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Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio |
Sesión 38 |
8.
DECLARATORIA
DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES
Con proyecto de decreto.
No. |
ORIGEN |
DICTAMEN |
TRÁMITE |
1 |
Comisión de Reforma Agraria
Publicación en GP:
Anexo III.
03 de diciembre de 2014. |
Que reforma el inciso b) del artículo 80 de la Ley
Agraria.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por la Dip. María del Carmen Martínez
Santillán (PT) el 30 de abril de 2014. (LXII Legislatura)
Propuesta:
Establecer que para el caso de que se desconozca el
domicilio o ubicación de las personas que gozan del derecho del tanto;
la notificación hecha al comisariado, con la participación de dos
testigos o ante fedatario público, surtirá los efectos de notificación
personal a quienes gocen de dicho derecho. |
Se cumple con la Declaratoria de Publicidad (Art. 87 RCD) |
2 |
Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial
Publicación en GP:
Anexo III.
09 de diciembre de 2014. |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley
General de Asentamientos Humanos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por los Diputados Jorge Herrera
Delgado, Abel Guerra Garza y María Guadalupe Velázquez Díaz (PRI) el 30
de abril de 2014. (LXII Legislatura).
Propuesta:
Considerar los principios de accesibilidad a servicios,
inclusión, equilibrio regional, habitabilidad, participación,
prevención, racionalidad y sustentabilidad para la planeación y
regulación de los asentamientos humanos, el desarrollo urbano y el
ordenamiento territorial. Modificar las atribuciones de la Secretaria de
Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, entre las que establece la
coordinación de las políticas nacionales de asentamientos humanos, suelo
urbano y vivienda, transportes urbanos y metropolitanos, planeación y
coordinación del financiamiento de infraestructura y equipamiento para
el desarrollo urbano, metropolitano, regional y para el ordenamiento
territorial, coordinar acciones para el desarrollo sustentable de los
asentamientos humanos y el ordenamiento territorial de las conurbaciones
y zonas metropolitanas. Promover la evaluación y proveer lo necesario
para el cumplimiento del Programa Nacional de Desarrollo Urbano.
Modificar las atribuciones de las entidades federativas y de los
municipios en materia de planeación y desarrollo regional, de
coordinación y gestión para el desarrollo de conurbaciones y zonas
metropolitanas, cumplir y ejecutar los planes o programas municipales de
desarrollo urbano, en congruencia con los programas estatales y con
otros niveles de planeación. Establecer que los planes y programas de
desarrollo urbano serán el sustento jurídico para definir y orientar la
inversión pública de las entidades federativas y los municipios y
promover obras, acciones e inversiones de los sectores privado y social.
Determinar que los instrumentos de planeación deberán ser congruentes
con los planes y programas contemplados en la legislación en materia de
planeación y ambiental. |
3 |
Comisiones Unidas de Ciencia y Tecnología y de Transparencia y
Anticorrupción
Publicación en GP:
Anexo III.
09 de diciembre de 2014. |
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y
Tecnología y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de
los Servidores Públicos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. Alejandro Rangel
Segovia (PRI), a nombre de los Diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera,
Irazema González Martínez Olivares y Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez
(PRI) y suscrita por los Diputados Marco Alonso Vela Reyes, Miguel Ángel
Aguayo López, Salvador Barajas Del Toro, Rosalba Gualito Castañeda,
Benito Caballero Garza, Gerardo Francisco Liceaga Arteaga, Minerva
Castillo Rodríguez, José Everardo Nava Gómez, Patricia Elena Retamoza
Vega y Fernando Zamora Morales, conformantes de la Comisión de Ciencia y
Tecnología del Grupo Parlamentario del PRI, y por las Diputadas María
del Rocío Corona Nakamura, Dulce María Muñiz Martínez (PRI) y los
Diputados Juan Pablo Adame Alemán (PAN), Marco Antonio González Valdez,
Faustino Félix Chávez y Rafael González Reséndiz (PRI), el 23 de
septiembre de 2014. (LXII Legislatura)
Propuesta:
Establecer que las instituciones de educación superior,
entidades y organismos de la Administración Pública Federal que tengan
como objeto predominante la realización de actividades de investigación,
desarrollo tecnológico o innovación pueden crear unidades de vinculación
y transferencia de conocimiento. Incluir a las instituciones de
educación superior y entidades de la Administración Pública Federal para
promover conjuntamente con los sectores público y privado la
conformación de asociaciones estratégicas, alianzas tecnológicas,
consorcios, unidades de vinculación y transferencia de conocimiento,
nuevas empresas privadas de base tecnológica, y redes regionales de
innovación. Determinar que los servidores públicos y entidades de la
Administración Pública Federal que lleven a cabo actividades de
investigación, desarrollo o innovación científica y tecnológica podrán
realizar actividades de vinculación con los sectores público, privado y
social, y recibir beneficios. Establecer que incurrirán en conflicto de
intereses sólo cuando el servidor público obtenga beneficios por
utilidades, regalías o cualquier otro concepto sin respetar la
normatividad institucional. |
Se cumple con la Declaratoria de Publicidad (Art. 87 RCD) |
4 |
Comisión de Puntos Constitucionales
Publicación en GP:
Anexo IX.
09 de diciembre de 2014. |
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación
del salario mínimo.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por coordinadores de los Grupos
Parlamentarios del PAN, del PRD, de MC y del PT el 11 de septiembre de
2014. (LXII Legislatura)
Iniciativa suscrita por el Dip. Julio César Moreno Rivera
(PRD) el 11 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)
Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 05 de
diciembre de 2014. (LXII Legislatura)
Propuesta:
Señalar que el organismo coordinador del Sistema Nacional
de Información Estadística y Geográfica será el encargado de calcular el
valor de la Unidad de Medida y Actualización que será utilizada como
unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la
cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes
federales, de las entidades federativas y del Distrito Federal. El
salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida
o referencia para fines ajenos a su naturaleza. |
5 |
Comisión de Puntos Constitucionales
Publicación en GP:
Anexo X.
09 de diciembre de 2014. |
Que reforma los artículos 116 y 122 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de régimen político
y gobiernos de coalición.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. Silvano Aureoles Conejo
(PRD) el 04 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura).
Propuesta:
Establecer en las Constituciones locales, la facultad de
los Gobernadores de los Estados de optar en cualquier momento por un
gobierno de coalición con uno o varios de los partidos políticos
representados en las Legislaturas de los Estados y la facultad de las
legislaturas de los Estados de ratificar los nombramientos que los
gobernadores hagan de los funcionarios que lo integrarán, con excepción
del titular en el ramo de seguridad pública.
Facultar a la Asamblea Legislativa para ratificar los
nombramientos que el jefe de gobierno haga de los funcionarios que
integren el gobierno de coalición, con excepción del titular en el ramo
de seguridad pública; facultar al Jefe de Gobierno del Distrito Federal
para que en cualquier momento, opte por un gobierno de coalición con uno
o varios partidos políticos representados en la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal. |
6 |
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Publicación en GP:
Pendiente |
Que reforma los artículos 19 y 20 de la Ley Federal de
Responsabilidad Ambiental.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Dip. Arturo Escobar y Vega (PVEM),
el 18 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura).
Propuesta:
Incrementar el monto de la multa de trescientos a tres
mil días multa a la persona que ocasione daños al medio ambiente. |
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