Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

 

1. COMUNICACIÓNES

 

Senadores

 


2. OFICIOS

 

a) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

 

b) De la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

 

c) De la Comisión Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

 

d) De la Secretaría de Gobernación

 

3. OFICIOS CON ACUERDOS

4. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

5. ACUERDO DE LA MESA DIRECTIVA DE LA COMISIÓN PERMANENTE

6. INICIATIVAS

7. PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN

8. PROPOSICIONES

Comisión Permanente del Primer Receso

del Segundo año de Ejercicio

 

 Sesión 03

   

 

 

6. INICIATIVAS

 

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma el artículo 39 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

08 de enero de 2014.

Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Comisión del Distrito Federal de la Cámara de Diputados.

Modificar la duración del primer periodo de sesiones ordinarias de la Asamblea Legislativa, fijando el 5 de septiembre para su inicio y hasta el 20 de diciembre para su conclusión, excepto cuando el Jefe del Gobierno del Distrito Federal inicie su encargo, en cuyo caso las sesiones podrán extenderse hasta el 31 de diciembre. Fijar el 1º de febrero de cada año para el inicio del segundo periodo de sesiones ordinarias.

2

Que reforma el artículo 10 de la Ley del Mercado de Valores.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

08 de enero de 2014.

Congreso del Estado de Jalisco

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.

Establecer que las sociedades anónimas promotoras de inversión estarán sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y deberá informar a los inversionistas su opinión respecto a las operaciones realizadas por las sociedades anónimas promotoras de inversión.

3

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Bibliotecas.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

08 de enero de 2014.

Dip.

Pedro Pablo Treviño Villarreal

(PRI)

 

Suscrita por los Dips. Jorge Herrera Delgado y Celia Isabel Gauna Ruiz de León

(PRI)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados.

Establecer como objetivos de la ley la contribución al fomento del hábito de la lectura y la mejora del nivel educativo y cultural de la población, además de la conservación del patrimonio cultural de las comunidades. Señalar como principios que habrán de regir la política nacional de desarrollo bibliotecario el acceso gratuito, acceso preferente a personas con discapacidad, federalismo subsidiario, inclusión, interés superior de la niñez, no discriminación, perspectiva de género, profesionalización, protección de datos personales, cuidado y respeto del ambiente. Prever las atribuciones de los gobiernos de los municipios y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; señalando la realización de las funciones mínimas en materia bibliotecaria. Asentar las definiciones relevantes para efectos de la ley. Incrementar  la representación del gremio bibliotecario en el Consejo de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas y prevé nuevas atribuciones a este órgano consultivo.

4

Que adiciona la fracción VII al artículo décimo transitorio de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

08 de enero de 2014.

Dip.

Verónica Juárez Piña

(PRD)

Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados.

Se propone establecer en el artículo décimo transitorio que a los trabajadores que no opten por la acreditación de bonos de pensión del ISSSTE tendrán derecho a percibir íntegramente su jubilación o pensión y en su caso la pensión de viudez, el límite máximo de diez salarios mínimos para el cálculo y pago de éstas, se aplicará de manera independiente a cada una de las prestaciones.

5

Que reforma el artículo 225 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

08 de enero de 2014.

Sen.

David Monreal Ávila

(PT)

Comisión de Salud de la Cámara de Senadores.

Establecer que tanto la identificación genérica como la denominación distintiva de los medicamentos, para su uso y comercialización, en sus empaques deberán estar escritas en sistema braille.

6

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

08 de enero de 2014.

Dip.

René Ricardo Fujiwara Montelongo

(NA)

Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados.

Establecer que el delito de desaparición forzada de personas se actualizará con las mismas penas para el servidor público responsable, siempre que la privación de la libertad la cometan personas que actúen con la autorización de éste. Especificar las acciones que no serán admitidas como causas excluyentes de responsabilidad penal que justifiquen al servidor público. Considerar al delito de desaparición forzada de personas como de lesa humanidad. Establecer las causas agravantes del delito. Incrementar las sanciones previstas para dicho ilícito.

7

Que reforma los artículos 3 y 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

08 de enero de 2014.

Dips.

Alliet Mariana Bautista Bravo y Graciela Saldaña Fraire

(PRD)*

Comisión de Puntos Constitucionales, de la Cámara de Diputados.

Fomentar una iniciación artística dentro de la educación que imparta el Estado. Fortalecer el aprecio y respeto por las bellas artes.

Incluir a la iniciación artística dentro de la educación inicial que el Estado debe proporcionar. Establecer como derecho de la niñez, el de satisfacer sus necesidades de alimentación, salud, educación, iniciación artística y sano esparcimiento. Otorgar a toda persona el derecho al arte. Crear centros de enseñanza inicial que coadyuven al desarrollo de las niñas y niños y adolescentes.

* Sin intervención en Tribuna.

Turno de la iniciativa 7 publicado en el Anexo IV de la Gaceta Parlamentaria del 08 de enero de 2013.

 

 

                                                      

 

Regresar