No. |
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma las
fracciones VI y XVI del artículo 95 de
la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Publicación
en GP:
Anexo I.
22 de noviembre de 2012. |
Senadores Lilia Guadalupe Merodio Reza
(PRI)
y Carlos Alberto Puente Salas (PVEM) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público,
para dictamen |
Considerar como personas morales con
fines no lucrativos a las instituciones
que realicen actividades encaminadas al
desarrollo y promoción del deporte. |
2 |
Que reforma,
adiciona y deroga diversas disposiciones
de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Publicación
en GP:
Anexo I.
22 de noviembre de 2012. |
Senadores diversos de los
Grupos
Parlamentarios
del PAN, PRD y PRI |
Comisión de Hacienda y Crédito Público,
para dictamen |
Incluir dentro del listado de personas
morales con fines no lucrativos, a las
asociaciones y sociedades que se
encuentren debidamente inscritas en el
Registro Federal de Organizaciones de la
Sociedad Civil conforme a la Ley Federal
de Fomento a las Actividades Realizadas
por Organizaciones de la Sociedad
Civil. Señalar que las personas morales
y fideicomisos autorizados para recibir
donativos deducibles de impuestos podrán
obtener ingresos por actividades con
fines no lucrativos susceptibles de ser
consideradas para recibir donativos,
siempre que no excedan de una tercera
parte de sus ingresos totales en el
ejercicio de que se trate. Aumentar el
límite superior del monto del total de
donativos que se considera deducible al
pasar del 7 al 25 por ciento de los
ingresos acumulables que sirvan de base
para calcular el impuesto sobre la renta
a cargo del contribuyente en el
ejercicio inmediato anterior a aquél en
el que se efectúe la deducción. |
3 |
Que reforma los
artículos 7 de la Ley para el
Aprovechamiento Sustentable de la
Energía y 11 de la Ley para el
Aprovechamiento de Energías Renovables y
el Financiamiento de la Transición
Energética.
Publicación
en GP:
Anexo III.
20 de noviembre de 2012. |
Dip.
Javier López Zavala
(PRI) |
Comisión de Energía, para dictamen |
Establecer que el Programa Nacional para
el Aprovechamiento Sustentable de la
Energía deberá incluir, al menos,
estrategias, objetivos, acciones y metas
tendientes a instaurar una estrategia
escalonada y multianual, para la
incorporación de paneles solares en las
escuelas públicas, priorizando las que
se encuentren en regiones donde no
exista cobertura de energía eléctrica.
Se establece la obligación de la
Secretaría de Energía de definir
estrategias para promover la realización
de proyectos de generación de
electricidad a partir de energías
renovables preferentemente para las
escuelas y edificios públicos, respecto
a la atribución que tiene de elaborar y
coordinar la ejecución del Programa
Especial para el Aprovechamiento de
Energías Renovables. |
4 |
Que adiciona los
artículos 280 Bis al Código Federal
de Procedimientos Penales y 110 Bis
a la Ley General del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.
Publicación
en GP:
Anexo III.
20 de noviembre de 2012. |
Dip.
Néstor Octavio Gordillo Castillo
(PAN) |
Comisiones Unidas de Justicia y de
Seguridad Pública, para dictamen |
Considerar que las videofilmaciones
harán prueba plena cuando guarden
relación con un dictamen pericial que
acredite que no ha sido alterado o
manipulado. Establecer que las
videofilmaciones sobre delitos cometidos
en flagrancia que se obtengan a través
de los sistemas de vigilancia de las
instituciones de seguridad pública,
deberán ser puestas inmediatamente a
disposición del Ministerio Público para
que se investigue. |
5 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley para el Desarrollo de la
Competitividad de la Micro, Pequeña y
Mediana Empresa.
Publicación en GP:
Anexo III.
20 de noviembre de 2012. |
Dip.
