Por el que se
proponen a la Mesa Directiva las reglas
para el desarrollo de la discusión y
votación del dictamen con proyecto de
decreto por el que se reforman,
adicionan y derogan diversas
disposiciones de la Ley Federal del
Trabajo, en materia de reforma laboral.
Acuerdo:
PRIMERO.-
El objeto único de las presentes reglas
es normar el desarrollo de la discusión
y votación del Dictamen con proyecto de
decreto por el que se reforman,
adicionan y derogan diversas
disposiciones de la Ley Federal del
Trabajo, en materia de Reforma Laboral.
SEGUNDO.-
La discusión en lo general y en lo
particular se desarrollará de la
siguiente manera:
I.
Para fundamentar el dictamen a nombre de
la comisión, hará uso de la palabra por
diez minutos, el Presidente de la
Comisión de Trabajo y Previsión Social.
II.
Un integrante por cada Grupo
Parlamentario, en orden ascendente,
podrá disponer de cinco minutos para
exponer su postura. El orador no podrá
ser interrumpido por moción de
cuestionamiento.
I.
Posteriormente, el Presidente integrará
una lista de oradores para hablar en pro
o en contra, hasta por tres minutos,
pudiendo registrar hasta seis oradores
en cada sentido. Al concluir, el
Presidente consultará si se encuentra
suficientemente discutido, para pasar a
la votación en lo general de los
artículos no impugnados.
IV.
Una vez aprobado el dictamen en lo
general, se dará paso a la discusión en
lo particular.
Las reservas tendrán que presentarse por
escrito ante la Secretaría antes del
comienzo de la discusión del dictamen en
lo general, que iniciará cuando la
comisión presente su fundamentación,
después de este momento no se recibirá
reserva alguna.
La presentación, discusión y votación de
las reservas, se organizará por
capítulos o bien por título, en el caso
de que el título no contenga capítulos,
de la siguiente manera:
1.
Para presentar la reserva, el proponente
hará uso de la palabra hasta por tres
minutos, concluida la presentación, el
Presidente consultará a la Asamblea si
se admite a discusión.
a.
En caso negativo se tendrán por
desechadas.
b.
En caso de aceptarse, podrán hablar un
orador a favor y otro en contra, hasta
tres minutos por intervención. Una vez
concluidas las intervenciones
correspondientes, la Presidencia
consultará al Pleno, en votación
económica, si se acepta la reserva; si
la respuesta fuera negativa, se tendrá
por desechada, pero si fuera afirmativa,
se tendrá por aceptada.
2.
Al finalizar la discusión de las
reservas correspondientes a un título o
capítulo, se realizará la votación
nominal en conjunto de los artículos
correspondientes, modificados por la
Asamblea o en los términos del dictamen,
así hasta terminar con todas las
reservas.
3.
Cuando hubiere duda fundada sobre el
resultado de una votación económica, a
juicio de la Presidencia, se procederá a
votación nominal.
TERCERO.-
En el desarrollo de la sesión la Mesa
Directiva podrá determinar las formas
que puedan adaptarse en los debates,
discusiones y deliberaciones para el
adecuado desarrollo de la sesión.
|