Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

 

1.    OFICIOS CON SOLICITUDES

 

2.    SOLICITUDES DE DIPUTADOS

 

Para retirar iniciativas

 

3.   CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

 

4.   COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES, COMISIONES   ESPECIALES Y DE ORGANISMOS INTERNACIONALES

 

5.   MINUTAS

 

Con proyecto de decreto

 

6.   ACUERDO DE ÓRGANO DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política

 

7.    INICIATIVAS

 

8.   DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTAMEN

 

Con proyecto de ley

 

9.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto

 

10.  DICTÁMENES NEGATIVOS

 

a) De iniciativas

 

b) De minutas

 

11.  PROPOSICIONES

 

Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 16

   

 

 

5.   MINUTAS

 

Con proyecto de decreto

 

No.

MINUTA

CONTENIDO

TURNO

1

Que reforma la denominación de la Sección 3 del Capítulo IV y adiciona el artículo 53 Bis a la Ley General de Educación, en materia de escuelas de tiempo completo.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

13 de marzo de 2014.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. Ma. de Jesús Aguirre Maldonado (PRI) el 04 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)

Iniciativa presentada por el Dip. Rodolfo Lara Lagunas (PRD) el 05 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

Iniciativa presentada por el Dip. Jesús Alberto Cano Vélez (PRI) el 13 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 26 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 354 votos en pro y 5 abstenciones. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LX Legislatura)

Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de octubre de 2012.(LXII Legislatura)

Dictamen a Discusión en sentido negativo presentado el 11 de marzo de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 87 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

 

Acuerdo:

ÚNICO. Se desecha la Minuta Proyecto de Decreto que reformaba la denominación de la Sección 3 del Capítulo IV y adicionaba el artículo 53 Bis a la Ley General de Educación, en materia de escuelas de tiempo completo, remitida por la Cámara de Diputados a esta Soberanía el 26 de abril de 2012.

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen.

 

2

Que reforma los artículos 6o., 27 y 75 de la Ley General de Educación, en materia de cobro de cuotas.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

13 de marzo de 2014.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. José Trinidad Padilla López (PRI) el 05 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 27 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 373 votos en pro y 4 en contra. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2011.(LXI Legislatura)

Dictamen a Discusión en sentido negativo presentado el 11 de marzo de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 87 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

Acuerdo:

ÚNICO. Se desecha la Minuta Proyecto de Decreto que reformaba los artículos 6, 27 y 75 de la Ley General de Educación, en materia de cobro de cuotas escolares, remitida por la Cámara de Diputados a esta Soberanía el 28 de abril de 2011.

3

Que reforma el artículo 8o. de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

13 de marzo de 2014.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. Laura Elena Martínez Rivera (PRI) el 08 de abril de 2005. (LIX Legislatura)

Dictamen de primera lectura presentado el 26 de abril de 2006. (LIX Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 27 de abril de 2006. Proyecto de decreto aprobado por 362 votos en pro y 2 abstenciones. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX Legislatura)

Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de septiembre de 2006.(LX Legislatura)

Dictamen a Discusión en sentido negativo presentado el 11 de marzo de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 87 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

 

Acuerdo:

ÚNICO.- Se desecha la Minuta con Proyecto de Decreto que adicionaba el artículo 8 de la Ley General de Educación, aprobada por la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2006.

4

Que reforma la denominación del Capítulo Único del Título Tercero Bis, se adicionan el Capítulo II del Título Tercero Bis, y un artículo 149 Quáter al Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

13 de marzo de 2014.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Mariana Gómez del Campo Gurza, a nombre propio y de las Senadoras Luisa María Calderón Hinojosa, Gabriela Cuevas Barrón, Adriana Dávila Fernández, Rosa Adriana Díaz Lizama, Martha Elena García Gómez, Silvia Guadalupe Garza Galván, Sonia Mendoza Díaz, Maki Esther Ortiz Domínguez, Laura Angélica Rojas Hernández, María Marcela Torres Peimbert, el 14 de marzo de 2013. (LXII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 04 de Marzo de 2014. (LXII Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 11 de marzo de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 92 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Adicionar un Capítulo II del Título Tercero bis denominado “Acoso laboral”, para establecer que al que en el ámbito laboral ejerza cualquier tipo de violencia, de forma recurrente y sistemática, sobre otra (s) persona (s) y le cause un perjuicio profesional o daño patrimonial o económico o sufrimiento psicológico o físico, se le impondrá una multa de hasta cuarenta días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal.

En caso de reincidencia, además de la multa correspondiente, se impondrá la destitución del cargo, empleo o comisión. Si quien acosa fuese superior jerárquico de la víctima, además de la multa señalada se le destituirá de su cargo, empleo o comisión desde el primer caso de aplicación.

Comisión de Justicia para dictamen

5

Que reforma el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

13 de marzo de 2014.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Jesús Casilla Romero (PRI) el 23 de abril de 2013. (LXII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 04 de Marzo de 2014. (LXII Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 11 de marzo de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que los titulares integrantes de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Forestal deberán nombrar un suplente quien por lo menos tenga el cargo de Director General o su equivalente.

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para dictamen

6

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

13 de marzo de 2014.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Jorge Emilio González Martínez (PVEM) el 23 de abril de 2013. (LXII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 04 de Marzo de 2014. (LXII Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 11 de marzo de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 92 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que no se podrá otorgar autorización de cambio de uso de suelo en terreno incendiado, en tanto no se acredite fehacientemente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales que el ecosistema se ha regenerado totalmente mediante los mecanismos que para tal efecto se establezcan en el reglamento correspondiente.

Señalar como infracción el realizar en terrenos incendiados cualquier actividad o el aprovechamiento de sus recursos sin que el ecosistema se ha regenerado totalmente, multando con 150 a 30,000 días de salario mínimo a quien infrinja esta norma.

7

Que reforma el primer párrafo y adiciona un último, al artículo 259 bis del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

13 de marzo de 2014.

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por el Dip. Eduardo Ledesma Romo (PVEM) el 26 de mayo de 2010. (LXI Legislatura)

Iniciativa suscrita por el Dip. Eduardo Ledesma Romo (PVEM) el 23 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad el 17 de febrero de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 22 de febrero de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 414 votos y 1 abstención. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida en Cámara de Senadores el 24 de febrero de 2011. (LXII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 04 de Marzo de 2014. (LXII Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 11 de marzo de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos en pro. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Señalar que cuando un servidor público con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, utilizando los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, se le destituirá de su cargo, oficio o comisión y se le inhabilitará para su ejercicio por un término de hasta seis meses. La pena se aumentará hasta en una mitad cuando se cometa contra persona menor de 18 años, no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo.

Comisión de Justicia para dictamen

 

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