Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 Sesión 32, del 10 de Diciembre de 2009.

 

                6. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA CON DISPENSA DE SEGUNDA

                           a) Con proyectos de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisión de Energía

 

Publicación en GP:

Anexo IV

10 de diciembre de 2009.

Que reforma la fracción II del artículo 3 de la Ley del Sistema de Horario  de los Estados unidos Mexicanos.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presenta en la Cámara de Senadores por el Sen. Raúl Mejía González el 13 de diciembre de 2007. (LX Legislatura)

Iniciativa presenta en la Cámara de Senadores por la Sen. Eva Contreras Sandoval el 21 de enero de 2009. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 24 de noviembre de 2009.

Dictamen a discusión presentado el 26 de noviembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida el 1 de diciembre de 2009.

 

Propuesta:

Exceptuar de la Zona Pacífico al municipio de Bahía de Banderas y se explicite que, este último, formará parte de Zona Centro.

 

Intervención:

 

Por la Comisión: Dip. Alfredo Javier Rodríguez Dávila (PAN)

a) En votación económica se autorizó incluirlo en el Orden del Día.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 281 votos en pro, 2 en contra y 3 abstenciones.

c) Pasa al Ejecutivo Federal  para sus efectos constitucionales.

2

Comisión de Energía

 

Publicación en GP:

Anexo V

10 de diciembre de 2009.

Que adiciona un párrafo al artículo único del decreto por el que se establece el horario estacional que se aplicara en los Estados Unidos Mexicanos.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por el Dip. Gastón Luken Garza (PAN) el 18 de noviembre de 2009.

 

Propuesta:

Establecer que el horario estacional en los municipios fronterizos de Tijuana, Ensenada y Mexicali en Baja California; Juárez y Ojinaga en Chihuahua; Acuña y Piedras Negras en Coahuila; Anáhuac en Nuevo León; Nuevo Laredo, Reynosa y Matamoros en Tamaulipas; y los municipios fronterizos que se encuentran ubicados en la franja fronteriza norte en el territorio comprendido entre la línea internacional y la línea paralela ubicada a una distancia de 20 kilómetros hacia el interior del país, surtirá efecto desde las 2 horas del segundo domingo de marzo y concluirá a las 2 horas del primer domingo de noviembre.

 

Intervención:

 

Por la Comisión: Dip. Gastón Luken Garza (PAN) *

 

* Propuso modificaciones (lo que aparece en cursivas).

a) En votación económica se autorizó incluirlo en el Orden del Día.

b) En votación económica se aceptaron las modificaciones propuestas por el Dip Luken Garza.

c) Aprobado en lo general y en lo particular con las modificaciones aceptadas, en votación nominal, por 277 en pro, 2 en contra y 1 abstención.

d) Pasa a la Cámara de Senadores  para sus efectos constitucionales.

3

Comisión de Justicia

 

Publicación en GP:

Anexo VI

10 de diciembre de 2009.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en el Senado de la República por el Sen. Tomás Torres Mercado (PRD) a nombre propio y del Sen. Silvano Aureoles Conejo (PRD) el 28 de noviembre de 2006. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 4 de octubre de 2007. (LX Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 28 de febrero de 2008. Aprobado por 82 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LX Legislatura)

Minuta recibida el 4 de marzo de 2008. (LX Legislatura)

Iniciativa presentad por el Dip.  Carlos Armando Reyes López (PAN) el 16 de octubre de 2007. (LX Legislatura)

Iniciativa presentada por el Dip. Leonardo Álvaez Romo (PVEM) el 19 de enero de 2005. (LIX Legislatura)

 

Propuesta:

Incluir como delitos contra el consumo nacional al que alterare los instrumentos de medición para enajenar o suministrar hidrocarburos refinados procesados o sus derivados, al que de manera ilícita posea o se ostente como propietario de petróleo, y al que sustraiga o aproveche petróleo crudo o hidrocarburos refinados o sus derivados de los ductos, equipos o instalaciones de Petróleos Mexicanos,  se aumentara la pena hasta en una mitad cuando el responsable sea o haya sido servidor público de la industria petrolera o trabajador de Petróleos Mexicanos o de sus organismos subsidiarios o empresas filiales. Dichos delitos serán calificados como graves y cuando se aseguren los materiales antes mencionados el Ministerio Público será el encargado de acordar y vigilar su aseguramiento y entrega a Petróleos Mexicanos. Asimismo, se considerará como terrorismo cuando tres o más personas se organicen de hecho, en forma permanente o reiterada para realizar dichos delitos.

a) Se consideró de urgente resolución.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 260 votos en pro, 4 en contra y 2 abstenciones.

c) Devuélvase a la Cámara de Senadores, para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

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