José Antonio Hurtado Gallegos
(MC) |
Comisiones Unidas de Economía y de
Competitividad, para dictamen |
Incluir como objetivo de la ley
establecer la asesoría técnica y
garantía de financiamiento de la banca
comercial y de desarrollo a tasas de
interés preferenciales, así como las
bases para que la Secretaría de Economía
actualice las políticas, con un análisis
de mercados internos y externos y las
condiciones financieras regionales y
mundiales, para elevar la productividad
y competitividad de las Mipyme. Promover
para las Mipyme el acceso al
financiamiento con tasas de interés
acordes a su capacidad de pago,
ponderando entre otras cosas, la
apertura de nuevos mercados y el apoyo
para la diversificación de los
productos. Mandatar a la Secretaría
tome en cuenta la opinión de la Cámara
de Diputados y de las organizaciones
empresariales en los programas
sectoriales que elabore, así como para
diseñar e implementar un programa para
difundirlos; gestionar ante la banca
comercial, la banca de desarrollo y los
intermediarios financieros, esquemas de
crédito acordes a la capacidad de pago
de las empresas. Establecer que la
Secretaría deberá enviar a la Cámara de
Diputados un informe trimestral de los
esquemas de acceso al financiamiento a
las empresas, además de que tendrá que
coordinarse para revisar anualmente los
programas de apoyo a las micro y
pequeñas empresas para favorecer su
competitividad. Incluir entre los
integrantes del Consejo a tres miembros
de la Cámara de Diputados integrantes de
las comisiones relacionadas con la
competitividad de la micro, pequeña y
mediana empresa.
|
6 |
Que reforma el
artículo 350 Bis 6 de la Ley General
de Salud.
Publicación en GP:
Anexo III.
22 de noviembre de 2012. |
Dip.
Carla Alicia Padilla Ramos
(PVEM) |
Comisión de Salud, para dictamen |
Establecer que a los embriones sólo se
les dará un destino final previo
certificado médico. |
7 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley General de Acceso de las Mujeres a
una Vida Libre de Violencia.
Publicación en GP:
Anexo III.
22 de noviembre de 2012. |
Dip.
René Ricardo Fujiwara Montelongo
(NA) |
Comisión de Equidad y Género, para
dictamen |
Establecer un Capítulo VI denominado “De
la violencia en el noviazgo”. Definir el
Noviazgo y la Violencia en el noviazgo.
Señalar la participación transversal de
la federación, las entidades
federativas, el Distrito Federal y los
municipios en la implementación de
políticas públicas para prevenir,
identificar, atender y resolver esta
modalidad de violencia, realizando
acciones y programas para adolescentes
y jóvenes, para su prevención a través
de mecanismos de información y campañas
para erradicar los roles, estereotipos
sexistas, las prácticas de resolución
violenta de conflictos, la misoginia y
la legitimación social al uso de la
violencia. |
8 |
Que reforma los
artículos 273 y 300 de la Ley General
de Salud.
Publicación en GP:
Anexo III.
22 de noviembre de 2012. |
Dip.
Víctor Emanuel Díaz Palacios
(PRI) |
Comisión de Salud, para dictamen |
Considerar como productos de aseo a los
productos químicos para limpieza de
equipo electrónico y cómputo. Prohibir
la venta de estos últimos a menores de
edad. |
9 |
Que adiciona el
artículo 107 Bis a la Ley Aduanera.
Publicación en GP:
Anexo III.
20 de noviembre de 2012. |
Dip.
Raúl Gómez Ramírez
(PAN) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público,
para dictamen |
Establecer que, en caso de robo de
mercancías destinadas al régimen de
importación temporal y ante la
imposibilidad del importador para
retornar las mercancías en los términos
de este Capítulo, no se exigirá el pago
del Impuesto General de Importación, de
las cuotas compensatorias que en su caso
correspondan, y demás contribuciones
aplicables derivado de infracciones
relacionadas con el destino de
mercancías, siempre y cuando se presente
la denuncia correspondiente ante el
Ministerio Público dentro de las 24
horas posteriores a la comisión del
robo. Señalar que el importador deberá
notificar el hecho a la autoridad
aduanera correspondiente dentro de las
siguientes 72 horas entregando copia del
acta levantada ante el Ministerio
Público. |
10 |
Que deroga
diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, del Código
Federal de Procedimientos Penales y
de la Ley Federal Contra la
Delincuencia Organizada.
Publicación en GP:
Anexo III.
22 de noviembre de 2012. |
Dip.
Ricardo Mejía Berdeja
(MC)
Suscrita por los diputados Ricardo
Monreal Ávila y Zuleyma Huidobro
González
(MC) |
Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Justicia, para
dictamen |
Eliminar la figura jurídica del arraigo. |
11 |
Que reforma el
artículo 6 de la Ley de Planeación.
Publicación en GP:
Anexo III.
22 de noviembre de 2012. |
Dip.
