Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

 

1. COMUNICACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA

 

Con modificación de turnos de minutas


2. OFICIOS CON PROPOSICIONES RELATIVAS AL PEF 2014

3. SOLICITUD DE DIPUTADO

 

Para retirar proposición con puntos de acuerdo

 


4. MINUTAS

 

Con proyecto de decreto

 


5. INICIATIVAS

6. DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

 

Con proyecto de decreto

 

7. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto

 


8. PROPOSICIONES



Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 20

   

 

 

7.      DICTÁMENES A DISCUSIÓN

Con proyecto de decreto.

 

No.

DICTAMEN

1

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Que adiciona los numerales 3 y 4 al artículo 264, y 2 y 3 al 265 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de restricciones para cabildeo de funcionarios.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. Martha Merilyn Gómez Pozos (MC) el 29 de abril de 2013 (LXII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Prohibir a los servidores públicos de la Cámara de Diputados en ejercicio de sus funciones, así como a sus cónyuges y parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, realizar actividades de cabildeo. Establecer que el número máximo de personas acreditadas para realizar actividades de cabildeo, será de veinte por cada Comisión, y dos por cada persona moral inscrita. Prohibir a los diputados y al personal de apoyo de la Cámara, aceptar dádivas o pagos en efectivo o en especie por parte de un cabildero, con el propósito de influir ilícitamente en las decisiones de dicho órgano legislativo.

 

Publicación en GP: Anexo V. 15 de octubre de 2013.

DISCUSIÓN EN LO GENERAL

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión: Dip. Felipe Arturo Camarena García.

 

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

 

Dip. Fernando Bribiesca Sahagún (NA)

Dip. Marcos Rosendo Medina Filigrana (PRD)

Dip. Loretta Ortíz Ahlf (PT)

Dip. Rubén Camarillo Ortega (PAN)

Dip. Merilyn Gómez Pozos (MC)

Dip. Dario Zacarías Capuchino (PRI)

 

Para hablar en pro:

Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)     Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)     Dip. Roberto López Suarez (PRD)

 

Aprobado en lo general y en lo particular lo no reservado por 457 votos.

 

DISCUSIÓN EN LO PARTICULAR

 

Intervenciones para las reservas y trámite:

 

Dip. Alfonso Durazo Montaño (MC), a nombre del Dip. Ricardo Monreal Ávila

Reserva al artículo 264 numeral 3.

 

Trámite: En votación nominal por 210 votos a favor y 233 en contra se desechó.

Dip. Alfonso Durazo Montaño (MC)

Reserva al artículo 264 numeral 4.

 

Trámite: En votación nominal por 217 votos a favor y 231 en contra se desechó.

Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)

Reserva al artículo 264 numeral 4.

 

Trámite: En votación económica se desecharon.

Dip. Fernando Rodríguez Doval.

Reserva al artículo 264 numeral 5

 

Trámite: En sendas votaciones económicas se admitió y se aceptó.

Dip. Juan Luis Martínez Martínez (MC), a nombre del Dip. Ricardo Mejía Berdeja

Reserva al artículo 265 numeral 2.

 

Trámite: En sendas votaciones económicas se admitió y se aceptó.

Aprobado el artículo 264 numerales 3 y 4 por 431 votos a favor y 34 en contra.

Aprobado los artículos 264 adición de un numeral 5; y 265, numeral 2, por 437 votos.

 

Aprobado en lo general y lo particular proyecto de decreto que reforma y adiciona los numerales 3 y 4 al artículo 264; 2 y 3 al artículo 265 del Reglamento de la Cámara de Diputados en materia de restricciones para practicar el cabildeo.

Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

 

 

No.

DICTAMEN

2

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Economía.

