No. |
INICIATIVA |
PROMOVENTE (S) |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que adiciona una fracción IX al artículo 25, y se adicionan los
artículos 47 BIS y 47 TER a la Ley de Coordinación Fiscal.
Publicación en GP:
Anexo I.
04 de noviembre de 2014. |
Asamblea Legislativa del Distrito Federal |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Crear el Fondo de Capitalidad para el Distrito Federal,
que se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la
Federación con recursos federales por un monto equivalente, al 0.65 por
ciento de la recaudación federal participable, según estimación que de
la misma se realice en el propio presupuesto. Este fondo se enterará
mensualmente, en los primeros 10 meses del año por partes iguales al
Distrito Federal, por conducto de la Federación de manera ágil y
directa, sin más limitaciones ni restricciones, incluyendo las de
carácter administrativo. |
2 |
Que reforman y adicionan los artículos 2 y 3 de la Ley del Sistema de
Horario en los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo I.
04 de noviembre de 2014. |
Congreso del Estado de Quintana Roo |
Comisión de Energía, para dictamen. |
Reconocer para los Estados Unidos Mexicanos, la
aplicación y vigencia de los husos horarios 75 grados. Implementar la
Zona Sureste, referida al meridiano 75 grados oeste que comprende el
territorio del Estado de Quintana Roo. |
3 |
Que deroga el numeral 6, inciso b), fracción I, del Artículo 2o.-A de la
Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Publicación en GP:
Anexo I.
04 de noviembre de 2014. |
Sen.
David Monreal Ávila
(PT)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Eliminar el Impuesto al Valor Agregado, aplicado a
alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas
como mascotas en el hogar. |
4 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo V.
04 de noviembre de 2014. |
Diputados y Senadores del Grupo Parlamentario del PAN* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a
la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para opinión. |
Establecer un Sistema Nacional Anticorrupción, dotado de
un Comité Coordinador, encargado de coordinar esfuerzos para implementar
políticas transversales en materia de control, prevención y disuasión de
la corrupción y promoción de la integridad, en los términos que
establezca la ley general que al efecto expida el Congreso de la Unión,
conformado por mecanismos de control interno, de control externo y de
sanción. En materia de control interno, el fortalecimiento de la actual
Secretaría de la Función Pública en cuanto a la prevención, corrección,
auditoría, investigación y sanción; es decir, reasumiendo todas las
funciones que le fueron derogadas mediante la reforma a dicha ley
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero del 2013.
En materia de control externo, que además de la Secretaría de la Función
Pública, sean dos órganos más, absolutamente independientes del Poder
Ejecutivo, los responsables de auditar el uso de los recursos públicos e
investigar, con las más amplias facultades, posibles actos de
corrupción: la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y la Fiscalía
Especializada en materia de Combate a la Corrupción, para lo cual se les
otorgan facultades para recibir quejas y denuncias ciudadanas. Instaurar
un Consejo Nacional para la Ética Pública, que estará encargado de
garantizar la adecuada implementación de las políticas y programas
desarrollados por el Comité Coordinador en sus respectivos órdenes de
gobierno. Instaurar un Comité de Participación Ciudadana que será el
órgano ciudadano mediante el cual se canalizarán los esfuerzos de las
organizaciones de la sociedad civil, en su función de coadyuvar con las
autoridades en el combate a la corrupción, conformada por cinco
ciudadanos que se hayan destacado por su contribución a la
transparencia,
la rendición de cuentas o el combate a la corrupción.
Establecer que cada Entidad Federativa reproduzca el sistema en su
ámbito respectivo, bajo las bases establecidas en la Constitución y en
la Ley General que regule el Sistema, debiendo observar además las
políticas acordadas por el Sistema Nacional Anticorrupción. Facultar al
congreso para legislar en materia de corrupción y para expedir leyes que
instituyan el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Sustituir a
los tribunales contenciosos administrativos por el tribunal federal de
justicia administrativa, como órgano facultado para conocer y dirimir
controversias en la materia. Actualizar el nombre de la Auditoría
Superior de la Federación. |
5 |
Que expide la Ley General para el Control de la
Cannabis; y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley
General de Salud, del Código Penal Federal, de la
Ley Federal de Derechos y de la Ley del Impuesto Especial
sobre Producción y Servicios.
