No. |
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que establece las
características de cuatro monedas de oro.
Publicación en GP:
Anexo I.
15 de diciembre de 2009. |
Ejecutivo Federal |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público |
Establecer las características de cuatro
monedas de oro de conformidad con el
artículo 2o.-Bis de la Ley Monetaria de los
Estados Unidos Mexicanos |
2 |
Que establece las
características de una moneda de oro y dos
de plata, conmemorativas del “Bicentenario
del Inicio del
Movimiento de Independencia Nacional”
y dos monedas de Plata Conmemorativas al
“Centenario del Inicio de la -Revolución
Mexicana”.
Publicación en GP:
Anexo I.
15 de diciembre de 2009. |
Establecerlas características de:
-Una moneda de oro, conmemorativa del
bicentenario del inicio del movimiento de
Independencia Nacional;
-Dos monedas de plata conmemorativas del
bicentenario del inicio del movimiento de
Independencia Nacional y;
-Dos monedas de plata conmemorativas del
centenario del inicio de la Revolución
Mexicana
De conformidad con el inciso c) del artículo
2o. de la Ley Monetaria de los Estados
Unidos Mexicanos. |
3 |
Que establece las
características de cinco monedas de plata
relativas al complejo arquitectónico de
“Chichén Itzá”.
Publicación en GP:
Anexo I.
15 de diciembre de 2009. |
Establecer las características de cinco
monedas de plata pura, de conformidad con el
inciso c) del artículo 2o. de la Ley
Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos |
4 |
Que reforma el inciso
c) del artículo 2-A de la Ley del
Impuesto al Valor Agregado.
Publicación en GP:
Anexo I.
15 de diciembre de 2009. |
Sen.
Javier Orozco Gómez
(PVEM) * |
Establecer que los filtros purificadores de
agua y equipo para plantas tratadoras de
agua estén sujetos a una tasa de 0 por
ciento del impuesto al valor agregado. |
5 |
Que reforma los
artículos 5 de la Ley del Impuesto
Empresarial a Tasa Única y 176 de la
Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Publicación en GP:
Anexo II.
15 de diciembre de 2009. |
Dip.
Miguel Ángel Riquelme Solís
(PRI) *
A nombre propio y de diputados de su Grupo
Parlamentario |
Establecer que los contribuyentes podrán
deducir los montos por concepto de becas
otorgadas por las escuelas particulares,
siempre que presenten las listas de los
beneficiarios en el año fiscal que se
pretende deducir y que las personas físicas
residentes en el país, podrán hacer
deducciones personales sobre los pagos de
colegiaturas por concepto de educación o
capacitación para sí y sus descendientes en
primer grado. |
6 |
Que reforma el
artículo 42 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP:
Anexo II.
15 de diciembre de 2009. |
Dip.
Óscar Martín Arce Paniagua
(PAN) * |
Comisión de
Presupuesto y Cuenta Pública |
Establecer que una vez que la Comisión de
Presupuesto y Cuenta Pública haya
dictaminado el proyecto de decreto de
Presupuesto de Egresos de la Federación, lo
hará del conocimiento del pleno de la Cámara
de Diputados para que sea analizado con un
plazo mínimo de tres días naturales con
anterioridad a la fecha límite fijada para
su aprobación. |
7 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
15 de diciembre de 2009. |
Dip.
Juan Carlos Natale López
(PVEM) * |
Comisión de
Puntos Constitucionales |
Modificar las fechas en que la cuenta
pública deberá ser presentada a la Cámara de
Diputados del 30 de abril al último día
hábil del mes de febrero y la conclusión de
la revisión de la misma del 30 de septiembre
al 15 de diciembre del año de su
presentación, así como la entrega del
informe de resultados de la revisión de la
Cuenta Pública del 20 de febrero al 31 de
octubre del mismo año de su presentación, el
cual se someterá a la consideración del
pleno de dicha Cámara para
efectos de su aprobación. Establecer que la
entidad de fiscalización superior de la
Federación tendrá a su cargo el control de
los órganos internos de fiscalización de los
Poderes de la Unión y que tendrán la
obligación de coordinarse con la entidad a
efecto de comunicar los avances y resultados
de las auditorías preventivas que realicen.
Establecer que el titular de la entidad de
fiscalización superior de la Federación
podrá ser sujeto de juicio político. |
8 |
Que reforma los
artículos 25 y 32 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP:
Anexo II.
15 de diciembre de 2009. |
Dip.
Liev Vladimir Ramos Cárdenas
(NA) * |
Comisión de
Presupuesto y Cuenta Pública |
Establecer que los presupuestos para los
ramos de educación y de ciencia y
tecnología, deberán ser plurianuales. |
9 |
Que reforma el
artículo 104 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
15 de diciembre de 2009. |
Dip.
Francisco Saracho Navarro
(PRI) *
A nombre propio y de diputados de su Grupo
Parlamentario |
Comisión de
Puntos Constitucionales |
Establecer que los Tribunales de la
Federación tendrán competencia para conocer
de los recursos de revisión que se
interpongan contra las resoluciones
definitivas de los tribunales de lo
contencioso administrativo estatales. |
10 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones del Código
Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales.
Publicación en GP:
Anexo II.
