Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS


 

1. COMUNICACIÓNES

De CC. Senadores


2. OFICIOS

a) De la Secretaría de Gobernación

b) Del Servicio de Administración Tributaria.


3. INVITACIÓN A CEREMONIAS CÍVICAS

De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal.

 

4. PERMISOS CONSTITUCIONALES

a) Para prestar servicios

b) Para aceptar y usar condecoraciones

 

5. ACUERDO DE LA MESA DIRECTIVA DE LA COMISIÓN PERMANENTE

 

6. INICIATIVAS

7. DICTÁMEN DE PRIMERA LECTURA

De permiso constitucional. Para aceptar y usar condecoraciones


8. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

Con puntos de acuerdo

 

9. DICTAMEN NEGATIVO

De proposición

 

10. PROPOSICIONES

 

11. EFEMÉRIDES

 

12. AGENDA POLÍTICA

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

Comisión Permanente del segundo Receso del
Primer Año de Ejercicio

 

SESIÓN 05

   

 

 

6.     INICIATIVAS

 

 

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO

SINOPSIS

1

Que adiciona un segundo párrafo el artículo 151 de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Congreso del estado de Chihuahua

Comisión de Seguridad Social, de la Cámara de Diputados

Establecer que el asegurado haya dejado de estar sujeto al régimen obligatorio, con motivo de haber expirado el periodo de conservación de derechos, siempre que haya cumplido la edad y semanas de cotización requeridas para recibir su pensión, sin necesidad de ser reinscrito, se le reconocerán inmediatamente todas sus cotizaciones por el Instituto Mexicano del Seguro Social al momento de solicitar su otorgamiento. 

2

Que modifica el artículo 14 Bis, fracción X de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Dip.

Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez

(PRI)

 

A nombre del Dip.  Javier Filiberto Guevara González

(PRI)

Comisión de Justicia, de la Cámara de Diputados

Incluir en las medidas de vigilancia especial en los Centros de Readaptación de Sentenciados, la prohibición de cualquier aparato o dispositivo tecnológico que permita la comunicación de los reos. Limitar el uso de teléfonos fijos para el personal administrativo.

3

Que se reforman y adicionan diversas disposiciones del artículo 45 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Sen.

María del Pilar Ortega Martínez

(PAN)

Comisiones Unidas de Seguridad Pública y Estudios Legislativos Segunda, de la Cámara de Senadores

Establecer la obligación de las Instituciones de Seguridad Pública de difundir entre los integrantes de la Institución, las prestaciones y servicios a las que tienen acceso, incluyendo la de sus derechohabientes, así como promover programas internos de bienestar social, salud, reconocimientos y estímulos al mérito y acciones de protección al ingreso económico de los mismos, a través del otorgamiento de servicios y el fomento de la participación de ellos y de sus familias en actividades culturales, deportivas y recreativas.

4

Que reforman, adicionan y derogan diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Dip.

Alfa Eliana

González Magallanes

(PRD)

 

A nombre propio y de Diputados de su Grupo Parlamentario

Comisión de Trabajo y Previsión Social, de la Cámara de Diputados

Prever que las normas del trabajo tutelarán el interés superior de las niñas y los niños. Establecer las bases para la prestación de trabajo de las niñas y los niños menores de dieciocho años dentro de la República Mexicana. Derogar las disposiciones por las cuales no se considerará trabajo las actividades que bajo la supervisión, el cuidado y la responsabilidad de los padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad, realicen los menores de catorce años relacionadas con la creación artística, el desarrollo científico, deportivo o de talento, la ejecución musical o la interpretación artística en cualquiera de sus manifestaciones. Prever las sanciones a los patrones que infrinjan lo relativo a la prestación de trabajo de los menores.

5

Que reforma los artículos 401, 403, 405, 406, 407, 409 y 412 del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Dips.

