Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

 

1.    OFICIOS CON SOLICITUDES

 

2.    SOLICITUDES DE DIPUTADOS

 

Para retirar iniciativas

 

3.   CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

 

4.   COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES, COMISIONES   ESPECIALES Y DE ORGANISMOS INTERNACIONALES

 

5.   MINUTAS

 

Con proyecto de decreto

 

6.   ACUERDO DE ÓRGANO DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política

 

7.    INICIATIVAS

 

8.   DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTAMEN

 

Con proyecto de ley

 

9.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto

 

10.  DICTÁMENES NEGATIVOS

 

a) De iniciativas

 

b) De minutas

 

11.  PROPOSICIONES

 

Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 16

   

 

 

8.   DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTAMEN

 

Con proyecto de ley

 

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Social.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

13 de marzo de 2014.

Por el que se expide la Ley de la Pensión Universal, y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley Federal del Trabajo.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 08 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer los términos y condiciones para el otorgamiento de la Pensión Universal, que consiste en el pago mensual vitalicio que recibirán, durante su vejez, las personas que

cumplan con los requisitos, para apoyar sus gastos básicos de manutención el monto mensual de la Pensión Universal será de 1,092 pesos, el cual se actualizará anualmente

conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor. Asimismo establece los requisitos de registro y trámite para su obtención, las autoridades encargadas de llevarlo a cabo, los medios de defensa que pueden tener los solicitantes en caso de negativa, así como el régimen de responsabilidades y sanciones a quienes violenten las disposiciones.

Se cumple con la declaratoria

(Art. 87 RCD)