Carlos Octavio Castellanos Mijares
(PVEM) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público,
para dictamen |
Establecer que el Ejecutivo remitirá a
la Cámara de Diputados en el mes de
marzo de cada año, el informe de las
acciones y resultados de la ejecución
del Plan Nacional de Desarrollo y los
programas sectoriales, incluyendo un
apartado específico con todo lo
concerniente al cumplimiento de las
disposiciones en materia de derechos y
cultura indígena. Señalar que la
Secretaría de Hacienda tendrá la
obligación de proporcionar en el
documento señalado, la información de
las cuentas relacionadas y
correspondientes al Plan Nacional de
desarrollo y los programas sectoriales,
a fin de permitir a la Cámara de
Diputados a que a través de la Auditoría
Superior de la Federación, se realice el
análisis de las cuentas, con relación a
los objetivos y prioridades de la
planeación nacional. |
12 |
Que reforma el
artículo 44 de la Ley del Instituto
del Fondo Nacional de la Vivienda para
los Trabajadores.
Publicación en GP:
Anexo III.
20 de noviembre de 2012. |
Dip.
Mirna Esmeralda Hernández Morales
(PRI) |
Comisión de Vivienda, para dictamen |
Facultar al Instituto del Fondo Nacional
de la Vivienda para los Trabajadores
(INFONAVIT) para otorgar sus créditos en
pesos. Establecer que los intereses se
calcularán con base a saldos insolutos y
la tasa no podrá ser mayor a 4% anual.
Prever que el plazo máximo para el
otorgamiento de estos créditos será de
30 años. En todo momento, se preverá la
estabilidad financiera del INFONAVIT y
los riesgos de sus carteras vencidas
cuidando el equilibrio con el bienestar
social del trabajador. |
13 |
Que reforma el
artículo 13 de la Ley que Establece
las Normas Mínimas Sobre Readaptación
Social de Sentenciados.
Publicación en GP:
Anexo III.
20 de noviembre de 2012. |
Dip.
Alicia Concepción Ricalde Magaña
(PAN) |
Comisión de Seguridad Pública, para
dictamen |
Establecer que en los reclusorios se
entregará a cada interno un instructivo,
en el que aparezcan detallados sus
derechos, deberes, los beneficios que
para él prevé la ley y el régimen
general de vida en la institución.
Tratándose de reclusos indígenas, el
instructivo se les dará traducido a su
lengua. Señalar que, en el caso de que
el recluso fuera analfabeto, se le
proporcionará dicha información
verbalmente y para el caso de que el
recluso fuera discapacitado visual o
auditivo, se deberá contar con las
ayudas técnicas necesarias para
proporcionarle la información. |
14 |
Que reforma el
artículo 212 de la Ley General de
Salud.
Publicación en GP:
Anexo III.
22 de noviembre de 2012. |
Dip.
Omar Antonio Borboa Becerra
(PAN) |
Comisión de Salud, para dictamen |
Incluir en las etiquetas o contra
etiquetas para los alimentos y bebidas
no alcohólicas, información sobre su
composición y tipo de endulzantes y
aditivos reales, con el objeto de que se
pueda consumir el volumen adecuado y que
no constituya un factor condicionante o
predisponente o, un riesgo para la salud
nutricional. |
15 |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de la
Ley del Impuesto Especial Sobre
Producción y Servicios.
Publicación en GP:
Anexo III.
20 de noviembre de 2012. |
Dip.
Juan Manuel Diez Francos
(PRI) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público,
para dictamen |
Establecer que en la enajenación o
importación de goma de mascar o chicle
se aplicará una tasa del 50 por ciento y
cuota de 15 centavos por goma de mascar,
considerando a ésta como la elaborada
con una base masticable plástica e
insoluble en agua, natural o sintética,
azúcar y/o azúcares y otros ingredientes
autorizados por las autoridades
correspondientes y que su peso es de 1.7
gramos. Obligar a los contribuyentes
fabricantes, productores e importadores
de goma de mascar o chicle a informar a
la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público el precio de enajenación de cada
producto y el valor y volumen de los
mismos; así como especificar el peso
total de goma de mascar e imprimir en
las cajas o envolturas para su venta en
México, el código de seguridad.
Establecer que los estados que no se
adhieran al Sistema Nacional de
Coordinación Fiscal y participen de la
recaudación atribuible a sus respectivos
territorios, del importe recaudado sobre
goma de mascar o chicle correspondiente,
el 2 por ciento a las entidades
federativas y el 6 por ciento a sus
municipios.
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