Ricardo Cantú Garza

(PT)

 

A nombre propio y del Dip. Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (PT)

Comisión de Justicia, de la Cámara de Diputados

Adicionar a la definición de funcionarios partidistas, a quién realice actividades de organización y promoción en precampañas y campañas de precandidatos y candidatos. Adicionar las boletas, como documentos públicos electorales. Sancionar a la persona que utilice  programas sociales con la finalidad de inducir o coaccionar el voto, solicite datos de la credencial para votar con el objeto de condicionar la libre emisión del voto, coaccione a otros mediante amenazas o violencia, a votar o abstenerse de hacerlo a favor de un determinado candidato, realice o reciba aportaciones en dinero o especie en montos superiores a los permitidos por la ley; al funcionario electoral que impida el escrutinio y computo de la votación, destituya funcionarios de casilla sin cumplir los requisitos establecidos en la ley; al funcionario partidista o candidato que altere las facturas que justifiquen los gastos de campaña, no reporte ingresos; al servidor público que promueva o denigre la imagen de algún candidato, utilice programas sociales para la promoción de su imagen personal, entre otros.

6

Que reforma la fracción IV del artículo 2°, los artículos 4° y 5° y la fracción XXIX del artículo 11° y se adiciona una fracción XXXIV, recorriéndose las subsecuentes en su orden, al artículo 11° de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Dips.

Ricardo Monreal Ávila

(MC)

 

A nombre propio y de los Dips. Ricardo Mejía Berdeja y Alfonso Durazo Montaño (MC)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados

Considerar como “Institución Financiera” a las tiendas departamentales que ofrecen productos o servicios financieros. Otorgar a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones; asimismo, establecer la obligación de ésta para rendir cuentas de manera periódica a la Cámara de Diputados sobre las resoluciones y laudos emprendidos; y establecer la facultad de la misma, para realizar visitas de inspección a las instituciones financieras, con el objeto de garantizar la equidad en las relaciones entre los usuarios de servicios financieros y las mismas.

7

Que reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Sen.

Miguel Barbosa Huerta

(PRD)*

Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores

Tipificar la “desaparición involuntaria de personas”, para este delito se establece una penalidad que va de 20 a 40 años, lo cual es de la más alta gravedad, acorde con el terrible resultado material que conlleva esta conducta, pudiendo dicha pena incluso llegar hasta los setenta años, de conformidad con las agravantes establecidas.

8

Que adiciona una fracción XIV al artículo 129 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Dip.

Luis Antonio González Roldán

(NA)*

Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados

Considerar que se siguen perjuicios al interés social o se contravienen disposiciones de orden público, cuando al concederse la suspensión del acto reclamado, se produzca daño al medio ambiente, al equilibrio ecológico o que por ese motivo afecte la salud de las personas.

9

Que adiciona un párrafo al artículo 39 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Dip.

Mirna E. Hernández Morales

(PRI)*

Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados

Especificar que de los vehículos destinados al transporte de carga, federal o Privada al tractocamión sólo se le permitirá el uso de un semirremolque, para circular en las carreteras federales.

10

Que reforma los incisos b) y c) y se adiciona un inciso d) al numeral 2 y un numeral 6 al artículo 211 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Sens.

Ernesto Ruffo Appel y Héctor Larios Córdova

(PAN)*

Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores

Establecer que para que un partido político pueda autorizar la realización de actos de precampaña, proselitismo o difusión de propaganda de precampaña electoral en un proceso de selección interna de candidatos, es necesario que existan dos o más precandidatos a un mismo cargo de elección popular en dicho partido.

11

Que modifica el artículo 23 de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Dip.

Ricardo Cantú Garza

(PT)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados

Modificar el plazo de “72” a “sesenta” meses, la temporalidad en que las Sociedades están obligadas a conservar y/o eliminar historiales crediticios, la información que refleje el incumplimiento ininterrumpido de cualquier obligación exigible, así como las claves de prevención que les correspondan.  Modificar el plazo no mayor de “cuarenta y ocho” a “veinticuatro” meses para que las Sociedades eliminen información relativa a créditos menores al equivalente a mil UDIS, o el registro de saldos residuales de cuantías mínimas.

12

Que reforma el artículo 129 Bis del Código Penal Federal y el artículo 194 fracción l inciso 4) del Código Federal de Procedimientos Penales.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Dip.

Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila

(MC)*

Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados

Tipificar el delito de “facilitación de información con fines delictivos”, entendido como la persona que aceche, alerte, vigile o realice cualquier tipo de acción tendiente a obtener información privilegiada de las instituciones de seguridad pública, fuerzas armadas o de procuración de justicia, con el fin de utilizarla para dar a conocer la ubicación, actividades y operativos, imponiendo una pena de cuatro a doce años de prisión y multa de doscientas a cuatrocientas veces el salario mínimo a quien cometa dicho delito. Calificar como delito grave, la facilitación de información con fines delictivos.

13

Que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Sen.

Diva Hadamira Gastélum Bajo

(PRI)*

Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores

Establecer, en materia de salubridad general, competencias a las entidades federativas y autoridades locales dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales, el Programa de diagnóstico oportuno, atención, tratamiento y control del cáncer en la Infancia y la adolescencia.

14

Que reforma el artículo Tercero Transitorio de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Sen.

Francisco Salvador López Brito

(PAN)*

Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores

Establecer que son aplicables a los juicios iniciados con anterioridad a su entrada en vigor, siempre y cuando la sentencia relativa haya causado estado con posterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley.

15

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Dip.

José Arturo López Cándido

(PT)*

Comisión de Salud de la Cámara de Diputados

Prever como derecho de las personas con trastornos mentales y del comportamiento, que se nombre por parte de los familiares a un tutor responsable directo o algún tutor que se haga cargo de los enfermos que están internados en los centros y hospitales psiquiátricos. Establecer que serán sancionados los padres, tutores, quienes ejercen la patria potestad o quienes ostenten la representación legal de personas con trastornos mentales y del comportamiento, que cometan abandono físico de sus pacientes o que desistan de los apoyos en especie o económicos solicitados por los centros u hospitales psiquiátricos.

16

Que adiciona una fracción al artículo 4 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Dip.

José Luis Oliveros Usabiaga

(PAN)*

Comisión de Juventud de la Cámara de Diputados

Establecer como atribución del Instituto Mexicano de la Juventud, celebrar acuerdos y convenios con las autoridades de las entidades federativas y los municipios para promover la integración de Consejos de Seguimiento de Políticas Públicas en materia de juventud a nivel local.

17

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Dip.

María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez

(PAN)*

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados

Establecer que para los cambios de uso de suelo en áreas forestales, selvas y zonas áridas por expansión de áreas urbana y rural, o para la ejecución de prácticas agrícolas pecuarias, agroforestales y silvapastorales, será necesario un estudio de impacto ambiental realizado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Establecer que para el cambio de uso de suelo en sub zonas de aprovechamiento sustentable de ecosistemas, se deberá reservar el tres por ciento para la práctica de actividades silvapastorales y  de reforestación. Establecer que será objetivo de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, garantizar que subsista la conservación ambiental y no se generen impactos ambientales negativos a partir de las prácticas de cambios de usos de suelo.

18

Que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley General de Sociedades Cooperativas.

 

Publicación en GP:

29 de mayo de 2013.

Dip.

Alliet Mariana Bautista Bravo*

 

A nombre de los integrantes de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la Cámara de Diputados

Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la Cámara de Diputados

Incluir el concepto de “Sociedad Cooperativa” y “Socios de una cooperativa”. Considerar como sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio, a los socios de sociedades cooperativas que aporten trabajo o servicios personales a la sociedad, excepto los socios de cooperativas que se dedican a actividades agropecuarias y pesqueras. Prever que podrán voluntariamente ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio, los socios de las sociedades cooperativas dedicadas a los sectores agropecuario y pesquero. Derogar el contenido del artículo Tercero Transitorio, para integrarlo en la Ley del IMSS, con el objeto de establecer que en lo que se refiere a los Seguros de Enfermedades y Maternidad, Invalidez y Vida, así como del ramo de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, las sociedades y asociados que aportan trabajo o servicios a la sociedad pagarán conjuntamente el 50 por ciento y el Gobierno Federal el 50 por ciento restante del total de las cotizaciones para la correspondiente base de cotización.

 

 

 

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