
de Senadores, el 10 de noviembre de 2009.
Proyecto de decreto aprobado por 89 votos.
Se turnó a la Cámara de Diputados para los
efectos del inciso a) del artículo 72 de
la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Propuesta:
Incluir dentro de los derechos protegidos de
las niñas, niños y adolecentes todo tipo de
explotación. En cuanto a los adolescentes
mayores de 14 años serán protegidos contra
el desempeño de cualquier trabajo que pueda
ser peligroso o pueda entorpecer su
educación, o sea nocivo para su salud y para
su desarrollo físico, mental, espiritual,
moral o social. En relación a los
procedimientos a los que se someta a un
adolescente que presuntamente haya
infringido la ley penal, deberán contar
gratuitamente, en caso de requerirlo, con un
intérprete, traductor y abogado defensor que
conozca su lengua o idioma y el sistema
normativo de su lugar de origen y a que las
actuaciones se lleven a cabo tanto en idioma
español, como en el propio. |
Comisiones Unidas de Atención a Grupos
Vulnerables y Equidad y Género |
4 |
Que reforma el
artículo 13 de la Ley General de
Derechos Lingüísticos de los Pueblos
Indígenas.
Publicación en GP:
Anexo I.
18 de noviembre de 2009. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. Erick
López Barriga (PRD) el 4 de noviembre de
2008.
Dictamen de Primera Lectura presentado el 10
de febrero de 2009.
Dictamen a discusión presentado el 19 de
febrero de 2009. Proyecto de decreto
aprobado por 301 votos y 2 abstenciones. Se
turnó a la Cámara de Senadores para los
efectos del inciso a) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Minuta recibida en la Cámara de Senadores el
24 de febrero de 2009.
Dictamen de primera lectura presentado en la
Cámara de Senadores el 10 de noviembre de
2009.
Dictamen a discusión presentado en la Cámara
de Senadores, el 12 de noviembre de 2009.
Proyecto de decreto aprobado por 73 votos.
Se turnó a la Cámara de Diputados para los
efectos del inciso e) del artículo 72 de
la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Propuesta:
Establecer como obligación de los tres
órdenes de gobierno el instrumentar las
medidas necesarias para que en los
municipios indígenas del país, las señales
informativas de nomenclatura oficial así
como sus topónimos, sean inscritos en
español y en las lenguas originarias de uso
en el territorio. |
Comisión de Asuntos Indígenas |