15 de diciembre de 2009. |
Diputados integrantes del Grupo
Parlamentario del PAN |
Comisión de
Gobernación |
Obligar a los partidos políticos nacionales
a generar las condiciones que garanticen el
ejercicio de los derechos
político-electorales de los ciudadanos
mexicanos residentes en el extranjero,
incorporar a los emigrantes en la toma de
decisiones del país y salvaguardar su
derecho a votar y ser votados. Facultar a
la Dirección Ejecutiva del Registro Federal
de Electores para presentar los servicios
del Registro Federal de Electores en el
extranjero, de acuerdo a las modalidades,
criterios y disposiciones que dicte el
Instituto Federal Electoral
(IFE).
Establecer que el IFE podrá realizar
programas y campañas de credencialización en
el extranjero, ya sea de carácter temporal o
permanente, pudiendo suscribir convenios de
colaboración con la finalidad de utilizar
embajadas, consulados y oficinas de
representación en el exterior. Establecer
que los partidos políticos deberán incluir a
ciudadanos mexicanos residentes en el
extranjero para el registro de diputados y
senadores por el principio de representación
proporcional. |
11 |
Que reforma los
artículos 25, 32bis, 33bis y 34 de la
Ley de Coordinación Fiscal.
Publicación en GP:
Anexo II.
15 de diciembre de 2009. |
Dip.
Hugo Héctor Martínez González
(PRI) *
A nombre propio y de diputados de su Grupo
Parlamentario |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público |
Crear el Fondo de Aportaciones para el
Desarrollo Regional y Combate a la Pobreza,
el cual se determinará anualmente en el
Presupuesto de Egresos de la Federación y se
enterará mensualmente en los primeros 10
meses del año por partes iguales a los
estados por conducto de la federación y a
los municipios a través de los estados. |
12 |
De decreto, para
inscribir con letras de oro en el Muro de
Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro
la leyenda "Escuadrón 201”.
Publicación en GP:
Anexo II.
15 de diciembre de 2009. |
Dip.
Gabriela Cuevas Barron
(PAN) * |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias |
Inscribir con letras de oro en el Muro de
Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro
la leyenda "Escuadrón 201” |
13 |
Que reforma el
artículo 63 de la Ley Federal de
Telecomunicaciones.
Publicación en GP:
Anexo II.
15 de diciembre de 2009. |
Dip.
Hugo Héctor Martínez González
(PRI) *
A nombre propio y de diputados de su Grupo
Parlamentario |
Comisión de
Comunicaciones |
Exentar del pago del servicio de mensajería
SMS en telefonía móvil a aquellas personas
con discapacidad auditiva y/o de habla. |
14 |
Que reforma el
artículo 3 de la Ley Federal contra la
Delincuencia Organizada.
Publicación en GP:
Anexo II.
15 de diciembre de 2009. |
Dip.
María Antonieta Pérez Reyes
(PAN) * |
Comisión de
Justicia |
Facultar al Ministerio Público de la
Federación para atraer el delito de trata de
personas. |
15 |
Que reforma el
artículo 11 de la Ley de Protección y
Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
Publicación en GP:
Anexo II.
15 de diciembre de 2009. |
Dip.
Leobardo Soto Martínez
(PRI) * |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público |
Facultar a la Comisión Nacional para la
Protección y Defensa de los Usuarios de
Servicios Financieros para congelar la deuda
de los usuarios a petición de los
interesados, con relación al retraso del
pago de capital e intereses de tarjetas de
crédito, y que por falta de liquidez se
acumulan y multiplican los intereses. |
16 |
Que reforma el
artículo 24 de la Ley del Banco de
México.
Publicación en GP:
Anexo II.
15 de diciembre de 2009. |
Prohibir al Banco de México expedir
disposiciones o reglamentos que “afecten los
intereses y la economía familiar de los
particulares relacionados con instituciones
financieras”, en razón a la compensación de
las tarjetas de crédito con cuentas de
cheques, ahorro y nómina. Derogar las reglas
a las que habrán de sujetarse la emisión y
operación de tarjetas de crédito, las
instituciones de banca múltiple, sociedades
financieras de objeto limitado y sociedades
de objeto múltiple. |
17 |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley de
Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y
107 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en materia de
Juicio de Amparo Agrario y adiciona
el artículo 23 de la Ley Agraria.
Publicación en GP:
16 de diciembre de 2009. |
Dip.
Justino Eugenio Arriaga Rojas
(PAN) * |
Comisiones Unidas
de
Justicia y de
Reforma Agraria |
Modificar el plazo en que la demanda de
amparo en materia agraria podrá interponerse
cuando se trate de núcleos de población
ejidales o comunales de “cualquier tiempo”
hasta en el plazo de ocho meses contado a
partir del momento en que se notifique el
acto reclamado, así como para la
interposición de la queja respecto del
cumplimiento de la sentencia de “cualquier
tiempo” hasta en el plazo de un año contado
a partir de la fecha de que se declare
cumplida y establecer el plazo de un año
para que opere la caducidad por inactividad
procesal. Aumentar el plazo para interponer
la demanda de amparo de 30 a 45 días cuando
se trate de derechos individuales
ejidatarios o comuneros y establecer una
regla de subsidiaridad para que los posibles
sucesores puedan interponer la demanda ante
la ausencia del titular. |