Publicación en GP:
Anexo V.
04 de noviembre de 2014. |
Diputados Fernando Belaunzarán Méndez y Agustín Miguel
Alonso Raya
(PRD)* |
Comisiones Unidas de Salud, de Justicia, y de Hacienda y
Crédito Público, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta
Pública, para opinión. |
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto
regular la producción, procesamiento, distribución, venta y consumo de
los productos derivados de la cannabis. Establecer las facultades de la
Secretaría de Salud en materia de consumo y productos derivados de la
cannabis. Crear el Programa Nacional de Prevención, Tratamiento de las
Adicciones y Rehabilitación. Contemplar que los establecimientos
involucrados con la venta o producción de cannabis, requerirán licencia
sanitaria. Establecer las obligaciones de las personas relacionadas con
la producción, procesamiento y comercialización de la cannabis.
Ley General de Salud: reforma el nombre de Capítulo IV
para llamarse “Programa Nacional para la Prevención, Reducción de Daños
y Riesgos, y Tratamiento de la Farmacodependencia”, se establecen
programas para la reducción de riesgos del consumo de substancias
psicotrópicas. Eliminar a la cannabis de las sustancias consideradas
como estupefacientes.
Código Penal Federal: Eliminar la sanción prevista
correspondiente a la siembra, cultivo o cosecha de plantas de marihuana.
Ley Federal de Derechos: Establecer el pago de derechos
por la producción, procesamiento, distribución, venta y consumo de la
Cannabis y sus derivados.
Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios:
Establecer un impuesto a los cigarros e infusiones de cannabis.
Establecer que los fabricantes, productores, empaquetadores y
distribuidores de los productos derivados de la cannabis, deberán estar
inscritos en el padrón de contribuyentes de la cannabis. |
6 |
Que reforma el artículo 150 del Reglamento de la Cámara
de Diputados.
Publicación en GP:
Anexo V.
04 de noviembre de 2014. |
Dip.
Ruth Zavaleta Salgado
(PVEM)* |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias, para dictamen. |
Incluir en las atribuciones del Presidente de la Junta
Directiva, presentar durante el primer mes, a partir de la instalación
de la comisión, los indicadores de desempeño a través de los cuales se
realizará el control evaluatorio del Plan Nacional de Desarrollo. |
7 |
Que expide la Ley Federal para el Fomento y la Transición al Transporte
Alternativo.
Publicación en GP:
Anexo IV.
02 de octubre de 2014. |
Dip.
Jesús Antonio Valdés Palazuelos
(PRI)* |
Comisión de Transportes, para dictamen, y a la Comisión
de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión. |
Establecer una
normatividad que
genere la transición hacia medios de transporte
alternativos, el fomento a la construcción de ciclovías que mejoren la
salud de los ciudadanos, mejoren la convivencia, la movilidad urbana,
conserven el medio ambiente y promuevan el deporte, además de establecer
los instrumentos de financiamiento para la construcción de ciclovías.
Establecer la Comisión para el Fomento y Transición al Transporte
Alternativo. Asentar que el financiamiento para construcción de
ciclovías pueda provenir de asociaciones público-privadas regidas por
la Ley de Asociaciones Público Privadas y a través de un fideicomiso
público regido por reglas de operación. Establecer las reglas de
participación de estas asociaciones. Instituír el fideicomiso para la
financiación de proyectos infraestructurales de ciclovías que contaría
con un comité técnico integrado por representantes de las Secretarías de
Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, de Hacienda y Crédito Público,
de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Comunicaciones y Transportes,
de la Comisión y del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Establecer las infracciones y sanciones en la materia. |
8 |
Que reforma el artículo 215 de la Ley General de
Salud.
Publicación en GP:
Anexo V.
09 de octubre de 2014. |
Diputado
Luis Armando Córdova Díaz
(PRI)* |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Complementar el concepto de “suplementos alimenticios”,
agregando a los extractos de origen animal, que se puedan presentar en
forma farmacéutica y cuya finalidad de uso sea incrementar la ingesta
dietética total, complementarla o suplir alguno de sus componentes. |
9 |
Que reforma el artículo 32-D del Código Fiscal de la
Federación.