 

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Aduanera.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 10 de septiembre de 2013 (LXII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 15 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Incluir en la ley los siguientes conceptos: documento electrónico, documento digital, reconocimiento aduanero, pedimento y aviso consolidado. Establecer la coordinación de la Administración Pública Federal, las entidades federativas y municipios, así como con las autoridades fiscales y aduaneras de otros países con arreglo a lo dispuesto por los tratados internacionales de que México sea Parte y estén en vigor, para intercambiar información a través de centros o sistemas electrónicos.   Permitir el despacho aduanero en lugar distinto al autorizado, independientemente de la naturaleza o volumen de las mercancías de que se trate. Posibilitar a los particulares promuevan directamente el despacho aduanero de sus mercancías sin la intervención obligatoria de los servicios profesionales prestados por los agentes aduanales.  Eliminar de la legislación, la figura del agente aduanal sustituto y del apoderado aduanal e implementar el mecanismo de firma electrónica y sello digital para validar los trámites que correspondan.   Fijar el procedimiento y supuestos para las notificaciones electrónicas.   Beneficiar a aquellos contribuyentes que paguen créditos fiscales adeudados, con la reducción en un 50% de la multa impuesta, siempre que se realice su pago previo a la notificación de la resolución por la que se imponga la sanción.

 

Publicación en GP: Anexo II. 15 de octubre de 2013.

DISCUSIÓN EN LO GENERAL

En votación económica se aprobó someterlo a discusión.

 

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión: Dip. José Isabel Trejo Reyes.

 

 

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

 

Dip. María Sanjuana Cerda Franco (NA)

Dip. Alejandro Cuevas Mena (PRD)

Dip. Lilia Aguilar Gil (PT)

Dip. Juan bueno Torio (PAN)

Dip. Aída Fabiola Valencia Ramírez (MC)

Dip. Adolfo Bonilla Torres (PRI)

Dip. Rubén Acosta Montoya (PVEM)

 

 

Aprobados losa artículos no impugnados en lo general y en lo particular por 443 votos a favor y 24 en contra.

DISCUSIÓN EN LO PARTICULAR

Intervenciones para las reservas y trámite:

Dip. Magdalena del Socorro Núñez Monreal (PT)

Reserva a los artículos 36 y 36-A.

 

Trámite: En votación económica se desecharon.

Dip. Loretta Ortíz Ahlf (PT)

Reserva al artículo 40.

 

Trámite: En votación económica se desechó.

Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)

Reserva al artículo 40.

 

Trámite: En votación económica se desechó.

Dip. Martha Leticia Sosa Govea (PAN)

Reserva a los artículos 163 y 163-A.

 

Trámite: En votación económica se desecharon.

Dip. José Arturo Salinas Garza (PAN)

Reserva al artículo 167.

 

Trámite: En sendas votaciones económicas se admitió y se aceptó.

Aprobados los artículos 36, 36-A, 40, 163, 163-A, en términos del dictamen y el artículo 167 con la modificación aceptada por la Asamblea por 419 votos a favor, 28 en contra y 1 abstención.

Aprobado en lo general y lo particular proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Aduanera.

Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

3

 

 

Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 08 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

Iniciativa suscrita por la Dip. Margarita Licea González (PAN) el 20 de marzo de 2013. (LXII Legislatura)

Iniciativa enviada por el Congreso del Estado de Jalisco 17 de julio de 2013. (LXII Legislatura)

Iniciativas suscritas (2) por el Dip. Marcos Aguilar Vega (PAN) el 31 de julio de 2013. (LXII Legislatura)

Iniciativa suscrita por el Dip. Carol Antonio Altamirano (PRD) el 31 de julio de 2013. (LXII Legislatura)

Iniciativa suscrita por el Dip. Enrique Alejandro Flores Flores (PAN) el 24 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 10 de septiembre de 2013 (LXII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 15 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

 

 

Propuesta:

Incluir como domicilio fiscal el señalado por los particulares como usuarios de las entidades financieras o de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. Establecer los casos en que una persona física pueda tramitar su firma electrónica avanzada cuando sea materialmente imposible su actuación directa. Ampliar los supuestos en los que la autoridad fiscal esté facultada para dejar sin efectos los certificados de sellos o firmas digitales. Crear un sistema de comunicación electrónico denominado buzón tributario. Incorporar las tarjetas de crédito y de débito como medio de pago de las contribuciones. Los requerimientos en materia de devoluciones se realizarán mediante documento digital que se notificará por el buzón tributario. Implementar como medida solidaria la responsabilidad de los socios o accionistas respecto de las contribuciones causadas en relación con actividades realizadas por la sociedad cuando tenían tal calidad. Agregar sujetos obligados de inscripción en el Registro Federal de Causantes y modificar el plazo para la presentación del aviso de cambio de domicilio. Obligar a los contribuyentes a llevar la contabilidad a través de medios electrónicos, usar comprobantes fiscales digitales por internet, presentar información dentro de un plazo de 30 días después de que se celebren las operaciones establecidas en ellas. Establecer un sistema de fiscalización electrónica. Establecer criterios para condonación de hasta el 100% de las multas. Establecer cambios relativos a las infracciones, comisión de delitos fiscales, procedimiento administrativo de ejecución, recurso de revocación, notificaciones, garantía de interés fiscal, embargo precautorio y créditos fiscales.

 

Publicación en GP: Anexo III. 15 de octubre de 2013.

DISCUSIÓN EN LO GENERAL

En votación económica se aprobó someterlo a discusión de inmediato.

Intervenciones:

Por la Comisión: Dip. José Isabel Trejo Reyes.

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Lilia Aguilar Gil (PT)

Dip. Karen Quiroga Anguiano (PRD)

Dip. María Sanjuana Cerda Franco (NA)

Dip. Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez (PAN)

Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)

Dip. Tomas Torres Mercado (PVEM)

Dip. José Luis Márquez Martínez (PRI)

Para hablar en contra:

Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)                                                   Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)

Aprobados los artículos no reservados en lo general y en lo particular por 407 votos a favor, 57 en contra y 2 abstenciones.

DISCUSIÓN EN LO PARTICULAR

Intervenciones para las reservas y trámite:

Dip. Nelly del Carmen Vargas Pérez (MC)

Reserva al artículo 17-H.

 

Trámite: En votación económica se desechó.

Dip. Silvano Blanco Deaquino (PRD)

Reserva al artículo 26.

 

Trámite: En votación económica se desechó.

Dip. Julisa Mejía Guajardo (PRD), a nombre de la Dip. Aleida Alavez Ruiz

Reserva a los artículos 29-B y 69-B

 

Trámite: En votación económica se desecharon.

Dip. Margarita Licea González (PAN)

Reserva al artículo 32-A

 

Trámite: En votación nominal por 167 votos a favor y 228 votos, se desechó.

Dip. Alliet Mariana Bautista Bravo (PRD)

Reserva a los artículos 32-A

 

Trámite: En votación económica se desechó.

-

Dip. Alliet Mariana Bautista Bravo (PRD)

Reserva a los artículos 32-B; 84-A y 84-B.

 

Trámite: En votación económica se desecharon.

Dip. Silvano Blanco Deaquino (PRD)

Reserva al artículo 46.

 

Trámite: En votación económica se desechó.

Dip. Francisco Coronato Rodríguez (MC)

Reserva al artículo 69.

 

Trámite: En votación económica se desechó.

Dip. José Luis Valle Magaña (MC)

Reserva al artículo 69-B.

 

Trámite: En votación económica se desechó.

Dip. Carlos Fernando Angulo Parra (PAN)

Reserva al artículo 143 incisos b) y c).

 

Trámite: En votación económica se desechó.

Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)

Reserva al artículo 146.

 

Trámite: En votación económica se desechó.

Dip. Tomas Torres Mercado (PVEM).

Adiciona una fracción X al artículo Segundo Transitorio.

Trámite: En sendas votaciones económicas se admitió y se aceptó.

Aprobados los artículos 17-H; 26; 29-B; 32-A; 32-B; 46; 69; 69-B; 84-A; 84-B; 143, incisos  B y C; y 146 en los términos del dictamen y la adición de una fracción X al artículo Segundo Transitorio por 357 votos a favor 94 en contra y 1 abstención.

 

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación.

 

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

 

 

 

                

 

                                         

 

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