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Comisiones Unidas de Gobernación y de
Seguridad Pública
Publicación en GP:
Anexo VI.
22 de noviembre de 2012.
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Que reforma,
adiciona y deroga diversas disposiciones
de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. José
Sergio Manzur Quiroga (PRI), suscrita
por diputados de los Grupos
Parlamentarios del PRI y del PVEM el 15
de noviembre de 2012 (LXII Legislatura)
Voto particular del Dip. Manuel Rafael
Huerta Ladrón de Guevara (PT)
Voto particular de los Dips. Francisco
Alfonso Durazo Montaño y José Francisco
Coronato Rodríguez (MC).
Propuesta:
Consolidar la Oficina de la Presidencia
de la República como una instancia
cercana al Ejecutivo Federal para apoyo
y seguimiento permanente de sus tareas y
de las políticas públicas. El Presidente
designará al Jefe de dicha Oficina,
quien podrá ser convocado a las
reuniones de gabinete. Establecer
atribuciones a la Secretaría de
Gobernación para que lleve a cabo
funciones de coordinación de las
acciones de la Administración Pública
Federal para cumplir sus acuerdos y
órdenes. Desaparecer
las
Secretarías de
Seguridad Pública y de la Función
Pública. Se transfieren a la
Secretaría de Gobernación las tareas en
materia de seguridad pública, de Policía
Federal, así como las del sistema
penitenciario federal, prevención del
delito. A la Secretaría de Gobernación
le corresponderá presidir el Consejo
Nacional de Seguridad Pública en
ausencia del presidente de la República;
presidir la Conferencia Nacional de
Secretarios de Seguridad Pública;
proponer al Presidente de la República
el nombramiento del Comisionado General
de la Policía Federal. Establecer como
atribuciones de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, coordinar el
desarrollo administrativo integral en
las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, emitir
políticas, normas, lineamientos y
procedimientos en materia de
adquisiciones, arrendamientos, servicios
y obras públicas, llevar y normar el
registro de servidores públicos,
determinar los perfiles que deberán
cubrir los titulares y personal de las
auditorías preventivas de las
dependencias y entidades. Establecer
como atribución de la Secretaría de
Desarrollo Social, trabajar en el
combate a la pobreza, atender las
necesidades de los sectores sociales más
desprotegidos, así como fomentar las
políticas y programas que prevengan y
eliminen la discriminación. Crear la
Secretaría de Desarrollo Agrario,
Territorial y Urbano, tomando en cuenta
diversas atribuciones tanto de la actual
Secretaría de la Reforma Agraria, así
como de la Secretaría de Desarrollo
Social en materia de desarrollo urbano,
regional y de vivienda. Se establece un
nuevo régimen de control gubernamental,
a través de la consolidación de unidades
de auditoría preventiva en las
dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, con
distribución de facultades de la actual
Secretaría de la Función Pública en
distintas estructuras y órganos,
principalmente en la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.
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Se cumple con la declaratoria de
publicidad (art. 87 RCD)
Se sometió a discusión de inmediato
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