Publicación en GP:
Anexo III.
14 de octubre de 2014. |
Diputada
Elvia María Pérez Escalante
(PRI)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen |
Ampliar la prohibición a la administración pública
federal, centralizada y paraestatal, así como a la Procuraduría General
de la República, de contratar adquisiciones, arrendamientos, servicios u
obra pública precisando que las obligaciones deberán ser acreditadas
como cumplidas para ser candidato a la adjudicación de contratos en
dicha materia. |
10 |
Que reforma el artículo 167 de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Publicación en GP:
Anexo III.
14 de octubre de 2014. |
Diputada Graciela Saldaña Fraire
(PRD)* |
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para
dictamen. |
Incluir el acto de emplazamiento a procedimiento
administrativo. Establecer que la autoridad ordenadora tendrá un plazo
máximo de 120 días contados a partir de la fecha en que se notificó la
orden de inspección para emplazar al interesado. Indicar que cuando la
autoridad ordenadora no cumpliese con el plazo se entenderán por
caducados los efectos del acta de inspección. Asentar que, una vez
recepcionada el acta de inspección por parte de la autoridad ordenadora
y determinado que no existen irregularidades a subsanar, deberá
notificar al interesado el acuerdo de cierre del expediente. |
11 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del
Reglamento de la Cámara de Diputados.
Publicación en GP:
Anexo III.
14 de octubre de 2014. |
Diputada
María Fernanda Schroeder Verdugo
(PRI)* |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias, para dictamen. |
Establecer lenguaje con perspectiva de género, colocando
en primer término el género femenino y después el masculino. Prever que
las diputadas y diputados deberán integrar grupos de trabajo, órganos de
gobierno y grupos parlamentarios; asimismo, podrán disponer de los
servicios administrativos y legislativos que cuente la Cámara para el
desarrollo de su función. |
12 |
Que reforma los artículos 17, 18 y 19 de la Ley de los
Derechos de las Personas Adultas Mayores.
Publicación en GP:
Anexo IV.
16 de octubre de 2014. |
Diputada
María del Carmen Ordaz Martínez
(PRI)* |
Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen. |
Facultar a la Secretaría de Educación Pública, para
garantizar a las personas adultas mayores su participación en
actividades deportivas y recreativas. Prever que las Instituciones
Públicas del Sector Salud, garanticen a las personas adultas mayores,
vivir en lugares higiénicos, seguros, dignos y decorosos que puedan
satisfacer sus requerimientos. |
13 |
Que reforma el artículo 29 Bis de la Ley de Aguas
Nacionales.
Publicación en GP:
Anexo IV.
16 de octubre de 2014. |
Diputada
Landy Margarita Berzunza Novelo
(PAN)* |
Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen. |
Establecer como responsabilidad de los asignatarios, la
de resarcir los daños económicos y afectaciones a la salud, que en su
caso, resulten afectadas por la contaminación que provocan sus
descargas. |
14 |
Que reforma el artículo 123 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
16 de octubre de 2014. |
Diputada
Miriam Cárdenas Cantú
(PRI)* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Sustituir el término “servicios de guardería” por el de
“servicios de Centros para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral
Infantil”. |
15 |
Que reforma el artículo 410-A del Código Civil
Federal.
Publicación en GP:
Anexo IV.
16 de octubre de 2014. |
Diputada
Landy Margarita Berzunza Novelo
(PRI)* |
Comisión de Justicia, para dictamen. |
Establecer que el consentimiento de adopción es
irrevocable, sea cual sea la causa. |
16 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de
Sentenciados.
Publicación en GP: Anexo VI
21 de octubre de 2014. |
Dip.
María de Jesús Huerta Rea
(PRI)* |
Comisión de Seguridad Pública, para dictamen. |
Considerar el perfil clínico-criminológico en la
asignación de los internos al trabajo. Incluir servicios médicos en los
centros penitenciarios y especificar los servicios mínimos que deberán
brindar. |
17 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley de Ciencia y Tecnología.
Publicación en GP: Anexo VI
21 de octubre de 2014. |
Dip.
