|
|
Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer
Año de Ejercicio
|
Sesión 23
|
9.
DECLARATORIA
DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES
Con proyecto
de decreto.
No. |
ORIGEN |
DICTAMEN |
TRÁMITE |
1 |
Comisiones
Unidas de Salud, y de Educación Pública y Servicios Educativos.
Publicación
en GP:
Anexo II.
28 de
noviembre de 2017. |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley
General de Salud, en materia de donación de sangre.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip. Karina Sánchez Ruíz
(NA) el 16 de marzo de 2017. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Establecer que, para garantizar la disponibilidad
oportuna de sangre o sus componentes, la Secretaría de Salud y los
gobiernos de las entidades federativas, así como los municipios y las
demarcaciones territoriales que lo convengan con el gobierno de su
entidad federativa deberán establecer un sistema nacional orientado a
fomentar, contribuir, promover, desarrollar, fortalecer e inculcar entre
la población, el deber cívico y solidario de la donación de sangre. La
donación de sangre es un proceso voluntario y altruista que en su
transcurso puede ser de repetición. Los donantes no podrán ser sujetos
de ningún tipo de discriminación racial, sexual, por origen social,
económico, religioso, ni de ninguna otra índole. |
Se cumple con la Declaratoria de Publicidad (Art. 87 RCD) |
2 |
Comisión de
Salud.
Publicación
en GP:
Anexo II.
28 de
noviembre de 2017. |
Que reforma los artículos 4 y 28 de la Ley de Asistencia
Social.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por la Dip. Angélica Reyes Ávila (NA)
el 28 de marzo de 2017. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Armonizar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños
y Adolescentes con la Ley de Asistencia Social, con el ob |
3 |
Comisión de
Salud.
Publicación
en GP:
Anexo II.
28 de
noviembre de 2017. |
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de
la Ley General de Salud, en materia de donación y trasplante de órganos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por la Dip. María Ávila Serna (PVEM),
el 13 de octubre de 2015. (LXIII Legislatura)
Iniciativa suscrita por el Dip. Carlos Lomelí Bolaños
(MC), el 05 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)
Iniciativa suscrita por los diputados Marta Sofía Tamayo
Morales y César Camacho (PRI), el 05 de abril de 2016. (LXIII
Legislatura)
Iniciativa suscrita por el Dip. Elías Octavio Iñiguez
Mejía (PAN), el 05 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)
Iniciativa suscrita por los diputados Pablo Elizondo
García y Benjamín Medrano Quezada (PRI), el 29 de abril de 2016. (LXIII
Legislatura)
Iniciativa suscrita por la Dip. Teresa de Jesús Lizárraga
Figueroa (PAN), el 08 de junio de 2016. (LXIII Legislatura).
Iniciativa suscrita por la Dip. Cecilia Soto González
(PRD), el 20 de octubre de 2016. (LXIII Legislatura)
Iniciativa suscrita por el Dip. Ricardo Ángel Barrientos
Rico (PRD), el 21 de marzo de 2017. (LXIII Legislatura)
Iniciativa suscrita por la Dip. María Elena Orantes López
(MC), el 29 de abril de 2017. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Establecer como donador al que de manera presunta
consiente la disposición para después de su muerte, de su cuerpo, o de
sus órganos, tejidos y células y que no manifestó disposición en
contrario; y al que expresamente consiente la disposición en vida o para
después de su muerte de su cuerpo, o de sus órganos, tejidos y células.
En caso de menores de edad, incapaces o personas que por cualquier
circunstancia se encuentran impedidas para expresar su voluntad, se
estará a lo que disponga la persona que ejerza la patria potestad o
tutela. Se precisa ofrecer información amplia y suficiente a los
familiares sobre el proceso de donación. Establecer la revocación
afirmativa o negativa en cualquier momento por el manifestante, pero no
podrá ser revocada por persona alguna después de su muerte. |
|
4 |
Comisión de
Educación Pública y Servicios Educativos.
Publicación
en GP:
Anexo II.
28 de
noviembre de 2017. |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los
artículos 33 y 41 de la Ley General de Educación, en materia de
estudiantes de altas capacidades intelectuales.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip. Juana Aurora Cavazos
Cavazos (PRI), suscrita por diputados integrantes de la Comisión
Especial para Impulsar a Estudiantes de Altas Capacidades Intelectuales,
el 24 de octubre de 2017. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Fortalecer la educación de las personas con aptitudes
sobresalientes, es decir, con altas capacidades intelectuales,
creativas, socio afectivas, artística y psicomotrices. Contar con
escuelas de tiempo completo para estas personas. |
|
5 |
Comisión de
Gobernación.
Publicación
en GP:
Anexo II.
28 de
noviembre de 2017. |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley General de los
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el
Sen. Carlos Alberto Puente Salas (PVEM) el 25 de abril de 2017. (LXII
Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda del
27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos a favor y
1 abstención. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del
Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)
Minuta recibida el 28 de abril de 2017. (LXIII
Legislatura)
Propuesta:
Señalar que corresponde a la Secretaría de Gobernación
vigilar que las publicaciones impresas y las transmisiones de radio y
televisión, así como las películas cinematográficas y los videojuegos,
se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la
paz y a la moral pública, a la dignidad personal y al interés superior
de la niñez, y no ataquen los derechos de terceros, ni provoquen la
comisión de algún delito o perturben el orden público, igualmente,
expedirá los lineamientos que establezcan criterios de clasificación de
los videojuegos que se distribuyan, comercialicen o arrienden, por
cualquier medio, y vigilará su cumplimiento. Los distribuidores de
videojuegos deberán imprimir o adherir en la portada de los videojuegos
y en su publicidad la clasificación que corresponda. |
|
Regresar
|