1 |
Que adiciona la fracción VI al artículo 2 de la Ley de la
Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
Publicación en GP:
Anexo I.
09 de diciembre de 2014. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el
Sen. René Juárez Cisneros (PRI) el 07 de noviembre de 2013. (LXII
Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura del 02 de diciembre de 2014.
(LXII Legislatura)
Dictamen a discusión del 04 de diciembre de 2014.
Proyecto de decreto aprobado por 86 votos. Pasa a la Cámara de Diputados
para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)
Propuesta:
Establecer en la Ley que Comisión Nacional para el
Desarrollo de los Pueblos Indígenas, que tendrá entre otras de sus
funciones, la de impulsar ante las entidades federativas el
reconocimiento de las comunidades indígenas como entidades de interés
público.
Facultar a ese organismo para que mediante convenios con
la Administración Pública Federal y los gobiernos estatales y
municipales coadyuve en el ámbito productivo a resolver necesidades de
las comunidades y pueblos indígenas en materia de asistencia técnica,
capacitación especializada, asistencia administrativa contable y gastos
de operación, con el propósito de fortalecer las iniciativas productivas
que surjan desde sus propias aspiraciones y vocación. |
Comisión de Asuntos Indígenas, para dictamen. |
2 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley General de Turismo.
Publicación en GP:
Anexo I.
09 de diciembre de 2014. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los
Senadores Félix González Canto (PRI), Martha Elena García Gómez (PAN),
Luz María Beristáin Navarrete (PRD), Isaías González Cuevas (PRI),
Angélica del Rosario Araujo Lara (PRI), Manuel Humberto Cota Jiménez
(PRI), Roberto Armando Albores Gleason (PRI), Fernando Torres Graciano
(PAN), Daniel Gabriel Ávila Ruiz (PAN), Armando Ríos Piter (PRD) y Luis
Armando Melgar Bravo (PVEM),
el 28 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura del 19 de noviembre de 2014.
(LXII Legislatura)
Dictamen a discusión del 04 de diciembre de 2014.
Proyecto de decreto aprobado por 90 votos.
Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del
Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)
Propuesta:
Establecer que los Municipios, Estados y el Distrito
Federal, coadyuven con la Secretaría de Educación Pública en la
conservación y protección de los monumentos arqueológicos, históricos y
artísticos que conforman el patrimonio cultural de la Nación, a través
de la elaboración y ejecución de planes y programas turísticos que
fomenten la protección y conservación de los mismos. Se asigna a los
Estados y al Distrito Federal, la atribución de ejecutar los programas y
planes turísticos que fomenten la protección y conservación del
patrimonio cultural. En tanto que le corresponde a los Municipios, la
atribución de participar en la ejecución de planes y programas
turísticos que fomenten la protección y conservación del patrimonio
cultural de la Nación. Establecer que la Secretaría de Turismo, en
conjunto con la Secretaría de Educación Pública, promoverá programas que
difundan la importancia de respetar y conservar los atractivos
turísticos y el patrimonio cultural de la Nación, así como mostrar un
espíritu de servicio, hospitalidad hacía el turista nacional y
extranjero. |
Comisión de Turismo, para dictamen |
3 |
Que reforma y adiciona el artículo 14 de la Ley
General de Turismo.
Publicación en GP:
Anexo I.
09 de diciembre de 2014. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el
Sen. Félix González Canto (PRI), a nombre propio y de los Senadores
integrantes de la Comisión de Turismo, el 28 de abril de 2014. (LXII
Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura del 04 de diciembre de 2014.
(LXII Legislatura)
Dictamen a discusión del 04 de diciembre de 2014.
Proyecto de decreto aprobado por 79 votos.
Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del
Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)
Propuesta:
Establecer al Atlas Turístico de México como una
herramienta tecnológica que permite promover de manera eficaz, sencilla
y útil la oferta turística a lo largo de nuestro país, siendo
actualizado este permanentemente y se realicen las acciones conducentes
para su plena difusión. |