María de Jesús Huerta Rea
(PRI)* |
Comisión de Ciencia y Tecnología, para dictamen. |
Incluir los resultados del Sistema Nacional de
Información de Infraestructura Científica y Tecnológica, en la
integración del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Considerar en el Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación,
la infraestructura científica y tecnológica. |
18 |
Que reforma el artículo 40 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo VI
21 de octubre de 2014. |
Dip.
Mirna Esmeralda Hernández Morales
(PRI)* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Establecer que el escudo, la bandera y el himno nacional,
son los símbolos patrios de los Estados Unidos Mexicanos; cuyas
características y utilización se establecen en la ley respectiva.
|
19 |
Que reforma los artículos 3o. y 133 de la Ley Federal
del Trabajo.
Publicación en GP:
Anexo III.
23 de octubre de 2014. |
Dip.
María del Carmen García de la Cadena Romero
(PRI)* |
Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen. |
Adicionar como prohibición de los patrones, de aceptar
trabajadores en razón de su apariencia física, uso de perforaciones o
tatuajes. |
20 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Publicación en GP:
Anexo III.
23 de octubre de 2014. |
Dip.
María del Rocío García Olmedo
(PRI)* |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias, para dictamen. |
Crear la Unidad para la Igualdad de Género de la Cámara
de Diputados como un órgano técnico responsable de vigilar la conducción
transversal con perspectiva de género en la estructura organizacional y
desarrollo de las actividades institucionales y laborales; contará con
los recursos humanos, materiales y financieros que requiera para el
cumplimiento de sus funciones, estará a cargo de una Coordinadora que
acredite especialidad en la materia, y que será designada por la Junta
de Coordinación Política. |
21 |
Que reforma el artículo 130 de la Ley General del Sistema
Nacional de Seguridad Pública.
Publicación en GP:
Anexo III.
23 de octubre de 2014. |
Dip.
Enrique Cárdenas del Avellano
(PRI)* |
Comisión de Seguridad Pública, para dictamen. |
Establecer que el Centro Nacional de Prevención del
Delito y Participación Ciudadana promoverá que la Federación, los
estados, el Distrito Federal y los municipios, establezcan un servicio
de comunicación único de emergencia 066 y la plataforma encargada de
recibir la primer llamada ante situaciones de riesgo, emergencia,
denuncias y demás reportes que requiera la atención de las instituciones
públicas a fin de activar las previsiones y acciones de seguridad
pública, protección civil o salud. |
22 |
Por el que se declara el 25 de octubre como Día Nacional
de las Personas con Talla Baja.
Publicación en GP:
Anexo III.
23 de octubre de 2014. |
Diputada
María Fernanda Schroeder Verdugo
(PRI)* |
Comisión de Gobernación, para dictamen. |
Declarar el 25 de octubre como Día Nacional de las
Personas con Talla Baja. |
23 |
Que reforma el artículo 107 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP:
Anexo V.
28 de octubre de 2014. |
Diputada
Cecilia González Gómez
(PRI)* |
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen. |
Establecer que será obligación de los ejecutores del
gasto, realizar, la publicación de la evolución diaria del gasto público
en su portal de internet, incluyendo en ello los subejercicios y los
estados financieros de recursos públicos en fondos y fideicomisos. |
24 |
Que adiciona el artículo 4-C de la Ley de Coordinación
Fiscal.
Publicación en GP:
Anexo V.
28 de octubre de 2014. |
Diputados
Nabor Ochoa López (PVEM), Francisco Alberto Zepeda
González (PRI) y Miguel Ángel Aguayo López (PRI)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Crear el Fondo Portuario Municipal que estará conformado
por un monto equivalente, al 10% de los ingresos anuales totales que
obtengan las administradoras portuarias integrales. Los recursos de
este fondo serán ejercidos por los municipios atendiendo los criterios
del Ramo 28 y se destinarán a los fines que cada ayuntamiento determine,
para atender los impactos negativos que generan los puertos a la ciudad
y prever una planeación que mejore la calidad de vida de los habitantes
en dichos municipios. |
25 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley General de Cambio Climático.
Publicación en GP:
Anexo V.
