Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

 

    1.   COMUNICACIONES

 

De CC. Legisladores

 

    2.   OFICIOS

 

a) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público  

 

b) Del Servicio de Administración Tributaria

 

   3.   OFICIOS CON ACUERDOS

 

   4.   ACUERDO DE LA MESA DIRECTIVA DE LA COMISIÓN PERMANENTE

 

   5.   INICIATIVAS

 

   6.   PROYECTO DE DECRETO A DISCUSIÓN

 

   7.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con puntos de acuerdo

 

   8.   DICTÁMENES NEGATIVOS

 

De proposiciones

 

   9.   PROPOSICIÓN DE URGENTE RESOLUCIÓN

 

   10.   PROPOSICIONES

 

  11.   EFEMÉRIDES

 

  12.   AGENDA POLÍTICA

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

COMISIÓN PERMANENTE - SEGUNDO RECESO DEL

SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

 

 Sesión 08

   

 

 

6.     PROYECTO DE DECRETO A DISCUSIÓN

 

No.

PROYECTO DE DECRETO

TRÁMITE

1

Decreto por el que la Comisión Permanente convoca al H. Congreso de la Unión a celebrar un periodo de sesiones extraordinarias.

 

Proceso:

Oficio de la Cámara de Diputados recibido el 18 de junio de 2014. (LXII Legislatura)

Oficio de la Cámara de Senadores recibido el 18 de junio de 2014. (LXII Legislatura)

 

Decreto:

ARTÍCULO PRIMERO. Con fundamento en los Artículos 67 y 78, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión que funciona durante el Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio de la LXII Legislatura, convoca a las Cámaras de Diputados y de Senadores del H. Congreso de la Unión, a celebrar un Segundo Período de Sesiones Extraordinarias.

ARTÍCULO SEGUNDO. Las Sesiones Extraordinarias a que se refiere el presente Decreto se realizarán a partir del día 19 de junio de 2014.

ARTÍCULO TERCERO. La sesión de Congreso General para declarar la apertura del Período de Sesiones Extraordinarias a que se refiere el presente Decreto, se celebrará el 19 de junio de 2014, a las 11:00 horas.

ARTÍCULO CUARTO. Durante el Segundo Periodo de Sesiones Extraordinarias, el H. Congreso de la Unión se ocupará de desahogar los siguientes asuntos:

1.- Derogación de la fracción XXXI del artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

2.- Reforma de diversas disposiciones de la Ley General en materia de Delitos Electorales.

3.- Reformas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

4.- Reforma al artículo 87 de la Ley General de Partidos Políticos.

ARTÍCULO QUINTO. Durante el Segundo Periodo de Sesiones Extraordinarias, adicionalmente la Cámara de Diputados se ocupará de resolver los siguientes asuntos:

1.- Elección de quien ocupe la vacante en la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión que funciona durante el Segundo Receso del Segundo año de la LXII Legislatura, generada por la licencia otorgada al Diputado José Manzur Quiroga del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

2.- Protesta de ciudadanos diputados.

3.- Acuerdos de los órganos de Gobierno.

ARTÍCULO SEXTO. Durante el Segundo Periodo de Sesiones Extraordinarias, las Presidencias de las Mesas Directivas de cada Cámara convocarán a sesiones en las fechas que consideren oportunas a fin de atender los asuntos previstos en los Artículos Cuarto y Quinto de este decreto.

ARTÍCULO SÉPTIMO. Cada Cámara realizará la correspondiente clausura del Segundo Período de Sesiones Extraordinarias, una vez que determine atendidos los asuntos que describen en el presente Decreto, o cuando así lo considere.

ARTÍCULO OCTAVO. De conformidad con el Artículo 72, inciso j), párrafo último de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

 

Intervenciones:

 

Dip. Francisco Alfonso Durazo Montaño (MC)

Sen. Héctor Larios Córdova (PAN)

Dip. Fernando Belaunzarán Méndez (PRD)

Sen. Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (PRD)

Dip. María Beatriz Zavala Peniche (PAN)

Sen. Armando Ríos Piter (PRD)

Dip. Héctor Humberto Gutiérrez De la Garza (PRI)

Sen. Carlos Alberto Puente Salas (PVEM)

a)  En votación económica se autorizó someterlo a discusión.

b)  Aprobado en lo general y lo particular lo no reservado por 35 votos.

c)  Aprobado el numeral cuatro del resolutivo cuarto del Proyecto de Decreto por 26 votos en pro y 8 en contra.

d)  El Presidente realizó la convocatoria respectiva.

e)  Comuníquese a la Cámara de Senadores, y a la Cámara de Diputados.

f)  Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

 

 

 

 

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