Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

 

1. COMUNICACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA

 

Con modificación de turnos de minutas


2. OFICIOS CON PROPOSICIONES RELATIVAS AL PEF 2014

3. SOLICITUD DE DIPUTADO

 

Para retirar proposición con puntos de acuerdo

 


4. MINUTAS

 

Con proyecto de decreto

 


5. INICIATIVAS

6. DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

 

Con proyecto de decreto

 

7. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto

 


8. PROPOSICIONES



Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 20

   

 

 

6.      DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

Con proyecto de decreto.

 

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Economía.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

15 de octubre de 2013.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Aduanera.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal, el 08 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Incluir en la ley los siguientes conceptos: documento electrónico, documento digital, reconocimiento aduanero, pedimento y aviso consolidado. Establecer la coordinación de la Administración Pública Federal, las entidades federativas y municipios, así como con las autoridades fiscales y aduaneras de otros países con arreglo a lo dispuesto por los tratados internacionales de que México sea parte y estén en vigor, para intercambiar información a través de centros o sistemas electrónicos. Permitir el despacho aduanero en lugar distinto al autorizado, independientemente de la naturaleza o volumen de las mercancías de que se trate. Posibilitar a los particulares promuevan directamente el despacho aduanero de sus mercancías sin la intervención obligatoria de los servicios profesionales prestados por los agentes aduanales. Eliminar de la legislación, la figura del agente aduanal sustituto y del apoderado aduanal e implementar el mecanismo de firma electrónica y sello digital para validar los trámites que correspondan. Fijar el procedimiento y supuestos para las notificaciones electrónicas. Beneficiar a aquellos contribuyentes que paguen créditos fiscales adeudados, con la reducción en un 50% de la multa impuesta, siempre que se realice su pago previo a la notificación de la resolución por la que se imponga la sanción.

Se cumple con la declaratoria

(Art. 87 RCD)

 

(Se sometieron a discusión de inmediato)

2

Comisión de Hacienda y Crédito Público.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

15 de octubre de 2013.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 08 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

Iniciativa suscrita por la Dip. Margarita Licea González (PAN) el 20 de marzo de 2013. (LXII Legislatura)

Iniciativa enviada por el Congreso del Estado de Jalisco 17 de julio de 2013. (LXII Legislatura)

Iniciativas suscritas (2) por el Dip. Marcos Aguilar Vega (PAN) el 31 de julio de 2013. (LXII Legislatura)

Iniciativa suscrita por el Dip. Carol Antonio Altamirano (PRD) el 31 de julio de 2013. (LXII Legislatura)

Iniciativa suscrita por el Dip. Enrique Alejandro Flores Flores (PAN) el 24 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Incluir como domicilio fiscal el señalado por los particulares como usuarios de las entidades financieras o de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. Establecer los casos en que una persona física pueda tramitar su firma electrónica avanzada cuando sea materialmente imposible su actuación directa. Ampliar los supuestos en los que la autoridad fiscal esté facultada para dejar sin efectos los certificados de sellos o firmas digitales. Crear un sistema de comunicación electrónico denominado buzón tributario. Incorporar las tarjetas de crédito y de débito como medio de pago de las contribuciones. Los requerimientos en materia de devoluciones se realizarán mediante documento digital que se notificará por el buzón tributario. Implementar como medida solidaria la responsabilidad de los socios o accionistas respecto de las contribuciones causadas en relación con actividades realizadas por la sociedad cuando tenían tal calidad. Agregar sujetos obligados de inscripción en el Registro Federal de Causantes y modificar el plazo para la presentación del aviso de cambio de domicilio. Obligar a los contribuyentes a llevar la contabilidad a través de medios electrónicos, usar comprobantes fiscales digitales por internet, presentar información dentro de un plazo de 30 días después de que se celebren las operaciones establecidas en ellas. Establecer un sistema de fiscalización electrónica. Establecer criterios para condonación de hasta el 100% de las multas. Establecer cambios relativos a las infracciones, comisión de delitos fiscales, procedimiento administrativo de ejecución, recurso de revocación, notificaciones, garantía de interés fiscal, embargo precautorio y créditos fiscales.

3

Comisión de Transportes.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

15 de octubre de 2013.

Que adiciona los artículos 45 Bis, 45 Bis 1, 55 Bis, 55 Bis 1 y 55 Bis 2 a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Fernando Alfredo Maldonado Hernández (PRI), el 20 de agosto de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que la autoridad federal deberá notificar al interesado o representante legal la remisión de vehículos para el servicio de depósito de guarda y custodia a locales autorizados por la Secretaría, apercibir al interesado para evitar que enajene, disponga o grave el vehículo y manifestar lo que a su derecho convenga, en caso contrario se tendrán por abandonados a favor del Gobierno Federal. Determinar los mecanismos para realizar las notificaciones, personales o mediante edictos.

Se cumple con la declaratoria

(Art. 87 RCD)

 

 

 

                

 

                                         

 

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