28 de octubre de 2014. |
Diputado
Ossiel Omar Niaves López
(PRI)* |
Comisión de Cambio Climático, para dictamen. |
Incluir el principio de preservación y protección a los
derechos humanos que tengan impacto por los efectos adversos del cambio
climático, en la formulación de la política nacional de cambio
climático. |
26 |
Que reforma el artículo 3o. de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo V.
28 de octubre de 2014. |
Diputado
Roman Alfredo Padilla Fierro
(PRI)* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Prever que la educación que imparta el Estado fomentará
conciencia en el cambio climático. |
27 |
Que reforma el artículo 13 de la Ley Federal de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Publicación en GP:
Anexo V.
28 de octubre de 2014. |
Diputado
Jorge Terán Juárez
(PRI)* |
Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para
dictamen. |
Explicitar que los servidores públicos inhabilitados en
términos de esta Ley, no podrán desempeñar ningún empleo, cargo o
comisión, cuya encomienda implique el manejo, administración o
aplicación de recursos públicos federales. |
28 |
Que reforma los artículos 50 y 59 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP:
Anexo V.
28 de octubre de 2014. |
Diputada
Cecilia González Gómez
(PRI)* |
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen. |
Prohibir a los ejecutores de gasto realizar algún tipo de
operación financiera, transferencia de recursos a fideicomisos o a
fondos, que no hayan sido expresamente aprobados en el Presupuesto de
Egresos de la Federación del ejercicio correspondiente. Vedar
adecuaciones presupuestarias encaminadas a realizar transferencias de
recursos a fideicomisos o fondos, que no hayan sido debidamente
establecidos en el decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación
correspondiente. |
29 |
Que reforma el artículo 37 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP:
Anexo V.
28 de octubre de 2014. |
Diputada
Mirna Esmeralda Hernández Morales
(PRI)* |
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen. |
Considerar en el proyecto de Presupuesto de Egresos las
previsiones para el Fondo Nacional de Huracanes, mismo que no podrá ser
menor al 0.4 por ciento del gasto programable para el ejercicio fiscal
respectivo. |
30 |
Que reforma el artículo primero transitorio del
decreto por el que se expide la Ley Federal de Justicia para
Adolescentes, se adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación, se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, se adiciona la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la
República y se reforma la Ley Federal de Defensoría Pública, publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2012.
Publicación en GP:
Anexo III.
30 de octubre de 2014. |
Dip.
Héctor Gutiérrez de la Garza
(PRI)* |
Comisión de Justicia, para dictamen. |
Cambiar la fecha de entrada en vigor de los “2 años después de su
publicación” a “gradualmente”, en los términos previstos en la
declaratoria que hace referencia el artículo segundo transitorio del
decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos
Penales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de marzo
de 2014, sin que pueda exceder del 18 de junio de 2016.
|
31 |
Que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal sobre
Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
Publicación en GP:
Anexo III.
30 de octubre de 2014. |
Dip.
María del Carmen Ordaz Martínez
(PRI)* |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos,
para dictamen. |
Establecer que la
Secretaría de Educación Pública, el Instituto Nacional de Antropología e
Historia, el Instituto Nacional de Bellas Artes y los demás institutos
culturales del país, en coordinación con las autoridades estatales,
municipales y los particulares, implementarán las acciones
correspondientes al resguardo, exploración, rescate y preservación de
los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, con el fin de
proteger nuestro patrimonio cultural. |
32 |
Que reforma los artículos 64 y 65 del Reglamento de la
Cámara de Diputados.
Publicación en GP:
Anexo III.
30 de octubre de 2014. |
Dip.
Graciela Saldaña Fraire
(PRD)* |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias, para dictamen. |
Prever que la Mesa Directiva, así como los grupos
parlamentarios, podrá incluir en el Orden del Día de la Sesión,
proyectos de ley o decreto u otros asuntos que considere prioritarios
una vez publicado el Orden del día en la Gaceta y antes del inicio de la
Sesión, durante el desarrollo de la misma podrá hacerlo, previa
aprobación del Pleno. |
33 |
Que adiciona los artículos 65 Bis 8 y 65 Bis 9 a la
Ley Federal de Protección al Consumidor.
Publicación en GP:
Anexo III.
30 de octubre de 2014. |
Dip.
María del Carmen Martínez Santillán
(PT)* |
Comisión de Economía, para dictamen. |
Establecer como obligación de las casas de empeño, de
exigir a los clientes la documentación que acredite la legal propiedad
de los bienes motivo de las contrataciones de mutuo y garantía prendaria
que realicen, además de rendir un informe trimestral a la Procuraduría
General de Justicia de la entidad federativa correspondiente al lugar en
que se establezcan. |
34 |
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III.
30 de octubre de 2014. |
Dip.
Jesús Antonio Valdés Palazuelos
(PRI)* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Establecer que el Estado Mexicano, la Federación, Estados
y Municipios, promoverán la participación de la población en edad
juvenil en la vida social, cultural, económica y política de la Nación. |
35 |
Que reforma el artículo 78 de la Ley General de
Protección Civil.
Publicación en GP:
Anexo III.
30 de octubre de 2014. |
Dip.
Laura Barrera Fortoul
(PRI)* |
Comisión de Protección Civil, para dictamen. |
Establece que una vez hecha pública una alerta de
fenómeno hidrometeorológico, los establecimientos hoteleros y de
hospedaje que se encuentren en zonas de riesgo deberán notificarla a
todos sus huéspedes y estarán obligados a garantizar el abasto de
alimentos y servicios y abstenerse de elevar sus precios. |
36 |
Que
reforma el artículo 360 del Código Civil Federal.
Publicación en GP:
Anexo III.
30 de octubre de 2014. |
Dip.
Elvia María Pérez Escalante
(PRI)* |
Comisión de Justicia, para dictamen. |
Establecer que, en caso de contradicción, la paternidad y la maternidad
pueden probarse por cualquiera de los medios ordinarios y en especial
mediante la prueba pericial en materia de genética. Señalar que si el
presunto progenitor se negara a proporcionar la muestra necesaria, se
presumirá, salvo prueba en contrario, que es el padre o la madre.
Asentar que si existe carencia de recursos, el juez solicitará al área
de servicios periciales correspondiente, que se exima del pago
atendiendo al interés superior del menor.
|
37 |
De
decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón
de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Felipe Ángeles.
Publicación en GP:
Anexo III.
30 de octubre de 2014. |
Dip.
Darío Badillo Ramírez
(PRI)* |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias, para dictamen. |
Inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón
de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Felipe Ángeles. |
38 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley Federal de Derechos.
Publicación en GP:
Anexo III.
30 de octubre de 2014. |
Dip.
Raymundo King de la Rosa
(PRI)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Modificar las cuotas por servicios migratorios
extraordinarios, en puertos marítimos. |
39 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones
del Código de Comercio.
Publicación en GP:
Anexo III.
30 de octubre de 2014. |
Dip.
Mauricio Sahuí Rivero
(PRI)* |
Comisión de Economía, para dictamen. |
Eliminar el requisito de probar que el promovente actuó
con el claro propósito de alargar o entorpecer el juicio, tratándose de
la imposición de la multa. |
40 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley de Coordinación Fiscal.
Publicación en GP:
Anexo V.
04 de noviembre de 2014. |
Dip.
Juan Bueno Torio
(PAN)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen |
Precisar que esta Ley tiene por objeto coordinar el sistema fiscal de la
Federación con los estados, el Distrito Federal, las demarcaciones
territoriales de éste y los municipios. Establecer que el Ejecutivo
Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
distribuirá los recursos del Fondo para la Infraestructura Social
Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.
Establecer que la SHCP, deberá publicar en su página oficial de internet,
las variables y fórmulas utilizadas para determinar los montos que
correspondan a cada municipio o demarcación territorial por concepto de
dicho Fondo. |
41 |
Que reforma los artículos 8o. y 13 de la Ley General
del Servicio Profesional Docente.
Publicación en GP:
Anexo V.
04 de noviembre de 2014. |
Diputados
María del Rocío Corona Nakamura y Rafael González
Reséndiz
(PRI)* |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos,
para dictamen. |
Incluir como propósito del Servicio Profesional Docente,
fortalecer las condiciones de seguridad e integridad física de cada
individuo, ejecutando programas para el personal docente sobre
capacitación obligatoria para reconocer y atender lesiones y emergencias
de primeros auxilios en menores de 15 años de edad. |